Población generadora y población generadora incorporada Cláusulas de Ejemplo

Población generadora y población generadora incorporada. Se define población generadora1 de un municipio como la suma de la población de derecho, más la parte de la población turística2 que habría que considerar para dimensionar un servicio ajustado a la generación real de residuos de envases, teniendo en cuenta la influencia de esa población turística. Aplica a municipios con un impacto elevado de la actividad turística. Cuando se implanta el servicio de recogida selectiva pasa a considerarse la población generadora incorporada (para la recogida monomaterial de papel-cartón y/o para la recogida de Envases ligeros). Para el cálculo de la población generadora, en primer lugar se estima la población turística bien a través de las plazas de alojamientos turísticos y su porcentaje de ocupación a lo largo del año, o bien a través de la evolución mensual de la generación de residuos domésticos; en función del valor obtenido se determina si el municipio se considera turístico o no; si se considera turístico se establece si el turismo es estacional o no estacional; finalmente se aplica la fórmula para calcular la población generadora, en función de si el turismo es estacional o no estacional. El proceso completo es el siguiente: Estimación de la población turística. Se aplica una de las siguientes metodologías: Si se dispone de estadísticas completas y actualizadas en el ámbito municipal, se estima la población turística en función de las plazas de alojamientos turísticos y el porcentaje de ocupación a lo largo del año. Como alojamientos turísticos se consideran: hoteles, campings, turismo rural, apartamentos y segundas residencias. En el caso de segundas residencias se consideran 3,5 personas por vivienda, y como porcentaje de ocupación, se toma la mitad de los fines de semana en el período de enero x xxxx y de octubre a diciembre; y el mismo porcentaje de ocupación que en los establecimientos hoteleros para el período junio a septiembre. A partir de la población turística de cada mes, se obtiene la población turística anual como media aritmética de la población turística mensual. Si se dispone de datos completos y actualizados sobre generación mensual de residuos domésticos 1 por municipio, se estima la población turística en función de la variación de la producción mensual de residuosrespecto al mes de febrero, que se toma como mes base. La variación de la producción de cada mes se divide por el ratio de cantidad generada por habitante (según el dato del mes de febrero) para obtener el incremento de población (es dec...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.