DISPOSICIONES FINALES Cláusulas de Ejemplo
DISPOSICIONES FINALES. Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
DISPOSICIONES FINALES. Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
DISPOSICIONES FINALES. Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes. CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida de acuerdo a las instrucciones indicadas)
DISPOSICIONES FINALES a) EL CLIENTE acepta y autoriza a CREDECOOP a que se le carguen en su cuenta todas las transacciones que efectúe a través de programas de reservaciones garantizadas, salidas prioritarias y depósitos anticipados que sean hechos personalmente o por vía telefónica conforme a los procedimientos establecidos.
b) Cualquier comercio afiliado al sistema de tarjetas, podrá retirar de circulación la tarjeta de EL CLIENTE que haya perdido el derecho de usarla o cuya devolución haya sido ordenada por CREDECOOP.
c) Contratación de Seguros. CREDECOOP deberá indicar al tarjetahabiente, si tuviera a su disponibilidad pólizas para la seguridad de sus tarjetas, siendo CREDECOOP quien le sugerirá al al cliente la posibilidad de una póliza para su bienestar y será EL CLIENTE a quien le corresponde la cancelación del servicio, según sus necesidades. En el caso de póliza de vida, que cubra el límite de crédito autorizado, y luego de cubrirse la deuda y los gastos respectivos, de resultar un remanente; el mismo será entregado al beneficiario designado por EL CLIENTE en la solicitud de crédito o por otro medio escrito que sea entregado a CREDECOOP. De conformidad con el artículo 611 del Código de Comercio, el saldo deudor que resulte a cargo de EL CLIENTE a la terminación de la cuenta, será exigible en la vía ejecutiva mediante certificación expedida por un contador público autorizado y pagadas las especies fiscales que correspondan al monto del saldo adeudado o los pagaré suscritos por EL CLIENTE que respalden el límite de crédito y el presente contrato, los certificados otorgados como garantía o bien utilizando dichos documentos.
d) Eliminación de documentos. EL CLIENTE autoriza a CREDECOOP a destruir toda la documentación relacionada con este crédito, cuando estos pierdan validez al ser sustituidos por su equivalente. Una vez transcurrido 90 días desde la fecha de sustitución.
e) Documentos Cancelados. EL CLIENTE autoriza a CREDECOOP a destruir los documentos relacionados con este crédito una vez trascurrido el tiempo de custodia establecido por la SUGEF, sin necesidad de presentarle estos documentos ni de devolverlos una vez cancelados.
f) Variaciones. Todos los porcentajes, montos, tasas de interés, plazos, etc. previstos en este contrato, en la solicitud de crédito o en documentos anexos, aplicables a cargos, intereses, etc; que deba cubrir EL CLIENTE, podrán ser variados por CREDECOOP, el cual enviará notificación a EL CLIENTE mediante estado de cuenta, otorgando un plazo ...
DISPOSICIONES FINALES. El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
DISPOSICIONES FINALES. Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha haya tenido la empresa.
DISPOSICIONES FINALES. Artículo 10 Las ratificaciones formales del presente Convenio serán comunicadas, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.
1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de la Organización Internacional del Trabajo cuyas ratificaciones haya registrado el Director General.
2. Entrará en vigor doce meses después de la fecha en que las ratificaciones de dos Miembros hayan sido registradas por el Director General.
3. Desde dicho momento, este Convenio entrará en vigor, para cada Miembro, doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación.
1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá denunciarlo a la expiración de un período xx xxxx años, a partir de la fecha en que se haya puesto inicialmente en vigor, mediante un acta comunicada, para su registro, al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo. La denuncia no surtirá efecto hasta un año después de la fecha en que se haya registrado.
2. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio y que, en el plazo de un año después de la expiración del período xx xxxx años mencionado en el párrafo precedente, no haga uso del derecho de denuncia previsto en este artículo quedará obligado durante un nuevo período xx xxxx años, y en lo sucesivo podrá denunciar este Convenio a la expiración de cada período xx xxxx años, en las condiciones previstas en este artículo.
1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo notificará a todos los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo el registro de cuantas ratificaciones, declaraciones y denuncias le comuniquen los Miembros de la Organización.
2. Al notificar a los Miembros de la Organización el registro de la segunda ratificación que le haya sido comunicada, el Director General llamará la atención de los Miembros de la Organización sobre la fecha en que entrará en vigor el presente Convenio.
Artículo 14 El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo comunicará al Secretario General de las Naciones Unidas, a los efectos del registro y de conformidad con el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, una información completa sobre todas las ratificaciones, declaraciones y actas de denuncia que haya registrado de acuerdo con los artículos precedentes.
Artículo 15 Cada vez que lo estime necesario, el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo presentará a la Conferencia una memoria sobre la aplicación del Convenio, y considera...
DISPOSICIONES FINALES a. Todo aquello no previsto en las Bases de este Procedimiento de Contratación Directa se sujetará a lo establecido en El Reglamento.
b. La preparación de propuestas, o cualquier otro gasto relacionado con el presente Procedimiento de Contratación Directa, no genera ningún derecho al Postor de recuperar dichos gastos. Conste por el presente documento, el Contrato de Arrendamiento que celebran de una parte, Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con Registro Único de Contribuyente N° 20100128218, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxx X° 000/000 - Xxxxx - Xxxx, debidamente representada por el Sr. _ _ , en su condición de , identificado con D.N.I N°_ , con poder inscrito en la Partida Electrónica N° _ , asien to _ del Registro de Personas Jurídicas de _ a quien en adelante se denominará PETROPERÚ y de la otra parte, la persona natural _ con RUC N° _ con domicilio legal en , debidamente representada por el Sr. con D.N.I Nº _ en su condición de propietario del inmueble, según consta en el Registro de Propiedad Inmueble Partida N° , a quien en adelante se denominará EL ARRENDADOR. Contrato que se celebra en los términos y condiciones siguientes:
DISPOSICIONES FINALES. 17.1. En la medida en que la relación entre el Prestamista y el Prestatario no esté regulada por el presente Contrato xx Xxxxxxxx, se regirá por los Términos de Uso y la Lista de Tarifas disponibles en el sitio web del prestamista (xxx.xxxxxxx.xx), que formarán parte integral del Contrato xx Xxxxxxxx. En caso de conflicto entre: 1) las Condiciones Especiales y las Condiciones Generales, prevalecerán las Condiciones Especiales; y 2) los Términos de Uso y el Contrato xx Xxxxxxxx, prevalecerá el Contrato xx Xxxxxxxx.
17.2. A menos que se haya acordado diferentemente, cualquier notificación o información de otra naturaleza que se produzca entre el Prestamista y el Prestatario se realizará en el idioma de redacción del Contrato xx Xxxxxxxx y será remitida a la otra parte de manera que pueda ser reproducida por escrito ya sea mediante el Portal, por correo electrónico o postal empleando la información de contacto detallada en las Condiciones Especiales o que haya sido notificada a la otra parte de manera que pueda ser reproducida por escrito. Las partes asumirán el riesgo de no haber notificado debidamente cualquier cambio en la información de contacto. Se considerará que una determinada comunicación enviada a la otra parte ha sido efectivamente recibida: 1) si se entrega en persona contra un acuso de recibo debidamente firmado; 2) tres (3) días después de haberse enviado si se remite mediante el Portal o por correo electrónico; 3) cinco (5) días si la parte destinataria se encuentra en el mismo país que la parte remitente y la comunicación ha sido enviada por correo certificado; 4) siete (7) días si la parte destinataria y la parte remitente se encuentran en distintos países y la comunicación ha sido enviada por correo certificado. Cualquier información que no sea susceptible de tener consecuencias jurídicas, enviada por ejemplo a efectos informativos, puede ser intercambiada mediante otros medios.
17.3. El Prestamista opera bajo la supervisión de la Autoridad de Supervisión Financiera de la República de Estonia (dirección: Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx, Xxxxxxx) y de la Agencia Estatal Administrativa Regional del Sur de Finlandia.
1. THE MAIN TERMS OF THE LOAN AGREEMENT
1.1. Xxxxxx Xxxxxxx AS
1.2. Lender’s registry code 11483929
1.3. Xxxxxx’x address X.X.Xxxxxxxxx xxx 00, Xxxxxxx 00000, Xxxxxxx
1.4. Xxxxxx’x webpage xxx.xxxxxxx.xx
1.5. Xxxxxx’x bank account number
1.6. Xxxxxxxx’x name
DISPOSICIONES FINALES. En todo lo no previsto por la Ley y su Reglamento, y siempre que no se contraponga a la naturaleza, objeto y finalidad del mecanismo de obras por impuestos, y a todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases, se aplicará supletoriamente las normas de contrataciones del Estado Señores Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIÓN Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado). Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el convenio correspondiente con la Entidad Pública [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [ ]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
1. [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
2. [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
3. [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
4. [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] TOTAL: 100% [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2 Por medio de la presente declaramos bajo juramento que el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes es el siguiente:
6. TOTAL Nota: Las firmas de los representantes legales deberán ser legalizadas por Notario Público o Xxxx Xxxxxxx. Por medio de la presente y con carácter de declaración jurada manifestamos a ustedes:
1. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y válidamente existentes conforme a las Leyes del país o lugar de constitución, y que los representantes legales que participan en el proceso de selección se encuentran válidamente premunidos con facultades sufic...