Common use of MENSAJES DE DATOS Clause in Contracts

MENSAJES DE DATOS. Las partes reconocen que en términos del artículo 75 fracciones XXIV y XXV del Código de Comercio los actos relacionados con los medios electrónicos aceptados, son de naturaleza mercantil tanto para el “CLIENTE” como para “INTERCAM BANCO”. De acuerdo a lo anterior, el “CLIENTE” e “INTERCAM BANCO” convienen que: a. Para efectos de lo previsto en el artículo 89 del Código de Comercio en vigor, se entenderá como “mensaje de datos” a toda información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de medios electrónicos. b. Para efectos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 90 del Código de Comercio en vigor, se entenderá que un “mensaje de datos” ha sido enviado por el propio “CLIENTE”, cuando éste realice operaciones a través del equipo o sistema de que se trate, utilizando las Claves de Acceso a las que se refiere este clausulado. c. Para efectos de lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 91 del Código de Comercio en vigor y según sea el caso, se entenderá que “INTERCAM BANCO” recibe un “mensaje de datos” enviado por el “CLIENTE”, cuando éste haga uso del equipo o ingrese al sistema automatizado de que se trate, y que la información proporcionada a través de ese servicio se recibe por el “CLIENTE” en el momento que obtenga dicha información.

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Samples: Contrato De Servicios Y Productos Bancarios Múltiples, Contrato De Servicios Y Productos Bancarios Múltiples, Contrato De Servicios Y Productos Bancarios Múltiples

MENSAJES DE DATOS. Las partes reconocen que en términos del artículo 75 fracciones XXIV y XXV del Código de Comercio los actos relacionados con los medios electrónicos aceptados, son de naturaleza mercantil tanto para el “CLIENTE” como para “INTERCAM BANCO”. De acuerdo a lo anterior, el “CLIENTE” e “INTERCAM BANCO” convienen que: a. Para efectos de lo previsto en el artículo 89 del Código de Comercio en vigor, se entenderá como “mensaje de datos” a toda información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada a través de medios electrónicos. b. Para efectos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 90 del Código de Comercio en vigor, se entenderá que un “mensaje de datos” ha sido enviado por el propio “CLIENTE”, cuando éste realice operaciones a través del equipo o sistema de que se trate, utilizando las Claves de Acceso a las que se refiere este clausulado. c. Para efectos de lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 91 del Código de Comercio en vigor y según sea el caso, se entenderá que “INTERCAM BANCO” recibe un “mensaje de datos” enviado por el “CLIENTE”, cuando éste haga uso del equipo o ingrese al sistema automatizado de que se trate, y que la información proporcionada a través de ese servicio se recibe por el “CLIENTE” en el momento que obtenga dicha informacióninformación .

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