INFORMES. La Empresa Supervisora, presentará al CONCEDENTE, al CONCESIONARIO y al OSINERGMIN, los siguientes tipos de informes, durante la ejecución del servicio y en medio magnético con archivos fuente: Informes mensuales: Al final de cada mes y durante el período de ejecución del Proyecto, la Empresa Supervisora elaborará un informe sobre la situación del Proyecto. Informes de observaciones: En cada oportunidad en que la Empresa Supervisora detecte una observación, elevará el informe respectivo, describiendo los detalles correspondientes.
INFORMES. El Prestatario o el Organismo Ejecutor, según corresponda, deberá presentar a la satisfacción del Banco, los informes relativos a la ejecución del Proyecto, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la finalización de cada Semestre o en otro plazo que las partes acuerden, preparados de conformidad con las normas que al respecto se acuerden con el Banco; y los demás informes que el Banco razonablemente solicite en relación con la inversión de las sumas prestadas, la utilización de los bienes adquiridos con dichas sumas y el progreso del Proyecto.
INFORMES. Los informes enumerados en el Anexo C, “Obligación del Consultor de presentar informes”, deberán ser presentados durante el desarrollo de las actividades asignadas, y constituirán la base para los pagos que deberán efectuarse conforme a lo indicado en el párrafo 3. El Consultor se compromete a prestar los Servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional. El Consultor deberá reemplazar sin demora a cualquier empleado que haya sido asignado a un trabajo en virtud de este Contrato cuyo desempeño sea considerado insatisfactorio por el Contratante. El Consultor garantiza y declara que ha dado curso a todos los registros y demás trámites y ha obtenido todas las autorizaciones y aprobaciones pertinentes que sean necesarias para prestar el Servicio. El Consultor acuerda cumplir todas las leyes aplicables. El Consultor es contratado como contratista independiente y no es parte de ninguna relación laboral, asociación comercial, empresa conjunta o relación de agencia con RA. El Consultor garantiza y declara que su actividad es la prestación de servicios al público en general y que no se le requiere prestar servicios al Contratante en forma exclusiva. El Consultor como cada uno de sus empleados o agentes será un contratista independiente y tendrá responsabilidad y control sobre los detalles y los medios de prestación del Servicio, y estará sujeto a las directrices del Contratante solamente en cuanto refiere al alcance y los resultados generales que se requieran. Ni el Consultor ni ninguno de sus empleados o agentes tendrá derecho a ninguno de los beneficios que el Contratante pueda poner a disposición de sus empleados.. El Consultor en su calidad de contratista independiente se compromete a cumplir con las disposiciones del Código Global de Conducta de Rainforest Alliance, que puedan entenderse como aplicables a Consultores, especialmente las secciones que se mencionan a continuación. En caso de conflicto entre el Código Global de Conducta y los términos de este Contrato, los términos de este Contrato prevalecerán. El Código se puede encontrar en el link siguiente del sitio Web de Rainforest Alliance, Inc.: (incluir link), en el entendido de que su observancia no implica la creación o existencia de una relación de trabajo entre RA y el Consultor.] CUMPLIMIENTO CON LEYES Y ÉTICA: CONFLICTOS DE INTERÉS CONFIDENCIALIDAD ACTIVIDADES POLÍTICAS Y DE CABILDEO POLÍTICA ANTI CORRUPCIÓN POLÍTICA CONTRA EL ACOSO RELACIONES PÚBLICAS...
INFORMES. En desarrollo de las cláusulas 2 y 3 del presente contrato, el Contratista deberá presentar los informes o entregables en los que dé cuenta de las actuaciones realizadas y la gestión desarrollada, de acuerdo a lo establecido en la clausula tres del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de los informes que el supervisor requiera, cuando lo considere conveniente.
INFORMES. Con el fin de realizar una adecuada administración del programa de seguros, el oferente adjudicatario deberá entregar toda la información relevante al manejo de las pólizas contratadas, esta información - Informe de suscripciones: Mensualmente debe entregar un comparativo de los ingresos de clientes nuevos a la póliza colectiva. Dentro de dicho informe debe entregarse los predios que fueron valorados durante dicho periodo. - Informe de postventa: Mensualmente el oferente adjudicatario se compromete a entregar un informe acerca de la entrega física o electrónica del clausulado y carátula del certificado individual a los clientes nuevos, de igual manera deberá informar los motivos por los cuales existan pendientes. - Informe de Siniestros: Mensualmente el oferente adjudicatario deberá presentar un informe de los siniestros y asistencias presentados durante el mes, separados por amparo y anexo, la respuesta generada ante cada caso (pagado, reservado u objetado) estableciendo claramente los motivos de los no pagados. El informe deberá contener el comparativo mes a mes de los siniestros en trámite y finalizados, así como un resumen de las principales causas por las cuales se encuentran siniestros en trámite y las acciones emprendidas para su culminación. A fin de asegurar los tiempos de servicio, el informe debe contener el promedio de días de atención de los mismos. - Informe de PQR: Mensualmente la aseguradora adjudicataria entregará un informe de las peticiones realizadas por los clientes internos, así como su estado, comparando mes por mes la evolución de las mismas. El informe debe contener las causales más comunes de peticiones y quejas, así como hacer énfasis en los aspectos de servicio a mejorar para mitigar la presentación de las mismas incluyendo los planes de acción que permitan mitigar la ocurrencia e impacto sobre los clientes. Adicionalmente a los informes mencionados, BANCO FINANDINA podrá pedir mayor información acerca del manejo del programa, para ello bastará con realizar la solicitud por escrito, indicando el tipo de información, estructura y periodicidad.
INFORMES. El CONSULTOR, someterá a la consideración y aprobación de la ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE, los siguientes informes:
INFORMES. El consultor deberá presentar un informe al finalizar la consultoría, conteniendo el desarrollo de las actividades descritas y los logros obtenidos, el cual deberá ser aprobado por el Director de la División Sistemas de la Contaduría General de la Nación, o en quien éste delegue dicha responsabilidad. El referido informe deberá ser entregado en formato papel y/o digital (en un solo archivo), el cual podrá presentar los siguientes formatos: PDF, MS Office, JPG y TIFF.
INFORMES. 33.1. En caso de que no exista disposición expresa en las Condiciones Particulares acerca del plazo para la presentación del informe inicial, se aplicará lo previsto en el siguiente numeral.
INFORMES. El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes:
INFORMES. Sin perjuicio de lo estipulado en otras Cláusulas del presente Contrato, durante la vigencia del Crédito, el Estado deberá rendir al Acreditante por escrito, cuando éste así lo solicite y en el plazo razonable que al efecto le señale, siempre y cuando se encuentre disponible para el Estado conforme a los plazos establecidos por la normatividad aplicable y en el entendido que, el Estado no estará obligado a entregar información que tenga el carácter de reservada o confidencial, en términos de la legislación federal o estatal aplicable, informes sobre: