CONVOCATORIA DE
Instituto Mexicano del Petróleo
Dirección de Finanzas y Administración
Gerencia de Proveeduría y Servicios
CONVOCATORIA DE
Licitación Pública
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DENOMINADO “SERVICIO DE CALIBRACIÓN, CERTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE FLUJO, INSTRUMENTACIÓN ASOCIADA Y EQUIPOS DE LABORATORIO DE ANÁLISIS DE ACEITE”
Í N D I C E
APARTADO | DESCRIPCIÓN |
I | DATOS GENERALES DE LA CONVOCATORIA. |
II | OBJETO Y ALCANCE DEL SERVICIO OBJETO DE LA CONVOCATORIA. |
III | FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA CONVOCATORIA. |
IV | REQUISITOS QUE LOS INTERESADOS DEBEN CUMPLIR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. |
V | CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O PEDIDO. |
VI | DOCUMENTOS ADICIONALES QUE DEBEN PRESENTAR LOS PARTICIPANTES. |
VII | DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS. |
VIII | FORMATOS. |
APARTADO I
Datos Generales de la Convocatoria
GLOSARIO
Para efectos de esta CONVOCATORIA, se entenderá por:
ADDENDA: | Elemento opcional de la factura electrónica o comprobante fiscal digital, dentro del esquema XML (XSD) definido por el SAT en su Anexo 20 que, que contiene los datos comerciales mínimos, no tiene efectos fiscales, únicamente comerciales. |
ANEXO TÉCNICO: | Documento que contiene la descripción detallada de las características y especificaciones técnicas del(os) servicio(s). |
ÁREA REQUIRENTE: | La que de acuerdo a sus necesidades requiera los servicios, para este caso, es la Gerencia de Servicios de Ingeniería Región Sur por conducto del Instituto Mexicano del Petróleo. |
ÁREA TÉCNICA: | Es el área que elabora las especificaciones técnicas que se incluyen en el procedimiento de contratación y será responsable de evaluar la propuesta técnica de las proposiciones, así como de responder en la junta de aclaraciones las preguntas técnicas que realicen los interesados, para este caso, es la Gerencia de Servicios de Ingeniería Región Sur por conducto del Instituto Mexicano del Petróleo. |
ÁREA CONTRATANTE: | Instituto Mexicano del Petróleo a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios. |
COMPRANET: | Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, que estará a cargo de la Secretaría de la Función Pública. |
CONVOCATORIA: | Documento que contiene las bases que enuncian los requisitos administrativos, legales, técnicos y económicos por el cual el IMP convoca a los interesados a participar en el procedimiento de contratación. |
DOF: | Diario Oficial de la Federación. |
IMP O INSTITUTO: | Instituto Mexicano del Petróleo. |
LEY O LAASSP: | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
LICITACIÓN PÚBLICA: | Procedimiento por el cual se realiza la presente contratación. |
INTERESADOS O PARTICIPANTES: | Persona física o moral que participe en el presente procedimiento de contratación. |
LINEAMIENTOS: | Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, publicados en el DOF de fecha 09 de septiembre de 2010. |
MIPYMES: | Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que refiere la Ley. |
CONTRATO O PEDIDO: | Documento que contiene el acuerdo de voluntades que crea derechos y obligaciones entre la convocante y el proveedor derivados del presente procedimiento de contratación. |
PROPOSICIONES: | Sobre cerrado (documentos digitales) que presumiblemente contienen la propuesta técnica, la propuesta económica y demás documentos requeridos a los interesados. |
PROVEEDOR O “LA COMPAÑÍA” O EL PRESTADOR DE SERVICIO: | Persona física o moral con quien el Instituto Mexicano del Petróleo, celebre el CONTRATO o PEDIDO derivado de la presente contratación. |
REGLAMENTO | Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
SERVICIO(S): | El o los que se solicita(n) y se describe(n) en el ANEXO TÉCNICO de la presente CONVOCATORIA. |
SFP: | Secretaría de la Función Pública. |
SIASSOPA: | Sistema Integral de Administración de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección Ambiental del IMP. |
El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Unidad de Contratación 000X0X000, ubicada en Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, X.X 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como los Lineamientos en materia de contratación y demás leyes y normas aplicables a la materia, convoca a los interesados a participar en la presente Convocatoria, procedimiento que por el medio de presentación se considera ELECTRÓNICO a través de la plataforma denominada COMPRANET, de carácter NACIONAL.
No se aceptan proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería.
La presente CONVOCATORIA se podrá identificar en COMPRANET con el No. LA-000X0X000-E43-2019.
La contratación abarca el presente ejercicio.
Contando para tal efecto con recursos presupuestales del ejercicio fiscal en curso, autorizados por la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad del Instituto Mexicano del Petróleo.
No se aceptarán proposiciones en idioma distinto del español y en el caso de los folletos y anexos técnicos se podrán presentar en el idioma del país de origen, debiendo incluir una traducción simple al español.
APARTADO II
Objeto y Alcance del Servicio Objeto de la Convocatoria
ANEXO TÉCNICO
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES DEL SERVICIO:
DESCRIPCIÓN GENERAL:
“Servicio de calibración, certificación y mantenimiento de sistemas de medición de flujo, instrumentación asociada y equipos de laboratorio de análisis de aceite”, que se realizará en las instalaciones de Pemex Exploración y Producción (PEP) pertenecientes al Activo de Producción Macuspana Muspac (APMM) y del Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap (APKMZ), de conformidad con las características técnicas generales y características técnicas detalladas del servicio contenidas en este Anexo Técnico, que son las mínimas requeridas por el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP).
OBJETIVO:
Proporcionar el servicio de calibración, certificación y mantenimiento de los sistemas de medición de flujo, instrumentación asociada y equipos de laboratorio de análisis de aceite, para los Activo de Producción Macuspana Muspac y del Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap, a través de los cuales se sustente la confiabilidad con que se realizan las mediciones de flujo, así como de la calidad de los hidrocarburos medidos.
PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución de los servicios, iniciará a partir del día siguiente a la fecha de notificación de asignación del contrato o pedido, concluyendo el 31 de diciembre de 2019 o antes en caso de que se extingan las órdenes de servicio de acuerdo a requerimiento y a la programación que se establezca en acuerdo con el IMP, PEP y el Proveedor.
LUGAR DE EJECUCIÓN Y DE ENTREGA:
El lugar de ejecución de los servicios será considerando lo siguiente:
Activo de Producción Macuspana Muspac: Los trabajos de calibración y certificación se realizarán en las diferentes instalaciones, baterías de separación, puntos de medición, estaciones de almacenamiento y bombeo, estaciones compresión y puntos de transferencia del Activo de Producción Macuspana Muspac, de acuerdo a la ubicación de cada sistema de medición.
Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap: Los trabajos de calibración y certificación se realizarán en diferentes instalaciones, puntos de medición y transferencia, xxxxx afuera del Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap de acuerdo a la ubicación de cada sistema de medición; los trabajos de mantenimiento, calibración y verificación de equipos de laboratorio de análisis de aceite, se realizarán en el Laboratorio de Control de Calidad en instalaciones xxxxx afuera, ubicado en la Plataforma Cayo Arcas; Golfo de México en Ciudad xxx Xxxxxx, Campeche.
La entrega de informes de resultados, certificados de calibración y documentación en general, en instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo, Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx No. 1502, Esq. Campo Giraldas, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
CONDICIONES DE ENTREGA:
Una vez concluido cada servicio descrito en este Anexo Técnico, el Proveedor generará los reportes y documentación que corresponda e integrará las evidencias de respaldo correspondientes para su entrega y revisión por parte del IMP; cada servicio estará concluido y aceptado de conformidad cuando estén a plena satisfacción del IMP.
Todos los servicios de este contrato deben estar avalados y aceptados en tiempo y forma por el Administrador del contrato.
PROGRAMA DE TRABAJO:
El Proveedor deberá presentar un programa de trabajo para conciliar con personal del IMP y de PEP para calendarizar cada una de las actividades indicadas en este Anexo Técnico, con el fin de agilizar los trámites y permisos correspondientes para iniciar los servicios en cada instalación de PEP; sin embargo, se debe tener la posibilidad de modificar en cualquier momento el programa en consenso entre el IMP, PEP y el Proveedor, esto no debe generar costo adicional al IMP.
HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
La realización de los trabajos en campo para el suministro de los servicios en las instalaciones de PEP, será conforme al horario de trabajo establecido por los Activos de Producción Macuspana Muspac y Ku-Maloob-Zaap de acuerdo al tipo de instalación donde se suministre el servicio.
CONDICIONES DE PAGO:
Para el pago de los servicios, el Proveedor deberá formular estimaciones y facturas electrónicas que deberán contener: los conceptos, las cantidades, los precios y el valor total que amparan, las deducciones e impuestos que causen los conceptos; así como los demás requisitos normativos y fiscales vigentes que correspondan para cada caso.
FORMA DE PAGO:
El IMP pagará al Proveedor el monto de los servicios prestados y aceptados, en moneda nacional, de acuerdo con las condiciones establecidas para el suministro de los servicios a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura electrónica, acompañada de la documentación que acredite el suministro de los servicios.
El IMP no otorgará anticipos.
GARANTÍA:
El Proveedor deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del contrato o pedido una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato por la vigencia del mismo y su total ejecución, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del suministro de los servicios objeto de esta convocatoria.
RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR:
Representante Técnico del Proveedor
El Proveedor debe nombrar a un Representante Técnico quien debe atender todo lo relativo a asuntos técnicos y administrativos durante el desarrollo del suministro de los servicios, debe estar localizable durante la vigencia del contrato, debiendo mantener comunicación continua con el Supervisor del IMP.
El Representante Técnico del Proveedor debe tener facultades para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como la de toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de los servicios indicados en el presente Anexo Técnico.
Personal Técnico Especializado
El Proveedor debe contar por cada frente de trabajo con personal suficiente, capacitado, calificado y experimentado para el desarrollo de los servicios que se describen en este Anexo Técnico, así como para operar y mantener sus equipos durante la vigencia de los servicios a través de la acreditación de la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN); también deberá contar con personal certificado como signatario autorizado en las magnitudes de flujo, volumen, presión, temperatura, densidad y ensayos químicos aplicables para corte de agua, así como en mediciones especiales de equipo de laboratorio en cualquier magnitud que se requiera como parte del suministro de los servicios indicados en el apartado de características técnicas detalladas del servicio de este Anexo Técnico. El personal del Proveedor deberá contar con experiencia en la interpretación y configuración de los computadores de flujo.
El Proveedor debe emplear para el desarrollo de los servicios la plantilla de trabajadores que presente en su propuesta técnica, en caso de requerirse algún cambio, el Proveedor debe notificar al Supervisor del IMP y proponer para su aprobación, el personal que cumpla con el perfil y que iguale o supere el mínimo nivel académico y experiencia laboral de la persona remplazada, debiendo acreditarlo con su curriculum y la documentación probatoria correspondiente.
El licitante debe presentar curriculum y documentación que demuestre que el personal que prestará los servicios cuenta con lo siguiente:
• Un (1) Representante técnico que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en el manejo, coordinación y administración de contratos relacionados a servicios de calibración de sistemas de medición, con formación académica en licenciatura,
ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia acumulada mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos, talleres y/o diplomados de actualización en temas relacionados con el servicio de calibración de sistemas de medición.
• Tres (3) Especialistas certificados que cuenten con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en el desarrollo de trabajos de calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio, con formación académica en licenciatura, ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia acumulada mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos y/o de talleres en temas relacionados con el servicio de calibración de sistemas de medición.
• Un (1) Responsable por grupo de trabajo, el cual deberá estar certificado como signatario autorizado para la emisión de los certificados de calibración, que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados como responsable del manejo y coordinación de grupos de trabajo de calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio, con formación académica en licenciatura, ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia acumulada mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos y/o talleres en temas relacionados con el servicio.
• Un (1) Supervisor de SSPA que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en sistemas de gestión en la administración de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental del sector petrolero, con formación académica en licenciatura y/o ingeniería en cualquier rama de la industria petrolera, ingeniería industrial o ingeniería y/o licenciatura a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia acumulada mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancia de capacitación, certificados, diplomas de cursos, talleres y/o diplomados de actualización que comprueben el conocimiento; asimismo deberá comprobar estar capacitado como signatario de permisos para trabajos con riesgo del sistema de PEMEX.
Adicionalmente, el licitante debe integrar al curriculum de todo el personal propuesto y que participará en la prestación del servicio, las constancias, diplomas, acreditaciones y/o certificados vigentes que acrediten que todo su personal cuenta por lo menos, con la siguiente capacitación en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental o su equivalente: básico de seguridad, conceptos básicos sobre planes de respuesta a emergencias, generalidades de los primeros auxilios, manejo de extintores, Anexo SSPA, Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Asimismo, deberá integrar en su propuesta constancias, diplomas, acreditaciones y/o certificados vigentes de personal que cuente con el curso de Signatario para permisos para trabajo con riesgo.
Todo el personal del Proveedor que desarrolle actividades en instalaciones xxxxx afuera deberá acreditar que cuenta adicionalmente, con capacitación o su equivalente de básico de seguridad en plataformas y barcazas, así como con Libreta de Mar vigente.
El licitante debe incluir el curriculum vitae actualizado del personal propuesto, incluyendo la firma del personal y del representante legal de la empresa.
Si durante el desarrollo de los servicios, el profesional técnico o algún integrante del equipo de trabajo del Proveedor demuestra negligencia, bajo rendimiento, falta de capacidad y/o experiencia para ocupar el cargo, el Supervisor del IMP en todo momento está facultado para solicitar la sustitución del personal y el Proveedor debe proponer al nuevo personal a más tardar al día siguiente a la instrucción de sustitución, el personal propuesto debe de contar con el perfil, experiencia y capacidad requerida para el caso que se trate.
El Proveedor deberá informar al Supervisor del IMP, cuando por algún motivo durante el suministro de los servicios realice cambios de personal, en tal caso el Proveedor deberá demostrar documentalmente que el personal que se asigna cumple con al menos las mismas capacidades técnicas y experiencia del personal al que sustituye. El nuevo personal deberá contar con el visto bueno del Supervisor del IMP.
El IMP se reserva el derecho en todo momento de evaluar la calificación y aptitud del personal del Proveedor, pudiendo suspender los trabajos en caso de que no se cumplan con los requerimientos necesarios y los tiempos inactivos por esta causa, serán imputables al Proveedor.
La cantidad y perfil del personal técnico especializado dependerá del volumen de trabajo simultáneo que el IMP solicite ejecutar al Proveedor y es responsabilidad de éste, calcularlos y disponer de ellos en la cantidad suficiente para habilitar los frentes de trabajo necesarios para llevar a cabo el desarrollo de los trabajos de acuerdo con el programa establecido en la orden de servicio, sin demeritar la calidad del servicio.
Es responsabilidad del Proveedor la organización de su personal durante la ejecución de los servicios, así como concluir los trabajos establecidos de acuerdo a las especificaciones del presente Anexo Técnico y de los plazos y programas establecidos en cada orden de servicio emitida por el IMP.
Obligatoriamente todo el personal del Proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• Portar una identificación con fotografía que los acredite como personal de su compañía en la que se consigne como mínimo: el nombre del trabajador, la categoría, el logotipo de la empresa, la vigencia de la acreditación, así como también la leyenda “AL SERVICIO DEL IMP”, durante toda su estancia en las instalaciones de PEP.
• Acatar las indicaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que indique el personal responsable de las instalaciones de PEP.
• Portar el equipo adecuado de protección personal que aplique ya sea para instalaciones terrestres y/o marinas (casco, botas con casquillo, ropa de algodón, lentes contra impactos, tapones auditivos y todo lo que se requiera de acuerdo a las actividades a desarrollar), la ropa el de trabajo debe contar con el logotipo del Proveedor. Para el caso de los trabajos en instalaciones marinas, el personal deberá usar overol de algodón de color contrastante con el mar, debe contar con cintas retro reflejantes.
• Conocer las normas y procedimientos de trabajo que deberán ser aplicados durante la ejecución de los servicios de acuerdo a su función.
El Proveedor, como empresario y patrón de su personal que ocupa para la ejecución del suministro de los servicios, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.
Equipo, material e infraestructura requeridos
Para el desarrollo de los servicios, el Proveedor debe proporcionar todos los insumos, herramientas, vehículos automotrices, materiales, equipos y/o en su caso estructuras provisionales que se consideren necesarios para efectuar la instalación y operación de los equipos para realizar la calibración, mantenimiento, desarrollo y conclusión de sus actividades.
El Proveedor debe contar con equipos patrón suficientes para habilitar los frentes de trabajo simultáneos necesarios para suministrar los servicios de calibración y certificación a los medidores de flujo y equipos de laboratorio considerados por PEP. Debe mantener en condiciones óptimas de funcionamiento dichos equipos patrón durante toda la vigencia de los servicios. Deberá utilizar equipos patrón que garanticen trazabilidad al Centro Nacional de Metrología (CENAM) o laboratorio primario internacional.
El Proveedor deberá realizar una visita previa a la instalación donde efectuará los servicios de calibración, certificación y mantenimiento, con el propósito de identificar y suministrar todos los requerimientos necesarios y conocer las condiciones de operación y propiedades de los fluidos, para la ejecución de los servicios.
El Proveedor deberá contar con bridas de ajuste, bridas ciegas, tubería, conectores y accesorios necesarios para interconectar sus equipos de calibración al sistema de medición que calibre, asimismo deberá proporcionar los consumibles necesarios para realizar todas sus actividades.
El Proveedor deberá tener disponible y presentar en su propuesta copia del certificado vigente de acreditación como laboratorio de calibración en las áreas de flujo, volumen, presión, temperatura, densidad y ensayos químicos aplicables para corte de agua, así como en mediciones especiales de equipo de laboratorio en cualquier magnitud que se requiera como parte del suministro de los servicios indicados en el apartado de características técnicas detalladas del servicio de este Anexo Técnico, expedido por una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN, EMA u otro organismos de acreditación equivalente en otros países que sean signatarios de acuerdos de reconocimiento mutuo con base en la LFMN.
El Proveedor deberá entregar al inicio del suministro de los servicios los procedimientos operativos para realizar la calibración de medidores de flujo e instrumentación asociada, así como para realizar calibración y mantenimiento a equipo de laboratorio, que utilizará durante los servicios.
El Proveedor deberá garantizar que las partes de repuesto y refacciones suministradas como parte del suministro del servicio de mantenimiento, sean nuevos, de marca reconocida, totalmente compatibles con la marca y modelo del equipo donde se integrarán, de primera calidad, libres xx xxxxx de diseño. Cualquier defecto de fábrica o de operación deberá ser corregido sin cargo alguno para el IMP; el Proveedor deberá incluir garantía de 12 (doce) meses después de la puesta en operación o 18
(dieciocho) meses después de la recepción de conformidad de las partes de repuesto y refacciones suministradas.
El Proveedor deberá contar con oficinas administrativas con línea telefónica fija para que el Supervisor del IMP pueda comunicarse con facilidad, a efecto de gestionar y coordinar las actividades propias del suministro del servicio, asimismo deberá contar con el equipo informático para la realización de las actividades inherentes a los servicios.
Es responsabilidad del Proveedor transportar a su personal, patrones de calibración, equipos y herramientas necesarios para el suministro de los servicios, desde sus instalaciones hasta el lugar de los trabajos y viceversa, así como cualquier otro movimiento de personal que por razones de la orden de servicio o causa fortuita tenga que realizarse, la persona responsable del transporte del personal, patrones de calibración, equipos y herramientas del Proveedor debe contar con el curso vigente de manejo a la defensiva.
Para el caso de los trabajos a realizar en instalaciones xxxxx afuera, el Proveedor deberá enviar con la suficiente anticipación la relación de equipos, herramientas y materiales, que requiera transportar y subir a plataforma, a fin de contar con suficiente tiempo para programar y generar el permiso de traslado en coordinación con PEP. El Proveedor debe realizar el embalado de forma adecuada y segura en cajas de metal o madera de todo lo que requiera transportar, en estricto apego a los lineamientos de seguridad de Petróleos Mexicanos. El envío de los materiales se realizará previo a la subida del personal que realizará el servicio.
El Proveedor es el único responsable del resguardo y uso de sus equipos, materiales, herramientas, vehículos de transporte y todo lo necesario que utilice para el suministro de sus servicios. El daño y/o pérdida total o parcial derivada de actos vandálicos, robos, sustracciones, malos manejos operativos, incidentes o accidentes industriales, condiciones climatológicas o meteorológicas, es totalmente responsabilidad del Proveedor, aún dentro de las instalaciones de PEP.
En caso de requerirse, el Proveedor deberá considerar utilizar equipo de carga, transporte y maniobra con brazo de carga tipo “Hiab”, el cual debe ser operado por personal que cuente con las habilidades y experiencia comprobable para realizar las maniobras.
Las unidades de transporte de personal y equipo que utilice el Proveedor para la prestación de los servicios, deberán contar con un sistema de geo-Iocalización con capacidad para señales GPS y satelital, que le permita monitorear en tiempo real el desempeño y hábitos de sus conductores, obligándose a implementar las medidas necesarias que propicien la meta xx xxxx accidentes vehiculares, entre las que se encuentre respetar los límites de velocidad máxima permitida establecidos por PEP en el ámbito de su competencia.
En caso de incumplimiento en la instalación de los dispositivos GPS en las unidades vehiculares comprometidas para la prestación del servicio, el Proveedor se hará acreedor a la aplicación de las deducciones económicas correspondientes.
El sistema deberá contar con capacidad de proporcionar datos de geo-referenciación, control de velocidades, itinerarios, indicación de excesos de velocidad, así como tiempos de espera.
El Proveedor, cuando le sea solicitado por el IMP, deberá entregar los criterios de monitoreo, así como las medidas correctivas y preventivas implementadas en aquellos casos en que de manera injustificada
alguna unidad haya excedido los límites de velocidad máximo permitido establecidos por PEP en el ámbito de su competencia.
El Proveedor conservará y mantendrá los equipos de rastreo y monitoreo en óptimas condiciones de operación para la ejecución de los servicios durante la vigencia del contrato.
El Proveedor generará y resguardará una base de datos histórica de la información, siendo su responsabilidad respaldarla en medios magnéticos (discos compactos).
El Proveedor deberá realizar oportunamente todos los trámites requeridos, para que dé inicio la ejecución de los servicios solicitados de acuerdo a las características técnicas generales y características técnicas detalladas del servicio, establecidas en el presente Anexo Técnico. El Proveedor es responsable de gestionar con sus propios recursos los permisos y acuerdos necesarios para el acceso de su personal, equipo y herramientas que se requieran a las instalaciones de PEP; asimismo, deberá tramitar los permisos para trabajos con riesgo, siendo responsable de recabar todas las autorizaciones requeridas para la adecuada ejecución de los servicios. Personal de PEP será el encargado de realizar las autorizaciones y validaciones correspondientes.
El Proveedor deberá cumplir durante la ejecución de los servicios, las medidas en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, contenidas en el Anexo SSPA “Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.
En caso de que el Proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen en el Anexo SSPA, cuando los servicios se realicen en instalaciones adscritas a PEP, el IMP aplicará las penalizaciones (deducciones) que correspondan.
Cualquier deductiva al IMP por incumplimiento de algún requerimiento establecido en el Anexo SSPA, será imputable al Proveedor.
El Proveedor será el único responsable del suministro de los servicios y deberá sujetarse a las leyes, reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, salud, protección ambiental y uso de la vía pública que rijan en el ámbito federal, estatal y/o municipal y a las instrucciones que al efecto señale PEP cuando la ejecución de las actividades del Proveedor implique riesgos para las instalaciones y/o personal de PEP. Las responsabilidades, daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia, negligencia, dolo o mala fe serán totalmente a cargo del Proveedor.
El Proveedor deberá otorgar las facilidades e información relacionada con los servicios que suministre, que le sea solicitada por parte del IMP, PEP y/o Autoridades Gubernamentales para la atención de auditorías, verificaciones o cualquier diligencia que se realicen en las instalaciones adscritas a PEP donde desempeñe sus actividades.
El Proveedor se obliga a mantener libre de desechos generados durante el desarrollo de sus actividades y por sus trabajadores las áreas de trabajo; al terminar sus labores diarias el Proveedor debe limpiar el área donde se realicen los trabajos.
Una vez terminados los trabajos de campo y servicios de calibración y/o mantenimiento en cada sitio, el Proveedor deberá realizar la limpieza de los equipos y accesorios que sean utilizados. El Proveedor
deberá contar con contenedores, recipientes, equipos y todo lo necesario, para recuperar y disponer de los fluidos y residuo que se genere durante el suministro de los servicios. Los fluidos recuperados se entregarán a PEP o se colocarán donde así lo indique para su disposición final.
El Proveedor deberá asumir total responsabilidad de los riesgos por cualquier contaminación del suelo, aire, agua y del medio ambiente en general o por cualquier otra reclamación por contaminación originada por causas imputables al mismo, en cuyo caso deberá resarcir los daños.
El Proveedor deberá suministrar los servicios listados en las partidas indicadas en el presente Anexo Técnico, a través de órdenes de servicio emitidas vía correo electrónico por el IMP en coordinación con PEP, tomando en cuenta el programa de trabajo acordado; sin embargo, se debe tener la posibilidad de modificar en cualquier momento el programa de suministro de los servicios en consenso entre el IMP, PEP y el Proveedor, esto no debe generar costo adicional al IMP.
Toda vez que la orden de servicio sea transmitida vía correo electrónico por el IMP, el Proveedor se obliga a confirmar su recepción acusándolo de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha orden de servicio, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo para la prestación del servicio.
El Proveedor deberá atender las solicitudes de servicios extraordinarios y/o urgentes, siempre y cuando sean solicitadas por el Supervisor del IMP en coordinación con PEP aunque no estén incluidos en el programa.
El Proveedor será el único responsable del aseguramiento de la calidad y oportunidad de los servicios objeto del contrato, así como de cualquier daño o desperfecto ocasionado a los equipos o dispositivos propiedad de PEMEX por negligencia, inobservancia de los procedimientos o violaciones a la normatividad de PEMEX durante la ejecución de los servicios. Las responsabilidades, los daños y los perjuicios que resultaren por su causa serán a cargo del Proveedor y éste será el único responsable de resarcirlos, incluyendo los recursos, materiales, personal y equipos necesarios para dicha reparación.
El Proveedor deberá cerciorarse que el personal responsable de las instalaciones de PEP entregue los sistemas de medición y/o los equipos de laboratorio en condiciones seguras y operativas, para poder ser intervenidos para el suministro de los servicios objeto del contrato.
El Proveedor no deberá intervenir ningún sistema y/o equipo cuando el personal operativo de PEP le indique condiciones inseguras y/o no confiables que impliquen riesgo que impacte al personal, instalaciones o al medio ambiente. Cualquier interconexión del equipo del Proveedor a línea de proceso, corriente y/o equipo de PEP, sólo se podrá realizar con la anuencia y visto bueno de PEP.
RESPONSABILIDADES DEL IMP:
Responsable de la aceptación del servicio y determinar penalizaciones aplicables y en su caso deductivas:
El IMP designa al servidor público Ing. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxx como el Administrador del Contrato quien será responsable de recibir los servicios, aceptarlos o rechazarlos, determinar los incumplimientos, determinar las penas convencionales y deducciones a que hubiese lugar, asimismo será el responsable de la administración total del servicio.
El IMP nombrará a un Supervisor Técnico, quién deberá coordinar, controlar, verificar y revisar que los servicios que suministre el Proveedor cumplan con todos los alcances que se indican en el Anexo Técnico del contrato, tomando en cuenta el programa de trabajo acordado previamente en conjunto entre el IMP, PEP y el Proveedor. Asimismo, coordinará con PEP para que el personal responsable de las instalaciones entregue los sistemas de medición y/o equipos de laboratorio en condiciones seguras para poder ser intervenidas por personal del Proveedor y éste cuente con las facilidades necesarias para ejecutar los servicios objeto del contrato.
El IMP se encargará de gestionar para que PEP proporcione al Proveedor las facilidades operativas para efectuar los servicios de calibración.
El Supervisor del IMP podrá ser sustituido en cualquier momento si así lo requiere el IMP, lo cual será notificado por escrito oportunamente al Proveedor.
El IMP informa al Proveedor que el responsable de la operación de válvulas y maniobras operativas necesarias para permitir el paso de las corrientes de hidrocarburos hacia los equipos del Proveedor es únicamente personal de PEP, siempre y cuando el Proveedor haya completado todas las interconexiones necesarias de sus equipos, garantice la hermeticidad en juntas y uniones con cero fugas y se cumplan con todas las medidas de seguridad requeridas. El IMP gestionará para que PEP disponga de personal operativo para realizar dichas actividades.
Previo al suministro de los servicios del Proveedor a cada sistema de medición, el IMP solicitará a PEP que las condiciones de operación y de los equipos del sistema de medición sean adecuadas y seguras para que se realicen satisfactoriamente los trabajos programados.
El IMP no proporcionará maquinaria, vehículos, equipo, herramienta, refaccionamiento, materiales, consumibles, servicios (sanitarios, agua potable, almacenamiento, energía eléctrica, entre otros) y/o mano de obra alguna para la ejecución de los trabajos.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DETALLADAS DEL SERVICIO:
El Proveedor deberá realizar el suministro de los servicios descritos en las siguientes partidas:
1. Activo de Producción Macuspana Muspac.
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA | |||||||
1 | Servicio de calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para medidor de flujo tipo Ultrasónico o Másico (Coriolis) y de la instrumentación asociada al sistema de medición de flujo, ubicado en instalaciones del Activo de Producción Macuspana Muspac, de acuerdo a la información siguiente: | 15 | Servicio | |||||||
Fluido | Tipo de medición | Flujo | Presión | Temperatura | ||||||
MBPD | Kg/cm2 | °C | ||||||||
Min. | Máx. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA | |||||||
Aceite | Referencial / transferencia de custodia | 8.6 | 104.0 | 24 | 38 | |||||
El sistema de medición está integrado por: • 1 Medidor de flujo. • 1 Transmisor de presión. • 1 Transmisor de temperatura. • 1 Densitómetro. • 1 Analizador xx xxxxx de agua. Se debe realizar la calibración del medidor de flujo considerando como magnitud flujo volumétrico (líquido) y en al menos 3 puntos del alcance de medición correspondientes a los promedios mensuales mínimo, normal y máximo de la instalación. Adicionalmente, se debe realizar también la estimación de la incertidumbre del sistema de medición, así como la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. Se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • Las calibraciones deberán realizarse con probador volumétrico certificado trazable al CENAM o laboratorio primario internacional. Se deberán entregar evidencias vigentes de certificado de calibración de equipos patrón, cartas de trazabilidad, así como de acreditación ante la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN. • Se deberá entregar informe de resultados y certificado de calibración del medidor de flujo y de toda la instrumentación asociada del sistema de medición que se calibre. • Se deberá entregar la estimación de incertidumbre del sistema de medición. • Se deberán entregar los resultados de la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. • Se deberán elaborar gráficas de desempeño caracterizada con el producto para el que fue construido. • El patrón de referencia para la calibración del sistema de medición, debe ser de menor incertidumbre del instrumento bajo calibración. • Deberá cumplir con las recomendaciones de calibración establecidas de acuerdo a la normatividad y estándares aplicables para el manejo de hidrocarburos y al tipo de instrumento que se calibre. • La calibración y certificación se realizará en sitio conectando el probador volumétrico en serie con el tren de medición de flujo que vaya a ser calibrado, empleando como fluido de calibración el aceite que se maneja normalmente en la instalación. Para tal fin el tren de medición a ser calibrado contará con xxxxx xxxxxxxx con válvulas de bloqueo de acuerdo a diagrama típico de API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • Para los medidores másicos tipo Coriolis se debe realizar el ajuste a cero de acuerdo a normatividad aplicable. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Una vez finalizada la calibración en los tres puntos de prueba se deberá cargar la curva del medidor en el computador de flujo y se realizará una prueba final para documentar el estado en que se deja la medición y que quedará en el certificado de calibración final. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • El número de corridas de calibración y repetibilidad asociada para cada uno de los flujos de prueba deberá determinarse de acuerdo a los requerimientos de API MPMS 4.8, API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • El procedimiento empleado para el servicio de calibración deberá obtener un factor de medidor a cada flujo de prueba de acuerdo al API MPMS capítulo 4.8. Para la calibración de la medición electrónica de presión se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. • Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. • Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de densitómetro electrónico en línea se deberá de considerar lo siguiente: • La calibración se realizará en sitio mediante la toma de una muestra representativa a través de una celda de muestreo de presión constante, documentando a través de descarga de los datos medidos por el densitómetro electrónico de campo durante el periodo de muestreo e integrando el promedio de la medición de densidad a condiciones de flujo y de la densidad a condiciones de 20 °C. • La calibración se realizará tomando en cuenta los requerimientos indicados en el API MPMS 9.4. • El método de calibración será comparación directa de los resultados promedio obtenidos durante el periodo de muestreo contra el resultado del análisis de laboratorio de la muestra a través de un equipo que cumpla con el ASTM D4052/ASTM D5002 certificado con trazabilidad a CENAM y calibrado a través de sustancias de referencia; la densidad del aceite reportada será a condiciones de flujo y a condiciones de 20 °C. • Se deben tomar 3 muestras sucesivas desde una toma de muestreo acondicionada por PEP corriente arriba del medidor de densidad, haciendo uso de un dispositivo de muestreo de presión constante, registrando al mismo tiempo las lecturas de densidad indicadas por el densitómetro electrónico y la temperatura del aceite al momento del muestreo. • Se debe calcular y reportar el ajuste requerido por el densitómetro electrónico. Para la calibración de medidores electrónicos xx xxxxx de agua se deberá de considerar lo siguiente: • La calibración se realizará en sitio mediante la toma de una muestra representativa a través de una celda de muestreo de presión constante, documentando a través de descarga de los datos medidos por el medidor electrónico xx xxxxx de agua integrando el promedio de la medición de porcentaje de agua durante el periodo de muestreo. • El método de calibración será comparación directa de los resultados promedio obtenidos durante el periodo de muestreo contra el resultado del análisis de laboratorio de la muestra a través del método de centrifugación |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
ASTM D4007 o titulación Xxxx Xxxxxx con equipos certificados por un laboratorio acreditado con trazabilidad a CENAM. • Se deben tomar 4 muestras sucesivas, cada 5 minutos del crudo a medir, registrando al mismo tiempo las lecturas xx xxxxx de agua indicadas por el medidor electrónico. • Se debe calcular y reportar el ajuste requerido por el medidor electrónico xx xxxxx de agua. Para la validación del desempeño y configuración de computador de flujo que forma parte del sistema de medición se deberá de considerar lo siguiente: • El servicio de validación y configuración se realizará en campo a computador de flujo que forma parte del sistema de medición. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará con base al API MPMS capítulo 12.2. • Se deberá verificar que los cálculos de CPL y CTL sean los adecuados para que los volúmenes acumulados a 24 horas sean reportados a condiciones Pemex de 1 atm. y 20 °C. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. • Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Una vez calibrado cada sistema de medición se debe realizar la actualización de los nuevos factores obtenidos, en el computador o sistema donde se realice la totalización del flujo, en coordinación con personal del IMP y de PEP. • Se debe considerar la configuración de la aplicación del computador de flujo y los parámetros requeridos para interconectar el probador volumétrico que será empleado para calibrar el medidor de flujo del sistema de medición. • Se deben habilitar y verificar las entradas digitales requeridas para conectar el probador volumétrico al computador de flujo. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del CENAM. • Se debe realizar revisión del software de estaciones de monitoreo usado para aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiquetas de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). • Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos y acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. | |||
2 | Servicio de verificación dimensional realizado por laboratorio acreditado por la EMA de elemento primario de medición tipo placa de orificio y calibración de la instrumentación asociada al sistema de medición de flujo, ubicado en instalaciones del Activo de Producción Macuspana Muspac, de acuerdo a la información siguiente: El sistema de medición está integrado por: • 1 Medidor de flujo. • 1 Transmisor de presión/presión diferencial. • 1 Transmisor de temperatura. Adicionalmente, se debe realizar también la estimación de la incertidumbre del sistema de medición, así como la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. Se debe realizar la verificación metrológica de la placa de orificio por el método dimensional, utilizado para medir flujo de líquidos o gases en líneas de procesos de conducción de hidrocarburos y debe estar apegada a los lineamientos establecidos en los estándares AGA Report No. 3 Part 2 Ed. 2016 e ISO 5167-2 Ed. 2003. Como parte de los trabajos se debe considerar el sacar de operación y el desmontaje de la placa de orificio del fitting o xxxxx xxxxx orificio, así como su montaje y puesta en operación, una vez realizada la verificación dimensional. El Proveedor deberá considerar todas la herramientas, empaques, consumibles y en general todos materiales que se requieran como parte de la verificación de la placa de orificio. Para llevar a cabo la verificación de la placa de orificio se requiere de un área de verificación con condiciones ambientales controladas, temperatura 20 °C ±0.5 °C. Si por alguna razón esto no es posible, se deberán tomar en cuenta todas las correcciones necesarias para llevar el valor medido al valor de referencia y los efectos en la incertidumbre de la medición por todos los errores involucrados por no realizar la medición en condiciones ambientales normalizadas. Todos los instrumentos de medición deberán contar con certificado de calibración vigente emitido por laboratorio acreditado. | 5 | Servicio |
Fluido | Tipo de medición | Flujo | Presión | Temperatura | |
MMPCD | Kg/cm2 | °C | |||
Min. | Máx. | ||||
Gas | Transferencia de custodia | 190 | 240 | 70 | 45 |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
Antes de iniciar el proceso de verificación se debe asegurar que la placa de orificio se encuentre limpia y en buenas condiciones, sin daños y/o acumulación de material extraño. Verificación de la placa de orificio. Se deberá realizar el registro de cada magnitud medida tomando en cuenta la desviación máxima permitida bajo los criterios de aceptación establecidos en AGA Report No. 3 Part 2 Ed. 2016 e ISO 5167-2 Ed. 2003. Se deberá incluir la medición metrológica sin ser limitante de: • Planicidad de las caras. • Rugosidad de las superficies. • Borde aguas arriba del orificio de la placa. • Ángulos del borde. • Daños en superficies. • Diámetro del orificio de la placa. • Redondez del orificio de la placa. • Longitud e del orificio de la placa. • Espesor E de la placa. • Xxxxxx xxx xxxxx θ. • Excentricidad. Para la calibración de la medición electrónica de presión/presión diferencial se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión/presión diferencial deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC-17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. • Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. • Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la validación del desempeño y configuración de computador de flujo que forma parte del sistema de medición se deberá de considerar lo siguiente: • El servicio de validación y configuración se realizará en campo a computador de flujo que forma parte del sistema de medición. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará en base a AGA Report No. 3 e ISO 5167-2 y tomando en cuenta las ecuaciones de totalización de flujo precargadas. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. • Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del CENAM. • Se debe realizar revisión del software usado para la aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiqueta de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). • Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos, acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. |
2. Activo de Producción Ku-Maloop-Zaap.
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
3 | Servicio de calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para probador volumétrico bidireccional de 30” de diámetro nominal e instrumentación asociada, ubicado en la Plataforma Cayo Arcas perteneciente al Activo de Producción Ku-Maloop-Zaap. Previo a realizar la calibración del probador volumétrico bidireccional se deberán incluir los trabajos de: • Lavado y limpieza de probador volumétrico bidireccional y esfera, teniendo especial cuidado en superficies que puedan afectar la medición. • Pruebas de hermeticidad y verificación de válvulas xx xxxxx sello, válvula de cuatro vías, válvulas de derivación, de retorno y de salida, incluyendo evaluación de asientos y sellos. • Sacar de operación y desmontaje de esfera, así como su montaje y puesta en operación una vez concluidos los trabajos de verificación de la esfera. • Verificación dimensional y revisión de estado físico de probador volumétrico bidireccional y esfera. • Calibración y certificación de instrumentación asociada, incluyendo detectores de paso de esfera. Se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • La calibración del probador volumétrico bidireccional se debe realizar considerando el API MPMS 4.2. • Todas las calibraciones deberán realizarse utilizando patrón certificado trazable al CENAM o laboratorio primario internacional. Se deberán entregar evidencias vigentes de certificado de calibración de equipos patrón, cartas de trazabilidad, así como de acreditación ante la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN. • Se deberá entregar informe de resultados de las revisiones, verificaciones y limpieza realizada. • Se deberá entregar certificado de calibración del probador volumétrico bidireccional y de toda la instrumentación asociada que se calibre. Toda la instrumentación que participa en la totalización de flujo debe ser considerada para su calibración y certificación. • Se deberá entregar la estimación de incertidumbre del probador volumétrico bidireccional. | 1 | Servicio |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• El patrón de referencia para la calibración del probador volumétrico bidireccional, debe ser de menor incertidumbre del instrumento bajo calibración y de acuerdo al API MPMS 4.2. • Se deberán cumplir con las recomendaciones de calibración establecidas de acuerdo a la normatividad y estándares aplicables para el tipo de servicio, manejo de hidrocarburos y al tipo de instrumento que se calibre. • El Proveedor deberá considerar todos los equipos, herramientas, interconexiones, empaques, productos de limpieza, consumibles y en general todos materiales que se requieran como parte de los trabajos a desarrollar. • El número de corridas de calibración y repetibilidad asociada deberá determinarse de acuerdo a los requerimientos de API MPMS 4.2, API MPMS 4.8 y API MPMS 4.9. • Los trabajos de calibración y certificación del probador volumétrico e instrumentación asociada se realizarán en sitio, empleando como fluido de calibración el aceite que se maneja normalmente en la instalación. Para la calibración de la medición electrónica de presión se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. • Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. • Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la validación del desempeño y configuración de computador de flujo que forman parte del probador volumétrico bidireccional se deberá de considerar lo siguiente: • El servicio de validación y configuración se realizará en sitio a computador de flujo que forma parte del probador volumétrico bidireccional. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará tomando en cuenta las ecuaciones de totalización de flujo precargadas. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. • Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Una vez calibrado el probador volumétrico bidireccional se debe realizar la actualización de los nuevos factores obtenidos, en el computador donde se realice la totalización del flujo, en coordinación con personal del IMP y de PEP. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del centro CENAM. • Se debe realizar revisión del software usado para aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiquetas de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). • Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos, acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. | |||
4 | Servicio de calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para sistema de medición de aceite con medidores de flujo tipo desplazamiento positivo, para transferencia de custodia e instrumentación asociada, ubicado en la Plataforma Cayo Arcas perteneciente al Activo de Producción Ku-Maloop-Zaap. El sistema de medición está integrado por: • 5 (cinco) medidores de flujo tipo desplazamiento positivo. • Computadores de flujo. • Transmisores de presión. • Manómetros de presión. • Transmisores de temperatura. • Muestreadores automáticos. • Convertidores electrónicos analógico/digital. Se debe realizar la calibración de cada medidor de flujo considerando como magnitud flujo volumétrico (líquido) y en al menos 3 puntos del alcance de medición, correspondientes a los promedios mínimo, normal y máximo de flujo. Adicionalmente, se debe realizar también la estimación de la incertidumbre del sistema de medición, así como la validación del desempeño del software de totalización programado en computadores de flujo. Se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • Las calibraciones deberán realizarse con patrón certificado trazable al CENAM o laboratorio primario internacional. Se deberán entregar evidencias vigentes de certificado de calibración de equipos patrón, cartas de trazabilidad, así como de acreditación ante la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN. • Se deberá entregar informe de resultados y certificado de calibración del medidor de flujo y de toda la instrumentación asociada del sistema de medición que se calibre. Toda la instrumentación que participa en la totalización de flujo debe ser considerada para su calibración y certificación. • Se deberá entregar la estimación de incertidumbre del sistema de medición. • Se deberán entregar los resultados de la validación del desempeño del software de totalización programado en computadores de flujo. • Se deberán elaborar gráficas de desempeño caracterizada con el producto para el que fue construido. • El patrón de referencia para la calibración del sistema de medición, debe ser de menor incertidumbre del instrumento bajo calibración. • Deberá cumplir con las recomendaciones de calibración establecidas de acuerdo a la normatividad y estándares aplicables para el manejo de hidrocarburos, para transferencia de custodia y de acuerdo al tipo de instrumento que se calibre. | 2 | Servicio |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• La calibración y certificación del sistema de medición se realizará en sitio utilizando el probador volumétrico bidireccional existente previamente calibrado y certificado; se realizará la alineación en serie de cada tren de medición de flujo que vaya a ser calibrado, empleando como fluido de calibración el aceite que se maneja normalmente en la instalación. • Una vez finalizada la calibración en los puntos de prueba se deberá cargar la curva de cada medidor en el computador de flujo y se realizará una prueba final para documentar el estado en que se deja la medición y que quedará en el certificado de calibración final. • El número de corridas, repetibilidad asociada, así como la obtención del factor del medidor a cada flujo de prueba, deberá tomar en cuenta el API MPMS 4.8, considerando el servicio de transferencia de custodia. Para la calibración de la medición electrónica de presión se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. • Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. • Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. El Proveedor debe considerar la calibración y certificación de muestreadores automáticos, lo cual se debe realizar de acuerdo al API MPMS 8, se debe incluir verificación de la continuidad y volumen promedio de la muestra. Los trabajos se deberán realizar por laboratorio acreditado por la EMA para realizar este servicio. Adicionalmente se debe considerar la calibración y certificación de convertidores electrónicos analógico/digital. Para la validación del desempeño y configuración de computadores de flujo que forman parte del sistema de medición se deberá de considerar lo siguiente: • El servicio de validación y configuración se realizará en sitio a computadores de flujo que forman parte del sistema de medición. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará tomando en cuenta las ecuaciones de totalización de flujo precargadas. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. • Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Una vez calibrado cada medidor de flujo se debe realizar la actualización de los nuevos factores obtenidos, en el computador o sistema donde se realice la totalización del flujo, en coordinación con personal del IMP y de PEP. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del CENAM. • Se debe realizar revisión del software usado para aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiquetas de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos, acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. • Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. | |||
5 | Suministro e instalación de esfera inflable para probador volumétrico bidireccional de 30” de diámetro nominal, material de fabricación nitrilo, incluye: glicerina como líquido de relleno, válvulas y accesorios para inflado. La esfera deberá cumplir con los requerimientos del API MPMS 4.2. El Proveedor deberá suministrar la esfera con certificado de calibración, cartas de trazabilidad al CENAM o laboratorio primario internacional, reporte de verificación dimensional realizada y de cumplimiento normativo. | 1 | Pieza |
6 | Servicio de calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para medidor de flujo tipo Ultrasónico o Másico (Coriolis) y de la instrumentación asociada al sistema de medición de flujo, usado como medidor maestro, ubicado en instalaciones del Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap, de acuerdo a la información siguiente: El sistema de medición está integrado por: • 1 Medidor de flujo. • 1 Transmisor de presión. • 1 Transmisor de temperatura. Se debe realizar la calibración del medidor de flujo considerando como magnitud flujo volumétrico (líquido) y en al menos 3 puntos del alcance de medición correspondientes a los promedios mensuales mínimo, normal y máximo de la instalación. Adicionalmente, se debe realizar también la estimación de la incertidumbre del sistema de medición, así como la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. Se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • Las calibraciones deberán realizarse con probador volumétrico certificado trazable al CENAM o laboratorio primario internacional. Se deberán entregar evidencias vigentes de certificado de calibración de equipos patrón, cartas de trazabilidad, así como de acreditación ante la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN. | 4 | Servicio |
Fluido | Tipo de medición | Flujo | Presión | Temperatura | |
MBPD | Kg/cm2 | °C | |||
Min. | Máx. | ||||
Aceite | Medidor maestro | 130 | 190 | 50 | 60 |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se deberá entregar informe de resultados y certificado de calibración del medidor de flujo y de toda la instrumentación asociada del sistema de medición que se calibre. • Se deberá entregar la estimación de incertidumbre del sistema de medición. • Se deberán entregar los resultados de la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. • Se deberán elaborar gráficas de desempeño caracterizada con el producto para el que fue construido. • El patrón de referencia para la calibración del sistema de medición, debe ser de menor incertidumbre del instrumento bajo calibración. • Deberá cumplir con las recomendaciones de calibración establecidas de acuerdo a la normatividad y estándares aplicables para el manejo de hidrocarburos y al tipo de instrumento que se calibre. El servicio de los medidores de flujo es utilizarlos como medidores maestros. • La calibración y certificación se realizará en sitio conectando el probador volumétrico en serie con el tren de medición de flujo que vaya a ser calibrado, empleando como fluido de calibración el aceite que se maneja normalmente en la instalación. Para tal fin el tren de medición a ser calibrado contará con xxxxx xxxxxxxx con válvulas de bloqueo de acuerdo a diagrama típico de API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • Para los medidores másicos tipo Coriolis se debe realizar el ajuste a cero de acuerdo a normatividad aplicable. • Una vez finalizada la calibración en los tres puntos de prueba se deberá cargar la curva del medidor en el computador de flujo y se realizará una prueba final para documentar el estado en que se deja la medición y que quedará en el certificado de calibración final. • El número de corridas de calibración y repetibilidad asociada para cada uno de los flujos de prueba deberá determinarse de acuerdo a los requerimientos de API MPMS 4.8, API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • El procedimiento empleado para el servicio de calibración deberá obtener un factor de medidor a cada flujo de prueba de acuerdo al API MPMS capítulo 4.8. Para la calibración de la medición electrónica de presión se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. • Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la validación del desempeño y configuración de computador de flujo que forma parte del sistema de medición se deberá de considerar lo siguiente: • El servicio de validación y configuración se realizará en campo a computador de flujo que forma parte del sistema de medición. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará con base al API MPMS capítulo 12.2. • Se deberá verificar que los cálculos de CPL y CTL sean los adecuados para que los volúmenes acumulados a 24 horas sean reportados a condiciones Pemex de 1 atm. y 20 °C. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Una vez calibrado el sistema de medición se debe realizar la actualización de los nuevos factores obtenidos, en el computador de flujo, en coordinación con personal del IMP y de PEP. • Se debe considerar la configuración de la aplicación del computador de flujo y los parámetros requeridos para interconectar el probador volumétrico que será empleado para calibrar el medidor de flujo del sistema de medición. • Se deben habilitar y verificar las entradas digitales requeridas para conectar el probador volumétrico al computador de flujo. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del centro CENAM. • Se debe realizar revisión del software de estaciones de monitoreo usado para aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiqueta de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). • Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos y acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. • Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. | |||
7 | Servicio de calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para medidor de flujo tipo Ultrasónico o Másico (Coriolis) y de la instrumentación asociada al sistema de medición de flujo, ubicado en instalaciones del Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap, de acuerdo a la información siguiente: El sistema de medición está integrado por: • 1 Medidor de flujo. • 1 Transmisor de presión. • 1 Transmisor de temperatura. Se debe realizar la calibración del medidor de flujo considerando como magnitud flujo volumétrico (líquido) y en al menos 3 puntos del alcance de medición | 7 | Servicio |
Fluido | Tipo de medición | Flujo | Presión | Temperatura | |
MBPD | Kg/cm2 | °C | |||
Min. | Máx. | ||||
Aceite | Referencial | 130 | 190 | 50 | 60 |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
correspondientes a los promedios mensuales mínimo, normal y máximo de la instalación. Adicionalmente, se debe realizar también la estimación de la incertidumbre del sistema de medición, así como la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. Se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: • Las calibraciones deberán realizarse con probador volumétrico certificado trazable al CENAM o laboratorio primario internacional. Se deberán entregar evidencias vigentes de certificado de calibración de equipos patrón, cartas de trazabilidad, así como de acreditación ante la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN. • Se deberá entregar informe de resultados y certificado de calibración del medidor de flujo y de toda la instrumentación asociada del sistema de medición que se calibre. • Se deberá entregar la estimación de incertidumbre del sistema de medición. • Se deberán entregar los resultados de la validación del desempeño del software de totalización programado en el computador de flujo. • Se deberán elaborar gráficas de desempeño caracterizada con el producto para el que fue construido. • El patrón de referencia para la calibración del sistema de medición, debe ser de menor incertidumbre del instrumento bajo calibración. • Deberá cumplir con las recomendaciones de calibración establecidas de acuerdo a la normatividad y estándares aplicables para el manejo de hidrocarburos y al tipo de instrumento que se calibre. El servicio de los medidores de flujo es utilizarlos para medición referencial. • La calibración y certificación del sistema de medición se realizará en sitio conectando el probador volumétrico o medidor maestro existente previamente calibrado en serie con el tren de medición de flujo que vaya a ser calibrado, empleando como fluido de calibración el aceite que se maneja normalmente en la instalación, de acuerdo API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • Para los medidores másicos tipo Coriolis se debe realizar el ajuste a cero de acuerdo a normatividad aplicable. • Una vez finalizada la calibración en los tres puntos de prueba se deberá cargar la curva del medidor en el computador de flujo y se realizará una prueba final para documentar el estado en que se deja la medición y que quedará en el certificado de calibración final. • El número de corridas de calibración y repetibilidad asociada para cada uno de los flujos de prueba deberá determinarse de acuerdo a los requerimientos de API MPMS 4.8, API MPMS 5.6 o API MPMS 5.8 según aplique. • El procedimiento empleado para el servicio de calibración deberá obtener un factor de medidor a cada flujo de prueba de acuerdo al API MPMS capítulo 4.8. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
Para la calibración de la medición electrónica de presión se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de presión deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017). • Para la calibración se debe emplear como patrón una balanza de pesos muertos o un manómetro patrón con bomba, con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe hacer el ajuste a cero y aplicar presión en 4 valores correspondientes al 25, 50, 75 y 100% del intervalo de medición configurado en el instrumento. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de presión empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de presión empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de presión una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la calibración de la medición electrónica de temperatura se deberá de considerar lo siguiente: • Los instrumentos de temperatura deben ser calibrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la norma NMX-EC-17025-2018 (ISO/IEC- 17025:2017) y API MPMS 7. |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• Para la calibración en sitio se utilizará como patrón termómetros de resistencia de platino con trazabilidad al CENAM. • Los transmisores de tipo inteligente, requerirán de un configurador para la verificación del instrumento. • Se deben verificar los cierres xx xxxx hacia el computador de flujo. • Los resultados de la calibración deben incluir el cálculo de la incertidumbre de los resultados, con base a la norma NMX-CH-140-IMNC-2002. • Para realizar la calibración se debe realizar la comparación de la medición de la temperatura del transmisor electrónico contra el termómetro patrón a 4 valores de temperatura proporcionalmente espaciados dentro del rango de operación. • Se debe utilizar un multímetro o un calibrador electrónico, de resistencias todos los equipos con certificado de calibración vigente, para simular entradas del RTD al transmisor. Aplicar 4 valores espaciados dentro del intervalo de medición. • Se deben comparar los valores de entrada con los de salida, indicados por el transmisor, para cada punto del intervalo. Se deben reportar los resultados obtenidos en el informe respectivo. • Se debe determinar el ajuste requerido por el transmisor. • Se debe considerar calibrar la salida analógica de 4 a 20 mA del transmisor de temperatura empleando un configurador adecuado para simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 4 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe ajustar la salida de corriente del transmisor. • Se debe calibrar la entrada analógica del computador de flujo donde se recibe la señal de temperatura empleando para este fin un simulador de corriente o en su caso el transmisor de temperatura una vez que haya sido ajustado. Simular salidas correspondientes al 0, 25, 50, 75 y 100% del rango de salida analógica del transmisor (4 a 20 mA), midiendo simultáneamente la salida de corriente empleando un multímetro o medidor de corriente con certificado de calibración vigente y una exactitud 10 veces menor a la de la salida de corriente del transmisor. • Se debe comparar cada uno de los valores simulados con lo recibido en el computador de flujo, en caso de presentarse diferencias ajustar la lectura del computador de flujo. • Se debe considerar en el mismo servicio de calibración, hacer los ajustes necesarios en el transmisor y registrarlos en el informe especificando el estado en que se encontró y el resultado después del ajuste. En el caso de que el ajuste normal del instrumento no permita corregir la diferencia obtenida, especificar en el informe la situación encontrada. Para la validación del desempeño y configuración de computador de flujo que forma parte del sistema de medición se deberá de considerar lo siguiente: |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
• El servicio de validación y configuración se realizará en campo a computador de flujo que forma parte del sistema de medición. • La validación de la configuración del computador de flujo se realizará con base al API MPMS capítulo 12.2. • Se deberá verificar que los cálculos de CPL y CTL sean los adecuados para que los volúmenes acumulados a 24 horas sean reportados a condiciones Pemex de 1 atm. y 20 °C. • El proveedor es responsable de emplear personal capacitado en la configuración de computadores de flujo, así como contar con todas las herramientas de configuración necesarias. • Se deben verificar las fallas y/o alarmas que pudieran presentarse en el computador de flujo. • Se debe considerar la reconfiguración de parámetros de configuración en caso de ser necesario. • Una vez calibrado el sistema de medición se debe realizar la actualización de los nuevos factores obtenidos, en el computador de flujo, en coordinación con personal del IMP y de PEP. • Se debe considerar la configuración de la aplicación del computador de flujo y los parámetros requeridos para interconectar el probador volumétrico que será empleado para calibrar el medidor de flujo del sistema de medición. • Se deben habilitar y verificar las entradas digitales requeridas para conectar el probador volumétrico al computador de flujo. • Se debe realizar el ajuste del reloj en tiempo real de acuerdo a la hora del centro CENAM. • Se debe realizar revisión del software de estaciones de monitoreo: usado para aplicación de medición de flujo y base de datos y actualización del mismo en caso de ser necesario. • Se debe realizar instalación de etiqueta de calibración realizada y expedición de informe de resultados del servicio. • Se debe realizar la revisión de valores de señales de sensores de variables contra lectura de pantallas (a efecto de evaluar caídas de señal, interferencias, ruido). • Se debe considerar pruebas xx xxxx entrada-salida, cálculos instantáneos y acumulados. • Se debe verificar que la puesta en marcha y la operación sean adecuadas. • Se debe realizar respaldo de históricos (análisis de información de variables en base de datos) en busca de errores o valores truncos (default), proporcionando la información en formato Excel en un disco compacto. | |||
8 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 6 | Servicio |
9 | Servicio de mantenimiento correctivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Humedad de la marca: KAM | 3 | Servicio |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | |||
10 | Suministro e instalación de Detector Electrode para analizador de humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 1 | Pieza |
11 | Suministro e instalación de Cathode Solution Cell para analizador de humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 3 | Pieza |
12 | Suministro e instalación de Generator Solution Cell para analizador de humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 1 | Pieza |
13 | Suministro e instalación de Fuente de Poder para analizador de humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 1 | Pieza |
14 | Suministro e instalación de Main PCB para analizador de humedad de la marca: KAM CONTROLS, modelo XXX-XXX (Xxxxx Xx. 00000), utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4928 (titulación culombimétrica de Xxxx Xxxxxxx). | 1 | Pieza |
15 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Contenido de Sal de la marca: XXXXXX, modelo SC-960, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D3230. | 6 | Servicio |
16 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. Incluye calibración de los 3 transductores de presión y caracterización de temperatura al baño. | 5 | Servicio |
17 | Servicio de mantenimiento correctivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. Incluye calibración de los 3 transductores de presión y caracterización de temperatura al baño. | 1 | Servicio |
18 | Suministro e instalación de Transductor de Presión para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
19 | Suministro e instalación de Termómetro PT100 para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
20 | Suministro e instalación de Tarjeta de Control de Relevadores para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
21 | Suministro e instalación de Elemento de Calentamiento para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
22 | Suministro e instalación de Motor de Agitación para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
23 | Suministro e instalación de Control de Motor de Agitación para equipo analizador de presión de vapor (PVR) de la marca: XXXXXX, modelo 00000-000-00, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D323. | 1 | Pieza |
24 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Calibrador de Presión de la marca: XXXXX, modelo HQS-2. | 1 | Servicio |
25 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. Incluye caracterización de temperatura al baño. | 5 | Servicio |
26 | Servicio de mantenimiento correctivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. Incluye caracterización de temperatura al baño. | 2 | Servicio |
27 | Suministro e instalación de Orificio Universal para analizador de viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. | 2 | Pieza |
28 | Suministro e instalación de Motor de Agitación para analizador de viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. | 1 | Pieza |
29 | Suministro e instalación de Elemento de Calentamiento para analizador de viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. | 1 | Pieza |
30 | Suministro e instalación de Control de Temperatura Digital para analizador de viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. | 1 | Pieza |
31 | Suministro e instalación de Sensor de Temperatura RTD para analizador de viscosidad de la marca: XXXXXXX, modelo K2410, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D88. | 1 | Pieza |
32 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Analizador de Azufre de la marca: HORIBA, modelo SLFA-20, utilizado para el método de prueba estándar ASTM D4294. | 2 | Servicio |
33 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Cronómetro Digital de la marca: GRALAB / PRECISION SCIENTIFIC, modelo 555 / 5500. | 2 | Servicio |
34 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termómetro Digital de la marca: XXXXX / CONTROL, modelo 9060 / 4132. | 3 | Servicio |
35 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Baño a Temperatura Constante con recirculación de la marca: XXXXX, modelo E200. | 1 | Servicio |
36 | Servicio de mantenimiento preventivo para Refrigerador / Congelador de la marca LAB-LINE / XXXXXX SCIENTIFIC, modelo 126L / CX4F-1B15. | 2 | Servicio |
PART. | DESCRIPCIÓN | CANT. | UNIDAD DE MEDIDA |
37 | Servicio de mantenimiento preventivo para Estufa Eléctrica de la marca: SHEL-LAB / SHEL-LAB, modelo CE3F / 1350FX. | 2 | Servicio |
38 | Servicio de mantenimiento preventivo para Campana de Laboratorio y su sistema de extracción de la marca NOVATECH. | 2 | Servicio |
39 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termohigrómetro Digital, de la marca: EXTECH INSTRUMENTS / EXTECH INSTRUMENTS, modelo: 445715 / 445800, magnitudes de temperatura y humedad. | 2 | Servicio |
40 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termómetro Infrarrojo de la marca: FLUKE, modelo 62MINI. | 2 | Servicio |
41 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Centrífuga con Chaqueta de Calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 4 | Servicio |
42 | Servicio de mantenimiento correctivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Centrífuga con Chaqueta de Calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Servicio |
43 | Suministro e instalación de Elemento de Calentamiento para centrífuga con chaqueta de calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Pieza |
44 | Suministro e instalación de Termostato para centrífuga con chaqueta de calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Pieza |
45 | Suministro e instalación de Motor para centrífuga con chaqueta de calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Pieza |
46 | Suministro e instalación de Tacómetro para centrífuga con chaqueta de calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Pieza |
47 | Suministro e instalación de Interruptor de Motor para centrífuga con chaqueta de calentamiento de la marca: L-K INDUSTRIES INC, modelo: C-4-115-C / C-115-11. | 1 | Pieza |
48 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Colorímetro de la marca: PRECISION SCIENTIFIC, modelo: BF-03. | 3 | Servicio |
49 | Suministro e instalación de Filtro para Colorímetro de la marca: PRECISION SCIENTIFIC, modelo: BF-03. | 1 | Pieza |
50 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termohidrómetros 52HL de 09 a 21 °API (Puntos a calibrar en densidad 10, 13, 17 y 20 °API y en temperatura 70, 80, 90 y 110 °F), utiliza el método de prueba estándar ASTM D287. | 2 | Servicio |
51 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termohidrómetros 53HL de 19 a 31 °API (Puntos a calibrar en densidad 20, 21, 22 y 26 °API y en temperatura 70, 80, 90 y 110 °F), utiliza el método de prueba estándar ASTM D287. | 2 | Servicio |
52 | Servicio de mantenimiento preventivo, calibración y certificación realizado por laboratorio acreditado por la EMA para Termohidrómetros 54HL de 29 a 41 °API (Puntos a calibrar en densidad 30, 33, 37 y 40 °API y en temperatura 70, 80, 90 y 110 °F), utiliza el método de prueba estándar ASTM D287. | 1 | Servicio |
El servicio de mantenimiento correctivo y el suministro e instalación de partes de repuesto, se realizará de acuerdo a las condiciones de funcionamiento de cada uno de los equipos de laboratorio, puede ser que algunos servicios de mantenimiento o partes de repuesto no sean utilizadas, por lo tanto el alcance de suministro de este servicio se puede ejercer total o parcialmente.
ENTREGABLES:
El Proveedor deberá entregar un Reporte Técnico detallado para cada servicio de calibración y certificación de cada sistema de medición, así como para cada servicio de calibración, certificación y mantenimiento de equipo de laboratorio, con base en la Norma NMX-EC-17025-IMNC-2018, el cual debe incluir como mínimo:
Reportes de campo al finalizar los trabajos de calibración de cada sistema de medición de flujo y/o de equipo de laboratorio:
• Reporte de trabajos en campo, conteniendo el desarrollo y cronograma de actividades, tabla de factores resultantes de los perfiles de flujo, resultados y observaciones.
• Reporte de calibración del medidor de flujo, corridas en el equipo patrón con al menos 3 perfiles de flujo, impresos directamente del computador de flujo.
• Reporte de calibración de la instrumentación asociada al sistema de medición, para las variables de presión, temperatura, densidad, corte de agua y/o magnitudes que correspondan, incluyendo ajustes en campo, conteniendo los datos del instrumento bajo calibración (tipo, marca, modelo, serie, intervalo de medida, Tag), datos del patrón de medida (marca, modelo, serie, intervalo de medida, número de certificado), inspección visual, resultados obtenidos y observaciones para cada una de las variables.
• Para el caso particular de la verificación dimensional en placa de orificio, se deberán entregar los resultados obtenidos de las mediciones dimensionales realizadas, conteniendo los datos del instrumento bajo verificación (tipo, marca, modelo, serie, Tag), datos del patrón de medida (marca, modelo, serie, intervalo de medida, número de certificado), esquemas, inspección visual, resultados obtenidos y observaciones.
• Reporte de calibración de equipo de laboratorio, para las variables y/o magnitudes que correspondan, incluyendo ajustes realizados, conteniendo los datos del instrumento bajo calibración (tipo, marca, modelo, serie, intervalo de medida, Tag), datos del patrón de medida (marca, modelo, serie, intervalo de medida, número de certificado), inspección visual, resultados obtenidos y observaciones para cada una de las variables.
Reportes posteriores a la calibración de cada sistema de medición de flujo y/o equipo de laboratorio:
• Certificado de calibración del medidor de flujo y de cada uno de los instrumentos calibrados del sistema de medición correspondiente, incluyendo carta de trazabilidad metrológica, los cuales deberán contener por lo menos lo indicado en la NMX-EC-17025-IMNC-2018.
• Estimación de la incertidumbre para cada sistema de medición, la cual deberá contemplar todos los elementos que aportan incertidumbre al sistema integral de medición.
• Prueba de desempeño de computador de flujo para cada sistema de medición.
• Certificado de calibración de cada equipo de laboratorio calibrado, incluyendo carta de trazabilidad metrológica, los cuales deberán contener por lo menos lo indicado en la NMX-EC- 17025-IMNC-2018.
• Copia simple de los certificados vigentes de acreditación como laboratorio de calibración en las áreas de flujo, volumen, presión, temperatura, densidad y ensayos químicos aplicables para corte de agua, así como en mediciones especiales de equipo de laboratorio en cualquier magnitud que se requiera como parte del suministro de los servicios, expedido por la EMA o ante una entidad de acreditación reconocida con base en la LFMN.
• Fotografías digitales impresas a color de cada fase del desarrollo de los trabajos.
Reportes de mantenimiento a equipos:
• Reporte de mantenimiento realizado a cada uno de los equipos. Conteniendo sin ser limitativo: detalle del estado y/o diagnóstico en el que se encontró el equipo, tipo de servicio realizado preventivo o correctivo, desarrollo detallado y cronograma de actividades realizadas, listado de refaccionamiento, materiales y/o consumibles utilizados, detalle del estado final en el que se deja el equipo, resultados, observaciones y recomendaciones.
• Documentación técnica de partes de repuesto suministradas e instaladas sin ser limitativo:
o Especificación técnica y/o hojas de especificación, indicando cantidad, tipo, marca, modelo, número de parte, número de serie.
o Manuales de instalación, operación, mantenimiento preventivo y/o correctivo.
o Garantías contra defectos de fábrica y/o fallas.
El Proveedor debe entregar un Reporte Técnico de cada sistema de medición calibrado y certificado, integrado por los reportes de campo y reportes posteriores, del mismo modo el Proveedor debe entregar un Reporte de Mantenimiento realizado a cada equipo de laboratorio. Los reportes se entregarán en 2 (dos) tantos impresos a color, en carpeta de 3 argollas, con protector de plástico por cada certificado y en archivo electrónico en formato PDF en discos compactos para integrarse a la estimación.
Los certificados de calibración describirán de forma detallada el servicio realizado para cada instrumento, los resultados de la calibración y la carta de trazabilidad metrológica del patrón utilizado, los certificados deberán estar debidamente firmados por el personal acreditado responsable de la ejecución, supervisión y validación de la calibración, así como contar con el sello de certificación.
Todos los certificados de calibración, reportes y documentación que se genere se emitirá a nombre de Pemex Exploración y Producción, Activo de Producción Macuspana Muspac o Activo de Producción Ku-Maloob-Zaap según corresponda a los sistemas de medición que se calibren y/o equipos de laboratorio a los que se suministre el servicio, al iniciar el suministro de los servicios se deberá confirmar el nombre correcto, la dirección y la dependencia que corresponda; toda la información que se genere será entregada en las oficinas del IMP en los primeros 5 (cinco) días hábiles después de terminados los trabajos en campo, para su revisión y aprobación por parte del IMP.
PENAS CONVENCIONALES Y EN SU CASO DEDUCTIVAS:
Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de las obligaciones, o por atraso en el cumplimiento de las mismas por causas imputables al Proveedor, éste se hará acreedor a lo siguiente:
Penas Convencionales.
• Por atrasos en el cumplimiento de las fechas pactadas para la prestación de los servicios. Se aplicará una pena convencional, la cual se calculará a partir del día siguiente del término del plazo pactado para el inicio o entrega de los mismos, a razón del 1% (uno por ciento) por cada día natural de atraso sobre el monto de los servicios prestados con atraso, la suma de las penas convencionales de los servicios no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del pedido o contrato. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión de pedido o contrato.
• Por incumplimiento en la instalación de dispositivo con tecnología GPS. Se tomará como incumplimiento la falta de dispositivos con la tecnología GPS en los vehículos que formarán parte de la prestación de los servicios. Se aplicará una pena convencional equivalente al 1% (uno por ciento) por cada día de atraso en el cumplimiento de esta obligación conforme la fecha pactada para el inicio de la prestación de los servicios, sobre el monto total de los servicios pactados en el contrato o pedido. El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto del contrato o pedido.
• Por incumplimiento a las obligaciones pactadas en el Anexo "SSPA". En caso de que el Proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen en el Anexo SSPA, cuando los servicios se realicen en instalaciones adscritas a PEP, el IMP aplicará una penalización del 3% (tres por ciento) por cada obligación no cumplida, sobre el monto de la estimación y/o factura que corresponda al periodo en el que se dé el incumplimiento. Se deberá cuantificar el monto de la deducción, aplicando el o los porcentajes sobre el monto total de la estimación y/o factura correspondiente presentada por el Proveedor.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor.
Deductivas.
• Se aplicará una deducción del 1% (uno por ciento) del monto de los servicios prestados de manera parcial o deficiente, por cada día natural de atraso en la entrega de los mismos a satisfacción, sin exceder del 10% (diez por ciento) del monto de la partida correspondiente y la suma de las penas convencionales de esta partida o partidas no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del pedido o contrato. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión de pedido o contrato.
• Cuando el Proveedor incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en el suministro de sus servicios, el IMP aplicará deducciones económicas a las facturas que el proveedor presente con motivo de los servicios ejecutados que correspondan al periodo en que se haya presentado el incumplimiento a las obligaciones pactadas. Una vez que el monto de las penalizaciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, el área administrativa del IMP podrá iniciar el procedimiento de rescisión.
REQUISITOS EN MATERIA DE SEGURIDAD
El Proveedor deberá cumplir durante la ejecución de los servicios, las medidas en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, contenidas en el Anexo SSPA “Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”.
NORMAS Y ESPECIFICACIONES APLICABLES A LOS SERVICIOS
La ejecución de los servicios se debe llevar a cabo de acuerdo a lo indicado en la última edición de las leyes, reglamentos, normas, especificaciones y documentos técnicos que se señalan a continuación de manera enunciativa más no limitativa:
Asimismo, el Proveedor debe cumplir con todas las leyes y reglamentos locales en materia de protección ambiental aplicables para la zona donde se ubican las instalaciones para la ejecución de los servicios.
LEYES Y REGLAMENTOS | |
- - | Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN). Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
NORMAS OFICIALES | |
NOM-002-STPS-2010 | Condiciones de seguridad - prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. |
NOM-008-SCFI-2002 | Sistema general de Unidades de Medida. |
NOM-010-STPS-2014 | Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral - Reconocimiento, evaluación y control. |
NOM-017-STPS-2008 | Equipo de protección personal. Selección, uso y manejo en los Centros de Trabajo. |
NORMAS NMX | |
NMX-EC-17025-IMNC-2018 (ISO/IEC-17025:2017) | Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración. |
NMX-CC-10012-IMNC-2004 | Sistemas de gestión de las mediciones – requisitos para los procesos de medición y los equipos de medición. |
NMX-CH-140-IMNC-2002 | Guía para la expresión de incertidumbre en las mediciones. |
LINEAMIENTOS DE LA CNH | |
CNH.E.32.001/15 | Lineamientos técnicos en materia de medición de hidrocarburos. |
NORMATIVIDAD DE PEMEX | |
Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Anexo SSPA “Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los proveedores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”. |
GO-SS-TC-001 0-2016 | Guía Operativa para la aplicación del Sistema de Permisos para Trabajos con Riesgo en las Instalaciones de PEMEX Exploración y Producción. |
NORMAS API | |
API MPMS 4.2 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Proving Systems. Displacement Provers. |
API MPMS 4.8 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Operation of Proving Systems. |
API MPMS 4.9 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Proving Systems. Methods of Calibration for Displacement and Volumetric Tank Provers. |
API MPMS 5.6 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Measurement of Liquid Hydrocarbons by Coriolis Meters. |
API MPMS 5.8 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Measurement of Liquid Hydrocarbons by Ultrasonic Flow Meters. |
API MPMS 7 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Temperature Determination. |
API MPMS 8 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Sampling. |
API MPMS 9.4 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Continuous Density Measurement Under Dynamic (Flowing) Conditions. |
API MPMS 11 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Physical Properties Data. |
API MPMS 12.2 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Calculation of Petroleum Quantities Using Dynamic Measurement Methods and Volumetric Correction Factors. |
API MPMS 13 | Manual of Petroleum Measurement Standards. Statistical Aspects of Measuring and Sampling. |
APARTADO III
Forma y Términos que Regirán los Diversos Actos de la Convocatoria
CALENDARIOS DE EVENTOS
1.- Fecha, hora y lugar de los Actos del procedimiento
EVENTO | FECHA | HORA | LUGAR |
Recepción de solicitud de aclaraciones | 14 de noviembre de 2019 | 10:00 horas. | Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000, a través de COMPRANET. |
Junta de aclaraciones a las convocatorias | 15 de noviembre de 2019 | 10:00 horas. | Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000, a través de COMPRANET |
Acto de presentación y apertura de proposiciones | 21 de noviembre de 2019 | 10:00 horas. | Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000, a través de COMPRANET |
Acto de notificación de fallo | 26 de noviembre de 2019 | 10:00 horas. | Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000, a través de COMPRANET |
Firma del Pedido | Dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo | Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000, a través de COMPRANET |
OBTENCIÓN O CONSULTA DE CONVOCATORIA
La convocatoria a esta contratación se podrá obtener a partir de su publicación y hasta inclusive el sexto día previo al acto de recepción y apertura de proposiciones en COMPRANET.
Visita a las Instalaciones. No aplica.
Junta de aclaraciones.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán enviar a través de COMPRANET junto con su solicitud de aclaraciones un escrito, en el que su firmante manifieste su interés en participar en el presente procedimiento de contratación, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, pudiendo utilizar como formato el ANEXO 02. En caso de omitir la presentación de dicho escrito, será motivo de no dar respuesta a las dudas o solicitudes de aclaraciones enviadas.
Las solicitudes de aclaración, se enviarán a través de COMPRANET 5.0, a más tardar (veinticuatro horas) antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la CONVOCATORIA, indicando el Apartado y numeral o punto específico de la CONVOCATORIA con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante. Las dudas o aclaraciones que en su caso existan, se podrán presentar en dos bloques, uno relativo a las dudas o aclaraciones de carácter técnico, derivadas del contenido del Anexo Técnico y sus Anexos, del Apartado II y otro, relativo a las dudas o aclaraciones e carácter administrativo, derivadas del contenido de los demás Apartados, de la CONVOCATORIA.
Una vez que la convocante de contestación a las dudas o aclaraciones que se reciban en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido en la convocatoria (a través de COMPRANET 5.0), quienes hayan entregado el escrito de interés de participar en este acto, tendrán máximo seis horas hábiles para, en su caso, formular las solicitudes de aclaraciones que consideren, exclusivamente a las respuestas dadas por la convocante, y no se dará respuesta a nuevas preguntas. Una vez recibidas las preguntas la convocante informará a los interesados que presentaron su escrito de interés en participar el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes, a través del campo de mensajes del sistema COMPRANET y se procederá al cierre de este acto.
Al concluir la junta de aclaraciones podrá señalarse fecha, hora y lugar para la celebración de ulteriores juntas.
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
De conformidad con lo previsto por los artículos 34, 35 fracciones I, II y III de la LEY y artículo 47 de su Reglamento, los interesados presentarán sus proposiciones, anexos y en su caso copia de la identificación oficial vigente del representante o apoderado legal firmante, así como del Acta Constitutiva o Nacimiento según corresponda, a través de COMPRANET 5.0 (programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente) en la fecha y hora establecida en la convocatoria, siendo un acto formal que dará inicio puntualmente, por lo que una vez iniciado el acto, no se recibirán más proposiciones.
Para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones bastará que los interesados presenten un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, pudiendo utilizar para su presentación el ANEXO 08.
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en este apartado, no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión.
En este acto se recibirá la documentación presentada sin efectuar ningún pronunciamiento sobre la misma por lo que aun en el caso de que algún interesado omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare algún requisito, esta no será desechada en ese momento; los faltantes u omisiones se harán constar en el acta correspondiente. Con posterioridad se realizará la evaluación detallada de las proposiciones, el resultado de dicha revisión o análisis, se dará a conocer en el fallo correspondiente.
En este acto se recibirán en forma cuantitativa las proposiciones, sin entrar al análisis detallado de su contenido de carácter técnico, legal o administrativo, para su posterior análisis cualitativo.
La documentación distinta a la proposición, podrá incluirse a su elección, dentro o fuera de los archivos que contengan la propuesta técnica y/o económica.
Junto con sus proposiciones, los interesados presentarán copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición.
La propuesta técnica y la propuesta económica, así como los documentos que se relacionan en la presente convocatoria, se presentarán firmados por persona facultada para ello, en la última hoja de cada uno de dichos documentos, identificando cada archivo con el nombre del documento indicado en el Apartado VI de la presente CONVOCATORIA.
Todas y cada una de las hojas de la propuesta técnica y económica se presentarán foliadas de manera individual, en papel membretado de la persona física o moral, el folio también deberá aplicarse a todas las hojas de información complementaria; establecer un índice del contenido de su proposición. El no foliar las hojas no será causa de desechamiento.
La proposición deberá elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera, incluyendo la documentación no generada por interesados tales como catálogos y/o folletos y/o fichas técnicas, y / o impresiones de páginas de Internet.
En la proposición, preferentemente deberán identificarse cada una de las páginas que integran la proposición con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de convocatoria y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las propuestas.
La firma de las proposiciones será conforme a lo dispuesto por el artículo 27 de la LEY; debiendo firmar digitalmente únicamente el resumen de propuesta técnica (TechnicalEnvelopeSummary.pdf) y resumen propuesta económica (PriceEnvelopeSummary.pdf) generados por el sistema COMPRANET y no así cada documento que forma parte de sus proposiciones.
Derivado de la expiración de diversos certificados raíz que forman parte de la operación de la Firma Electrónica Avanzada emitida por el SAT, se solicita realizar una prueba de firma electrónica para verificar su correcta operación en el sistema COMPRANET. Lo anterior lo podrá realizar desde su área de trabajo en el módulo de firma electrónica de documentos, en caso de NO ser exitosa la prueba de firma electrónica de algún documento en COMPRANET deberá actualizar su certificado digital ante el SAT previamente al envío de sus proposiciones.
Para cualquier información acerca del procedimiento para renovar la firma electrónica deberá comunicarse con el SAT al teléfono: 00 000 00 00 000.
Se deberá concluir el envío de la proposición a COMPRANET, antes de la hora y día indicados para el acto de presentación y apertura de proposiciones.
El servidor público que presida el acto de presentación y apertura de proposiciones, iniciará la apertura de las proposiciones técnicas/económicas de acuerdo al listado de las proposiciones enviadas a través de COMPRANET 5.0 y no podrá concluir hasta en tanto se hayan abierto todos las proposiciones enviadas.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas ajenas a la voluntad de la convocante no sea posible abrir los archivos que contengan las propuestas enviadas por COMPRANET 5.0, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción. En el caso del supuesto anterior, se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la convocante, cuando los archivos en los que se contenga dicha información tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo de los interesados.
La convocante intentará abrir los archivos más de una vez en presencia del representante del Órgano Interno de Control, en caso de que se confirme que contienen algún virus informático, o están corruptos por causas ajenas a la convocante o a COMPRANET 5.0, las proposiciones se tendrán por no presentadas.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público facultado para presidir el acto o quien este designe en el mismo, rubricará únicamente las propuestas técnicas y económicas o las secciones de éstas que se definan en el acto, los documentos soporte de la propuesta técnica y demás documentos no se rubricarán.
Concluida esta etapa se procederá a formular el acta correspondiente, en la que entre otros datos, se señalará el importe total de cada una de las proposiciones recibidas; lugar, fecha y hora en la que se dará a conocer el fallo; dicha acta será firmada por los asistentes. La omisión de la firma de los asistentes, no invalidará el contenido y los efectos del acta.
Será responsabilidad de los interesados consultar en COMPRANET 5.0 el acta correspondiente, la cual se difundirá en dicha página al concluir el acto.
Fallo.
El fallo se dará a conocer conforme al Apartado III numeral 1 de la presente Convocatoria y a lo dispuesto en los artículos 37 y 37 Bis de la LEY, a través de COMPRANET en la fecha establecida, con base al resultado de la evaluación realizada por el área requirente o área técnica y será puesto a disposición de los interesados para consulta, en el domicilio de la convocante, Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este
Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000.
Asimismo, se difundirá un ejemplar del acta en COMPRANET para efectos de su notificación. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.
Con la notificación del fallo por el que se adjudique el pedido, las obligaciones serán exigibles.
Firma de pedidos
La firma del pedido se efectuará dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación del fallo, dentro del horario laboral en:
Edificio (E) Planta baja, Cubículo (E-PB-4)-de este Instituto ubicado en (Periférico Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 1502, Col. Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, XX. 00000.
Para la firma del pedido, la persona física o moral con asignación favorable, deberá presentar previamente en el Área de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, la siguiente documentación:
1. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional y/o copia de identificación oficial y del documento notariado donde le otorgan facultades.
2. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite su domicilio legal en el territorio nacional o copia de identificación oficial y del documento notariado donde le otorgan facultades.
3. Cuando el monto del pedido exceda los $300,000.00 (sin IVA), se deberá entregar documento actualizado emitido por el SAT vigente, en que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, salvo de haberse presentado en el acto de presentación y apertura de proposiciones y continúe vigente a la firma del PEDIDO.
4. En el caso de que una proposición conjunta resulte adjudicada, el pedido será firmado por representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, quienes serán considerados, para efectos del pedido, como responsables solidarios y/o mancomunados.
5. En el supuesto de que se adjudique el PEDIDO a las personas físicas x xxxxxxx que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en el artículo 44 del Reglamento y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el PEDIDO respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el PEDIDO sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta
Plazo y condiciones de pago.
El “IMP” pagará a la o al “PRESTADOR” a través de la Gerencia de Tesorería del IMP, el monto de los servicios contratados y aceptados, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales, contados a partir
de la fecha de validación y aceptación de la factura electrónica por parte del área requirente y a través de la bóveda electrónica del “IMP”, o en su caso, del comprobante fiscal de pago correspondiente.
El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso la o el “PRESTADOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones a que se haya hecho acreedor, haber entregado los servicios a satisfacción del usuario solicitante, formalizado el CONTRATO O PEDIDO y en su caso sus modificaciones, así como haber entregado la(s) fianzas(s) de cumplimiento que en su caso aplique(n).
Indicaciones Generales.
Sólo se podrá presentar una proposición por interesado.
Por tratarse de un procedimiento electrónico, no se permitirá la asistencia de personas físicas x xxxxxxx interesadas a los actos de: junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y fallo.
Los requisitos contenidos en esta CONVOCATORIA, así como lo establecido en las proposiciones presentadas no serán negociados.
Por tratarse de un procedimiento de contratación con la modalidad ELECTRÓNICA, la omisión de firma autógrafa en cualquiera de los documentos solicitados que tengan que ser generados por los interesados, no será causa de desechamiento, siempre y cuando la propuesta sea firmada de forma digital.
Así mismo, con el propósito de facilitar el acto de presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el ANEXO 05, sin que la omisión de lo establecido en este párrafo sea motivo de desechamiento.
Los interesados deberán proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.
A elección de los interesados, se podrán presentar propuestas conjuntas, en este supuesto las proposiciones deberán cumplir adicionalmente con lo dispuesto en el tercero, cuarto y quinto párrafos del artículo 34 de la LEY y 44 de su Reglamento.
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES CONJUNTAS.
Al efecto, los interesados que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los Artículos 50 y 60 de la Ley, podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo con los siguientes aspectos:
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición en la presente Convocatoria a la Licitación sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx; para tales efectos, en la proposición y en el CONTRATO o PEDIDO se establecerán con precisión y a satisfacción del IMP, las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las mismas. En este supuesto la proposición deberá ser firmada con el certificado digital de la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales, en la última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma por el Representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas, tal como lo señala el Artículo 34 tercer, cuarto y quinto párrafos de la Ley.
Conforme a lo dispuesto por el Artículo 44 del Reglamento, los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, cumpliendo los siguientes aspectos:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la Junta de Aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y registro federal de contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia Legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.
b) Nombre y domicilio de los Representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras Públicas con las que acrediten las facultades de representación.
c) Designación de un Representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de contratación.
d) Descripción de las partes objeto del Servicio que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del CONTRATO o PEDIDO, en caso de que se les adjudique el mismo.
III. En el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones el Representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio se con la proposición y, en caso de que a los interesados que la hubieren presentado se les adjudique el CONTRATO o PEDIDO, dicho convenio formará parte integrante del mismo como uno de sus Anexos.
IV. Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso requeridos por el IMP, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y
V. Los demás que el IMP estime necesarios de acuerdo con las particularidades del procedimiento de contratación.
En el supuesto de que se adjudique el CONTRATO o PEDIDO a los interesados que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II de este punto y las facultades del Apoderado Legal de la agrupación que formalizará el CONTRATO o PEDIDO respectivo, deberán constar en escritura Pública, salvo que, el CONTRATO o PEDIDO sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus Representantes Legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado Legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del CONTRATO o PEDIDO, lo cual deberá comunicarse mediante escrito al IMP por dichas personas o por su apoderado Legal, al momento de darse a conocer el fallo o, a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
APARTADO IV
Requisitos que los Interesados Deben Cumplir en el Procedimiento de Contratación
1 REQUISITOS DE CARÁCTER TÉCNICO
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Criterios de Evaluación | Causas de Desechamiento |
1.1 | Presentar su propuesta técnica con la estructura indicada en el punto 1 del presente apartado. | EL IMP VERIFICARÁ: | |
Que se presente la propuesta técnica y que cumpla con lo solicitado en el inciso c, d y e del presente apartado. | No presentar la propuesta técnica o que ésta no cumpla con lo solicitado en el inciso c, d y e del presente apartado. |
Elaborar y presentar su propuesta técnica, conforme a lo siguiente, tomando como base el formato correspondiente:
a) Nombre de la persona física o moral.
b) No. de convocatoria.
c) No. xx xxxxxxx, cantidad y unidad de medida.
d) Descripción detallada de las características técnicas y especificaciones de los servicios conforme a lo solicitado en el anexo técnico, debiendo considerar en su proposición las modificaciones que en su caso se deriven de la junta de aclaraciones.
e) Nombre y firma, de la persona física o el Representante Legal de la persona moral.
1.2 REQUISITOS TÉCNICOS ADICIONALES:
Los siguientes requisitos deberán adjuntarse en su propuesta técnica en el orden siguiente:
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Se evaluará conforme a lo señalado en el Apartado V de esta convocatoria. |
i) Capacidad del interesado: | ||
i.a.1 | Acreditar la experiencia del personal de la persona física o moral que participará en la prestación del servicio objeto de esta convocatoria, conforme lo siguiente: • Un (1) Representante técnico que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en el manejo, coordinación y administración de contratos relacionados a servicios de calibración de sistemas de medición. • Tres (3) Especialistas Certificados que cuenten con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en el desarrollo de trabajos de calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio. • Un (1) Responsable por grupo de trabajo, el cual deberá estar certificado como signatario autorizado para la emisión de los certificados de calibración, que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados como responsable del manejo y coordinación de grupos de trabajo de | Experiencia en asuntos relacionados con la materia objeto de este procedimiento de contratación. |
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Se evaluará conforme a lo señalado en el Apartado V de esta convocatoria. |
calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio. • Un (1) Supervisor de SSPA que cuente con experiencia mínima comprobable de 60 (sesenta) meses acumulados en sistemas de gestión en la administración de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental del sector petrolero. | ||
i.a.2 | Acreditar conocimientos académicos o profesionales del siguiente personal de la persona física o moral que participará en la prestación del servicio objeto de esta convocatoria: • Un (1) Representante técnico que cuente con formación académica en licenciatura, ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos, talleres y/o diplomados de actualización en temas relacionados con el servicio de calibración de sistemas de medición. • Tres (3) Especialistas certificados que cuenten con formación académica en licenciatura, ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos y/o de talleres en temas relacionados con el servicio de calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio. • Un (1) Responsable por grupo de trabajo, el cual deberá estar certificado como signatario autorizado para la emisión de los certificados de calibración, que cuente con formación académica en licenciatura, ingeniería y/o especialidad en Químico Petrolero, Químico, Instrumentación, Electrónica, Metrología o a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancias de capacitación, certificados, diplomas de cursos y/o talleres en temas relacionados con el servicio de calibración de sistemas de medición, así como de calibración y mantenimiento de equipo de laboratorio. • Un (1) Supervisor de SSPA que cuente con formación académica en licenciatura y/o ingeniería en cualquier rama de la industria petrolera, ingeniería industrial o ingeniería y/o | Competencia y habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales. |
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Se evaluará conforme a lo señalado en el Apartado V de esta convocatoria. |
licenciatura a fin, demostrando dicha formación académica y experiencia mediante copia simple de la cédula profesional y título o documento equivalente en caso de ser extranjero, además, constancias laborales, constancia de capacitación, certificados, diplomas de cursos, talleres y/o diplomados de actualización que comprueben el conocimiento; asimismo deberá comprobar estar capacitado como signatario de permisos para trabajos con riesgo del sistema de PEMEX. Adicionalmente, integrar al curriculum de todo el personal propuesto y que participará en la prestación del servicio, las constancias, diplomas, acreditaciones y/o certificados vigentes que acrediten que todo el personal cuenta por lo menos, con la siguiente capacitación en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental o su equivalente: básico de seguridad, conceptos básicos sobre planes de respuesta a emergencias, generalidades de los primeros auxilios, manejo de extintores, Anexo SSPA, Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Todo el personal del licitante que desarrolle actividades en instalaciones xxxxx afuera deberá acreditar que cuenta adicionalmente, con capacitación o su equivalente de básico de seguridad en plataformas y barcazas, así como con Libreta de Mar vigente. | ||
i.a.3 | Acreditar que el laboratorio y el personal de la persona física o moral cuenta con certificaciones vigentes emitidas por la EMA como signatario autorizado responsable de las calibraciones a realizar, en las magnitudes de flujo, volumen, presión, temperatura, densidad y ensayos químicos aplicables para corte de agua, así como en mediciones especiales de equipo de laboratorio en cualquier magnitud que se requiera como parte del suministro de los servicios indicados en el apartado de características técnicas detalladas del servicio contenidas en el Anexo Técnico de la convocatoria. | Dominio de certificaciones relacionadas con el servicio. |
i.b.1.1 | Presentar la Opinión positiva emitida por el SAT donde acredite que la persona física o moral que participará en la prestación del servicio ha cumplido sus obligaciones fiscales, la cual deberá estar vigente a la fecha en que se efectúe el acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria. | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento. |
i.b.1.2 | Presentar copia simple de la última declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR) con el sello de recibido del SAT y la última declaración provisional del año 2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por la persona física o moral que participará en la prestación del servicio, para comprobar que sus ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de su oferta. | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento. |
i.b.2 | Presentar relación de los equipos patrón que la persona física o moral utilizará en la prestación de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento |
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Se evaluará conforme a lo señalado en el Apartado V de esta convocatoria. |
equipo de laboratorio objeto de esta convocatoria, con certificados vigentes de calibración con trazabilidad al CENAM o a un laboratorio primario nacional o internacional. Los equipos patrón deben ser los suficientes para habilitar los frentes de trabajo simultáneos necesarios para el suministro de los servicios indicados en el apartado de caracteristicas técnicas detalladas del servicio contenidas en el Anexo Técnico de la convocatoria. La relación deberá incluir todos los componentes que integran el equipo patrón a utilizar, indicando marca, modelo y cantidad de equipos. | ||
i.c | Manifestación bajo protesta de decir verdad, que es una persona física con discapacidad, o bien es una empresa que cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción de al menos el 5 % de la totalidad de la plantilla de empleados, deberá además presentar el alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto en la fracción IX del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad. | Participación de discapacitados o Empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad. |
i.d. | Documento expedido por la autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña y mediana empresa, o bien un escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con el carácter de MIPYMES. | Participación de MIPYMES |
i.e. | Certificación emitida por las autoridades y organismos facultados a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género. | Equidad |
ii) Experiencia y especialidad del interesado: | ||
ii.a. | Presentar contratos de servicios, con los que acredite como máximo de 96 meses (8 años) de experiencia acumulada en la prestación de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite o servicios de la misma naturaleza o similares del que es objeto el presente procedimiento de contratación, durante el periodo del 2011 al 2018. | Experiencia |
ii.b. | Presentar la evidencia que acredite que los contratos de servicios presentados en cumplimiento del apartado ii.a, corresponden o están relacionados con el servicio objeto de esta convocatoria. | Especialidad |
iii) Propuesta de Trabajo: | ||
iii.a. | Presentar la Metodología de trabajo o los procedimientos operativos vigentes que la persona física o moral utilizará para cumplir con las obligaciones del servicio de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite, del que es objeto este procedimiento de contratación. | Metodología para la prestación del servicio que será utilizada. |
iii.b. | Presentar el plan de trabajo con la programación para cumplir con las obligaciones del servicio, con fecha de terminación en apego a lo indicado en el Anexo Técnico de las bases de esta convocatoria. | Plan de trabajo propuesto. |
Referencia | Requisitos que deberá cumplir los interesados | Se evaluará conforme a lo señalado en el Apartado V de esta convocatoria. |
iii.c.1 | Documento con el esquema estructural (organigrama) de recursos humanos con que cuenta la persona física o moral y que le permita habilitar los frentes de trabajo simultáneos necesarios para cumplir con las obligaciones del servicio objeto de esta convocatoria previstas en el Anexo Técnico, incluyendo al Supervisor de SSPA. | Esquema estructural de la organización de los recursos humanos |
iii.c.2 | Presentar currículum de la persona física o moral mencionando tener experiencia en servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite, especificando referencias de los clientes, tales como nombre de la empresa, contacto y teléfono, para efectos de cotejo. | Esquema estructural de la organización de los recursos humanos. |
iv) Cumplimiento de contratos | ||
iv. | Presentar como máximo 6 (seis) contratos cumplidos satisfactoriamente durante el periodo del 2011 al 2018, de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite o servicios de la misma naturaleza o similares del que es objeto el presente procedimiento de contratación, así como el documento donde indique que el licitante cumplió totalmente con sus obligaciones contractuales o copia de la cancelación de la garantía de cumplimiento o cualquier otro documento donde demuestre el cumplimiento total de los contratos. | Cumplimiento de contratos del interesado. |
Requisitos De Carácter Económico
Referencia | Requisitos que deberá cumplir el interesado | Criterios de Evaluación | Causas de Desechamiento |
2 | Presentar su propuesta económica con la estructura indicada en el punto 2 del presente apartado. | Que se presente la propuesta económica y que cumpla con lo solicitado en el punto c, d, e, e y g del presente apartado. | No presentar la propuesta económica o que ésta no cumpla con lo solicitado en el punto c, d, e, e y g del presente apartado. |
2 PROPUESTA ECONÓMICA.
Elaborar su propuesta económica, conforme a lo siguiente, tomando como base el formato correspondiente:
a) Nombre del interesado
b) No. de CONVOCATORIA.
c) No. xx xxxxxxx.
d) Descripción del concepto.
e) Cantidad
f) Unidad de medida
g) Precio unitario y total del servicio, en moneda nacional antes de I.V.A.
h) Nombre y firma de la persona física o del Representante Legal de la persona moral.
Se deberá cotizar precios fijos en moneda nacional hasta con dos decimales.
En caso de que alguna de las propuestas económicas se presente con más de dos decimales, la convocante únicamente considerará para la evaluación económica los dos decimales solicitados.
Referencia | Requisitos que deberá cumplir el interesado | Criterios de Evaluación | Causas de Desechamiento |
Anexo 01 | Escrito para acreditar la existencia legal y personalidad de la persona física o moral interesado, debiendo contener la manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Anexo 01 el cual podrá utilizar como formato | Que se presente el escrito solicitado, que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, indique razón social del participante, relación de socios, ramo o giro y que esté firmado por el representante o apoderado legal. | No presentar el escrito o que éste: no contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, no indique razón social del participante, no indique relación de socios, no indique ramo o giro o que no esté firmado por el representante o apoderado legal. |
Anexo 05 | Escrito bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LEY. Conforme al Anexo 05 el cual podrá utilizar como formato. | Que se presente el escrito solicitado en el Anexo 05, que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LEY y que esté firmado por el representante o apoderado legal. | No presentar el escrito o que éste: no contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LEY; o que no esté firmado por el representante o apoderado legal. |
Anexo 06 | Escrito de declaración de integridad bajo protesta de decir verdad. Conforme al Anexo 06 el cual podrá utilizar como formato. | Que se presente el escrito solicitado en el Anexo 06, que contenga la declaración de integridad bajo protesta de decir verdad conforme a lo indicado en el Anexo 06 y que esté firmado por el representante o apoderado legal. | No presentar el escrito o que éste no contenga la declaración de integridad bajo protesta de decir verdad conforme a lo indicado en el Anexo 06; o que no esté firmado por el representante o apoderado legal. |
Los precios ofertados serán vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión. Requisitos de Carácter Legal y Administrativo:
Referencia | Requisitos que deberá cumplir el interesado | Criterios de Evaluación | Causas de Desechamiento |
Anexo 09 | Escrito de manifestación de nacionalidad mexicana. Conforme al Anexo 09 el cual podrá utilizar como formato. | Que se presente el escrito, que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad de que es de nacionalidad mexicana y que esté firmado por el representante o apoderado legal. | No presentar el escrito o que éste no contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad de que es de nacionalidad mexicana; o que no esté firmado por el representante o apoderado legal. |
Anexo 13 | Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, contenida en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. La opinión de cumplimiento deberá ser positiva y estar vigente el día del acto de presentación y apertura de proposiciones, conforme al calendario de eventos del Apartado III de esta Convocatoria, o en caso de no estar obligado, presentar escrito libre, bajo protesta de decir verdad, que no le es posible obtener la referida opinión, indicando el motivo por el que no se encuentra inscrito o no tiene trabajadores y anexar el documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el que conste que no les puede emitir la misma. | Que se presente la opinión de cumplimiento positiva emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, vigente al día del acto de presentación y apertura de proposiciones, o en caso de no estar obligado, que se presente escrito libre, bajo protesta de decir verdad, indicando que no le es posible obtener la referida opinión y documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el que conste que no les puede emitir la misma | No presentar la opinión de cumplimiento positiva emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, vigente al día del acto de presentación y apertura, o en caso de no estar obligado, no presentar escrito libre, bajo protesta de decir verdad, indicando que no le es posible obtener la referida opinión y documento emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el que conste que no les puede emitir la misma. |
Opinion INFONAVIT | Presentar documento expedido por el INFONAVIT vigente, para acreditar que no tiene a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales en los términos previstos por la legislacion aplicable | Que se presente el documento expedido por el INFONAVIT vigente, para acreditar que no tiene a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales en los términos previstos por la legislacion aplicable | No presentar el documento expedido por el INFONAVIT para acreditar que no tiene a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales en los términos previstos por la legislacion aplicable, o que no se encuentre vigente. |
Referencia | Requisitos que deberá cumplir el interesado | Criterios de Evaluación | Causas de Desechamiento |
Opinión SAT | Presentar Opinión positiva emitida por el SAT donde acredite que la persona física o moral que participará en la prestación de los servicios ha cumplido sus obligaciones fiscales, la cual deberá estar vigente a la fecha en que se efectúe el acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria. | Que se presente la Opinión positiva emitida por el SAT donde acredite que la persona física o moral que participará en la prestación de los servicios ha cumplido sus obligaciones fiscales, la cual deberá estar vigente a la fecha en que se efectúe el acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria. | Que no se presente la Opinión o que no sea positiva, emitida por el SAT o no acredite que la persona física o moral que participará en la prestación de los servicios ha cumplido sus obligaciones fiscales, o que no esté vigente a la fecha en que se efectúe el acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria. |
OTRAS CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE LAS PROPOSICIONES
El señalar condicionantes distintas dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Cuando se presente más de una propuesta técnica o económica distintas para la(s) partida (s) del (los) servicio (s) por un mismo interesado.
Cuando la propuesta técnica no cumpla con las características técnicas y especificaciones mínimas establecidas en el Anexo Técnico de la convocatoria.
Cuando habiéndose presentado un error de cálculo en la propuesta económica, el participante no acepte la rectificación por parte de la CONVOCANTE, sólo en el caso de que la corrección no implique la modificación de precios unitarios.
Cuando alguno de los participantes que integran el convenio de propuesta conjunta no presente alguno de los documentos indicados en los Requisitos de carácter legal y Administrativo, conforme al Art.48, fracción VIII del Reglamento.
Cuando la propuesta económica exceda el presupuesto asignado para la contratación y el área requirente no acepte el precio ofertado.
Cuando la puntuación o unidades porcentuales obtenidas en la evaluación de la propuesta técnica sea inferior a la mínima establecida para ser considerada solvente técnicamente.
APARTADO V
CRITERIOS ESPECÍFICOS DE EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O PEDIDO
Criterios de evaluación: Puntos y porcentajes.
A la propuesta técnica se le verificará que cada partida cumpla con las características y especificaciones técnicas mínimas establecidas en el anexo técnico, de la convocatoria.
La puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 45 puntos de 60, de la puntuación o unidades porcentuales máximas señaladas.
i) Capacidad del licitante (participante): Máximo 24 puntos.
i.a. Capacidad de los recursos humanos: valor máximo 14 puntos.
i.a.1. Experiencia en asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del procedimiento de contratación: valor máximo 5.0 puntos.
Sub- rubro | Personal que prestara el servicio | Acredita por lo menos 24 meses de experiencia | Acredita de 25 a 59 meses de experiencia | Acredita 60 o más meses de experiencia |
i. a.1.1 | Un Representante técnico | 0.25 | 0.5 | 1.0 |
i.a.1.2 | Tres Especialistas Certificados | 0.5 | 1.0 | 1.5 |
i.a.1.3 | Un Responsable por grupo de trabajo | 0.5 | 1.0 | 1.5 |
i.a.1.4 | Un Supervisor de SSPA | 0.25 | 0.5 | 1.0 |
i.a.2 Competencia y habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales:
valor máximo 6.0 puntos.
Sub- rubro | Personal que realizara el servicio | No acredita escolaridad | Acredita escolaridad |
i.a.2.1 | Un Representante técnico | (0 puntos) | (1.0 punto) |
i.a.2.2 | Tres Especialistas Certificados | (0 puntos) | (2.0 puntos) |
i.a.2.3 | Un Responsable por grupo de trabajo | (0 puntos) | (2.0 puntos) |
i.a.2.4 | Un Supervisor de SSPA | (0 puntos) | (1.0 punto) |
i.a.3 Dominio de certificaciones relacionadas con el servicio: valor máximo 3.0 puntos.
Sub- rubro | Personal que realizara el servicio | No acredita certificaciones para el laboratorio o el personal | Acredita certificaciones para el laboratorio y el personal |
i.a.3 | Acreditar que el laboratorio y el personal de la persona física o moral cuenta con certificaciones vigentes emitidas por la EMA como signatario autorizado responsable de las calibraciones a realizar, en las magnitudes de flujo, volumen, presión, temperatura, densidad y ensayos químicos aplicables para corte de agua, así como en mediciones especiales de equipo de laboratorio en cualquier magnitud que se requiera como parte del suministro de los servicios indicados en el apartado de características técnicas detalladas del servicio contenidas en el Anexo Técnico de la convocatoria. | (0 puntos) | (3.0 puntos) |
i.b. Capacidad de los recursos económicos: valor máximo 9.25 puntos.
i.b.1 Capacidad de recursos Económicos: bienes del licitante (participante) directamente relacionados con el desarrollo del servicio: valor máximo 4.5 puntos.
Sub- rubro | Documentos | No acredita o no es lo solicitado | Acredita lo solicitado |
i.b.1.1 | Presentar la Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales emitido por el SAT, el cual deberá estar vigente a la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria. | (0 puntos) | (1.5 puntos) |
i.b.1.2 | Presentar copia simple de la última declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR) con el sello de recibido del SAT y la última declaración provisional del año 2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por la persona física o moral que participará en la prestación del servicio, para comprobar que sus ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de su oferta. | (0 puntos) | (3.0 puntos) |
i.b.2 Capacidad de recursos de equipamiento: bienes del licitante (participante) directamente relacionados con el desarrollo del servicio: valor máximo 4.75 puntos.
Sub- rubro | Documentos | No acredita que cuenta con equipo | Acredita que cuenta con equipos |
i.b.2 | Presentar relación de los equipos patrón que la persona física o moral utilizará en la prestación de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio objeto de esta convocatoria, con certificados vigentes de calibración con trazabilidad al CENAM o a un laboratorio primario nacional o internacional. Los equipos patrón | (0 puntos) | (4.75 punto) |
deben ser los suficientes para habilitar los frentes de trabajo simultáneos necesarios para el suministro de los servicios indicados en el apartado de caracteristicas técnicas detalladas del servicio del Anexo Técnico de la convocatoria. La relación deberá incluir todos los componentes que integran el equipo patrón a utilizar, indicando marca, modelo y cantidad de equipos. |
i.c. Participación de discapacitados o Empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad, valor máximo 0.25 puntos.
Sub- rubro | Personal | No presenta lo solicitado | Presenta lo solicitado |
i.c. | Manifestación bajo protesta de decir verdad, que es una persona física con discapacidad, o bien es una empresa que cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción de al menos el 5 % de la totalidad de la plantilla de empleados, deberá además presentar el alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son elementos con discapacidad en términos de lo previsto en la fracción IX del artículo 2 de la Ley General de las Personas con Discapacidad. | (0 puntos) | (0.25 punto) |
i.d. MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio objeto de este procedimiento, valor máximo 0.25 puntos.
Sub- rubro | Participación de MIPYME | No acredita que es MIPYME o no produce bienes con innovación técnica | Acredita que es MIPYME y produce bienes con innovación técnica |
i.d. | Documento expedido por la autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña y mediana empresa, o bien un escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con el carácter de MIPYMES. | (0 puntos) | (0.25 puntos) |
i.e. Certificación emitida por las autoridades y organismos facultados a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, valor máximo 0.25 puntos.
Sub- rubro | Certificación de empresas | No presenta políticas y prácticas de igualdad de genero | Presenta políticas y prácticas de igualdad de genero |
i.e. | Certificación emitida por las autoridades y organismos facultados a las empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género. | (0 puntos) | (0.25 puntos) |
ii) Experiencia y especialidad del licitante (participante) (inciso a y b): valor máximo 12 puntos.
ii.a. Experiencia, se cuantificará con los contratos o documentos que presente a evaluación, el número de meses que el licitante (participante) ha realizado actividades de la misma naturaleza de la que es objeto el procedimiento de contratación, se debe sumar el tiempo durante el cual el licitante (participante) se ha dedicado a prestar los servicios de la misma naturaleza: valor máximo 6 puntos.
Sub- rubro | Experiencia | Acredita 24 o menos meses de experiencia | Acredita de 25 a 95 meses de experiencia | Acredita experiencia de 96 meses o superior |
ii.a. | Presentar como máximo 6 (seis) contratos de servicios, con los que acredite como máximo 96 meses (8 años) de experiencia acumulada en la prestación de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite o servicios de la misma naturaleza o similares del que es objeto el presente procedimiento de contratación, durante el periodo del 2011 al 2018. | (0 punto) | Se deberá distribuir de manera proporcional a la puntuación máxima de este subrubro, aplicando una regla de tres. | (6.0 puntos) |
Para acreditar la experiencia se deberá cuantificar con los contratos o documentos que presenten a evaluación, el número de meses que el licitante (participante) ha realizado actividades de la misma naturaleza de la que es objeto el procedimiento de contratación, deberá sumar el tiempo durante el cual el licitante (participante) se ha dedicado a prestar servicios de la misma, así como cuantificar el número de elementos con el que ha prestado esos servicios.
Se aceptarán contratos plurianuales en el periodo de 2011 al 2018.
El mínimo de experiencia para obtener puntuación es 25 (veinticinco) meses.
Se asignara la mayor puntuación al licitante (participante) que acredite el máximo de años de experiencia y de personal conforme a los límites establecidos en la convocatoria. Si algún licitante (participante) acredita más de 8 años de los máximos solicitados solo se le asignará la mayor puntuación determinada de este subrubro.
A partir de los licitantes (participantes) que hubieren obtenido la mayor puntuación en este subrubro, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes (participantes), aplicando una regla de tres.
A los licitantes (participante) que no acrediten el mínimo de experiencia requerido en la convocatoria no se les asignará puntuación.
ii.b. Especialidad, se cuantificará con los contratos o documentos que presente a evaluación, que el licitante (participante) ha realizado actividades que son iguales o muy similares a la naturaleza o características, volumen, complejidad, magnitud y condiciones, etc., de la que es objeto el procedimiento de contratación, se debe sumar el número de contratos celebrados, los contratos deben estar concluidos antes de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones: valor máximo 6 puntos.
Sub- rubro | ESPECIALIDAD | Acredita especialidad en 1 a 2 (contratos) | Acredita especialidad en 3 a 5 (contratos) | Acredita especialidad en 6 (contratos) o más |
ii.b. | Acreditar como máximo 6 (seis) contratos de servicios presentados en cumplimiento del apartado ii.a están relacionados con la especialidad objeto de esta contratación. | (0 puntos) | Se deberá distribuir de manera proporcional a la puntuación máxima de este subrubro, aplicando una regla de tres. | (6.0 puntos) |
Para acreditar la especialidad se deberá cuantificar el número de contratos o documentos que se presenten a evaluación, con los cuales acredite que el licitante (participante) ha realizado actividades que son iguales o muy similares a la naturaleza o características, volumen, complejidad, magnitud y condiciones etc. de los que se está solicitando, se deberá sumar el número de contratos presentados. Se deber considerar que los contratos estén concluidos antes de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Se asignará la mayor puntuación al licitante (participante) que acredite el mayor número de contratos, conforme a los límites establecidos en la convocatoria. Si algún licitante (participante) acredita el mayor número de contratos de los máximos solicitados, solo se le asignará la mayor puntuación determinada en este subrubro de la convocatoria.
A partir de los licitantes (participantes) que hubieren obtenido la mayor puntuación, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes (participantes), aplicando una regla de tres.
El mínimo de contratos con la especialidad solicitada para obtener puntuación es 3 (tres).
iii) Propuesta de trabajo: valor máximo 12 puntos
iii.a. Metodología para la prestación del servicio utilizada por el licitante (participante) valor máximo 10 puntos.
Sub- rubro | Documento | No presenta o no es lo solicitado | Presenta metodología conforme a lo solicitado. |
iii.a. | Presentar la Metodología de trabajo o los procedimientos operativos vigentes que la persona física o moral utilizará para cumplir con las obligaciones del servicio de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite, del que es objeto este procedimiento de contratación. | (0 puntos) | (10 puntos) |
iii.b. Plan de trabajo propuesto por el licitante (participante) valor máximo 1.5 puntos.
Sub- rubro | Documento | No presenta o no es lo solicitado | Presenta plan con programación |
iii.b. | Presenta el plan de trabajo con la programación para cumplir con las obligaciones del servicio, con fecha de terminación en apego a lo indicado en el Anexo Técnico de las bases de esta convocatoria. | (0 puntos) | (1.5 puntos) |
iii.c. Esquema estructural para la prestación del servicio recursos humanos del licitante (participante) valor máximo 0.5 puntos.
Sub- rubro | Documento | No presenta o no es lo solicitado | Presenta lo solicitado |
iii.c.1 | Presentar documento con el esquema estructural (organigrama) de recursos humanos con que cuenta la persona física o moral y que le permita habilitar los frentes de trabajo simultáneos necesarios para cumplir con las obligaciones del servicio objeto de esta convocatoria previstas en el Anexo Técnico, incluyendo al Supervisor de SSPA. | (0 puntos) | (0.25 puntos) |
iii.c.2 | Presentar currículum de la persona física o moral mencionando tener experiencia en servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite, especificando referencias de los clientes, tales como nombre de la empresa, contacto y teléfono, para efectos de cotejo. | (0 puntos) | (0.25 puntos) |
iv). Cumplimiento de contratos del licitante (participante): valor 12.0 puntos.
Sub- rubro | Documento | Acredita de 1 a 2 (contratos) | Acredita de 3 a 5 (contratos) | Acredita 6 (contratos) o más |
iv. | Presentar como máximo 6 (seis) contratos cumplidos satisfactoriamente durante el periodo del 2011 al 2018 de servicios de calibración y certificación de medidores de flujo, instrumentación asociada y equipo de laboratorio de análisis de aceite o servicios de la misma naturaleza o similares del que es objeto el presente procedimiento de contratación, así como el documento donde indique que el licitante cumplió totalmente con sus obligaciones contractuales o copia de la cancelación de la garantía de cumplimiento o cualquier otro documento donde demuestre el cumplimiento total de los contratos. | (0 puntos) | Se deberá distribuir de manera proporcional a la puntuación máxima de este subrubro, aplicando una regla de tres. | (12.0 puntos) |
El mínimo de contratos para obtener puntuación es 3 (tres).
Para cuantificar el número de contratos se debe acreditar el cumplimiento satisfactorio de los mismos en el plazo fijado, cuyo objeto sea de la misma naturaleza de la del procedimiento de contratación, se deberá sumar el número de contratos presentados.
Se asignará la mayor puntuación al licitante (participante) que acredite el mayor número de contratos cumplidos satisfactoriamente conforme a los límites establecidos en la convocatoria.
Si algún licitante (participante) acredita el mayor número de contratos de los máximos solicitados solo se le asignará la mayor puntuación determinada en este subrubro de la convocatoria, solo se le asignará la mayor puntuación determinada en este subrubro de la convocatoria.
A partir de los licitantes (participantes) que hubieren obtenido la mayor puntuación, se deberá distribuir de manera proporcional la puntuación a los demás licitantes (participantes), aplicando una regla de tres.
Propuesta Económica
La propuesta económica más baja para de las técnicamente aceptadas tendrá un valor de (40) y se aplicara la siguiente fórmula:
PPE=MPemb X (40) / Mpi
PPE=Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la propuesta económica. MPemb= Monto de la propuesta económica más baja.
MPi= Monto de la i-esima propuesta económica.
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, se aplicara la siguiente fórmula:
PTj= TPT + PPE para toda j = 1,2,…..,n. Donde:
PTj= Puntuación o unidades porcentuales totales de la proposición.
TPT= Total de puntuación o unidades porcentuales asignados a la proposición técnica. PPE= Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta económica.
El subíndice “j” representa las demás proposiciones determinada como solventes como resultado de la evaluación.
Criterios de adjudicación: Puntos y porcentajes.
El CONTRATO o PEDIDO se adjudicará a la(s) proposición(es) de los licitantes (participantes) que cumplieron todos los requisitos legales, técnicos y económicos y que reúna la mayor puntuación o unidades porcentuales de conformidad con lo establecido en la convocatoria.
APARTADO VI
DOCUMENTOS ADICIONALES QUE DEBEN PRESENTAR LOS PARTICIPANTES
Documentos obligatorios
Referencia | DOCUMENTO | NOMBRE DE ARCHIVO |
APARTADO IV, 1 | Propuesta Técnica | PROPUESTA TÉCNICA |
APARTADO IV, 2 | Propuesta Económica | PROPUESTA ECONÓMICA |
01 | Escrito para acreditar la existencia legal y personalidad del participante, que incluya toda la información contenida en el ANEXO 01, el cual podrá utilizar como formato, debiendo contener la manifestación bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para suscribir la proposición. | ANEXO 01 |
03 | Escrito bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LEY, que incluya toda la información contenida en el ANEXO 03, el cual podrá utilizar como formato. | ANEXO 03 |
04 | Escrito de declaración de integridad bajo protesta de decir verdad, que incluya toda la información contenida en el ANEXO 04, el cual podrá utilizar como formato. | ANEXO 04 |
09 | Escrito de manifestación de nacionalidad mexicana, que incluya toda la información contenida en el ANEXO 09 el cual podrá utilizar como formato. | ANEXO 09 |
APARTADO IV | Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. Emitido a través de la página electrónica del IMSS. | OPINIÓN IMSS |
APARTADO IV | Presentar documento expedido por el INFONAVIT vigente, para acreditar que no tiene a su cargo créditos fiscales firmes que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, o bien que teniéndolos no hayan celebrado convenio de pago con las autoridades fiscales en los términos previstos por la legislacion aplicable | OPINIÓN INFONAVIT |
APARTADO IV | Presentar Opinión positiva emitida por el SAT donde acredite que la persona física o moral que participará en la prestación de los servicios ha cumplido sus obligaciones fiscales, la cual deberá estar vigente a la fecha en que se efectúe el acto de presentación y apertura de proposiciones de la presente convocatoria | OPINIÓN SAT |
APARTADO III | En su caso, Convenio de participación conjunta. | CONV - CONJUNTA |
APARTADO III | Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en caso de personas xxxxxxx, de la persona que firme la proposición. | IDENTIFICACIÓN OFICIAL |
|Documentos técnicos adicionales:
Referencia | DOCUMENTO | NOMBRE DE ARCHIVO |
i.a.1 | Experiencia en asuntos relacionados con la materia objeto de este procedimiento de contratación | i.a.1 |
i.a.2 | Experiencia en asuntos relacionados con la materia objeto de este procedimiento de contratación | i.a.2 |
Referencia | DOCUMENTO | NOMBRE DE ARCHIVO |
i.a.3 | Experiencia en asuntos relacionados con la materia objeto de este procedimiento de contratación | i.a.3 |
i.b.1.1 | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento | i.b.1.1 |
i.b.1.2 | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento | i.b.1.2 |
i.b.2.1 | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento | i.b.2.1 |
i.b.2.2 | Capacidad de los recursos económicos y de equipamiento | i.b.2.2 |
i.c | Participación de discapacitados o Empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad. | i.c |
i.d | Participación de MIPYMES | i.d |
i.e | Equidad | i.e |
ii.a. | Experiencia del licitante (participante) | ii.a. |
ii.b. | Especialidad del licitante (participante) | ii.b. |
iii.a. | Metodología para la prestación del servicio utilizada por el licitante (participante). | iii.a. |
iii.b. | Plan de trabajo propuesto por el licitante (participante). | iii.b. |
iii.c.1 | Esquema estructural de la organización de los recursos humanos del licitante (participante). | iii.c.1 |
iii.c.2 | Esquema estructural de la organización de los recursos humanos del licitante (participante). | iii.c.2 |
iv | Cumplimiento de contratos del licitante (participante). | iv |
Documentos opcionales
No. de Anexo o Apartado | Nombre del Documento | Nombre de Archivo |
02 | Escrito que deberán presentar las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 33 bis de la LEY. ANEXO 00 | XXXXX 00 |
05 | Constancia de recepción de documentos que los licitantes (participantes) entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones. ANEXO 00 | XXXXX 00 |
06 | Manifestación de MIPYMES. ANEXO 00 | XXXXX 00 |
08 | Escrito que deberán presentar los licitantes (participantes) que pretendan intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 fracción VI de la LEY. ANEXO 00 | XXXXX 00 |
APARTADO III | Copia del Acta Constitutiva o Nacimiento, del representante o apoderado legal que firma las proposiciones, según corresponda. |
APARTADO VII
DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE PARA PRESENTAR INCONFORMIDADES O DENUNCIAS
Las personas que estén interesadas en promover inconformidades por los actos que según su dicho contravengan las disposiciones que rigen la materia de la Ley, podrán hacerlo directamente en la Secretaría de la Función Pública, sita en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx,
C.P. 01020, México, CIUDAD DE MÉXICO
o ante el Órgano Interno de Control en el IMP, Área de Responsabilidades,
Edificio No.13 planta alta,
Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx
C.P. 07730, México, CIUDAD DE MÉXICO
o en la dirección de correo electrónico xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Cuando una inconformidad se resuelva como no favorable al promovente por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se le impondrá multa conforme lo establece el Artículo 59 de la Ley.
Situaciones no previstas.
Cualquier situación no prevista en la convocatoria de la licitación pública podrá ser resuelta por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO apegándose a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas aplicables. De cualquier manera el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO estará facultado para realizar las consultas que estime necesarias ante la SFP, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Secretaría de Economía, con base en las atribuciones conferidas a éstas.
Las personas que estén interesadas en promover quejas o denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, se pueden presentar ante el Titular del Órgano Interno de Control y el Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control.
La denuncia debe contener:
1. Hechos y cualquier otra información que permita advertir la comisión de presuntas infracciones, señalando cómo, cuándo, donde ocurrieron los mismos.
2. Datos de identificación del presunto infractor.
3. Señalamiento de elementos probatorios que acrediten las presuntas infracciones.
Se informa a particulares que en el contacto que pueda darse en el presente procedimiento de contratación, los servidores públicos del Instituto Mexicano del Petróleo deben observar lo establecido en el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015 y modificado mediante Acuerdos publicados en el mismo medio oficial el 19 de febrero de 2016 y el 28 de febrero de 2017, el cual puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx
Los datos personales que se llegarán a recabar con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas vigentes y aplicables.
APARTADO VIII
FORMATOS
FORMATO DE MODELO DE CONTRATO
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE , EN LO SUCESIVO EL “CONTRATO O PEDIDO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, EN LO SUCESIVO EL “IMP”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA O EL C. EN SU CARÁCTER DE Y POR LA OTRA EN LO SUCESIVO LA O EL “PRESTADOR”, REPRESENTADO POR LA O EL C. , DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- EL “IMP” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE DECLARA QUE:
1. Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa, sectorizado a la Secretaría de Energía, de conformidad con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 31 de octubre de 2014, por el que se reforma el diverso que crea el Instituto Mexicano del Petróleo como organismo descentralizado, publicado en el mismo órgano de difusión el 26 xx xxxxxx de 1965, que tiene por objeto predominante realizar investigaciones, el desarrollo tecnológico, la innovación, el escalamiento de procesos y productos, la prestación de servicios tecnológicos orientados a optimizar los procesos de producción y transformación industrial y comercialización nacional e internacional de sus resultados en el sector hidrocarburos, así como la capacitación especializada en las áreas de su actividad.
2. A partir del 18 xx xxxxxx del año 2000 mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación de la resolución conjunta con la Secretaría de Energía y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se reconoce al Instituto Mexicano del Petróleo como Centro Público de Investigación.
3. La o El C. se encuentra facultado(a) para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el Poder Notarial Número de fecha
, otorgado ante la fe de la x xxx Xxxxxxx Público Núm. del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), inscrita en el REPODE bajo el folio número , facultades que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna.
4. Con fundamento en el artículo 26, fracción , de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “Ley”, fue adjudicado el CONTRATO O PEDIDO a favor de la o del “PRESTADOR”, mediante (señalar el tipo de procedimiento que corresponda) amparada bajo el pedido No. .
5. Cuenta con suficiencia presupuestal del ejercicio fiscal en curso, autorizada por la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad del IMP para hacer frente a las erogaciones que se originen del presente CONTRATO O PEDIDO, conforme a los recursos asignados en el mismo.
(Considerar el siguiente párrafo, tratándose sólo de contrataciones plurianuales)
Cuenta con suficiencia presupuestal autorizada por la Dirección de Finanzas y Administración del IMP para hacer frente a las erogaciones que se originen del presente Instrumento en los ejercicios fiscales,
, de conformidad con lo dispuesto en el tercero y cuarto párrafo del artículo 25 de la Ley, conforme a los recursos asignados en el mismo.
6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente CONTRATO O PEDIDO, el ubicado en Xx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xx. 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07730, México, D. F. (hoy Ciudad de México).
II.- LA O EL “PRESTADOR” A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE DECLARA QUE:
(Considerar estos numerales tratándose de persona moral)
1. Acredita la existencia de su representada con la escritura pública Núm. de fecha otorgada ante la fe de la o del Lic. adscrito a la Notaria Pública No. de la ciudad de , inscrita en con el folio mercantil número de fecha , a través de la cual se constituyó bajo la denominación de .
2. La o el C acredita su personalidad mediante la Escritura Pública No.
de fecha , otorgada ante la fe de la o del Lic.
, Notario Público No. del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), inscrita en con el folio mercantil número de fecha , facultades que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
3. Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave No. .
4. Es mexicano(a) y conviene que aún y cuando llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano(a) por cuanto a este CONTRATO O PEDIDO se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este instrumento jurídico.
5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse y cumplir con el objeto de este CONTRATO O PEDIDO.
6. Dentro de las actividades que constituyen su objeto social se dedica a:
.
7. Cuenta con capacidad económica para cumplir con sus obligaciones, demostrando que sus ingresos son equivalentes hasta el veinte por ciento del monto total de su oferta.
8. Ha cumplido con la entrega de la manifestación a que se refiere la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el presente ejercicio de conformidad con lo establecido con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. (Considerar este párrafo para todo tipo de servicios tratándose de contrataciones igual o superiores a los $300,000 pesos, excepto los de carácter estratégico)
9. Declara que para este tipo de contratación rige la Ley y su Reglamento, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables.
10. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante del “IMP”.
11. Independientemente que se trata de un servicio, reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este CONTRATO O PEDIDO, y cumple con sus obligaciones laborales y de seguridad social.
12. Cuenta con las autorizaciones y certificaciones requeridas para el cumplimiento del objeto del presente CONTRATO O PEDIDO.
13. Conoce el Código de Conducta del “IMP”, y se compromete a cumplir los principios contenidos en el mismo en relación con el presente CONTRATO O PEDIDO así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado el “IMP”.
14. Salvo declaración en contrario al “IMP”, ni él ni sus directoras(es), funcionarias(os) o empleadas(os) clave en relación con el presente CONTRATO O PEDIDO en los últimos diez años han:
a) Xxxx condenadas(os) por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o
b) Sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.
15. Señala como su domicilio para efectos del presente CONTRATO O PEDIDO, el ubicado en
. (Considerar estos numerales tratándose de persona física con actividad empresarial)
1. Es una persona física con actividad empresarial con Registro Federal de Contribuyentes
.
2. Se identifica con copia de credencial para votar vigente emitida por el entonces Instituto Federal de Electoral ahora Instituto Nacional Electoral con número de folio y clave de elector
.
3. Su actividad es .
4. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse y cumplir con el objeto de este CONTRATO O PEDIDO.
5. Cuenta con capacidad económica para cumplir con sus obligaciones, demostrando que sus ingresos son equivalentes hasta el veinte por ciento del monto total de su oferta.
6. Ha cumplido con la entrega de la manifestación a que se refiere la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el presente ejercicio de conformidad con lo establecido con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. (Considerar este párrafo para todo tipo de servicios tratándose de contrataciones igual o superiores a los
$300,000 pesos, excepto los de carácter estratégico)
7. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante del “IMP”.
8. Declara que para este tipo de contratación rige la Ley y su Reglamento, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables.
9. Independientemente que se trata de un servicio, reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este CONTRATO O PEDIDO, y cumple con sus obligaciones laborales y de seguridad social.
10. Cuenta con las autorizaciones y certificaciones requeridas para el cumplimiento del objeto del presente CONTRATO O PEDIDO.
11. Conoce el Código de Conducta del “IMP”, y se compromete a cumplir los principios contenidos en el mismo en relación con el presente CONTRATO O PEDIDO así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado el “IMP”.
12. Salvo declaración en contrario al “IMP”, ni él ni sus empleadas(os) en relación con el presente CONTRATO O PEDIDO en los últimos diez años han:
a) Xxxx condenad(as)os por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o
b) Sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.
13. Señala como domicilio para efectos de este CONTRATO O PEDIDO, el ubicado en
, Teléfono ( )
III.- DECLARACIÓN CONJUNTA:
y correo electrónico
Las partes reconocen tener una política xx xxxx tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados y proveedores sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente CONTRATO O PEDIDO se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del CONTRATO O PEDIDO se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”.
Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento de que el Estado Mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar las medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:
- Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
- Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos.
- Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas.
- Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20.
En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente los actos de corrupción, entre otros: el cohecho, el establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención de las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencias, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación.
Asimismo, las partes son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetas de sanción las o los servidores públicos involucrados, las personas xxxxxxx y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarias(os), gestoras(es) o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante.
Expuesto lo anterior, están dispuestas a sujetar su compromiso, bajo los términos y condiciones insertos en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
Bajo los términos y condiciones del presente CONTRATO O PEDIDO la o el “PRESTADOR” se obliga a realizar en su totalidad la prestación del servicio, consistente en: , para llevarse a cabo en las instalaciones ubicadas en , de conformidad con lo estipulado en los Anexos que se relacionan en la cláusula segunda del presente instrumento, los cuales firmados por los otorgantes forman parte integrante de este CONTRATO O PEDIDO.
SEGUNDA.- RELACIÓN DE ANEXOS.
Los anexos parte integrante de este CONTRATO O PEDIDO, son los que a continuación se relacionan: (Los anexos se mencionan de manera enunciativa más no limitativa y serán aplicables los numerales conforme al tipo de procedimiento de contratación de que se trate).
Anexo “I”.- Anexo Técnico de la (petición de oferta/convocatoria);
Anexo “II”.- Convocatoria o Petición de Oferta;
Anexo “III”.- Acta(s) de la(s) Junta(s) de Aclaraciones;
Anexo “IV”.- Propuestas Técnica y Económica;
Anexo “V”.- Notificación del fallo y adjudicación del CONTRATO O PEDIDO;
Anexo “VI”.- Pedido No. (en lo sucesivo el “Pedido”).
Anexo “VII”.- Convenio de Participación Conjunta.
Dichos anexos vinculan a las partes en los derechos y obligaciones señalados en los mismos. Las modificaciones que lleguen a realizarse en éstos serán de común acuerdo entre las partes, por escrito y debidamente firmadas.
TERCERA.- VIGENCIA.
La vigencia del presente CONTRATO O PEDIDO será a partir del día de de 20 al
de 20 .
CUARTA.- IMPORTE DEL CONTRATO O PEDIDO.
Las partes convienen que el monto total por los servicios ejecutados conforme a este CONTRATO O PEDIDO, será por la cantidad de (también señalar cantidad en letra) más el Impuesto del Valor Agregado. Tratándose de precios unitarios este instrumento se sujetará a lo establecido en el Pedido y el Anexo IV.
Los precios de este CONTRATO O PEDIDO son fijos. No obstante, en casos justificados las partes podrán pactar los decrementos o incrementos a los precios, de acuerdo con el mecanismo de ajuste que para tal efecto se establezca en el Pedido.
QUINTA.- PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO.
El “IMP” pagará a la o al “PRESTADOR” el monto de los servicios contratados y aceptados, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales, contados a partir de la fecha de validación y aceptación de la factura electrónica por parte del área requirente y a través de la bóveda electrónica del “IMP”, o en su caso, del comprobante fiscal de pago correspondiente. Si el servicio se lleva a cabo a través de órdenes de servicio, el pago se realizará en cumplimiento de cada una.
Los pagos que al respecto procedan, se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en esta cláusula y estarán sujetos a lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 51 de la Ley en caso de atraso en los éstos o se trate de pagos en exceso.
Dentro de los plazos establecidos para la prestación del servicio, se podrán efectuar pagos parciales.
Una vez que la o el “PRESTADOR” haya cumplido en tiempo y forma con la prestación del servicio, enviará su nota o pre factura, al Administrador del CONTRATO O PEDIDO para que éste elabore y libere la hoja de entrada de servicios.
Una vez liberada la hoja de entrada de servicios, el “IMP” enviará mediante correo electrónico una ADDENDA por cada partida o posición del Pedido a la o al “PRESTADOR” para que ingrese su factura (XML y PDF) a la bóveda electrónica del “IMP”, se valide fiscalmente, y en su caso se acepte, debiendo la o el “PRESTADOR” generar una factura por cada ADDENDA que reciba.
El pago se efectuará preferentemente por transferencia bancaria en la cuenta de cheques a nombre de la o del “PRESTADOR”, quien deberá efectuar su trámite de registro en la Tesorería del “IMP”, a través del formato “Certificación de Datos”.
Es responsabilidad de la o del “PRESTADOR” mantener actualizados sus datos bancarios, y en caso de algún cambio, deberá notificarlo al Área de Tesorería del “IMP”, mediante el formato indicado en el párrafo anterior, mismo que será entregado en la Torre Ejecutiva P.B., con domicilio en: Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07730, México, Ciudad de México).
El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso la o el “PRESTADOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones a que se haya hecho acreedor, haber entregado los servicios a satisfacción del usuario solicitante, formalizado el CONTRATO O PEDIDO y en su caso sus modificaciones, así como haber entregado la(s) fianzas(s) de cumplimiento que en su caso aplique(n).
(Considerar en caso de moneda extranjera).
Tratándose de CONTRATO O PEDIDO formalizado en moneda extranjera, el pago se realizará preferentemente en moneda nacional, al tipo de cambio emitido por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día hábil inmediato anterior a su pago.
SEXTA.- PAGO EN EXCESO
En caso de que la o el “PRESTADOR” reciba pagos en exceso, el “IMP” procederá a deducir dicha cantidad de las facturas subsecuentes cuando el CONTRATO O PEDIDO aún se encuentre vigente; en caso contrario éste deberá
reintegrar las cantidades pagadas adicionalmente, más los intereses correspondientes calculados hasta el día en que dicho reintegro sea ingresado al “IMP”.
Los intereses referidos en el párrafo anterior serán conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación y de acuerdo al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso, y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “IMP”.
SÉPTIMA.- ANTICIPOS
No se otorgará anticipo para este CONTRATO O PEDIDO.
(Considerar en caso de otorgarse anticipo)
El porcentaje de anticipo para el presente instrumento será del , mismo que no excede del 50% del monto total del CONTRATO O PEDIDO, el cuál será entregado en (una/ exhibición(es), en la(s) fecha(s) y será(n) amortizado(s) el (día), (mes) y (año). Los anticipos otorgados por el “IMP” serán amortizados proporcionalmente en cada uno de los pagos.
El atraso del “IMP” en la entrega (del o de los anticipos), prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones a cargo de la o del “PRESTADOR”.
La o el “PRESTADOR” deberá garantizar (el o los anticipos) que reciba, constituyendo la(s) garantía(s) por la totalidad del monto (del o de los anticipos), en las misma moneda en la que se otorgue el anticipo de acuerdo con las disposiciones aplicables; presentándose ésta(s) antes de la entrega del o de los mismo(s), a más tardar en la fecha establecida en la presente Cláusula. Las garantías se cancelarán hasta que se haya realizado la amortización total de los anticipos.
En caso de recisión del CONTRATO O PEDIDO, la o el “PRESTADOR” deberá reintegrar el anticipo y, en su caso, los pagos progresivos que haya recibido más los intereses correspondientes. Los intereses se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado y pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “IMP”.
OCTAVA.- PLAZO Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
La o el “PRESTADOR” deberá proporcionar los servicios directamente a la o al área requirente, en la forma, plazos, horarios, requisitos, términos y condiciones técnicas específicas contenidas en los Anexos respectivos. Cualquier condición diferente deberá ser previamente consensada con el área requirente y formalizada mediante el convenio modificatorio, de conformidad con lo estipulado en el presente instrumento.
La o el “PRESTADOR” será el responsable de la prestación del servicio de en las instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo en ubicadas en .
La o el servidor público facultado para supervisar o vigilar la prestación de los servicios será la o el C.
, o a quien éste designe como personal de supervisión del “IMP”. La o el Administrador del CONTRATO O PEDIDO será la o el responsable de aceptar o rechazar los servicios, de determinar los incumplimientos, las penas convencionales y deducciones a que hubiera lugar, deficiencias en el servicio y/o emitir órdenes de surtimiento, así como la administración total del CONTRATO O PEDIDO.
La o el Administrador del CONTRATO O PEDIDO verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las solicitudes hechas a la o al “PRESTADOR”. En caso de incumplimiento de las actividades o servicios encomendados a la o al “PRESTADOR” se aplicarán las deducciones correspondientes relacionadas en las especificaciones técnicas de los Anexos respectivos.
La o el servidor público facultado para validar las facturas o los documentos que presente la o el “PRESTADOR” es la o el del área de del Instituto Mexicano del Petróleo.
Los documentos que deben acompañarse a las facturas son los que indique la o el administrador del CONTRATO O PEDIDO de conformidad con los procedimientos institucionales para tal efecto.
La o el “PRESTADOR” en toda su correspondencia (facturas, empaques y otros documentos), deberá citar el número del Pedido.
La aceptación de los servicios por parte de la o el administrador o responsable del CONTRATO O PEDIDO, se realizará máximo dentro de los días naturales posteriores a la recepción y aceptación de la factura.
Un servicio se considerará prestado al IMP cuando reúna los siguientes requisitos: sea recibido en el Área correspondiente y la o el administrador del CONTRATO O PEDIDO haya verificado el cumplimiento de las especificaciones y dé su visto bueno de conformidad.
NOVENA. - OBLIGACIONES FISCALES.
Cada una de las partes convienen en pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales o municipales les corresponda con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente CONTRATO O PEDIDO, sin perjuicio de que el “IMP” al momento de realizar los pagos a la o al “PRESTADOR”, haga las retenciones que por ley deba realizar.
DÉCIMA.- PROPUESTA CONJUNTA
(Considerar esta cláusula, tratándose de Licitaciones Públicas y cuando se haya adjudicado el CONTRATO O PEDIDO a una Propuesta Conjunta).
La o el “PRESTADOR” acredita la participación mediante propuesta conjunta a través de la Escritura Pública No.
de fecha pasada ante la fe de la x xxx Xxxxxxx Público No. de , inscrita el Registro Público de la Propiedad y del Comercio mediante el folio mercantil no. .
(Considerar el siguiente párrafo en caso de no tener Escritura Pública).
La o el “PRESTADOR” acredita la participación mediante escrito notificado al “IMP” el , en el cual anexa el convenio de participación conjunta, firmado por todas las personas que integran dicha agrupación o por sus representantes legales, quienes en lo individual acreditan su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad constituida para tal efecto.
La participación de cada una de las partes que conforman a la propuesta conjunta, mismas que se obligan en forma solidaria o mancomunada respecto del cumplimiento del presente CONTRATO O PEDIDO, será la descrita en el Convenio de Participación Conjunta, mismo que formará parte de este instrumento como uno más de sus Anexos.
DÉCIMA PRIMERA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O PEDIDO.
La o el “PRESTADOR” deberá entregar dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo una fianza por el 10% del monto total (sin IVA), expedida por una Institución Mexicana autorizada para garantizar el cumplimiento todas y cada una de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO por la vigencia del mismo y su total ejecución.
(En caso de contrataciones que abarquen más de un ejercicio se anexará el siguiente párrafo)
La garantía antes referida podrá presentarse por el total de la vigencia del servicio o por lo correspondiente a cada uno de los ejercicios durante su vigencia, en este último caso, deberá presentarse dentro de los primeros diez días naturales de cada ejercicio.
Cuando el “IMP” solicite ampliación al CONTRATO O PEDIDO y sea aceptada por la o el “PRESTADOR”, éste o está deberá entregar la ampliación de la garantía por el 10% del monto incrementado al CONTRATO O PEDIDO (sin IVA) o en su caso por la vigencia ampliada, dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del mismo.
(Incorporar este párrafo en caso que se otorguen anticipos)
Tratándose de anticipos, la o el “PRESTADOR”, deberá entregar previamente una garantía adicional por el 100% del monto que éste reciba como anticipo.
La garantía de cumplimiento, en su caso, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. En el supuesto de cumplimiento parcial de las obligaciones, la o el “PRESTADOR” renuncia expresamente al derecho de proporcionalidad.
Cuando exista un incumplimiento en las obligaciones por parte de la o del “PRESTADOR”, ésta o éste se obliga a seguir garantizando por el plazo de un año para responder de los defectos que resultaren, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido la o el “PRESTADOR”.
La o el “PRESTADOR” efectuará a su propio costo cualquier reparación o sustitución de material o trabajo que hubiere suministrado o proporcionado y que resultara defectuoso o deficiente.
El “IMP” podrá devolver la garantía de cumplimiento cuando:
a. La o el “PRESTADOR” lo solicite por escrito y la o el responsable de la administración del CONTRATO O PEDIDO manifieste por escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales y;
b. Se haya vencido la vigencia de la garantía y la o el responsable de la administración del CONTRATO O PEDIDO manifieste por escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
La o el “PRESTADOR” manifiesta expresamente:
1. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra el “IMP”, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del CONTRATO O PEDIDO, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor del “IMP”.
2. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al CONTRATO O PEDIDO, hasta que sea dictada la resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
3. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por xxxx que derive del artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub judice, en virtud del procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de la ejecución, ya sea en el recurso administrativo, o en el juicio contencioso ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
4. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, incluyendo sus prorrogas, para lo cual se obliga a otorgar a favor del “IMP” los endosos correspondientes y hasta por un plazo de doce meses contados a partir de la fecha de recepción de los servicios contratados para responder a los defectos que resultaren de los mismos, de los vicios ocultos, y de cualquier responsabilidad en que hubiera incurrido el fiado, en los términos
señalados en el CONTRATO O PEDIDO respectivo y en el Código Civil Federal, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por el “IMP”.
5. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de CONTRATO O PEDIDO, quedara debidamente integrada con la siguiente documentación:
a) Reclamación por escrito de la Institución de Fianzas. b).- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. c).- Copia del CONTRATO O PEDIDO garantizado, y en su caso sus convenios modificatorios. d).- Copia del documento de notificación al fiado por incumplimiento. e).- La rescisión del CONTRATO O PEDIDO y su notificación. f).- Copia del finiquito. g).- Cuantificación del importe reclamado.
DÉCIMA SEGUNDA.- LICENCIAS, AUTORIZACIONES O PERMISOS
La o el “PRESTADOR” será responsable del trámite y obtención de las licencias, autorizaciones o permisos que en su caso se requiera para la correcta prestación de los servicios formalizados en el CONTRATO O PEDIDO.
DÉCIMA TERCERA.- DEVOLUCIONES Y/O REPOSICIONES
En caso de que el “IMP” reporte, durante el período de garantía, cualquier defecto, daño, vicio, o que las características de los servicios no cumplan con las condiciones pactadas en el CONTRATO O PEDIDO, la o el “PRESTADOR” aceptará que le sean devueltos para su reposición, reparación o adecuación sin que ello le genere algún costo adicional al “IMP”.
DÉCIMA CUARTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO O PEDIDO
El “IMP” podrá acordar con la o el “PRESTADOR”, señalando las razones fundadas y contando con el presupuesto aprobado para ello, el incremento en la cantidad del o de los servicios o monto del CONTRATO O PEDIDO, siempre que esté vigente y el monto total de las modificaciones no rebasen, en conjunto, el veinte por ciento del monto o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente y el precio de los servicios sea igual al originalmente pactado. El “IMP” para aplicar este supuesto verificará que la o el “PRESTADOR” no se encuentre en incumplimiento.
En el caso de que el presente CONTRATO O PEDIDO incluye servicios de diferentes características, el porcentaje será aplicado a cada partida o concepto de los servicios de que se trate.
Cualquier modificación al CONTRATO O PEDIDO se realizará a través del Convenio modificatorio que se celebren las partes, en términos de lo que señale la Ley y su Reglamento.
Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte de la o del “PRESTADOR” a las condiciones originalmente pactadas deberá tramitarse por escrito ante el “IMP”, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el “IMP”, se considerara inexistentes para todos los efectos administrativos y legales del presente CONTRATO O PEDIDO.
La solicitud de modificación por parte de la o del “PRESTADOR”, no interrumpirá el plazo para la conclusión de los servicios originalmente pactados, salvo expresamente así lo autorice el “IMP”.
En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.
En caso de que cualquier modificación a lo pactado en este CONTRATO O PEDIDO y/o sus anexos, afecte las condiciones bajo las cuales se otorgó inicialmente la póliza de fianza, la o el “PRESTADOR” se obliga a entregar al “IMP” a la fecha de la formalización del Convenio Modificatorio respectivo, el endoso o documento modificatorio de la fianza otorgada originalmente, el cual deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidarios e inseparable de la fianza inicialmente presentada por la o el “PRESTADOR”. Si la o el “PRESTADOR” no cumple con dicha obligación, el “IMP” podrá determinar la rescisión administrativa del CONTRATO O PEDIDO.
DÉCIMA QUINTA.-RESPONSABILIDAD LABORAL.
Para todo lo relacionado con el presente CONTRATO O PEDIDO en el que tenga participación la o el “PRESTADOR”, como empresario y patrón de su personal, y de las o los elementos que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución del objeto de este CONTRATO O PEDIDO, será el único responsable de las obligaciones derivadas de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de los contratos Individuales o colectivos de trabajo que celebren, y demás disposiciones legales y ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadoras o trabajadores, obligándose de igual manera a verificar que sus subcontratistas y las de sus vendedoras o vendedores y, en su caso, de las o los beneficiarios de cualquiera de éstos, cumplan con dichas obligaciones.
En consecuencia, la o el “PRESTADOR” reconoce y acepta que con relación al presente CONTRATO O PEDIDO actúa exclusivamente como la o el “PRESTADOR”, que la o él “PRESTADOR” y sus subcontratistas disponen de las o los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadoras o trabajadores, beneficiarias o beneficiarios o causahabientes, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación entre la o el “PRESTADOR”, incluyendo sus trabajadoras o trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarias o beneficiarios o causahabientes y el “IMP”, en términos de los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo.
En caso de que para la prestación del servicio contratado la o el “PRESTADOR” deba mantener a su personal dentro de las instalaciones del IMP por dos meses o más, durante la vigencia del CONTRATO O PEDIDO, la o el “PRESTADOR” deberá entregar mediante oficio a la o el administrador del CONTRATO O PEDIDO de forma bimestral, dentro de los 25 días naturales del mes siguiente o en el momento que sean requeridos por el “IMP”, copia simple de toda la documentación comprobatoria (altas, pagos, etc.) del cumplimiento de sus obligaciones laborales de seguridad social y en particular de las o los afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores que prestan el servicio objeto del presente CONTRATO O PEDIDO. Las o los elementos que presten el servicio no se les permitirá el acceso a las instalaciones del “IMP” si no se ha acreditado fehacientemente por parte de la o del “PRESTADOR” el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad social.
Aunado a lo anterior, la o el “PRESTADOR” entregará la relación de las o los elementos que prestan el servicio en el formato que para tal efecto determine el IMSS. Adicionalmente, la o el “PRESTADOR” se compromete a entregar un reporte mensual que contenga las altas y bajas del IMSS de las o los elementos que prestan el servicio, dentro de los
primeros días naturales de cada mes vencido.
Por lo anterior, la o el “PRESTADOR” acepta que el “IMP” podrá dentro del presente CONTRATO O PEDIDO o cualquier relación comercial que mantenga con aquel, deducir de los pagos a los que tenga derecho, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado xx xxxxx firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra del “IMP” por cualquiera de las personas que hubieren sido trabajadoras o trabajadores de la o el “PRESTADOR” o sus respectivas vendedoras o vendedores y/o subcontratistas, siempre y cuando dichos juicios estén directamente relacionados con los trabajos o servicios objeto del CONTRATO O PEDIDO. En cualquier supuesto la o el “PRESTADOR”, se compromete a brindar al “IMP” la información y documentación necesaria para la defensa adoptada por éste en dicho juicio, previo requerimiento.
Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral que pueda afectar los intereses del “IMP” y que esté relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y sea proveniente de las o los trabajadores, incluyendo sus beneficiarias o beneficiarios o causahabientes, tanto de la o del “PRESTADOR” como de sus vendedoras o vendedores y/o subcontratistas, éstos quedan obligados a sacar en paz al “IMP” y a resarcirle cualquier cantidad que llegare a erogar por tal motivo, bajo los términos y condiciones plasmados en el párrafo anterior.
Asimismo, si por algún motivo la o el “PRESTADOR” ingresa a las instalaciones del “IMP”, éste deberá observar y dar cumplimiento a la normatividad que en materia de seguridad e higiene se tenga establecida, así como en lo particular
al documento denominado “Lineamientos generales del SIASSOPA para empresas contratistas y proveedoras del Instituto Mexicano del Petróleo” y a los requisitos técnicos indicados en el mismo.
Aunado a lo anterior, la o el “PRESTADOR” asumirá el cien por ciento de las consecuencias económicas de sus relaciones laborales y de seguridad social del personal propio o de terceros que utilice para la prestación del servicio, debiendo cumplir con las obligaciones de capacitación, certificaciones, designación del personal responsable en materia de seguridad y el establecimiento de procedimientos en materia de seguridad, salud y protección ambiental de conformidad con lo señalado en el Anexo Técnico y en el CONTRATO O PEDIDO.
DÉCIMA SEXTA.- PENAS CONVENCIONALES
La o el “PRESTADOR” deberá dar cumplimiento a lo señalado en el (Indicar el documento correspondiente como: Anexo Técnico/ Pedido o cualquier otro donde se señalen las penas convencionales), donde se detalla lo relativo a Penas Convencionales.
Se aplicarán conforme a lo indicado en el (Señalar el documento correspondiente como: Anexo Técnico/ Pedido o cualquier otro donde se señalen las penas convencionales). El servicio deberá iniciar en la fecha establecida. En caso de incumplimiento se penalizará por cada día natural de atraso con el % del monto de la facturación total del mes de . Se entenderá que se inicia el servicio una vez que la o el “PRESTADOR” cumpla con los requerimientos establecidos en el (Anexo Técnico/ Pedido/ Petición de Oferta) y que sean avalados por el administrador del CONTRATO O PEDIDO.
Cuando los servicios sean prestados con atraso, las penas convencionales serán calculadas por la Administración de Recursos en Adquisiciones de Bienes y Servicios, por regla general se calcularán por partida, por cada día de atraso en la prestación del servicio y será del 1% sobre el importe de los servicios (El Área Requirente podrá establecer un porcentaje mayor atendiendo a la contratación en particular). Asimismo, el cálculo no deberá exceder el 10% del monto de la partida de que se trate y la suma de las penas convencionales de dicha partida o partidas no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico emitido por la bóveda electrónica del “IMP” a la o al “PRESTADOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el documento de aceptación del cálculo.
Lo anterior, atendiendo a lo que señalan los artículos 53 y 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DEDUCCIONES
Aplicarán conforme a lo indicado en el (Señalar el documento correspondiente como: Anexo Técnico/ Pedido o cualquier otro donde se señalen las deducciones), una vez que la o el “PRESTADOR” haya efectuado la entrega de los servicios incompletos o con deficiencias, sin exceder de manera proporcional el 10% del importe de la partida que se trate y la suma de las deducciones de esta partida o partidas no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico emitido por la bóveda electrónica del “IMP” a la o al “PRESTADOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el documento de aceptación del cálculo.
DÉCIMA OCTAVA.- CESIÓN DE DERECHOS.
Las partes convienen en que los derechos y obligaciones que se deriven del presente CONTRATO O PEDIDO, no podrán cederse en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro sobre las estimaciones por servicios realizados, en cuyo supuesto se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito del “IMP”.
DÉCIMA NOVENA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Ninguna de las partes se considerará responsable por el incumplimiento total o parcial de los compromisos que el presente CONTRATO O PEDIDO establece a su cargo, cuando tal incumplimiento tenga su origen en un caso fortuito o causa de fuerza mayor, en la inteligencia de que una vez superados estos eventos se podrá continuar con la realización del objeto de este CONTRATO O PEDIDO.
Cuando en la prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, el “IMP” podrá suspenderlos, en cuyo caso, únicamente se pagarán aquéllos que hubiesen sido efectivamente prestados, y en su caso se reintegrarán los anticipos no amortizados.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al “IMP”, éste por conducto del área de contratación, deberá sustentar su decisión a través de un dictamen que precise las razones o las causas que den origen a la misma, y previa petición y justificación de la o del “PRESTADOR”, el “IMP” le reembolsará a la o al “PRESTADOR” los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el CONTRATO O PEDIDO, conforme a los conceptos previstos en la Ley y su Reglamento. En cualquiera de los casos previstos en este supuesto, se pactará por las partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada.
Las partes acuerdan que en caso de que se exista modificación al plazo pactado en el CONTRATO O PEDIDO para la prestación del servicio derivado del caso fortuito, fuerza mayor o por causas atribuibles al “IMP”, se dejará constancia por escrito que acredite dichos supuestos a través del convenio modificatorio respectivo. En los supuestos previstos anteriormente, no procederá aplicar a la o al “PRESTADOR” penas convencionales por atraso. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por la o el “PRESTADOR” o por el “IMP”.
VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.
La o el “PRESTADOR” será el único responsable de proporcionar los servicios objeto de este instrumento y deberá sujetarse a todas las leyes, reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale el “IMP”. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo de la o del “PRESTADOR”.
Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del CONTRATO O PEDIDO, sin perjuicio de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.
Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causo deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de las acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos o inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.
VIGÉSIMA PRIMERA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.
La o el “PRESTADOR” bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre del “IMP”, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.
En caso de que derivado de los servicios prestados por la o el “PRESTADOR” se invadan derechos de propiedad intelectual de un tercero, la o el “PRESTADOR” se obliga a sacar en paz y a salvo al “IMP” de cualquier acción que se interponga en su contra, obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/x xxxxx judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice el “IMP” en relación con el asunto.
Si se actualiza dicho supuesto, el “IMP” dará aviso a la o al “PRESTADOR” y en su caso, a las autoridades competentes, a fin de que la o el “PRESTADOR”, en un plazo de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación proporcione al “IMP” un informe circunstanciado sobre la referida violación, asumiendo el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación.
La o el “PRESTADOR” asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación; si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses del “IMP”, la o el “PRESTADOR” se compromete a informar al “IMP” de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades del “IMP” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD.
Toda la información que el “IMP” le proporcione a la o al “PRESTADOR, incluyendo información técnica, comercial y de otra índole, será considerada de propiedad confidencial del “IMP” y por lo tanto no deberá de usarse dicha información por parte de la o del “PRESTADOR” para cualquier otro propósito, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son, las publicaciones, conferencias, a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito del “IMP”.
Bajo ninguna circunstancia el “PRESTADOR” podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre del “IMP”, su logotipo o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.
La o el “PRESTADOR” bajo ninguna circunstancia podrá usar la información reservada, confidencial o que se encuentre protegida bajo alguna figura de propiedad intelectual, que le sea proporcionada por el “IMP”, para fines distintos a los acordados en el presente acto jurídico, por lo que deberá tomar las medidas necesarias a fin de resguardarla y restringir el acceso a la misma. Las obligaciones de reserva y confidencialidad persistirán para la o el “PRESTADOR” mientras la información no pierda ese carácter de manera legal.
En caso de que, derivado del objeto del presente acto jurídico, se generen resultados que se puedan proteger bajo alguna figura de propiedad intelectual, la o el “PRESTADOR”, acepta salvo pacto en contrario, que la titularidad de los mismos y los derechos patrimoniales le corresponderán al “IMP”.
Dado el caso, la o el “PRESTADOR” se obliga a celebrar los instrumentos jurídicos correspondientes para dar mayor certeza jurídica al “IMP”, respecto de lo mencionado en el presente apartado.
En caso de que, derivado de los servicios prestados por la o el “PRESTADOR” se invadan derechos de propiedad intelectual de terceros, éste se obliga a deslindar al “IMP” de cualquier acción que se interponga en su cuenta. En caso de violación a lo señalado en este punto, la o el “PRESTADOR” se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo al “IMP” en contra de cualquiera y todas aquellas acciones, quejas, demandas, reclamos, pérdidas, costos, daños, procesos, impuestos y gastos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales que surjan o se relacionen con cualquier violación a la confidencialidad pactada.
VIGÉSIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.
El “IMP” podrá suspender temporalmente en todo o en parte el servicio cuando incurran causas justificadas, ante esta situación, el “IMP”, avisará a la o al “PRESTADOR” las razones que originen dicha suspensión.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al “IMP”, éste por conducto del área de contratación, deberá sustentar su decisión a través de un dictamen que precise las razones o las causas que den origen a la misma, y previa petición y justificación de la o del “PRESTADOR”, el “IMP” le reembolsará al mismo los gastos no recuperables, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el