Common use of Evaluación de conveniencia Clause in Contracts

Evaluación de conveniencia. Con anterioridad a la prestación de cualquier servicio de inversión o auxiliar distinto al asesoramiento en materia de inversión y la gestión de carteras, la ENTIDAD deberá recabar del Cliente la información necesaria que le permita determinar si tiene la experiencia y los conocimientos necesarios para comprender los riesgos que implica el específico producto o servicio de inversión o auxiliar que se propone contratar. Siempre que la ENTIDAD considere que el producto o servicio de inversión no es adecuado, lo comunicará al Cliente mediante la correspondiente advertencia sobre la falta de conveniencia. En los casos en los que el Cliente decida no facilitar la información necesaria para evaluar la conveniencia del producto o servicio de inversión, la ENTIDAD le advertirá de que su decisión de no proporcionar dicha información impide determinar la conveniencia del producto o servicio de inversión. En este sentido, cuando el cliente esté clasificado como profesional, la ENTIDAD podrá asumir que tiene la experiencia y conocimientos necesarios para comprender los riesgos inherentes a esos servicios de inversión y productos concretos, o a los tipos de servicios y operaciones para los que esté clasificado como cliente profesional.

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