DOCUMENTOS E INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo
DOCUMENTOS E INFORMACIÓN. Todos los documentos que se mencionan a continuación y en general toda la información intercambiada entre el Contratista y el Supervisor de Obra serán gestionados a través de un software especialmente diseñado, suministrado por el Contratista. Dicho software deberá ser aprobado previamente por la Contratante. La correcta instalación, mantenimiento, reparación, respaldo de la información, administración y todas las operaciones necesarias para el normal funcionamiento de este software, serán responsabilidad del Contratista. El acceso a ese software estará siempre disponible online a través de la web. Los costos asociados a estas tareas no serán objeto de ningún pago por separado por lo que el Contratista deberá prorratearlos incluyéndolos en el coeficiente f₂ cuya significación se explica en el Anexo II. Esta vía no sustituye la confección de los expedientes que correspondan sino que su sentido es complementar y facilitar la información y la comunicación entre la Contratante y el Contratista. Las especificaciones que deberá cumplir dicho software se detallan en el Anexo XIV. El software de referencia debe estar operativo desde la fecha del Acta de Toma de Posesión, al menos en los aspectos que respondan a la comunicación entre Contratista y Contratante para la etapa inicial del contrato.
DOCUMENTOS E INFORMACIÓN. “EL REMITENTE” es responsable de proporcionar a “TRANSPORTES CARIBE EXPRESS” cualquier información que ésta le requiera con respecto a las características y/o la especie de LOS BIENES que deban ser transportados, en la inteligencia de que tal información debe de ser veraz y que “TRANSPORTES CARIBE EXPRESS” obra de buena fe al recibirla. En todos los casos en que “TRANSPORTES CARIBE EXPRESS” lo requiera, “EL REMITENTE” deberá exhibir su identificación oficial y, en su caso entregarle una copia simple de la misma. Cuando las disposiciones legales, reglamentarías y/o normativas obliguen a la presentación de documentos para el transporte de ciertas mercancías, o cuando “TRANSPORTES CARIBE EXPRESS” lo requiera por cualquier causa, “EL REMITENTE” quedará obligado a proporcionar tales documentos, quedando la primera facultada para rehusar la prestación del servicio si no le son entregados oportunamente. La falta de presentación de tales documentos será siempre imputable a “EL REMITENTE”.
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