DERECHO DE OPCIÓN DE COMPRA. 11.1 El Propietario concede a favor del Inquilino, a título gratuito, un derecho de opción de compra para la adquisición del Inmueble objeto del presente Contrato, con las limitaciones y condiciones que se especifican en esta cláusula. 11.2 El Inquilino podrá ejercer el derecho de opción de compra, siempre que: Se mantenga inalterable la situación administrativa del Inmueble objeto de la opción, en cuanto a la regulación legal de su uso y calificación urbanística. El Inquilino pague al Propietario el precio señalado como precio de la compraventa pactado en esta cláusula y se encuentre al corriente del resto de obligaciones derivadas del presente Contrato. 11.3 El plazo para el ejercicio de la opción será de [*] años a contar desde la fecha de otorgamiento del presente Contrato. Una vez transcurrido este plazo sin que el Propietario haya recibido el requerimiento previsto en la estipulación siguiente, la opción se entenderá automáticamente extinguida. La recepción de dicho requerimiento antes del plazo límite establecido será válido, sin perjuicio de que la escritura pública de compraventa se otorgue en una fecha posterior. 11.4 El ejercicio de la opción dentro del plazo señalado se ejercitará por el Inquilino mediante la remisión al domicilio del Propietario, de un requerimiento formal que será enviado a través de burofax, en el que se indicará la intención de ejercer la opción de compra y, en consecuencia, de proceder a la adquisición del Inmueble objeto de este Contrato, en escritura pública en el plazo máximo de 30 días desde la notificación del requerimiento aquí señalado, en el que se indicará el Notario, lugar y día del citado otorgamiento. 11.5 El precio de la compraventa se fija en la fecha de firma de este Contrato en la suma de [*] EUROS (* €). [En caso de que las Partes pacten la actualización del precio de la compraventa de conformidad con IPC. En caso contrario, eliminar]. Las Partes acuerdan que el referido precio que será objeto de actualización automática anual de conformidad con el incremento que experimente el I.P.C. que publique el organismo competente, en los mismos porcentajes que los aplicados para la actualización de la renta según lo convenido en este Contrato, tomándose siempre como base para la citada actualización el precio acumulado por las anteriores actualizaciones. [Opción 1. En caso de que las Partes pacten que las rentas se descontarán del precio de compraventa. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirá la suma resultante del total xx xxxxx mensual abonada durante los meses en que hubiera estado vigente el arrendamiento. El resultado será el precio final por el que se otorgará la correspondiente escritura pública de compraventa que deberá ser abonada en su integridad al contado por el Inquilino en la fecha de su otorgamiento, además de los impuestos que, en su caso, graven la transmisión. El Inquilino se obliga a pagar las rentas que correspondan en tanto se formalice la opción de compra. [Opción 2. En caso de que las Partes pacten ciertos descuentos en el precio de compraventa en función del plazo en el que se ejercita la opción. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirán los siguientes porcentajes en función del momento en el que se ejercite la opción de compra: En caso de que la opción de compra se ejercite durante el primer año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa. En caso de que la opción de compra se ejercite durante el segundo año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa. 11.6 Todos los gastos notariales y registrales de la compraventa correrán a cargo [del Inquilino/del Comprador/de ambas Partes por mitad]. Los impuestos que se deriven de la compraventa serán soportados por las Partes de conformidad con la legislación vigente. 11.7 Transcurrido el plazo fijado en este apartado sin que el Inquilino haya ejercitado la opción de compra y pagado el precio, dicha opción quedará extinguida automáticamente, sin que ello suponga la extinción del arrendamiento. En su caso, el Propietario podrá conceder nuevamente la opción de compra bajo nuevas condiciones que constarán mediante un nuevo acuerdo escrito. 11.8 El ejercicio de la opción de compra extingue automáticamente el presente Contrato y, en consecuencia, el arrendamiento. Asimismo, el desistimiento del Contrato o su resolución anticipada en virtud de lo establecido en el presente Contrato extinguirá el derecho de opción a compra de forma automática.
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Samples: Lease Agreement, Contrato De Arrendamiento De Vivienda
DERECHO DE OPCIÓN DE COMPRA. 11.1 El Propietario concede a favor del Inquilino, a título gratuito, un derecho de opción de compra para la adquisición del Inmueble objeto del presente Contrato, con las limitaciones y condiciones que se especifican en esta cláusula.
11.2 El Inquilino podrá ejercer el derecho de opción de compra, siempre que: o Se mantenga inalterable la situación administrativa del Inmueble objeto de la opción, en cuanto a la regulación legal de su uso y calificación urbanística. o El Inquilino pague al Propietario el precio señalado como precio de la compraventa pactado en esta cláusula y se encuentre al corriente del resto de obligaciones derivadas del presente Contrato.
11.3 El plazo para el ejercicio de la opción será de [*] años a contar desde la fecha de otorgamiento del presente Contrato. Una vez transcurrido este plazo sin que el Propietario haya recibido el requerimiento previsto en la estipulación siguiente, la opción se entenderá automáticamente extinguida. La recepción de dicho requerimiento antes del plazo límite establecido será válido, sin perjuicio de que la escritura pública de compraventa se otorgue en una fecha posterior.
11.4 El ejercicio de la opción dentro del plazo señalado se ejercitará por el Inquilino mediante la remisión al domicilio del Propietario, de un requerimiento formal que será enviado a través de burofax, en el que se indicará la intención de ejercer la opción de compra y, en consecuencia, de proceder a la adquisición del Inmueble objeto de este Contrato, en escritura pública en el plazo máximo de 30 días desde la notificación del requerimiento aquí señalado, en el que se indicará el Notario, lugar y día del citado otorgamiento.
11.5 El precio de la compraventa se fija en la fecha de firma de este Contrato en la suma de [*] EUROS (* €). [En caso de que las Partes pacten la actualización del precio de la compraventa de conformidad con IPC. En caso contrario, eliminar]. Las Partes acuerdan que el referido precio que será objeto de actualización automática anual de conformidad con el incremento que experimente el I.P.C. que publique el organismo competente, en los mismos porcentajes que los aplicados para la actualización de la renta según lo convenido en este Contrato, tomándose siempre como base para la citada actualización el precio acumulado por las anteriores actualizaciones. [Opción 1. En caso de que las Partes pacten que las rentas se descontarán del precio de compraventa. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirá la suma resultante del total xx xxxxx mensual abonada durante los meses en que hubiera estado vigente el arrendamiento. El resultado será el precio final por el que se otorgará la correspondiente escritura pública de compraventa que deberá ser abonada en su integridad al contado por el Inquilino en la fecha de su otorgamiento, además de los impuestos que, en su caso, graven la transmisión. El Inquilino se obliga a pagar las rentas que correspondan en tanto se formalice la opción de compra. [Opción 2. En caso de que las Partes pacten ciertos descuentos en el precio de compraventa en función del plazo en el que se ejercita la opción. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirán los siguientes porcentajes en función del momento en el que se ejercite la opción de compra:
i) En caso de que la opción de compra se ejercite durante el primer año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa. .
ii) En caso de que la opción de compra se ejercite durante el segundo año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa.
11.6 Todos los gastos notariales y registrales de la compraventa correrán a cargo [del Inquilino/del Comprador/de ambas Partes por mitad]. Los impuestos que se deriven de la compraventa serán soportados por las Partes de conformidad con la legislación vigente.
11.7 Transcurrido el plazo fijado en este apartado sin que el Inquilino haya ejercitado la opción de compra y pagado el precio, dicha opción quedará extinguida automáticamente, sin que ello suponga la extinción del arrendamiento. En su caso, el Propietario podrá conceder nuevamente la opción de compra bajo nuevas condiciones que constarán mediante un nuevo acuerdo escrito.
11.8 El ejercicio de la opción de compra extingue automáticamente el presente Contrato y, en consecuencia, el arrendamiento. Asimismo, el desistimiento del Contrato o su resolución anticipada en virtud de lo establecido en el presente Contrato extinguirá el derecho de opción a compra de forma automática.
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DERECHO DE OPCIÓN DE COMPRA. 11.1 El Propietario concede a favor del Inquilino, a título gratuito, un derecho de opción de compra para la adquisición del Inmueble objeto del presente Contrato, con las limitaciones y condiciones que se especifican en esta cláusula.
11.2 El Inquilino podrá ejercer el derecho de opción de compra, siempre que: o Se mantenga inalterable la situación administrativa del Inmueble objeto de la opción, en cuanto a la regulación legal de su uso y calificación urbanística. o El Inquilino pague al Propietario el precio señalado como precio de la compraventa pactado en esta cláusula y se encuentre al corriente del resto de obligaciones derivadas del presente Contrato.
11.3 El plazo para el ejercicio de la opción será de [*] años a contar desde la fecha de otorgamiento del presente Contrato. Una vez transcurrido este plazo sin que el Propietario haya recibido el requerimiento previsto en la estipulación siguiente, la opción se entenderá automáticamente extinguida. La recepción de dicho requerimiento antes del plazo límite establecido será válido, sin perjuicio de que la escritura pública de compraventa se otorgue en una fecha posterior.
11.4 El ejercicio de la opción dentro del plazo señalado se ejercitará por el Inquilino mediante la remisión al domicilio del Propietario, de un requerimiento formal que será enviado a través de burofax, en el que se indicará la intención de ejercer la opción de compra y, en consecuencia, de proceder a la adquisición del Inmueble objeto de este Contrato, en escritura pública en el plazo máximo de 30 días desde la notificación del requerimiento aquí señalado, en el que se indicará el Notario, lugar y día del citado otorgamiento.
11.5 El precio de la compraventa se fija en la fecha de firma de este Contrato en la suma de [*] EUROS (* €). [En caso de que las Partes pacten la actualización del precio de la compraventa de conformidad con IPC. En caso contrario, eliminar]. Las Partes acuerdan que el referido precio que será objeto de actualización automática anual de conformidad con el incremento que experimente el I.P.C. que publique el organismo competente, en los mismos porcentajes que los aplicados para la actualización de la renta según lo convenido en este Contrato, tomándose siempre como base para la citada actualización el precio acumulado por las anteriores actualizaciones. [Opción 1. En caso de que las Partes pacten que las rentas se descontarán del precio de compraventa. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirá la suma resultante del total xx xxxxx mensual abonada durante los meses en que hubiera estado vigente el arrendamiento. El resultado será el precio final por el que se otorgará la correspondiente escritura pública de compraventa que deberá ser abonada en su integridad al contado por el Inquilino en la fecha de su otorgamiento, además de los impuestos que, en su caso, graven la transmisión. El Inquilino se obliga a pagar las rentas que correspondan en tanto se formalice la opción de compra. [Opción 2. En caso de que las Partes pacten ciertos descuentos en el precio de compraventa en función del plazo en el que se ejercita la opción. De otra forma eliminar.] Las Partes acuerdan que, del precio calculado conforme a lo señalado en el párrafo anterior, se deducirán los siguientes porcentajes en función del momento en el que se ejercite la opción de compra: :
i) En caso de que la opción de compra se ejercite durante el primer año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa. .
ii) En caso de que la opción de compra se ejercite durante el segundo año, las Partes convienen un descuento del [*]% sobre el precio de la compraventa.
11.6 Todos los gastos notariales y registrales de la compraventa correrán a cargo [del Inquilino/del Comprador/de ambas Partes por mitad]. Los impuestos que se deriven de la compraventa serán soportados por las Partes de conformidad con la legislación vigente.
11.7 Transcurrido el plazo fijado en este apartado sin que el Inquilino haya ejercitado la opción de compra y pagado el precio, dicha opción quedará extinguida automáticamente, sin que ello suponga la extinción del arrendamiento. En su caso, el Propietario podrá conceder nuevamente la opción de compra bajo nuevas condiciones que constarán mediante un nuevo acuerdo escrito.
11.8 El ejercicio de la opción de compra extingue automáticamente el presente Contrato y, en consecuencia, el arrendamiento. Asimismo, el desistimiento del Contrato o su resolución anticipada en virtud de lo establecido en el presente Contrato extinguirá el derecho de opción a compra de forma automática.
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