INFORMACIÓN FINANCIERA Dentro de los noventa (90) días calendario de iniciado cada Año Calendario el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros auditados correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Asimismo, dentro de los quince (15) días calendario de finalizado cada trimestre de cada Año Calendario, el Concesionario deberá entregar al Concedente sus estados financieros correspondientes a dicho trimestre. El Concedente determinará el detalle de la información financiera a ser suministrada y la comunicará por escrito al Concesionario antes de la Fecha de Inicio.
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.
ENTREGA DEL INMUEBLE “EL ARRENDADOR” se obliga a entregar a “LA ARRENDATARIA” el inmueble en condiciones adecuadas para su inmediata ocupación y estado de servir para el uso convenido.
Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Para presentar oferta, no es necesario haber retirado formalmente esta invitación de ninguna dependencia o haber cancelado suma alguna para obtener este documento. Los proponentes deberán enviar, en archivos separados, la oferta técnica y la oferta económica de la presente invitación a través de correo electrónico, los valores deben ser expresados en PESOS COLOMBIANOS (COP). Adicionalmente, la oferta deberá presentarse foliada y cumpliendo con las siguientes características: Por correo electrónico: Los proponentes deberán enviar en archivos separados la oferta técnica y la oferta económica de la presente invitación y deberá ser enviada vía correo electrónico a xxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx con copia a xxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx, en formato pdf, con la seguridad necesaria que impida manipulación o alteración del contenido. Para que el proponente pueda hacer uso de este medio de entrega de la propuesta, deberá cumplir con las siguientes especificaciones para el envío, so pena de que la propuesta no sea tenida en cuenta: (a) Los archivos deben ser enviados en formato pdf. (b) El correo enviado deberá contener la propuesta (técnica y económica, cada una por separado) con todos y cada uno de los documentos exigidos en esta invitación, sus anexos y soportes. (c) El conjunto de archivos enviados por este medio que comprenden la totalidad de propuesta deberán tener un tamaño total no mayor de 15 MB, para permitir su recepción de acuerdo con la capacidad xxx xxxxx destinado para ello por la CCB. (d) Deberá iniciarse el envío de la propuesta con una antelación no menor de una (1) hora a aquélla señalada para el cierre de la invitación, con el fin de prevenir y solucionar posibles fallas técnicas que dificulten, retrasen o impidan su recepción por parte de la CCB. (e) Se entenderá que la propuesta fue entregada cuando se hayan recibido todos los archivos requeridos en la presente invitación, entendiendo que la fecha y hora de recibo corresponderá al recibo del último documento, lo cual será validado en el sistema. (f) El proponente deberá confirmar a la CCB la entrega de la propuesta por este medio, sin perjuicio de que la CCB confirme su recepción de manera simultánea o posterior a este aviso. (g) Los archivos adjuntos no deben tener dentro del nombre del archivo doble extensión y no deben contener caracteres ASCII o caracteres especiales tales como (.,*_-/+). (h) El proponente debe tener en cuenta que la propuesta es una sola y en caso de enviar varios correos, la hora de cada uno de los correos electrónicos debe ser máximo en la hora prevista para el cierre. NOTA 2: Se sugiere incluir un índice que organice la información que se presente, donde se destaquen claramente los capítulos y subcapítulos de la propuesta, debidamente referenciados con la página que corresponde según la foliación realizada. NOTA 3: La propuesta se presentará sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga la respectiva salvedad, la cual se entiende hecha con la aclaración firmada por el representante legal. Si no se efectúa la respectiva salvedad y ésta obedece a un criterio de selección, no serán objeto de calificación los documentos que presenten este tipo de situaciones. NOTA 4: El proponente utilizará y diligenciará la totalidad de los formatos que se suministren, sin modificar su tenor literal y/o su sentido.
Información a los licitadores Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
Información sobre el Contrato Número de Contrato 116/2022 Fecha de Formalización 30/08/2023 Contrato CTO LOTE 8 ajedrez FIRMADO.pdf Documento de Contrato de Formalización Referencia Externa URI xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxx/xxxxxxx/XXXXX_xx/Xxxx/xxxx/xxxXxxXxxxx?xxx=xxxxx&xxxx tname=GetDocumentsById&source=library&DocumentIdParam=ce095419-4b18-4336-a5eb-24a8ca4e7243 Fecha de Entrada en Vigor del Contrato 01/09/2023 Motivación Motivación Certificado 11/2048 de 22/08/2023 Fecha del Acuerdo de Adjudicación 22/08/2023 Información Sobre las Ofertas Número de ofertas recibidas de PYMEs 0 Precio de la oferta más baja 29.376 EUR. Precio de la oferta más alta 29.376 EUR. Descripción Escuela de gimnasia rítmica lote 10 Valor estimado del contrato 135.873 EUR. Presupuesto base de licitación Importe 106.068,6 EUR. Importe (sin impuestos) 87.660 EUR. Lugar de ejecución Subentidad Nacional Madrid Código de Subentidad Territorial ES300 Dirección Postal Adjudicatario NIF G79997854 El adjudicatario es una PYME : Sí
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.
PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 201513. Contra los actos de terminación y facturación que realice la persona prestadora, proceden el recurso de reposición y subsidiariamente el de apelación, los cuales se interpondrán de manera simultánea. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. En ningún caso proceden reclamaciones contra facturas que tuviesen más de cinco (5) meses de haber sido expedidas. De los recursos de reposición y apelación contra los demás actos de la persona prestadora que enumera el inciso primero del artículo 154 de la Ley 142 de 1994, debe hacerse uso dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario. Los recursos no requieren presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
PROPIEDAD El Arrendador es el único propietario de los Bienes y conserva la plena propiedad sobre los mismos, no otorgándose al Arren datario derechos distintos a los derivados de su mera condición de arrendatario, todo ello con sujeción a los términos y condicione s del presente Contrato. Los Bienes se encuentran sujetos al derecho de propiedad del Arrendador aun cuando pudieran encontrarse unidos a un bien de natur aleza inmueble. a) El Arrendador podrá requerir que se adhieran etiquetas o placas identificativas a los Bienes indicándose que éstos son de su propiedad. b) El Arrendatario se compromete a comunicarle al Arrendador cualquier circunstancia que pudiera perturbar su derecho de propied ad, así como a adoptar las medidas que sean necesarias para poner en conocimiento de terceros los derechos del Arrendador como propietario d e los Bienes. El Arrendatario se compromete a: (i) No vender, ceder, subarrendar, pignorar, perder la posesión o control, o de cualquier otro modo disponer de los Bienes o de c ualquier derecho sobre los mismos, ni constituir o permitir que se constituyan sobre éstos cualesquiera hipotecas, cargas o graváme nes; (ii) No alterar, suprimir u ocultar las etiquetas, placas, logotipos, inscripciones y demás señalizaciones y marcas que existan en los Bienes al tiempo de su entrega, o que sean adheridos a los mismos; (iii) Proteger la titularidad del Arrendador sobre los Bienes, defendiéndola frente a reclamaciones de terceros, incluyendo la administración pública tributaria, y salvaguardando los mismos contra embargos, ejecuciones o cualesquiera otros procedimientos. El Arrendatario deb erá igualmente comunicar que los Bienes son propiedad del Arrendador, indicando expresamente su condición de mero arrendatario, en su caso, al juzgado que conozca de un procedimiento que afecte a los Bienes, a la persona o a la autoridad con poder de administración sobre los Bien es, así como a los terceros que pudieran tener interés en el asunto; (iv) No permitir o realizar operaciones en relación con los Bienes que impliquen o puedan tener como consecuencia, directa o indir ecta, la atribución a los mismos del carácter de bien inmueble. Si la instalación o el uso de los Bienes requiere que se fijen al suelo o que éstos se integren en un conjunto de bienes mobiliarios o inmobiliarios, el Arrendatario deberá obtener el acuerdo previo y por escrito del propietari o de dichos bienes. Asimismo, el Arrendatario debe asegurarse que los Productos fijados o incorporados a dicho bien mueble o inmueble, no den lugar a ningún derecho de accesión regulado en el artículo 353 y siguientes del código civil ni sean en ningún momento considerados inmueble s por destino. (v) Permitir que el Arrendador o las personas que éste autorice a tal fin, accedan al lugar de utilización de los Bienes recogido en las Condiciones Particulares al objeto de, razonablemente, inspeccionar y examinar el estado de los mismos; y (vi) No incluir los Bienes en la masa activa en caso de incurrir en concurso de acreedores, voluntario o necesario.