ORDEN DE PROCEDER Cláusulas de Ejemplo
ORDEN DE PROCEDER. A objeto que el SUPERVISOR dé inicio a sus servicios, el Contratante emitirá la Orden de Proceder mediante una carta expresa.
ORDEN DE PROCEDER. El Contratante a través de la Fiscalización, emitirá la Orden de Proceder mediante una carta expresa con lo cual la Supervisión Técnica dará inicio a sus servicios. A los 10 días calendario de haber recibido la Orden de Proceder, Supervisión presentará un Informe Inicial y el Plan de Trabajo compatibilizado y actualizado con lo presentado por el Contratista indicando cómo se propone ejecutar el trabajo de seguimiento y verificación. El mismo deberá ser aprobado por el Fiscalización. Este informe contendrá el análisis de las especificaciones técnicas, plano de obras, la traducción de los documentos pertinentes a la interpretación del Proyecto Ejecutable y lugares de ejecución. En caso de que el análisis antes anotado señale serias observaciones, que requieran de modificaciones al Diseño se dará a conocer el sustento técnico, con nota dirigida al Fiscal de Obra para su análisis y respectiva decisión. En este documento se anexarán los cómputos métricos y las memorias de cálculo del proyecto ejecutable y otros requeridos. Esto implica que se analizará la propuesta técnica del contratista, su cronograma de obras, planos, memorias de cálculo de las obras civiles, mecánica, eléctrica y otras a emplearse en el sitio del proyecto. En caso de incumplimiento de este requisito y de su plazo, la Supervisión se hará pasible a sanciones establecidas en el contrato.
ORDEN DE PROCEDER. La Orden de Proceder será emitida por el Supervisor de obra en un plazo no mayor a tres (3) días calendarios posterior a la suscripción del contrato. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo. Para no existir discordancia entre la declaración jurada y el certificado de no propiedad a nivel nacional, la empresa contratista deberá iniciar el trámite de Certificado de no propiedad en un plazo máximo de 1 día hábil posterior a la emisión de la orden de proceder y tendrá hasta un máximo de 5 días hábiles para la presentación a la Supervisión de la gestión ante derechos reales, para todos los beneficiarios (titular y conyugue), si corresponde.
ORDEN DE PROCEDER. Cuando la supervisión sea ejecutada por la empresa, la orden de proceder será emitida por el Área Administrativa y/o Financiera, y deberá contar además con la firma del Supervisor del Proyecto: Encargado de Proyecto, Jefe de Proyecto y/o Jefe de la Unidad Responsable de Proyecto, para su entrega al Contratista. Cuando la supervisión sea ejecutada por terceros, la orden de proceder será emitida, firmada y entregada al Contratista por éstos, contando con la firma del Fiscal a cargo o su equivalente, según el caso.
ORDEN DE PROCEDER. La Orden de Proceder de la: “IMPLEMENTACIÓN DE LA PLANTA PROCESADORA DE EXTRACCIÓN DE ACEITE VEGETAL Y ADITIVOS EN EL DEPARTAMENTO ▇▇ ▇▇▇▇”, será emitida por el SUPERVISIÓN bajo instrucción de la ENTIDAD o del FISCAL DE OBRA emitirá la Carta de Orden de Proceder al Contratista. Si correspondiera, esta Orden será emitida en la misma fecha en que el Contratista reciba el desembolso por anticipo.
