LÍMITES VERTICALES Cláusulas de Ejemplo

LÍMITES VERTICALES. Todas las SAR que actualmente son Xxxxxxxxxx (UNL por su abreviatura en inglés) permanecerán como lo están, quedando todas sujetas a “activación”.

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  • Medios auxiliares, equipos y herramientas Útiles del equipo de trabajo. • Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, sistemas de elevación, etc.

  • Propuestas Las propuestas deberán presentarse en el acto de apertura de ofertas de la siguiente forma: I. La documentación legal, financiera y contable requerida en los puntos 3.2.1.1 y 3.2.1.2 de este capítulo (Sobre No. 1). A elección del licitante, esta información podrá presentarse dentro o fuera del sobre correspondiente. II. En un sobre cerrado de manera inviolable la propuesta técnica (Sobre No. 2). III. En un sobre cerrado de manera inviolable la propuesta económica (Sobre No 3). En el exterior de cada sobre se deberá señalar claramente a qué propuesta corresponde, número de procedimiento y el nombre del proveedor que la presenta; la omisión de alguno de estos requisitos no será motivo de desechamiento. Las propuestas tanto técnicas como económicas, deberán presentarse en idioma español los anexos técnicos y folletos podrán presentarse en idioma del país de origen de los bienes, acompañados en su caso de una traducción simple al español en papel membretado de la empresa licitante o del fabricante cuando se exija alguna constancia de él. Las propuestas deberán presentarse por escrito en original, en papelería membretada del licitante, firmada al final y rubricada en todas sus hojas, inclusive al reverso cuando contenga información, por el representante legal o persona legalmente autorizada, no debiendo contener xxxxxxxxxx o enmendaduras, de preferencia foliada. En caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas, el Consejo por conducto del servidor público que presida el acto, o de quien el mismo determine, procederá a subsanarlas en presencia de los participantes en el procedimiento. Salvo la firma del representante legal o persona legalmente autorizada, al final de la propuesta la omisión de otros requisitos de forma no serán motivo de desechamiento.

  • APERTURA DE LAS PROPUESTAS 18.1 La apertura de la PROPUESTA y del sobre 1 ANTECEDENTES se realizará en la Dirección de Compras de la LICITANTE, en el día y a la hora que fije el decreto de convocatoria, en acto público que será presidido por el Director de Xxxxxxx y/o quien lo reemplace, debiendo quedar registro audiovisual del mismo. 18.2 Se labrará acta en la que se dejará constancia de las propuestas recibidas, del nombre o designación de sus representantes y del número de orden asignado a cada una de ellas.- 18.3 Se procederá a la apertura de los sobres 1 ANTECEDENTES y posteriormente, en caso de corresponder, los sobres 2 PROPUESTA, dejándose constancia de la cantidad de ejemplares presentados.- 18.4 Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura.- 18.5 El ejemplar original quedará en el expediente licitatorio; en la Oficina de Compras, a disposición de los oferentes por el término de tres días, a contar del día siguiente al acto de apertura, en el horario de 08 a 14 hs. Durante dicho plazo se podrán efectuar las impugnaciones que se estimen correspondan.- 18.6 El acta que se labre será rubricada por los funcionarios presentes en el acto y por los oferentes que deseen hacerlo, quienes podrán formular las manifestaciones que estimen pertinente en cuanto a los aspectos formales del acto.- No se admitirá en dicha oportunidad impugnación de ningún tipo respe h las ofertas.-

  • PROPUESTAS ALTERNATIVAS ETB no acepta propuestas que impliquen alternativas jurídicas, técnicas, económicas o financieras a las establecidas en los presentes términos de referencia. La propuesta alternativa adicional a la propuesta básica no será objeto de consideración por ETB.

  • Costo de las propuestas 7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.

  • CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

  • RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA A la recepción de las obras a su terminación concurrirá el responsable del contrato, si se hubiese nombrado, o un facultativo designado por la Administración representante de ésta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato. Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante y representante de ésta, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de recepción de las obras. Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo responsabilidad por vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción.

  • PROPUESTA ECONÓMICA La oferta económica se deberá manifestar a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para adjudicación, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet. Se deberá adjuntar en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica, un escrito (preferentemente en papel membretado del licitante) firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Resumen de la proposición económica por partida, desglosando el I.V.A. y cualquier otro impuesto aplicable al servicio objeto de la presente licitación, precisando el porcentaje correspondiente del mismo, utilizando para ello el formato proporcionado en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria. Que la oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y cotizado en moneda nacional. Que los importes ofertados son en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalonación. La propuesta económica deberá cumplir e indicar claramente lo señalado en el numeral V, punto 0 x Xxxxx 0 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.

  • Apertura de “Sobre A”, contentivo de Propuestas Técnicas El Notario Público actuante procederá a la apertura de los “Sobres A”, según el orden de llegada, procediendo a verificar que la documentación contenida en los mismos esté correcta de conformidad con el listado que al efecto le será entregado. El Notario actuante, deberá rubricar y sellar cada una de las páginas de los documentos contenidos en los “Sobres A”, haciendo constar en el mismo la cantidad de páginas existentes. En caso de que surja alguna discrepancia entre la relación y los documentos efectivamente presentados, el Notario Público autorizado dejará constancia de ello en el acta notarial. El Notario Público actuante elaborará el acta notarial correspondiente, incluyendo las observaciones realizadas en el desarrollo del acto de apertura de los Sobres A, si las hubiere. El Notario Público actuante concluido el acto de recepción, dará por clausurado el mismo, indicando la hora de cierre. Las actas notariales estarán disponibles para los Oferentes/ Proponentes, o sus Representantes Legales, quienes para obtenerlas deberán hacer llegar su solicitud a través de la Oficina de Acceso a la Información (OAI).

  • Contrato fijo de plantilla 1. El contrato fijo de plantilla es el que conciertan empresario y trabajador para la prestación laboral de éste en la empresa por tiempo indefinido. Ésta será la modalidad normal de contratación a realizar por empresarios y trabajadores en todos los centros de trabajo de carácter permanente. 2. Con el objeto de fomentar la contratación indefinida, se podrá usar esta modalidad contractual en los supuestos previstos en la legislación vigente.