PLAZO DE COMPROBACION DEL REPLANTEO. El plazo para la comprobación del replanteo de las obras será de un mes a partir de la formalización del contrato; o si hubiera precedido declaración de urgencia, el de quince días a contar desde la notificación al contratista de la adjudicación del contrato, una vez constituida, en su caso, la garantía definitiva. Antes de la comprobación del replanteo el contratista deberá comunicar al Ayuntamiento el nombre del técnico facultativo que ha de relacionarse con la dirección de la obra en nombre de la empresa. Simultáneamente se comunicará al contratista, en su caso, la designación de la dirección facultativa.
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Samples: Contrato De Obra, Contract for Administrative Clauses, Contrato De Servicios