Día libre. Es aquel día natural del que dispone libremente el Tripulante sin que pueda ser requerido para que efectúe cualquier tipo de actividad o servicio alguno y durante el cual podrá ausentarse de su base sin restricción. El día libre absorbe los descansos legales, siempre que la normativa aeronáutica lo permita. Después de un día libre no se programará actividad antes de las 06:00 hl. La actividad previa a un día libre no podrá superar las 00:00 hl (incluyendo el tiempo después de calzos). Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera anterior a las 22:30 L.T. (hora local) finalizara, en ejecución, a partir de las 00:01 hl del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:59, finalizara, en ejecución, a partir de las 01:00 del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si finalizara en ejecución entre las 00:01 y las 00:59 se compensará al tripulante por el tiempo de invasión del día libre desde las 00:00 con el importe correspondiente a una Hora Baremo 2. La invasión en ejecución del día de VAC o PT, con independencia de la hora inicial de finalización programada del día previo, conllevará la devolución del día libre en otra fecha a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx.
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Samples: Ii Convenio Colectivo
Día libre. Es aquel día Día natural del que dispone libremente puede disponer el Tripulante tripulante sin que pueda ser requerido para que efectúe cualquier tipo de actividad o servicio alguno y durante el cual podrá ausentarse de su base sin restricciónalguno. El día libre absorbe los descansos legalesabsorberá el periodo de descanso generado por la actividad inmediatamente anterior. Cuando el día libre esté programado de forma aislada, siempre en solitario, tendrá una duración de 36 horas como mínimo, entendiéndose por tal, que 12 horas completas estarán acumuladas antes o después del día natural, contándose un mínimo de 30 minutos después de la normativa aeronáutica lo permitallegada (calzos) del último vuelo tripulado si fuera antes del día natural, o hasta la presentación a firmas del siguiente servicio programado, si fuera posterior al día natural. Después Todo día que un piloto deba pasar reconocimiento médico será precedido de un día libre libre. El día del reconocimiento médico no serán programados ningún tipo de servicio, excepto las posiciones que sean necesarias para el desplazamiento a efectos del reconocimiento médico, y no se programará le considerará día libre. Durante los cursos teóricos, programados en territorio español, y de duración superior a una semana, se respetarán como libres los sábados y domingos y fiestas nacionales. No se programarán cursos teóricos en territorio español los xxxxxxx, xxxxxxxx y fiestas nacionales, salvo los cursos de habilitación de tipo. cve: BOE-A-2023-23608 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Para considerar un día como libre, la hora de finalización de actividad del día previo al libre, incluyendo tareas post vuelo si las hubiese, estará programada antes de o a las 06:00 hl. La actividad previa a un día libre no podrá superar las 00:00 hl (incluyendo el tiempo después de calzos)24:00 horas locales. Si la actividad actividad, incluyendo tareas post vuelo, del día previo al día libre, cuya independientemente de la hora de finalización programada fuera anterior a las 22:30 L.T. (hora local) inicialmente, finalizara, en ejecución, a partir de las 00:01 hl (hora local) del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe piloto podrá optar entre el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:59, finalizara, en ejecución, a partir de las 01:00 del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si finalizara en ejecución entre las 00:01 y las 00:59 se compensará al tripulante por el tiempo de invasión del día libre desde las 00:00 con el importe correspondiente a una Hora Baremo 2. La invasión en ejecución del día de VAC o PT, con independencia de la hora inicial de finalización programada del día previo, conllevará la devolución del día libre en otra fecha a solicitud o la percepción de las siguientes cantidades, sin devolución del Tripulantedía libre: Si la actividad, fuera incluyendo tareas post vuelo, finaliza desde las 00:01 horas hasta las 01:00 horas locales se abonarán 65,00 euros. Si la actividad, incluyendo tareas post vuelo, finaliza desde las 01:01 horas hasta las 02:00 horas locales se abonarán 115,00 euros. Si la actividad, incluyendo tareas post vuelo, finaliza desde las 02:01 horas locales se devolverá el día libre, sin posibilidad de los la opción de compensación económica. El piloto comunicará si opta por la compensación económica al departamento de Programación pilotos, si el piloto no opta por dicha opción, se entenderá que opta por la devolución del día libre invadido. Los días reservados para Navidades, Año Nuevo libres invadidos y Xxxxxcompensados económicamente en virtud de este artículo se descontarán del mínimo anual establecido en el artículo 14.4 del convenio.
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Samples: Convenio Colectivo
Día libre. Es aquel día Día natural del que dispone libremente el Tripulante piloto sin que pueda ser requerido para que efectúe cualquier tipo de actividad o servicio alguno y durante el cual podrá ausentarse de su base sin restricción. El día libre absorbe los descansos legalesel descanso generado por la actividad precedente al día libre, siempre que la normativa aeronáutica lo permita. Después de un día libre no se programará actividad antes de las 06:00 hl. La actividad previa a un día libre no podrá superar las 00:00 hl (incluyendo el tiempo después de calzos). Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera anterior a las 22:30 L.T. (hora local) finalizara, en ejecución, a partir de las 00:01 hl (hora local) del día libre programado, el Tripulante piloto tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulantexxx xxxxxx, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxxsegún el patrón al que esté asignado. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:5923:59 (hora local), finalizara, en ejecución, a partir de las 01:00 02:00 del día libre programado, el Tripulante piloto tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud xxx xxxxxx, según el patrón al que esté asignado. En la programación mensual (aquella que se publica con un mínimo de 6 días de anticipación al día 1 del Tripulantemes siguiente) no se programará más de una imaginaria al mes el día anterior de un día libre programado. Asimismo, el día xxxxxx y y/o cualquier otro servicio no podrán convertirse en imaginaria si el día inmediatamente posterior está programado como día libre. cve: BOE-A-2015-7949 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Si la actividad asignada en la imaginaria previa al día libre, cuya hora de finalización programada comercial fuera anterior a las 22:30 (hora local) finalizara, en ejecución, a partir de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si finalizara en ejecución entre las 00:01 y las 00:59 se compensará al tripulante por el tiempo de invasión del día libre desde las 00:00 con programado, el importe correspondiente piloto tendrá derecho a una Hora Baremo 2. La invasión en ejecución del día que se le programe el disfrute de VAC o PT, con independencia de la hora inicial de finalización programada del día previo, conllevará la devolución del dicho día libre en otra fecha fecha, a solicitud xxx xxxxxx, según el patrón al que esté asignado. Si la actividad asignada en la imaginaria previa al día libre, cuya hora de finalización programada comercial fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:59, finalizara, en ejecución, a partir de las 02:00 del Tripulantedía libre programado, fuera el piloto tendrá derecho a que se le programe el disfrute de los días reservados dicho día libre en otra fecha, a solicitud xxx xxxxxx, según el patrón al que esté asignado. Si la actividad asignada en la imaginaria tiene hora de finalización programada comercial posterior a las 23:59 (hora local) el piloto tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre en otra fecha, a solicitud xxx xxxxxx, según el patrón al que esté asignado. La compañía programará siempre como primera opción para Navidades, Año Nuevo y Xxxxxsacar a una Imaginaria a volar a aquellos pilotos que tengan el día libre después de su imaginaria.
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Samples: Ii Convenio Colectivo
Día libre. Es aquel día Día natural del que dispone puede disponer libremente el Tripulante TCP sin que pueda deba ser requerido para que efectúe cualquier tipo de actividad o servicio alguno y durante el cual podrá ausentarse de su base sin restricciónrestricciones. El Cuando el día libre absorbe los descansos legalesesté programado de forma aislada, siempre que deberá mediar un mínimo de 34 horas desde la normativa aeronáutica lo permita. Después hora de un día libre no se programará actividad antes de las 06:00 hl. La actividad previa a un día libre no podrá superar las 00:00 hl (incluyendo el tiempo después de calzos). Si la actividad calzos del día último vuelo, previo al día libre, cuya hasta la hora de finalización programada firmas del primer vuelo siguiente al día libre. Se garantizan 9 días libres al mes por programación inicial, que incluyen los 8 días libres por estipulación de la circular operativa 16-B que supone el cómputo de descansos semanales y los festivos oficiales, más 1 día libre por programación. En relación con lo anterior, y en el supuesto que un TCP, por la operativa diaria, finalice su actividad (puesta de calzos) después de las 24:00 horas y su servicio programado posterior fuera anterior a las 22:30 L.T. (hora local) finalizaradía libre: – Siempre que no se haya producido el mismo hecho anteriormente en el mes en curso, se considerará que se ha perdido el día libre y no se podrá asignar servicio al TCP durante el resto de dicho día, recuperándose el día libre durante ese mes o en el mes siguiente si ello no fuera posible. cve: BOE-A-2011-17155 – Si dicho supuesto ya se hubiera producido en el mes en curso, la Compañía podrá asignarle en dicho día, que dejará de ser libre, el servicio que estime oportuno una vez disfrutado el descanso correspondiente. En tal supuesto también se recuperará el día libre durante ese mes ó en el mes siguiente si esto no fuera posible. El día que un TCP deba pasar reconocimiento médico deberá estar precedido de un día libre. El día de reconocimiento médico será considerado como un día sin servicio, pero no libre. En programación, los días libres quedarán ordenada y debidamente señalizados. Se programará siguiendo, en ejecuciónla medida de lo posible, el principio de agrupar para cada TCP dos días libres coincidentes con fin de semana una vez al mes y un grupo de tres días libres, siempre y cuando en dicho mes no haya días de vacaciones programadas a ese TCP. Lo establecido en el párrafo siguiente entrará en vigor a partir de las 00:01 hl la firma del presente Convenio. La programación de un día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fechajunto con las vacaciones, a solicitud del Tripulante, fuera no será obligatoria para la Compañía, al estar necesariamente sujeta a las necesidades de Programación. Solo se podrá solicitar la programación de un día libre inmediatamente antes o después de las vacaciones por mes natural. Si el periodo de vacaciones se inicia el primer día del mes se podrá solicitar la programación de un día libre del mes anterior justo antes del primer día de vacaciones y un día libre del mes en curso al final de las vacaciones. Si el periodo de vacaciones finaliza el último día del mes se podrá solicitar la programación de uno de los días reservados para Navidades, Año Nuevo libres del mes posterior justo después del último día de las vacaciones y Xxxxxun día libre del mes en curso al inicio de las vacaciones. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:59, finalizara, en ejecución, a partir de las 01:00 del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera tripulante se concediera la programación de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si finalizara en ejecución entre las 00:01 y las 00:59 se compensará al tripulante por el tiempo de invasión del un día libre desde las 00:00 con junto al periodo de vacaciones la compañía no estará obligada a programar tres días libres agrupados en el importe correspondiente a una Hora Baremo 2. La invasión en ejecución del día de VAC o PT, con independencia de la hora inicial de finalización programada del día previo, conllevará la devolución del mes natural al que corresponda el día libre en otra fecha a solicitud del Tripulante, fuera unido al periodo de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxxvacaciones.
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Samples: Iii Convenio Colectivo
Día libre. Es aquel día natural del que dispone puede disponer libremente el Tripulante TCP sin que pueda ser requerido para que efectúe cualquier tipo efectuar servicio alguno. Le serán programados en base. Para poder tener la consideración de actividad o día libre, el servicio alguno y durante anterior no tendrá programada su finalización después de las veintitrés horas treinta minutos locales. Si el cual podrá ausentarse vuelo finalizará después de su base sin restricciónlas 23:30 horas locales, el día libre del día siguiente se consideraría libre perdido. En ambas referencias horarias se tomará el momento de inmovilización de la aeronave.
1. El TCP disfrutará de 118 días libres al año, es decir, 10 días libres mensuales, el mes de vacaciones computará como 8 días libres disfrutados.
2. El libre no programado se devolverá a razón de dos (2) días libres por día libre no programado.
3. El día libre absorbe perdido por operativa se devolverá en el mes siguiente cuando se haya producido la pérdida durante la primera quincena, o en el plazo de dos meses cuando se haya perdido durante la segunda quincena. De no ser así se devolverá cuando lo solicite el TCP.
4. Los TCP podrán solicitar 4 días libres consecutivos mensualmente, previa petición por escrito, en los descansos legalestérminos establecidos. cve: BOE-A-2009-3942
5. Las solicitudes de días libres y vuelos se admitirán hasta el día 5 del mes anterior.
6. Los cambios de programación entre TCP, serán solicitados por éstos con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.
7. Salvo renuncia por parte del TCP se adjuntará un día libre antes y otro después del periodo de vacaciones.
8. El TCP que deba incorporarse a un destacamento, residencia o destino, dispondrá de 2, 3 y 5 de sus días libres, respectivamente, antes del inicio de estas situaciones y con disfrute ininterrumpido; asimismo dispondrá de 2, 3 y 5 días consecutivos, respectivamente, de sus días libres correspondientes, al reincorporarse a base.
9. La programación de días libres aislados se realizará de forma que el tripulante disfrute de 36 horas consecutivas, como mínimo, computadas desde la finalización del último servicio hasta la presentación para el servicio siguiente.
10. En los casos de dos días libres agrupados, se le añadirán a las treinta y seis horas del primero o segundo día veinticuatro horas, de forma que sumen sesenta horas de descanso ininterrumpido a contar desde la finalización del servicio.
11. La programación de días libres se acomodará a las solicitudes recibidas, siempre que y cuando la normativa aeronáutica programación de vuelos lo permita.
12. Después Al regreso a base después de un vuelo transoceánico, se programarán treinta y seis horas de descanso como mínimo antes de la siguiente actividad aérea, no pudiendo firmar antes de las 08:00 L.T. tras ese período. Si se tuviese que programar una firma con anterioridad a esta hora, el TCP podrá aceptar la misma y en compensación generará el derecho al disfrute de un día libre no se programará actividad antes adicional que será programado dentro de las 06:00 hllos dos meses siguientes a la programación de dicha firma. La actividad previa Los vuelos de duración superior a un día libre no podrá superar las 00:00 hl (incluyendo 6:30 horas o cruce de tres o más husos horarios tendrán a todos los efectos el tiempo después de calzos)mismo tratamiento que los vuelos transoceánicos. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera anterior a las 22:30 L.T. (hora local) finalizara, en ejecución, a partir de las 00:01 hl del día libre programado, Los días festivos inhábiles para el Tripulante tendrá derecho a que se le programe trabajo señalados oficialmente están compensados con el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si la actividad del día previo al día libre, cuya hora de finalización programada fuera posterior a las 22:30 (hora local) y anterior a las 23:59, finalizara, libres señalados en ejecución, a partir de las 01:00 del día libre programado, el Tripulante tendrá derecho a que se le programe el disfrute de dicho día libre (CDOFF) en otra fecha, a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxx. Si finalizara en ejecución entre las 00:01 y las 00:59 se compensará al tripulante por el tiempo de invasión del día libre desde las 00:00 con el importe correspondiente a una Hora Baremo 2. La invasión en ejecución del día de VAC o PT, con independencia de la hora inicial de finalización programada del día previo, conllevará la devolución del día libre en otra fecha a solicitud del Tripulante, fuera de los días reservados para Navidades, Año Nuevo y Xxxxxpresente artículo.
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Samples: Ii Convenio Colectivo De Tripulantes De Cabina De Pasajeros