Proyecto de obras. 1. En los términos previstos en esta Ley, la adjudicación de un contrato de obras requerirá la previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto que definirá con precisión el objeto del contrato. La aprobación del proyecto corresponderá al órgano de contratación salvo que tal competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica.
Proyecto de obras. Con carácter previo a la adjudicación del contrato deberá haberse elaborado, supervisado, aprobado y replanteado el proyecto que defina con precisión el objeto del contrato, aprobación que corresponde al órgano de contratación competente de la Entidad Local. Cuando se pretenda la adjudicación conjunta de proyecto y obra, la ejecución quedará condicionada a la supervisión, replanteo y aprobación del proyecto por el órgano de contratación. El proyecto deberá tener el contenido previsto en el artículo 233 de la LCSP 2017. La contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras correspondientes solo podrá tener lugar con carácter excepcional y efectuarse en los supuestos cuya concurrencia deberá justificarse debidamente en el expediente que recoge el artículo 234 de la LCSP 2017 y así se señale en el apartado 2 del Cuadro de Características del Contrato.
Proyecto de obras. Artículo 232. Clasificación de las obras.
Proyecto de obras. El proyecto de obras (unido a este contrato ), que ha servido de base para la concesión de la licencia municipal de edificación, ha sido redactado por Xxx Xxxx Xxxxxxx Asturiano, Arquitecto del Colegio de Arquitectos de Madrid con número de colegiado 5847. El proyecto de obras fue visado por el Colegio de Arquitectos citado anteriormente el día 14 de febrero de 2005. La descripción de la vivienda proyectada contenida en este contrato privado es la que resulta del referido proyecto de obras, quedando unida a este contrato una copia del plano de la vivienda proyectada objeto del mismo, del plano de los elementos, instalaciones y servicios generales y comunes con los que cuenta todo el edificio, y del alzado del edificio y su configuración exterior. De conformidad con los antecedentes expuestos, las personas que suscriben este documento tienen convenido un CONTRATO DE COMPRAVENTA DE FINCA PROYECTADA con arreglo a las estipulaciones que se expresan a continuación.
Proyecto de obras. El proyecto de obras (unido a este contrato), que ha servido de base para la concesión de la licencia municipal de edificación, ha sido redactado por Xxx , Arquitecto del Colegio de Arquitectos de con número de colegiado El proyecto de obras fue visado por el Colegio de Arquitectos citado anteriormente el día de de 200_. La descripción de la vivienda proyectada contenida en este contrato privado es la que resulta del referido proyecto de obras, quedando unida a este contrato una copia del plano de la vivienda proyectada objeto del mismo, del plano de los elementos, instalaciones y servicios generales y comunes con los que cuenta todo el edificio, y del alzado del edificio y su configuración exterior. De conformidad con los antecedentes expuestos, las personas que suscriben este documento tienen convenido un CONTRATO DE COMPRAVENTA DE FINCA PROYECTADA con arreglo a las estipulaciones que se expresan a continuación.
Proyecto de obras. Artículo 231. Proyecto de obras
Proyecto de obras. Con carácter previo a la adjudicación del contrato deberá haberse elaborado, supervisado, aprobado y replanteado el proyecto que defina con precisión el objeto del contrato, aprobación que corresponde al órgano de contratación competente de la Entidad Local.
Proyecto de obras. El proyecto de la obra “OBRAS DE REFORMA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN BAJA TENSIÓN EN EL MERCADO MUNICIPAL DE ABASTOS”, redactado por X. Xxxxxxx Xxxxxxx Alba, Ingeniero de Caminos Canales y Puertos, por importe de 60.245,85€.
Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del Proyecto de Obras. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el Proyecto de Obras y la ejecución de la obra, en cuyo caso la ejecución de ésta quedará supeditada a la supervisión, aprobación y replanteo del Proyecto de Obras. El Proyecto, que incluirá la memoria, los planos de conjunto y de detalle, los Pliegos, el presupuesto, el plan de obra, las referencias en que se fundamentará el replanteo de la obra, la documentación prevista en las normas de carácter legal o reglamentario y el estudio de seguridad y salud y/o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud, será elaborado por alguno de los procedimientos siguientes: - Medios propios de CCVM. - Mediante la contratación del tipo legalmente aplicable que sea necesario para este fin, que con carácter general será el contrato de servicios. - Excepcionalmente, mediante la contratación conjunta de la redacción de Proyecto de Obra y ejecución de la obra. La elección del procedimiento más adecuado corresponderá al responsable de la Dirección que proponga la contratación. Para garantizar una participación lo más amplia posible en los procedimientos de contratación, así como la transparencia adecuada, CCVM deberá publicar los anuncios de las licitaciones, así como el resultado de la adjudicación. La publicidad se realizará a través del Perfil de Contratante de CCVM en su página web (Perfil que está alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público). El acceso de la información se llevará a cabo siguiendo el enlace existente en la web de CCVM: xxx.xxxx.xx, sin perjuicio de que CCVM estimara conveniente la utilización de otros mecanismos adicionales de publicidad. Si se acude al Procedimiento de Adjudicación Directa no será necesaria la publicación de anuncio alguno. Además, en los casos previstos en el artículo 168 de la LCSP, se podrá acudir al Procedimiento con Negociación sin Publicidad no siendo tampoco necesaria la publicación de anuncio alguno. CCVM deberá publicar el resultado de las adjudicaciones en el Perfil de Contratante de la página web en cualquier caso y sea cual sea el procedimiento de adjudicación utilizado. Las proposiciones deberán ser secretas, presentadas en las dependencias de CCVM que se hubieran indicando en el anuncio de la licitación o, en su caso, en las invitaciones a ofertar, dentro del plazo de admisión señalado, que no deberá ser ...
Proyecto de obras. En los contratos de obras, la adjudicación del contrato requerirá la previa elaboración, aprobación, supervisión y replanteo del Proyecto. Excepcionalmente, se podrá adjudicar conjuntamente el Proyecto y la Obra, en cuyo caso, la ejecución de ésta quedará supeditada a la previa supervisión, aprobación y replanteo del Proyecto. En el acta de replanteo deberá figurar la conformidad del técnico municipal competente con la ejecución de la obra, así como la disponibilidad de los terrenos. El anuncio, se publicará por un plazo mínimo de 15 días hábiles, salvo que la urgencia de la contratación requiera un plazo más breve, estándose a lo dispuesto en el apartado IX de estas IIC, y contendrá como mínimo una breve descripción de los detalles esenciales del contrato que debe adjudicarse y del procedimiento de adjudicación, presupuesto y plazo para presentar ofertas, junto con los datos para contactar con el órgano de contratación para resolver cualquier consulta y las instrucciones para obtener toda la documentación necesaria para formular una oferta en caso de que dicha documentación no haya podido ser puesta a disposición de todos los licitadores mediante el Perfil del contratante. El anuncio figurará en el Perfil del Contratante, en la página web corporativa de la sociedad AGUAS DE DENIA, S.A.