MEDIDAS DE SEGURIDAD Cláusulas de Ejemplo

MEDIDAS DE SEGURIDAD. El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. Como parte de la preocupación en cuanto al adecuado Tratamiento y cuidado de los Datos Personales del Asegurado, La Compañía mantiene diversos mecanismos, procedimientos y medidas de seguridad tanto administrativas, como tecnológicas y físicas, tendientes a lograr la protección de dicha información contra daño, pérdida, alteración, destrucción o uso no autorizado. Cabe mencionar que como parte de dichos mecanismos y medidas de seguridad La Compañía tiene celebrado con sus empleados, proveedores, prestadores de servicios y partes relacionadas diversos acuerdos de confidencialidad, con los que los compromete a llevar a cabo un adecuado Tratamiento de los Datos Personales y a respetar los términos contenidos en el presente Aviso de Privacidad. La Compañía en todo momento se abstendrá de vender o arrendar de forma alguna los Datos Personales del Asegurado a algún tercero.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. El encargado adoptará cuantas medidas de seguridad sean exigidas por las leyes y reglamentos destinadas a preservar el secreto, confidencialidad e integridad en el tratamiento de datos personales, con objeto de garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, tratamiento o acceso no autorizado, así como a adoptar en el futuro. Asimismo, y con carácter periódico (o cuando haya cambios relevantes en su infraestructura técnica) el encargado realizará una evaluación de riesgos en materia de seguridad de la información, de la que se derivarán la implantación de mecanismos para:
MEDIDAS DE SEGURIDAD. Todo Usuario será responsable de la correcta utilización de ARQUIA RED y del error al cursar las correspondientes órdenes. En consecuencia, velará por mantener el carácter secreto de sus claves personales y se obliga a informar inmediatamente a Caja de Arquitectos en los casos de extravío, sustracción o utilización indebida o no por terceras personas, no asumiendo Caja de Arquitectos responsabilidad alguna por todo ello sino a partir del momento en que le sea comunicada dicha información por el Usuario. Cualquier Usuario podrá solicitar de Caja de Arquitectos, en cualquier momento, el cambio de su PIN de Entrada y su PIN de Operaciones. Asimismo, Caja de Arquitectos por motivos de seguridad y/o necesida- des del servicio, podrá proceder a modificarlos, notificando al Usuario la fecha en que los mismos quedan desactivados y su sustitución por unos nuevos. Si no obstante los sistemas de seguridad que Caja de Arquitectos utiliza para garantizar la identidad del Usuario en el acceso al servicio, surgieran dudas razonables respecto de dicha identidad, éste autoriza a Caja de Arquitectos a no ejecutar aquellas órdenes u operaciones transmitidas por medios telefónicos, informáticos o telemáticos de cualquier otro tipo. En esos casos, Caja de Arquitectos diferirá la ejecución de dicha orden hasta que haya entrado en contacto directo con el Usuario y aclarado la situación, pudiendo llegar a anularla si no se aclara satisfactoriamente o bien, llegado el caso, a bloquear sus claves personales (PIN de Entrada y PIN de Operaciones). Igualmente, y como medida complementaria de seguridad, Caja de Arquitectos queda facultada para bloquear las claves personales del Usuario en el supuesto de que se produzca un número consecutivo de errores, que Caja de Arquitectos determinará en cada momento, y que a su juicio pueda constituir un indicio de anómalo inten- to de acceso al servicio. Si las circunstancias aconsejaran la actuación inmediata de Caja de Arquitectos, ésta comunicará sin demora al Usuario las medidas adoptadas.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. Tratándose de artículos cuyo uso o manejo implique cuidado, riesgo o peligro (ej. flamable, explosivo, perecedero, peligro o daño a las personas que lo manejen), sin importar si dichos artículos son de fase de prototipo o de serie, el PROVEEDOR (y en su caso sus sub-proveedores) queda(n) obligado(s) a indicar ostensiblemente dichas características en los envases, envolturas, o en los artículos mismos con leyendas tales como “cuidado”, “peligro”, “explosivo” u otra frase aplicable, según lo dispongan las Normas Oficiales Mexicanas y normas internacionales vigentes aplicables. Para la ejecución de los servicios, se deberán respetar y acatar los reglamentos para contratistas y proveedores y sus correspondientes anexos, los cuales le han sido proporcionados al PROVEEDOR con anterioridad a la fecha de la presente ORDEN DE COMPRA, mismos que son de su conocimiento y aceptación. De resultar aplicable, todos los recipientes de productos y sustancias químicas que ingresen a las instalaciones de VOLKSWAGEN deberán estar identificados de acuerdo y cumplir con los requerimientos indicados en las Normas Oficiales que en términos de seguridad e higiene, identificación de recipientes y cualesquiera otras que llegaren a resultar aplicables a la fecha de la presente ORDEN DE COMPRA y/o en lo sucesivo, las cuales se pueden consultar en xxxx://xxx0-xxx.xx.xxx.xx/. En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con las disposiciones antes mencionadas, será directamente responsable por cualquier tipo de afectación que VOLKSWAGEN pudiera sufrir conforme a lo señalado en los presentes términos y condiciones. Las partes acuerdan que el PROVEEDOR deberá cubrir por su propia cuenta y costo todos los gastos materiales en los que incurra VOLKSWAGEN por haber incumplido con cualquier medida de seguridad vigente al momento del siniestro. Adicionalmente, el PROVEEDOR se asegurará de sacar en paz y a salvo a VOLKWAGEN en caso de que cualquier tercero intente afectar los intereses de VOLKSWAGEN derivado de la afectación causada por el incumplimiento de las medidas de seguridad que haya incurrido el PROVEEDOR.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. El ENCARGADO aplicará como mínimo las medidas de seguridad que correspondan con los datos tratados definidas en el título VIII del RD 1720/2007 en toda la prestación del servicio hasta el 24 xx xxxx de 2018. Se anexan al presente contrato las medidas de seguridad establecidas como requisitos mínimos de seguridad para la prestación de la que este contrato es objeto. Asimismo, y con carácter periódico desde el 25 xx xxxx de 2018 (y también siempre que haya cambios relevantes en su infraestructura técnica) el ENCARGADO realizará una evaluación de riesgos en materia de seguridad de la información, de la que se derivarán la implantación de mecanismos para:
MEDIDAS DE SEGURIDAD. CLARO ha adoptado y adoptará todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean de obligación, de conformidad con lo establecido por la legislación vigente y los estándares de calidad existentes en el sector, a fin de garantizar al máximo la seguridad y confidencialidad de las comunicaciones. CLARO garantiza que existen controles para prevenir la apertura de brechas en la seguridad u otras consecuencias negativas, adoptando las medidas organizativas y los procedimientos técnicos más adecuados con el fin de minimizar estos riesgos. No obstante lo anterior, el CLIENTE reconoce y acepta que las medidas de seguridad en Internet no son inexpugnables. Las redes utilizadas en Internet no son seguras y cualquier comunicación enviada por este medio puede ser interceptada o modificada por personas no autorizadas. Así pues, CLARO no puede garantizar la plena privacidad y seguridad de la utilización del PORTAL CLOUD CLARO y de los SERVICIOS y, en particular, que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso que los CLIENTES hacen del PORTAL CLOUD CLARO y de los servicios. Por otro lado, CLARO advierte que el estado actual de la técnica no garantiza la no vulneración de los sistemas de seguridad o de la inviolabilidad de las comunicaciones cuando estos son transportados a través de cualesquiera redes de telecomunicación.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. 78.1.- El adjudicatario es responsable de las condiciones de seguridad en los trabajos y en el entorno en que estos se desarrollan (viviendas ocupadas, zonas de actuación con tránsito de personas, etc) estando obligado a adoptar las medidas que dicten la Inspección de Trabajo, demás organismos competentes y la JUNTA. Así mismo, informará a la JUNTA de cualquier incidencia que surja con la mencionada Inspección.
MEDIDAS DE SEGURIDAD. El Teatro la Cúpula cuenta con dos extintores. Los cilindros de gas iguales o superiores a 45kg deben contar con certificación de la instalación realizada por un profesional compe- tente ante el SEC. El expendio de bebidas y alimentos se deberá realizar en envases semi rígidos, contro- lando en todo momento el riesgo que el público pueda contar con elementos que puedan transformarse en un proyectil. Todos los trabajadores y personal que labore dentro del área deben estar identificado con su respectiva credencial. El Teatro la Cúpula, sus equipos, utensilios y demás instalaciones, incluidos los desagües, deberán mantenerse en buen estado, limpios y ordenados. Sus desechos deberán reti- rarse de las zonas de manipulación y otras zonas de trabajo, cuantas veces sea necesaria y por lo menos dos veces al día. Se deberá impedir el acceso de las plagas a los desechos. Inmediatamente después de su evacuación, los receptáculos utilizados para el almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto con los desechos deberán limpiarse. La zona de almacena- miento de desechos deberá, asimismo, mantenerse limpia. Para impedir la contaminación cruzada de los alimentos, todo el equipo y utensilios debe- rán mantenerse debidamente protegidos en estantes, vitrinas, u otros, después xx xxx- piarse y desinfectarse. Deberán tomarse precauciones adecuadas para impedir que el alimento se contamine cuando las salas, el equipo y los utensilios se limpien o desinfecten con agua y detergentes o con desinfectantes o soluciones de éstos. Inmediatamente después de terminar el trabajo de la jornada o cuantas veces sea nece- sario, deberán limpiarse minuciosamente los pisos, incluidos los desagües, las estructuras auxiliares y las paredes de la zona de manipulación de alimentos. Se prohíbe la mantención de plaguicidas u otras sustancias tóxicas que puedan represen- tar un riesgo para la salud, en las zonas de producción, elaboración, transformación, en- vase y almacenamiento de alimentos. No deberá almacenarse en la zona de manipulación de alimentos ninguna sustancia que pueda contaminar los alimentos ni depositarse ropas u objetos personales en las zonas de manipulación de alimentos. Todas las personas que manipulen alimentos, deben recibir una instrucción adecuada y continua en materia de manipulación higiénica de los mismos e higiene personal. Cualquier persona que trabaje a cualquier título y, aunque sea ocasionalmente, en un es- tablecimiento donde se elaboren, almacenen, en...
MEDIDAS DE SEGURIDAD. Cortes de energía y de vías.