Common use of Empate entre proposiciones Clause in Contracts

Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De Servicios Prevista en El Real Decreto 959/2022, De 15 De Noviembre, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De Servicios Prevista en El Real Decreto 959/2022, De 15 De Noviembre, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De Servicios Prevista en El Real Decreto 959/2022, De 15 De Noviembre

Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 21). A los efectos de no limitar la concurrencia, permitir la participación de las PYMES en los procedimientos, incentivar la libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores no será obligatoria la inscripción en el ROLECE para este procedimiento. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 4 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 5 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De Servicios De Investigación Y Desarrollo De Superficies Inteligentes Reconfigurables (Ris) Y Tecnologías De Bajo Consumo Para Comunicación Y Detección en Redes, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De Los Servicios De Investigación Y Desarrollo De Análisis

Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras (RELI) y/o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de cinco días hábiles siguientes al cumplimiento del requerimiento al que se refiere el apartado anterior. Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un único criterio sea este el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que establezca otro en el apartado 25 del CR. Si la proposición se contuviera en más de un sobre o archivo electrónico, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde el primer acto de apertura del sobre o archivo electrónico que contenga una parte de la proposición. Los plazos indicados en los párrafos anteriores se ampliarán en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el apartado 4 del artículo 149 de la LCSP. De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el PCAP. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La notificación de la adjudicación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, observando al efecto el artículo 151.2 de la LCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 153.3 de la LCSP. La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP. Finalmente, en el caso de las uniones temporales de empresas, una vez efectuada la adjudicación del contrato a su favor, estas deberán presentar la documentación que acredite su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. La unidad tramitadora realizará la correspondiente solicitud a través de la PLACSP. La duración de la unión temporal será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

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Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx deban constar en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas.

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Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx hayan quedado clasificadas las ofertas.

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Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas.

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Empate entre proposiciones. El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá, de acuerdo con el artículo 147.2 de la LCSP, mediante la aplicación por orden de los criterios a los que se refiere dicho artículo, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente: La posesión y validez de la documentación acreditativa de su capacidad, personalidad, representación y solvencia a las que se refieren las letras a) a c) del apartado 1 del artículo 140 de la LCSP, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra, conforme al artículo 84 de la LCSP, la cláusula 3 del presente PCAP y los apartados 15 a 17 del CR. A la vista de la clasificación determinada en el apartado 16 del CR, se podrá presentar la certificación de la clasificación inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, en virtud de la cual se acreditarán las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx deban constar en el mismo. Esta certificación irá acompañada de la declaración responsable relativa a la vigencia de los datos anotados en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público (Anexo 2). Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. La documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 76.2 de la LCSP y al apartado 15.4 del CR. En el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 76.1 de la LCSP, se establezca en el apartado 15.4 del CR del PCAP que se especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, la empresa deberá aportar la documentación correspondiente. Documentación justificativa de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida en el apartado 19 del CR, en su caso. Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización para consultarla. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: alta en el ejercicio corriente, o en su caso, copia del último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Si estuviera exento del pago del impuesto deberá presentar el alta en el IAE junto con una declaración responsable de no estar dado de baja y de que está exento del pago del impuesto. Las uniones temporales de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los puntos anteriores. El anexo 5 “prevención de riesgos laborales coordinación de actividades empresariales” debidamente cumplimentado. El anexo 6 “tratamiento de datos personales”, debidamente cumplimentado [para los casos en que vaya a realizarse tratamiento de datos por el adjudicatario]. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. En caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en ese caso, conforme a lo establecido en el artículo 150.2 de la LCSP, a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que xxxxx quedado clasificadas las ofertas.

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