MECANISMOS DE CONEXIÓN Cláusulas de Ejemplo

MECANISMOS DE CONEXIÓN. En este sentido, el “DISTRIBUIDOR” recibirá en equipos de cómputo la “Información”, haciéndose cargo de todas las cuestiones técnicas que se requieran para su adecuada recepción, de conformidad con lo descrito en el “Anexo IV” Perfil del Distribuidor. 3) CONNECTION MECHANISMS: In this regard, the “DISTRIBUTOR” will receive, at its systems equipment, the “Information”, being responsible for any technical requirements to ensure proper reception, subject to what it is described in the “Exhibit IV” Distributor’s Profile.
MECANISMOS DE CONEXIÓN. En este sentido, el “DISTRIBUIDOR” recibirá en equipos de cómputo la “Información”, haciéndose cargo de todas las cuestiones técnicas que se requieran para su adecuada recepción, de conformidad con lo descrito en el “Anexo IV” Perfil del Distribuidor. 4) COMPATIBILIDAD DE PROTOCOLOS: Todos los circuitos de comunicaciones y protocolos del “DISTRIBUIDOR” y del “GRUPO DEL DISTRIBUIDOR” deberán ser compatibles en todo momento con los de “BMV”. En caso de que “BMV” cambie sus protocolos por cualquier razón, le notificará al “DISTRIBUIDOR” su decisión con una anticipación de 120 (ciento veinte) días naturales, referred to in this clause when, for technical or other reasons, it judges necessary. In such case, “BMV” will notify this fact to the “DISTRIBUTOR” in a document within 3 (three) business days prior to the date in which the new schedule will take effect. “BMV” will not be responsible when, because of causes beyond its control, it could not inform the “DISTRIBUTOR”. 2) “INFORMATION” DELIVERY: “BMV’s” commitment is to deliver the “Information” equally available to all of its “DISTRIBUTORS”. However, it is the “DISTRIBUTOR’S” and the “DISTRIBUTOR’S GROUP”, responsibility to ensure receipt of the “Information” and to choose whether to receive “Information” directly from “BMV’s” sources or indirectly through another “DISTRIBUTOR”. When the “DISTRIBUTOR” receives “Information” directly from “BMV”, it will be “BMV’s” obligation to notify the “DISTRIBUTOR” in advance of any changes to the “Information” specifications and protocols. When the “Information” is received from a source other than “BMV”, the “DISTRIBUITOR” will ensure that the source of the “Information” has a similar commitment to notify such changes. For all the “DISTRIBUTORS” that do not receive “Information” directly from “BMV”, it will allow them access to a section of “BMV’s” website in which changes to “Information” fees, specifications and protocols are disclosed. 3)
MECANISMOS DE CONEXIÓN. En este sentido, el “DISTRIBUIDOR” recibirá en equipos de cómputo la “Información”, haciéndose cargo de todas las cuestiones técnicas que se requieran para su adecuada recepción, de conformidad con lo descrito en el “Anexo IV” Perfil del Distribuidor. 4) COMPATIBILIDAD DE PROTOCOLOS: Todos los circuitos de comunicaciones y protocolos del “DISTRIBUIDOR” y del “GRUPO DEL DISTRIBUIDOR” deberán ser compatibles en todo momento con los de “BMV”. En caso de que “BMV” cambie sus protocolos por cualquier razón, le notificará al “DISTRIBUIDOR” su decisión con una anticipación de 120 (ciento veinte) días naturales, salvo que dicho cambio tenga que realizarse de manera repentina por cuestiones de mandato de la autoridad competente, caso en el cual, la notificación se hará al momento en que “BMV” tenga conocimiento de dicho ordenamiento. Cuando los Mecanismos de Conexión y/o los Protocolos se cambien, “BMV” proporcionará al “DISTRIBUIDOR” que reciba la “Información” directamente de “BMV”, la asesoría que esté a su alcance para que éste pueda actualizar sus sistemas a los nuevos protocolos. “BMV” se reserva el derecho de realizar cargos adicionales por el concepto de asesoría. 3)

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.