Definición de BUENA FE

BUENA FE. En virtud del principio de buena fe, las autoridades y los particulares presumirán el comportamiento xxxx y fiel de unos y otros en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes. • MORALIDAD: En virtud del principio de moralidad, todas las personas y los servidores públicos están obligados a actuar con rectitud, lealtad y honestidad en las actuaciones administrativas. • RESPONSABILIDAD: En virtud del principio de responsabilidad, las autoridades y sus agentes asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos. • TRANSPARENCIA: En virtud del principio de transparencia, la actividad administrativa es del dominio público, por consiguiente, toda persona puede conocer las actuaciones de la administración, salvo reserva legal.
BUENA FE. Siempre debe presumirse la buena fe de cualquier sujeto de acción correctiva o sanción. Es propio de la Espiritualidad Xxxxxxxxx salvar la proposición de prójimo. • Legalidad: Cualquier integrante de la Comunidad Educativa sólo será investigado o sancionado, según el caso, por comportamientos descritos como situaciones disciplinarias o incumplimiento de sus deberes en el Manual de Convivencia Escolar, en el Reglamento Interno de Trabajo o en el contrato respectivo. • Debido proceso: A quien le sea imputada la comisión de una situación de normalización le serán aplicadas las normas pertinentes, observando las formas propias de la Constitución, la Ley y el presente Manual de Convivencia. • Culpabilidad: Cuando se requiera un proceso disciplinario-pedagógico, se excluye toda forma de responsabilidad objetiva. En cualquier caso, las situaciones de normalización sólo serán sancionables a título de dolo o culpa. El criterio para considerar la culpabilidad con respecto a un hecho es su intencionalidad, no el hecho mismo. • Igualdad: Todas las personas recibirán la misma protección y trato por parte del Colegio, y tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, credo, opinión política o filosófica. • Finalidad de las funciones disciplinarias-pedagógicas: El presente Manual de Convivencia Escolar garantiza el cumplimiento de los fines y funciones que se ha propuesto el Colegio en relación con el comportamiento de los integrantes de la Comunidad Educativa. • Finalidad de las estrategias formativas y/o sanciones disciplinarias: Éstas cumplen esencial y estrictamente fines pedagógicos, de prevención y formación en valores, o de extinción de comportamientos que afecten negativamente las relaciones humanas o contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno. • Derecho a la defensa: Xxxxxxxxx estudiante cuya conducta sea objeto de una investigación disciplinaria tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación, a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oído en su versión libre y espontánea y rendir sus descargos -para lo cual el estudiante puede estar acompañado de sus padres y acudientes-, y a interponer recurso de reposición sobre la decisión tomada. El derecho a la defensa comprende el derecho a ser oído, el derecho a optar por guardar silencio, así como a dar su propia versión de los hechos y a solicitar, presentar y controvertir las ...
BUENA FE. En la planeación, preparación, celebración, ejecución y liquidación de los contratos, las partes actuarán con el ánimo de cooperación recíproca entre las partes, de tal manera que, sin perjuicio de defender sus legítimos intereses, ninguna induzca en error a la otra sobre el contrato o sobre el proceso, o sobre la finalidad e intención prevista debiendo manifestar toda circunstancia objetiva que configure violación a este principio.

Examples of BUENA FE in a sentence

  • EN EL CASO DE PLURALIDAD O COEXISTENCIA DE SEGUROS LOS ASEGURADORES DEBERÁN SOPORTAR LA INDEMNIZACIÓN DEBIDA AL ASEGURADO EN PROPORCIÓN A LA CUANTÍA DE SUS RESPECTIVOS CONTRATOS, SIEMPRE QUE EL ASEGURADO HAYA ACTUADO DE BUENA FE.

  • EN CASO DE PLURALIDAD O DE COEXISTENCIA DE SEGUROS, LOS ASEGURADORES DEBERÁN SOPORTAR LA INDEMNIZACIÓN DEBIDA AL ASEGURADO EN PROPORCIÓN A LA CUANTÍA DE SUS RESPECTIVOS CONTRATOS, SIEMPRE QUE EL ASEGURADO HAYA ACTUADO DE BUENA FE.

  • PARÁGRAFO: ESTA EXCLUSIÓN NO APLICARÁ, CUANDO LA PARTE A LA CUAL HAYA SIDO TRANSFERIDO ESTE CONTRATO DE SEGURO, HAYA COMPRADO O ACCEDIDO A COMPRAR DE BUENA FE EL BIEN OBJETO DE ESTE SEGURO, EN VIRTUD DE UN CONTRATO VINCULANTE.

  • CUANDO EXISTAN DOS O MÁS PÓLIZAS QUE CONCURRAN, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, CONTRA EL MISMO RIESGO Y POR EL MISMO INTERÉS, CELEBRADOS DE BUENA FE, EN LA MISMA O EN DIFERENTES FECHAS, SERÁN VÁLIDOS Y OBLIGARÁN A LAS EMPRESAS QUE TENGAN ESTOS SEGUROS.

  • EN EL CASO DE PLURALIDAD O DE COEXISTENCIA DE SEGUROS, LOS ASEGURADORES DEBERÁN SOPORTAR LA INDEMNIZACIÓN DEBIDA AL ASEGURADO EN PROPORCIÓN A LA CUANTÍA DE SUS RESPECTIVOS CONTRATOS, SIEMPRE QUE EL ASEGURADO HAYA ACTUADO DE BUENA FE.


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BUENA FE las partes que intervengan en cualquiera de las etapas del proceso contractual, deberán proceder de buena fe en todas sus actuaciones, y los contratos u órdenes de servicio que se suscriban, obligarán no solo en lo pactado expresamente, sino a todo lo que corresponda a la naturaleza de los mismos según la ley, la costumbre o la equidad, so pena de tener que indemnizar los perjuicios que se llegaren a causar. Lo anterior, en los términos de los artículos 863 y 971 del Código de Comercio. En aplicación al artículo 835 del Código de Comercio, en la relación contractual se presumirá la buena fe de las partes. Quien alegue la mala fe o la culpa de una persona, o afirme que ésta conoció o debió conocer determinado hecho, deberá probarlo.
BUENA FE. Las actuaciones que se surtan con ocasión de la contratación deben ceñirse a los postulados de la buena fe, los cuales se presumen en todas las gestiones que se adelanten.
BUENA FE. Aseveró que la entidad ha actuado de buena fe, dado que adquirió en el año 2011 unos compromisos contractuales de carácter mercantil que viene cumpliendo a cabalidad, por lo que no puede entrar a responder por las reclamaciones de asuntos en los cuales no ha tenido injerencia. Falta de legitimación por pasiva: Aseguró que al proceso no debió llamarse a la Alianza Fiduciaria SA sino al Patrimonio Autónomo constituido mediante el contrato xx xxxxxxx mercantil a través de su representante legal de conformidad con las normas comerciales. Máxime cuando el acto administrativo demandado fue expedido por la ESE Xxxxxxx Xxxxxx en liquidación.
BUENA FE. Las actuaciones en la contratación del Municipio de Teorama deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que adelanten los funcionarios y quienes contraten con éste ente territorial.  Calidad: Es deber de los funcionarios que intervengan en la contratación, controlar y asegurar la calidad de todos los procesos que la componen, exigiendo los mejores estándares a los contratistas y desarrollando acciones para satisfacer las necesidades y expectativas de los clientes internos y externos como a la ciudadanía del Municipio de Teorama.  Principio de Planeación: Este principio tiene como finalidad lograr los objetivos institucionales de la contratación, esto es, armonizar y articular los requerimientos técnicos del proyecto a desarrollar con miras a satisfacer las necesidades del Municipio.  Principio de Publicidad: Principio generador de participantes que tienen la posibilidad de conocer los proyectos de pliegos, pliegos de condiciones definitivos de los procesos que se están adelantando el Municipio de Teorama, por encontrarse publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
BUENA FE. Es aquel que exige de los funcionarios, contratistas, proponentes, interesados, terceros y a CORFERIAS ajustar sus comportamientos a una conducta honesta, xxxx y conforme con las actuaciones que podrían esperarse de una persona correcta. La Buena fe se observará en las conductas y actos que se deriven de la celebración y ejecución de los contratos, exigiendo de las partes que actúen lealmente durante todo el proceso de contratación.
BUENA FE. Toda negociación y contratación debe ser realizada de buena fe, vale decir, con entera lealtad, con intención recta y positiva, para que así pueda realizarse cabal y satisfactoriamente la finalidad social, pública y privada a que obedece la contratación.
BUENA FE. Los Contratos se regirán bajo este principio, siendo extensible no solo a lo pactado contractualmente, sino a todas las actividades técnicas, sociales, económicas y ambientales entre otras que sean desarrolladas para cumplir el objeto contractual.