Common use of DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS Clause in Contracts

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:

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Samples: Contract for Security Services, Contract for Installation Services, Contract for Specialized Advisory Services

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. , CIUDAD DE MÉXICO o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:

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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública, Licitación Pública

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. , CIUDAD DE MÉXICO o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener: 1. Hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones. Se informa a particulares que en el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de contratación, los servidores públicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.

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Samples: Service Agreement, Licitación Pública

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO Ciudad de México o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, México, Ciudad de México. México o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:

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Samples: Licitación Pública, Contract for Services

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas 71 1. Hechos y cualquier otra información que estén interesadas permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios con que se cuenta, que permitan acreditar las presuntas infracciones. En el caso de inconformidades, será el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control, quien tramitará la misma y quien con base a lo estipulado en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia el Artículo 74 de la Ley, podrán hacerlo directamente la resolución que emita podrá: I. Sobreseer en la Secretaría instancia; II. Declarar infundada la inconformidad; III. Declarar que los motivos de inconformidad resultan inoperantes para decretar la Función Públicanulidad del acto impugnado, sita en: Xxcuando las violaciones alegadas no resulten suficientes para afectar su contenido; IV. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. o en Decretar la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación nulidad total del procedimiento de contratación; ; V. Decretar la nulidad del acto impugnado, para efectos de su reposición, subsistiendo la validez del procedimiento o acto en la parte que no fue materia de la declaratoria de nulidad, y VI. Ordenar la firma del contrato, cuando haya resultado fundada la inconformidad promovida en términos del artículo 65, fracción V de esta Ley. En los casos de las fracciones I y II, cuando se le impondrá determine que la inconformidad se promovió con el propósito de retrasar o entorpecer la contratación, se sancionará al inconforme, previo procedimiento, con multa conforme lo establece el Artículo en términos del artículo 59 de la presente Ley. Para ese efecto, podrá tomarse en consideración la conducta de los licitantes en anteriores procedimientos de contratación o de inconformidad. La resolución que ponga fin a la instancia de inconformidad o, en su caso, a la intervención de oficio podrá impugnarse por el inconforme o tercero interesado mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, cuando proceda, ante las instancias jurisdiccionales competentes. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera manera, el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas Se informa a particulares que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de las obligaciones de contratación, los servidores públicospúblicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, se pueden presentar ante otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Titular del Órgano Interno Diario Oficial de Control la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el Titular 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del Área contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables”.

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Samples: Licitación Pública

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. o , CIUDAD DE MÉXICO O en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener: 1. Hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones. Se informa a particulares que en el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de contratación, los servidores públicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.

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Samples: Contract for Services

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. , D. F. o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:

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Samples: Licitación Pública

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Alcaldia Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000Norte 152, XxxCol. Xxx San Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Atepehuacan Alcaldía Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. , CIUDAD DE MÉXICO o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener: 1. Hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones. Se informa a particulares que en el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de contratación, los servidores públicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.

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Samples: Contract for Services

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas LA-18-T0O-018T0O004-N-8-2023 1. Hechos y cualquier otra información que estén interesadas permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios con que se cuenta, que permitan acreditar las presuntas infracciones. En el caso de inconformidades, será el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control, quien tramitará la misma y quien con base a lo estipulado en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia el Artículo 74 de la Ley, podrán hacerlo directamente la resolución que emita podrá: I. Sobreseer en la Secretaría instancia; II. Declarar infundada la inconformidad; III. Declarar que los motivos de inconformidad resultan inoperantes para decretar la Función Públicanulidad del acto impugnado, sita en: Xxcuando las violaciones alegadas no resulten suficientes para afectar su contenido; IV. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. o en Decretar la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación nulidad total del procedimiento de contratación; ; V. Decretar la nulidad del acto impugnado, para efectos de su reposición, subsistiendo la validez del procedimiento o acto en la parte que no fue materia de la declaratoria de nulidad, y VI. Ordenar la firma del contrato, cuando haya resultado fundada la inconformidad promovida en términos del artículo 65, fracción V de esta Ley. En los casos de las fracciones I y II, cuando se le impondrá determine que la inconformidad se promovió con el propósito de retrasar o entorpecer la contratación, se sancionará al inconforme, previo procedimiento, con multa conforme lo establece el Artículo en términos del artículo 59 de la presente Ley. Para ese efecto, podrá tomarse en consideración la conducta de los licitantes en anteriores procedimientos de contratación o de inconformidad. La resolución que ponga fin a la instancia de inconformidad o, en su caso, a la intervención de oficio podrá impugnarse por el inconforme o tercero interesado mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, o bien, cuando proceda, ante las instancias jurisdiccionales competentes. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera manera, el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas Se informa a particulares que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de las obligaciones de contratación, los servidores públicospúblicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, se pueden presentar ante otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Titular del Órgano Interno Diario Oficial de Control la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el Titular 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del Área contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables”.

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Samples: Licitación Pública

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, CIUDAD DE MÉXICO . o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 N°.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, Ciudad de México. o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener:

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Samples: Consulting Agreement

DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO Ciudad de México o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades, Edificio No.13 planta alta, Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000Norte 152, XxxCol. Xxx San Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Atepehuacan Alcaldía Xxxxxxx X. Xxxxxx C.P. 07730, México, Ciudad de México. México o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley. Situaciones no previstas. Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas. Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control. La denuncia debe contener: 1. Hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos. 2. Datos de identificación del presunto infractor. 3. Señalamiento de elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones. Se informa a los interesados que en el contacto con particulares que pueda darse en el presente procedimiento de contratación, los servidores públicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdo publicado en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.

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Samples: Licitación Pública