DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. El ASEGURADO participará proporcionalmente en el valor de la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por la COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. EN VIRTUD DEL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN, QUEDARÁN DE PROPIEDAD DE AXA COLPATRIA LOS BIENES SALVADOS O RECUPERADOS. EL TOMADOR O ASEGURADO PARTICIPARÁ EN EL VALOR NETO DE VENTA DEL SALVAMENTO, EN LA PROPORCIÓN QUE LE CORRESPONDA CON BASE EN EL DEDUCIBLE Y EL INFRASEGURO SI ESTE ÚLTIMO SE HUBIERE APLICADO. SE ENTENDERÁ POR VALOR NETO DE VENTA DEL SALVAMENTO, EL VALOR RESULTANTE DE DESCONTAR DEL VALOR DE VENTA DE LOS MISMOS, LOS GASTOS NECESARIOS REALIZADOS POR AXA COLPATRIA PARA LA RECUPERACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Cuando el asegurado sea indemnizado, el inmueble, el terreno o sus contenidos salvados o recuperados quedarán de propiedad de LA COMPAÑÍA. El asegurado participará proporcionalmente en la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a este último. Se entiende por salvamento neto, el valor resultante de descontar al valor de venta del mismo, los gastos realizados por LA COMPAÑÍA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Cuando el Asegurado sea indemnizado, el vehículo o sus partes salvadas o recuperadas quedarán de propiedad de la Compañía, el Asegurado participará proporcionalmente en la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiese lugar a este último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar al valor de venta del mismo los gastos realizados por la Compañía, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Queda expresamente convenido que, en caso de liquidación de una pérdida total, el salvamento o cualquier recuperación posterior, podrán pasar a ser propiedad de la Compañía una vez pagada la indemnización. De la misma manera, la Compañía podrá retener en su poder cualquier pieza o accesorio que haya sustituido o reemplazado en caso de pérdida parcial.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Cuando ocurra un siniestro de los bienes asegurados bajo la presente póliza, La Positiva o sus representantes legales podrán:
a) Ingresar en los edificios o locales en que ocurrió el siniestro para determinar su causa y extensión.
b) Tomar posesión, examinar, clasificar, avaluar, trasladar o disponer de tales bienes. En ningún caso estará obligada La Positiva a encargarse de la venta de los bienes o de sus restos. Las facultades conferidas a La Positiva por esta cláusula, podrán ser ejercitadas por ella en cualquier momento, mientras el Asegurado no le avise por escrito que renuncia a toda reclamación o alternativamente le manifieste su decisión de conservar la propiedad de los bienes siniestrados, oportunidad en la cual se descontará de la indemnización que se fije en definitiva del valor de dichos bienes. La Positiva no contrae obligación ni responsabilidad para con el Asegurado por cualquier acto en el ejercicio de estas facultades, ni disminuirán por ello sus derechos a invocar cualquiera de las condiciones de esta póliza con respecto al siniestro. Si el Asegurado, o cualquier otra persona que actúe por él, dejan de cumplir los requerimientos de La Positiva o le impide o dificulta el ejercicio de estas facultades, queda privado de todo derecho a la indemnización bajo la presente póliza.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Cuando el asegurado sea indemnizado, los bienes salvados o recuperados quedarán de propiedad de PREVISORA. El asegurado participará proporcionalmente en la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el deducible y el infraseguro, cuando hubiere lugar a este último. Se entiende por salvamento neto el valor resultante de descontar del valor de venta del mismo los gastos realizados por PREVISORA, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. Corresponde al Asegurado cubrir los gastos que demanden la custodia y/o traslado del salvamento, así como el pago de todo derecho, impuesto, multa, extinción o eliminación definitiva exigida por cualquier autoridad o por conveniencia del mismo Asegurado. Cuando el Asegurado sea indemnizado, los bienes salvados o recuperados quedarán de propiedad de la Compañía. El Asegurado participará proporcionalmente en el salvamento neto teniendo en cuenta el deducible descontado y el infraseguro aplicado, si hubiere lugar a este, si la Compañía realice la venta del mismo. Si por autoridad competente se exige la eliminación del salvamento o su traslado a sitio distinto, la Compañía y el Asegurado participarán proporcionalmente en estos gastos, los cuales en ningún momento podrán exceder para la Compañía, del límite fijado para ello en las condiciones particulares de la Póliza o del uno por ciento (1%) de la suma asegurada., la suma menor entre los dos.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. En virtud del pago de la indemnización, quedarán de propiedad de AXA COLPATRIA, los bienes salvados o recuperados. El Tomador o Xxxxxxxxx participará en el valor neto de venta del salvamento, en la proporción que le corresponda con base en el deducible y el infraseguro si éste último se hubiere aplicado. Se entenderá por valor neto de venta del salvamento, el valor resultante de descontar del valor de venta de los mismos, los gastos necesarios realizados por AXA COLPATRIA, para la recuperación y comercialización.
DERECHOS SOBRE EL SALVAMENTO. El asegurado participará proporcionalmente en la venta del salvamento neto, teniendo en cuenta el infraseguro, cuando hubiere lugar a éste. Se entiende por salvamento neto, el valor resultante de descontar del valor de la venta del mismo, los gastos realizados por la compañía, tales como los necesarios para la recuperación y comercialización de dicho salvamento.