Ocupación de la Vivienda. En la Solicitud de Crédito deberá constar el estatus de ocupación de la vivienda y el Acreditado deberá manifestar que el uso de la misma es solamente habitarla. Para el caso de mexicanos que residan y trabajen en los Estados Unidos de América, la vivienda deberá ser habitada por el Coacreditado o deudor solidario. Se deberá integrar al expediente de crédito una copia simple de la Escritura, así como la Constancia del trámite de Inscripción al Registro Público de la Propiedad (RPP) correspondiente. Por otro lado, “LA ENTIDAD FINANCIERA” deberá verificar que en la Escritura esté definido lo siguiente:
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Ocupación de la Vivienda. En la Solicitud de Crédito deberá constar el estatus de ocupación de la vivienda y el Acreditado acreditado deberá manifestar que el uso de la misma es solamente habitarla. Para el caso de mexicanos que residan y trabajen en los Estados Unidos de América, la vivienda deberá ser habitada por el Coacreditado co-acreditado o deudor solidario. Se deberá integrar al expediente de crédito una copia simple de la Escritura, así como la Constancia del trámite de Inscripción al Registro Público de la Propiedad (RPP) correspondiente. Por otro lado, “LA ENTIDAD FINANCIERA” la entidad financiera deberá verificar que en la Escritura esté definido lo siguiente:
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