Objeto Social Único Cláusulas de Ejemplo

Objeto Social Único. El CONTRATISTA PPP declara que su único objeto social consiste en (i) la realización del PROYECTO, (ii) el cumplimiento del CONTRATO PPP y (iii) la realización de aquellas actividades que sean necesarias o conducentes a los fines indicados en los apartados (i) y (ii) precedentes, incluyendo la obtención del ENDEUDAMIENTO PARA EL PROYECTO.
Objeto Social Único conformar una Sociedad Gestora para “la ejecución del PROYECTO VIADUCTO SUR DE GUAYAQUIL”, que incluye el diseño, financiamiento, construcción, operación, mantenimiento, y, posterior reversión al Estado del Proyecto Xxxxxxxx Xxx xx Xxxxxxxxx”.

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  • OBJETO SOCIAL DOMICILIO FISCAL DATOS DE ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL DE LA PERSONA MORAL (EN SU CASO)

  • Claúsulas Sociales Ejecución NO SI NO NºEXPEDIENTE: 135/2017/00252 NºCONTRATO 201801253 ADJUDICATARIO: CLIDOM ENERGY, S.L. - B65445033 OBJETO ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA RENOVABLE PARA EDIFICIOS MUNICIPALES Y EQUIPAMIENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS ( 4 LOTES). LOTE 4 PRESUPUESTO TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN - PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 30/05/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 22/06/2018 Clausulas Sociales Criterio Adj. Claúsulas Perspectiva Social Claúsulas Sociales Ejecución SI NO NO NºEXPEDIENTE: 300/2018/00101 NºCONTRATO 201801314 ADJUDICATARIO: ENTIDAD IDV MADRID SL - B13514070 OBJETO INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS EN PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS. PRESUPUESTO TOTAL 86.118,20 € IMPORTE ADJUDICACIÓN 43.372,77 € PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 05/06/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 11/07/2018 Claúsulas Perspectiva Social Clausulas Sociales Criterio Adj.

  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • Beneficios sociales La empresa abonará a los trabajadores/as premios en cuantía y por las circunstancias que a continuación se detallan: Por matrimonio del trabajador/a: 140,00 euros. Por natalidad al nacimiento de cada hijo: 140,00 euros.

  • OBJETO DE LA COBERTURA Por el seguro contra robo el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en esta Póliza, a indemnizar al Asegurado en caso de sustracción ilegítima del vehículo asegurado por parte de terceros.

  • Objeto del Acuerdo El presente Acuerdo tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaracio- nes y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tribu- tarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de los profesionales integrantes del Colegio profesional firmante del mismo. La Junta de Extremadura, a través del Consejero competente en materia de hacienda, suscribe el presente Acuerdo de colaboración con el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx, el cual manifiesta su deseo de participar de la presentación y pago telemático. A partir de su firma, los miembros podrán presentar en el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx una solicitud de adhesión al convenio suscrito por este para la utili- zación de la Plataforma de presentación y pago telemático de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del modelo 778 anteriormente citado. El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos xx Xxxxxx remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de hacienda, previa información del contenido del Acuerdo suscrito con la Junta de Extremadura al profesional interesado. La firma de esta solicitud supondrá la aceptación del contenido íntegro del Acuerdo. Una vez autorizados, y sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas siguientes, los profesio- nales adheridos podrán presentar por vía telemática, en representación de terceras perso- nas, las declaraciones o autoliquidaciones exigidas por la norma tributaria correspondientes a impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los mode- los aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010, así como a través de los modelos que posteriormente puedan aprobarse e incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de hacienda, de conformidad con la Disposición Adicional primera de la citada Orden. De igual modo, quedarán autorizados a pagar, mediante tramitación telemá- tica, las deudas tributarias que en su caso puedan resultar de la presentación de las declara- ciones o autoliquidaciones antes indicadas en representación de los obligados tributarios.

  • Cumplimiento del plazo y penalidades por demora El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Si los servicios sufrieren un retraso en su ejecución, producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le habías señalado, se concederá por el órgano de contratación un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor, regulándose su petición por lo establecido en el artículo 100 del RGLCAP. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, para lo que se estará al apartado 4 del Anexo I al presente pliego, la Administración podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que figuran en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto, el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesaria para la terminación del contrato. Asimismo, la Administración tendrá las mismas prerrogativas cuando la demora en el cumplimiento de los plazos parciales haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. La Administración, en caso de incumplimiento de los plazos parciales definidos en el contrato por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por las penalidades que se determinan en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego. La aplicación y el pago de estas penalidades no excluye la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

  • Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.

  • Plazos y penalidades El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el anexo I, así como de los plazos parciales señalados en el citado anexo. La constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación. Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo. En el caso de que el contrato incluyera cláusulas de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 93 del TRLCSP. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. El anexo I podrá incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64 y 118.1 del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato. Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.

  • OBJETO XXX XXXXXX El presente pliego tiene por objeto el establecimiento de las condiciones técnicas por las que ha de regularse la adjudicación del suministro de materiales variados de carpintería para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Almuñécar, definidas en el presente documento. Cód. Validación: AXWDS6ATJWSS5635766G62GJP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 18 El presente pliego cumple con lo establecido en los artículos 123, 124, 125 y 126 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como con toda la normativa y articulados referentes a los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares para el Contrato de Suministro. Además de lo establecido en esta Ley, el suministro se efectuará según requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente Xxxxxx, Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y demás normativa legal de aplicación relativa a esta contratación, de los que se derivan los derechos y obligaciones de las partes contratantes. El objeto del contrato es la adquisición de los materiales de Carpintería de carácter fungible y consumible necesarios para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales, para poder realizar los trabajos, que a diario surgen en el mantenimiento de parques y jardines, edificios municipales, vías públicas, instalaciones deportivas, instalaciones provisionales, y demás trabajos de construcción y reparación no contratados a empresas exteriores, etc., hace necesaria la elaboración de una lista de materiales, y proveedores, capaces de proporcionar un servicio rápido, eficaz y de calidad, “todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un área, equipo o instalación sea necesario sustituir por deterioro, envejecimiento, desgaste, rotura o incorrecto funcionamiento, así como aquellos productos de carpintería de carácter consumible que sean fundamentales para el correcto estado, servicio o funcionamiento de las áreas, equipos o instalaciones que los utilicen”. Estarían también en aquellos materiales de uso continuado en las labores de mantenimiento y el pequeño material de tornillería, herramientas, pequeño material, etc. Es objeto de este pliego la contratación del suministro de material, necesario para el Área de Mantenimiento y Obras Municipales.