DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Los participantes preferentemente deberán incluir un índice para referenciar la documentación que incluye en el sobre de su propuesta, ello con el orden descrito a continuación. Los documentos referidos en el listado son de carácter obligatorio para participar y deberán contener las características señaladas en el Capítulo IX “Características de las propuestas técnica y económica.”; numeral 1 apartado F “Contenido”, de las presentes bases.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA a) Anexo 3 (carta de proposición).
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA a) Formularios solicitados por la plataforma TAD;
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA a) Formularios solicitados por la plataforma TAD
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Cualquier subcontratación: Cuando se comparta un mismo centro: Aplicación transitoria: acceso a las mismas se llevará a cabo en los mismos supuestos y condiciones previstas para el Libro de Subcontratación. Anotaciones de cada subcontratación: Anotaciones de cada subcontratación: Derecho de acceso al Libro: Datos a reflejar en el Libro:
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Declaración Jurada de Información Empresarial (Anexo Nº 02).
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Las empresas licitadores presentarán la siguiente documentación obligatoria:
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Las ofertas deberán contener:
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Los PADRES declaran que conocen y se someten al cumplimiento de las normas aplicables a la educación, dictadas por el Poder Legislativo o resoluciones emanadas del Poder Ejecutivo, en especial, reconocen que han sido informados y conocen la documentación que obligatoriamente debe presentarse para la inscripción de cada EDUCANDO. En tal sentido, autorizan al Colegio a completar el registro de inscripción del Educando, únicamente cuando dicha documentación obligatoria hubiera sido entregada en su totalidad. El incumplimiento por parte de los PADRES en la entrega de la documentación obligatoria para la inscripción de cada EDUCANDO, será causal de resolución por incumplimiento de contrato de prestación de servicios educativos, el Colegio queda expresamente facultado para declarar resuelto el contrato, sin necesidad de actuaciones o comunicaciones judiciales o extrajudiciales de ningún tipo, sin lugar a reclamo alguno por parte de los PADRES quienes perderán en favor del Colegio, los pagos efectuados hasta ese momento, en calidad de resarcimiento por los daños y perjuicios causados.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA. Vehículos (Si se disponen ya de ellos): inexcusable MMA no inferior a 2200 kg: En caso de no disponer de los vehículos: DOCUMENTACIÓN ADICIONAL (En caso de disponer ya de ella) En caso de resultar adjudicatario será obligatoria la contratación de ambos seguros antes del inicio de la prestación del servicio. En caso de resultar adjudicatario será obligatorio cumplir con el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.. Sociedades (limitadas, anónimas o cooperativas): Personas físicas: Se incluirán, dentro de este sobre, todos los datos de contacto que se posean: teléfono, dirección de correo electrónico, Nº de fax etc… CORREOS EXPRESS PAQUETERIA URGENTE, S.A. DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTROL PRESUPUESTARIO (DIRECCIÓN DE FINANZAS) XXXX. XX XXXXXX Xx 0 (XXXXXX XX XXXXXXXXXXX) XXXXXXX (00000) XXXXXX DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE AL ADJUDICATARIO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO