Common use of Pólizas de fianza Clause in Contracts

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-

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Samples: Pedido/Contrato, Pedido/Contrato, Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Octava.-

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Samples: Pedido/Contrato, Pedido/Contrato, Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor”, otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, excepción que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, (en su caso), serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2Xxxxxxx .2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 95 y 178 118 de la Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Octava.-

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Samples: Bases De Licitación, Bases De Licitación, Bases De Licitación

Pólizas de fianza. Por regla general "El Proveedor", otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, excepción que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley Ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento Reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzasfianza, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes prestación del (os) servicio(s) conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de "El Estado", respecto del (los) bien(es) adquiridosservicios prestados, "El Proveedor" se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Octava.-

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Samples: Pedido/Contrato, Pedido/Contrato, Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general "El Proveedor", otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, excepción que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley Ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento Reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzasfianza, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes prestación del (os) servicio(s) conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de "El Estado", respecto del (los) bien(es) adquiridosservicios prestados, "El Proveedor" se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(esservicio(s) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) o servicio(s) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de "El Proveedor", y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a "El Estado", se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienesprestación del(los) servicio(s), quedando enterado "El Proveedor" que si no cumple con el nuevo periodo de entrega "El Estado" procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-

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Samples: Pedido/Contrato De Prestación De Servicios, Pedido/Contrato, Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general "El Proveedor", otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, excepción que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley Ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento Reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzasfianza, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes prestación del (os) servicio(s) conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de "El Estado", respecto del (los) bien(es) adquiridosservicios prestados, "El Proveedor" se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizasPor "El Estado": Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando PROFESOR XXXXXXXXXX XXXX XXXXXX Oficial Mayor Por "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas": Siempre y cuando en el apartado de tiempo XXXX XXXXXXX XXXXXXXXxxxxxxxxxxxx y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Apoderado Legal.

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Samples: Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general "El Proveedor", otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, excepción que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley Ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento Reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzasfianza, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes prestación del (os) servicio(s) conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de "El Estado", respecto del (los) bien(es) adquiridosservicios prestados, "El Proveedor" se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(esservicio(s) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) o servicio(s) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de "El Proveedor", y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a "El Estado", se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienesprestación del(los) servicio(s), quedando enterado "El Proveedor" que si no cumple con el nuevo periodo de entrega "El Estado" procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-

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Samples: Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-

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Samples: transparencia.hidalgo.gob.mx

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Octava.-

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Samples: Pedido/Contrato

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas y Administración del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(esservicio(s) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) o servicio(s) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de “El Proveedor”, y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “El Estado”, se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado “El Proveedor” que si no cumple con el nuevo periodo de entrega “El Estado” procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-Novena.-

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Samples: transparencia.hidalgo.gob.mx

Pólizas de fianza. Por regla general “El Proveedor” otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. Los requisitos y condiciones que deberán contener entre otros las pólizas de fianzas, serán los siguientes: 1. Que sean expedidas a favor de la Secretaría de Finanzas Públicas del Poder Ejecutivo del Estado xx Xxxxxxx. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de “El Estado”, respecto del (los) bien(es) adquiridos, “El Proveedor” se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 166, 174, 175 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas. Octava.- Liberación de pólizas: Las partes convienen en que la fianza de cumplimiento podrá ser liberada, una vez que haya transcurrido el periodo de garantía de calidad del (los) bien(es) objeto del presente contrato; la de anticipo, en su caso, cuando "El Proveedor" entregue en su totalidad el (los) bien(es) conforme a lo establecido en este contrato y previa solicitud escrita. Novena.- Autorización de Prórrogas: Siempre y cuando en el apartado de tiempo y/o condiciones de entrega de la carátula, no exista la negativa a otorgar prórrogas, previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas en la cláusula cuarta, a solicitud expresa de "El Proveedor", y por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a "El Estado", se podrán otorgar prórrogas para la entrega de los bienes, quedando enterado "El Proveedor" que si no cumple con el nuevo periodo de entrega "El Estado" procederá a cobrar el concepto xx xxxxx convencionales a partir de la nueva fecha pactada. Décima.-

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Samples: Pedido/Contrato