Definición de Buena fe

Buena fe se presumirá la buena fe, Xxxx negocio se entiende realizado de buena fe, con entera lealtad, con intención recta y positiva, La buena fe implica que en todo el proceso contractual, se debe velar por el cumplimiento satisfactorio de los intereses de la otra parte.
Buena fe. En virtud del principio de buena fe, las autoridades y los particulares presumirán el comportamiento xxxx y fiel de unos y otros en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes. • MORALIDAD: En virtud del principio de moralidad, todas las personas y los servidores públicos están obligados a actuar con rectitud, lealtad y honestidad en las actuaciones administrativas. • RESPONSABILIDAD: En virtud del principio de responsabilidad, las autoridades y sus agentes asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos. • TRANSPARENCIA: En virtud del principio de transparencia, la actividad administrativa es del dominio público, por consiguiente, toda persona puede conocer las actuaciones de la administración, salvo reserva legal.
Buena fe. Es aquel que exige de los contratistas, oferentes, interesados, terceros y a FONTUR ajustar sus comportamientos a una conducta honesta, transparente y xxxx, de manera que durante el proceso de selección ninguna de las partes incurra en error por causa de la otra y que, en la ejecución del contrato, cada parte pueda obtener la finalidad prevista al momento de iniciar el proceso contractual. Este principio rige durante todas las etapas de la contratación, se aplica de manera transversal a las actuaciones contractuales, desde la etapa precontractual, hasta la liquidación y cierre del expediente.

Examples of Buena fe in a sentence

  • Buena fe que estará presente invariablemente en la ejecución del presente contrato.

  • Buena fe Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de ambas partes en virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos del mismo.

  • Finalmente, la gestión contractual debe realizarse de conformidad con los principios generales del Derecho, como se establece en el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, tales como: Buena fe, Debido Proceso, Equidad, Legalidad y Planeación.

  • Otra de las máximas que guía la actividad judicial es el definir la Buena fe y el trato justo desde la precitada óptica del Restatement, según la base de análisis casoporcaso (case-by-case basis), en donde a pesar de la falta de criterios unánimes de aplicación del principio, se tiene como éste es morigerado en razón de la evaluación de cada situación fáctica.

  • En este estado de cosas, es cuando se acude a la aplicación del Principio implícito de la Buena fe y el trato justo, el cual actuará como mecanismo modificador del contrato de franquicia.


More Definitions of Buena fe

Buena fe. Las actuaciones en la contratación del Municipio de Teorama deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que adelanten los funcionarios y quienes contraten con éste ente territorial.  Calidad: Es deber de los funcionarios que intervengan en la contratación, controlar y asegurar la calidad de todos los procesos que la componen, exigiendo los mejores estándares a los contratistas y desarrollando acciones para satisfacer las necesidades y expectativas de los clientes internos y externos como a la ciudadanía del Municipio de Teorama.  Principio de Planeación: Este principio tiene como finalidad lograr los objetivos institucionales de la contratación, esto es, armonizar y articular los requerimientos técnicos del proyecto a desarrollar con miras a satisfacer las necesidades del Municipio.  Principio de Publicidad: Principio generador de participantes que tienen la posibilidad de conocer los proyectos de pliegos, pliegos de condiciones definitivos de los procesos que se están adelantando el Municipio de Teorama, por encontrarse publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública a través de xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Buena fe. Los Contratos se regirán bajo este principio, siendo extensible no solo a lo pactado contractualmente, sino a todas las actividades técnicas, sociales, económicas y ambientales entre otras que sean desarrolladas para cumplir el objeto contractual.
Buena fe. Principio estructural de la convivencia social. Se espera de las partes una actuación de honradez, probidad y responsabilidad. Por tanto, la conducta desplegada por las partes debe ser de lealtad hacia la otra en el cumplimiento de las obligaciones acordadas.
Buena fe. Es aquel principio que exige de todos los participantes de los procesos de contratación ajustar su comportamiento a una conducta honesta, transparente y xxxx, de manera que ninguna de las partes incurra en error por causa de la otra. La buena fe se presume en las relaciones jurídico-administrativas. Este principio rige durante todas las etapas de la contratación, se aplica de manera transversal a las actuaciones contractuales, desde la etapa precontractual, hasta su etapa de liquidación (si aplica) y cierre.
Buena fe. Aseveró que la entidad ha actuado de buena fe, dado que adquirió en el año 2011 unos compromisos contractuales de carácter mercantil que viene cumpliendo a cabalidad, por lo que no puede entrar a responder por las reclamaciones de asuntos en los cuales no ha tenido injerencia. Falta de legitimación por pasiva: Aseguró que al proceso no debió llamarse a la Alianza Fiduciaria SA sino al Patrimonio Autónomo constituido mediante el contrato xx xxxxxxx mercantil a través de su representante legal de conformidad con las normas comerciales. Máxime cuando el acto administrativo demandado fue expedido por la ESE Xxxxxxx Xxxxxx en liquidación.
Buena fe. Las actuaciones que se surtan con ocasión de la contratación deben ceñirse a los postulados de la buena fe, los cuales se presumen en todas las gestiones que se adelanten.
Buena fe. En la planeación, preparación, celebración, ejecución y liquidación de los contratos, las partes actuarán con el ánimo de cooperación recíproca entre las partes, de tal manera que, sin perjuicio de defender sus legítimos intereses, ninguna induzca en error a la otra sobre el contrato o sobre el proceso, o sobre la finalidad e intención prevista debiendo manifestar toda circunstancia objetiva que configure violación a este principio.