Opción para un Turno de 4-diez Cláusulas de Ejemplo

Opción para un Turno de 4-diez. El Empleador puede, por opción propia, establecer, un primer y/o Segundo turno que consista xx xxxx (10) horas de trabajo, excluyendo un periodo de almuerzo no pagado de media hora (½) por día, que constituirá una semana laboral regular de cuarenta (40) horas, siempre y cuando no entre en conflicto con leyes y regulaciones Federales y Estatales. El Empleador puede cambiar el horario de 5-ocho a 4-diez horas o viceversa, sujeto a las limitaciones que le dará a la Unión por lo menos siete días (7) de calendario de notificación de dicho cambio y mantener dicho turno por lo menos por una (1) semana laboral. Todas las horas trabajadas en estos turnos se pagaran al salario básico de tiempo regular y las tazas de beneficios, tiempo extra será aplicable después xx xxxx (10) horas. No se puede establecer un segundo turno xx xxxx horas sin un primer turno xx xxxx horas anterior. (Ver también el Artículo 16)