Common use of REINTEGRO DE GASTOS POR VUELO DEMORADO O CANCELADO Clause in Contracts

REINTEGRO DE GASTOS POR VUELO DEMORADO O CANCELADO. El Prestador cubrirá los gastos de comidas, refrigerios, hotelería y comunicaciones del Beneficiario hasta la suma única determinada en las Condiciones Particulares, con tope máximo también determinado en las Condiciones Particulares, en caso de que el vuelo de línea aérea regular del Beneficiario sea cancelado o demorado por más de 6 (seis) horas desde la hora de partida programada. El Prestador reintegrará al Beneficiario los gastos de hospedaje cuando, por razones atribuibles a la línea aérea, el vuelo sea cancelado o demorado y ésta no le proporcione alojamiento hasta la partida del próximo vuelo. En dicho caso, el Prestador brindará ayuda para conseguir un lugar en el primer vuelo posible. Será condición excluyente que el Beneficiario se comunique con el Prestador inmediatamente después de confirmada la demora o cancelación de su vuelo original. La prestación excluye: 2.14.A Los gastos de Beneficiarios que vuelen con pasajes sujetos a disponibilidad de plazas. 2.14.B Si la demora o cancelación se debiera a cualquiera de los casos fortuitos enunciados en el Capítulo 5, inciso 5.2 de estas Condiciones Generales.

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Samples: Condiciones Generales De Servicios De Asistencia en Viaje, Servicios De Asistencia en Viaje, Servicios De Asistencia en Viaje

REINTEGRO DE GASTOS POR VUELO DEMORADO O CANCELADO. El Prestador cubrirá los gastos de comidas, refrigerios, hotelería y comunicaciones del Beneficiario hasta la suma única determinada en las Condiciones Particulares, con tope máximo también determinado en las Condiciones Particulares, en caso de que el vuelo de línea aérea regular del Beneficiario sea cancelado o demorado por más de 6 (seis) horas desde la hora de partida programada. El Prestador reintegrará al Beneficiario los gastos de hospedaje cuando, por razones atribuibles a la línea aérea, el vuelo sea cancelado o demorado y ésta no le proporcione alojamiento hasta la partida del próximo vuelo. En dicho caso, el Prestador brindará ayuda para conseguir un lugar en el primer vuelo posible. Será condición excluyente que el Beneficiario se comunique con el Prestador inmediatamente después de confirmada la demora o cancelación de su vuelo original. La prestación excluye: 2.14.A : 3.18.A Los gastos de Beneficiarios que vuelen con pasajes sujetos a disponibilidad de plazas. 2.14.B . 3.18.B Si la demora o cancelación se debiera a cualquiera de los casos fortuitos enunciados en el Capítulo 5, inciso 5.2 de estas Condiciones Generales. 3.18.C Si los gastos por vuelo demorado o cancelado fueran asumidos por la línea aérea regular contratada por el Beneficiario.

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Samples: Servicios De Asistencia en Viaje