Informes técnico y legal. El DBC, publicado en el SICOES, es el documento oficial que rige el proceso de contratación, no pudiendo efectuarse modificaciones o enmiendas posteriores a su publicación. Dependiendo del servicio de consultoría a contratar, se debe tomar en cuenta lo siguiente: En aquellos servicios de consultoría en los que por su carácter multidisciplinario deban ser prestados por empresas consultoras no deberán participar consultores individuales o viceversa. Las convocatorias deberán necesariamente ser dirigidas a empresas consultoras o a consultores individuales no pudiendo participar ambos en una misma convocatoria. Los criterios de evaluación y asignación de puntajes, para empresas consultoras (personas jurídicas), deberán establecerse en el Formulario Referencial de Apoyo V-1 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica para Personas Jurídicas. Los criterios de evaluación y asignación de puntajes, para consultores individuales (personas naturales), deberán establecerse en el Formulario Referencial de Apoyo V-2 Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica para Personas Naturales. En caso que se requiera contratar dos o más consultorías individuales con Términos de Referencia iguales, se podrá realizar un solo proceso de contratación seleccionando a las propuestas mejor evaluadas. El DBC contiene:
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