Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización. Si el estado del Asegurado enfermo o herido, requiere su hospitalización durante un período superior a cinco días, ARAG pondrá a disposición de un familiar del Asegurado, o de la persona que éste designe, un billete de ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª clase), para que pueda acompañarlo. ARAG además abonará, en concepto de gastos de estancia del acompañante y contra la presentación de las facturas correspondientes, hasta el límite fijado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza, y por un período máximo de 10 días.
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Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización. Si el estado del Asegurado enfermo o herido, requiere su hospitalización durante un período superior a cinco díascincodías, ARAG pondrá a disposición de un familiar del Asegurado, o de la persona que éste designe, un billete de ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª 10 clase), para que pueda acompañarlo. ARAG además abonará, en concepto de gastos de estancia del acompañante y contra la presentación de las facturas lasfacturas correspondientes, hasta el límite fijado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza75 euros por día, y por un período máximo de 10 días.
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Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización. Si el estado del Asegurado enfermo o herido, requiere su hospitalización durante un período superior a cinco dos días, ARAG pondrá a disposición de un familiar del Asegurado, o de la persona que éste designe, un billete de ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª 1 clase), para que pueda acompañarlo. Si la hospitalización se produce en el extranjero, ARAG además abonará, en concepto de gastos de estancia del acompañante y contra la presentación de las facturas correspondientes, hasta el límite diario fijado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza, y por un período máximo de 10 días.
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Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización. Si el estado del Asegurado enfermo o herido, requiere su hospitalización durante un período superior a cinco días, ARAG pondrá a disposición de un familiar del Asegurado, o de la persona que éste designe, un billete de ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª clase), para que pueda acompañarlo. ARAG además abonará, en concepto de gastos de estancia del acompañante y contra la presentación de las facturas correspondientes, hasta el límite fijado en las CONDICIONES PARTICULARES de la póliza75 euros por día, y por un período máximo de 10 días.
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