RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. Durante el plazo de vigencia del presente contrato, LA ENTIDAD se compromete a pagar a EL CONTRATADO por los servicios brindados, la suma de Cuatro mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4,600.00) de acuerdo al siguiente cronograma de pagos: Diciembre S/. 4,600.00
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El adeudo de los servicios se hará según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas y de acuerdo con los diferentes precios unitarios que refleja el contrato.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIOEl contrato no genera gasto alguno para el Ayuntamiento, ya que la empresa adjudicataria será retribuida, de acuerdo con la normativa vigente y prácticas habituales xxx xxxxxxx asegurador, por la Entidad o Entidades aseguradoras con las que el Ayuntamiento de Fuenlabrada contraten sus pólizas de seguro, mediante el pago de los porcentajes de comisión reflejados en su oferta, con cargo a las primas netas que resulten de los distintos procedimientos de adjudicación, entendiéndose por prima neta la prima total menos los impuestos, recargos y tasas del consorcio de Compensación de Seguros.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. Las operaciones derivadas de la ejecución de las órdenes cursadas a través del Servicio generaran los gastos y comisiones establecidos para cada una de ellas según la Tarifa de Comisiones del Banco vigente en cada momento, los cuales serán adeudados en la cuenta de personal del usuario asociada a la cuenta de valores en la que se asiente la operación correspondiente. La Tarifa de Comisiones del Banco vigente en cada momento esta a disposición del cliente a través de las páginas del propio Servicio mediante una opción habilitada al efecto. Conforme la Tarifa si la compra o venta de valores xx xxxxx variable en mercados secundarios españoles (Mercado Continuo) se realiza a través del Servicio, serán de aplicación a dichas operaciones unas condiciones específicas disponibles a través de las páginas del Servicio (Condiciones Especificas). Sin perjuicio de lo anterior el Banco podrá ofertar al usuario una tarifa especial para las operaciones en el Mercado Continuo que se realicen a través del Servicio con condiciones más ventajosas que la Tarifa (Condiciones Especiales), que el usuario podrá activar a través del Servicio. El cliente a través del Servicio podrá determinar las cuentas asociadas al mismo y a las que se aplicarán las Condiciones Especificas, así como aquellas cuentas de entre las asociadas al Servicio a las que desea que se apliquen las Condiciones Especiales, en su caso. Lo previsto en los dos párrafos anteriores sólo será de aplicación cuando se trate de usuarios titulares de cuentas de valores.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El costo total del objeto del contrato es de S/. 35,175.00 (TREINTICINCO MIL CIENTO SETENTICINCO Y 00/100 Nuevos Soles), monto que incluye el Impuesto General a las Ventas, el mismo que será facturado por EL CONTRATISTA previa liquidación de los vales de crédito correspondientes y cancelado por EL CONTRATANTE, dentro de los diez días de presentada la factura correspondiente, previa suscripción de conformidad de la orden de compra.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. EL SENASA se obliga a retribuir a EL CONTRATISTA el monto referencial de S/. 5,500.00 (Cinco Mil Quinientos y 00 / 100 Nuevos Soles), por los servicios que preste durante el plazo de vigencia del presente contrato, monto que incluye los tributos xx xxx.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El adeudo de los servicios se hará según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas y contrato, de acuerdo con los diferentes precios unitarios que refleja el contrato. Al final de cada suministro y/o intervención, el Adjudicatario procederá a la realización de un Certificado de actuación donde consten: - Nº de pedido/solicitud del servicio y nº de contrato. - Fecha de finalización del servicio. - Concepto, deberá indicar el nº de expediente. - Alcance realizado junto con su valor económico. La Certificación de realización de los servicios deberá ser revisada y aprobada por TERSA. Una vez aprobada la certificación, el Adjudicatario emitirá una factura con los cargos o adeudos que procedan en concepto de trabajos realizados.

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  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • DEL SERVICIO La recepción y liquidación del contrato se regularán conforme a lo dispuesto en el artículo 222 y 307 del TRLCSP. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Universidad, la totalidad de la prestación. Su constatación exigirá por parte de la Universidad, la formalización del correspondiente Acta de Recepción o la emisión de un informe de conformidad dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución del servicio.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A) Productos a proveer: todos los productos, materiales de limpieza y maquinarias necesarios a los fines de este servicio, serán provistos por la Adjudicataria en cantidad y calidad suficientes, lo que en definitiva evaluará esta Administración, cuyas autoridades podrán requerir los cambios y provisiones adicionales que estimen necesarias, si no se hallaran plenamente satisfechas las exigencias del servicio, quedando obligada la prestataria a su cumplimiento sin derecho a pago adicional alguno. La Adjudicataria deberá mantener un stock permanente de dichos materiales y productos, que cubran las necesidades del servicio, por un período mínimo de treinta (30) días. De ser necesario en cada edificio se proveerá a la Adjudicataria de un espacio físico o recinto para la guarda de los insumos, material de limpieza y aspiradora de uso diario, sin que ello implique ningún tipo de responsabilidad por deterioro, pérdida o sustracción, cualquiera fuere su origen, debiendo instalar en el mismo un mueble o armario necesario para tal fin. B) En los edificios donde no se pueda realizar la limpieza exterior de los vidrios, a través de sus ventanas, la Adjudicataria debe contemplar, a su costo, los medios necesarios para la realización de las mismas. C) Situaciones Especiales: 1. Cuerpo Médico Forense (Santiago del Estero Nº 15): en este Organismo funciona la Sala de Autopsias, que deberá ser higienizada por personal que cuente con vacunación contra Hepatitis A y B y antitetánica. La modalidad de limpieza en la sala de autopsias se realizará conforme a las NORMAS DE BIOSEGURIDAD que se detallan en ANEXO IV, debiendo utilizar lavandina en lugar de amonio cuaternario. D) Organismos. En el caso de que se dispusiera la clausura o supresión de dependencias, traslado de organismos de un edificio a otro, incremento de las áreas a tratar y/o variación de las frecuencias de las zonas en que ya se realiza la limpieza, ambas partes acordarán el descuento o el nuevo precio, según se trate, que corresponda efectuar a la retribución mensual que percibe la Adjudicataria. La concreción de tal modificación será decidida en todos los casos por la Administración General del Poder Judicial y le será comunicada a la Prestataria con una antelación no inferior a DIEZ (10) días corridos de la fecha en que debe comenzar su cumplimiento cuando se trate de un incremento en la superficie o frecuencia y con una antelación no inferior a TREINTA E) Control de cumplimiento del servicio. El Área Operación y Mantenimiento del Poder Judicial tendrá a su cargo la dirección, seguimiento y control de la prestación con amplias facultades para emitir solicitudes verbales o escritas. A tal fin, se habilitará un LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO, a través del cual se notificará a la Adjudicataria de las novedades del mismo: ausencias del personal, falta al cumplimiento en las prestaciones si las hubiere, etc.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO Para viajes al exterior de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario en el exterior de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia. Para viajes dentro de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario dentro de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia.

  • PRECIO DEL SERVICIO 2.1. El Cliente será responsable del pago de toda comunicación que se efectué mediante sus equipos telefónicos, con excepción de las exentas de pago de acuerdo a la normativa vigente, y ello, sin perjuicio de los derechos del Cliente conforme a la normativa vigente. 2.2. Los precios de los servicios contratados corresponden al Plan Comercial elegido por el Cliente. Las condiciones del plan contratado, los precios y demás características comerciales relevantes del mismo se encuentran disponibles en la página web del Servicio (xxx.xxxxxxxx.xx), en cualquiera de las oficinas comerciales y en la plataforma telefónica de TMCH (000 000 0000). Estos precios se podrán reajustar, transcurrido un período mínimo de 3 meses desde la contratación del (los) servicio (s), a lo menos una vez por año calendario, de acuerdo a la variación que hubiere experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde el último reajuste realizado por TMCH. 2.3. El Cliente podrá cambiar su Plan Comercial en cualquier tiempo por otro disponible, siempre y cuando dé aviso por los medios físicos, telefónicos o electrónicos que se encuentren habilitados por TMCH, señalando su intención de cambiarlo y el nuevo plan que selecciona, el que entrará en vigencia a partir de las 24 horas siguientes de la solicitud. El cambio de Plan tiene el costo que para cada plan comercial se detalla en el anexo “Listado de Servicios y Cobros”. El cambio de Plan y sus condiciones se informará al Cliente en la cuenta telefónica o documento de cobro en que se vea reflejado dicho cambio. 2.4. Los servicios adicionales (tales como, bolsas de navegación; bolsas de minutos; servicios de roaming; etc.) tienen asociado el cobro adicional que se detalla en el anexo “Listado de Servicios y Cobros”. Todas las tarifas de los servicios adicionales que presta TMCH se encuentran a disposición del Cliente, en sus oficinas comerciales, informadas en el sitio xxx.xxxxxxxx.xx, o llamando a la plataforma telefónica de TMCH (000 000 0000). 2.5. El cliente además podrá contratar otras prestaciones asociadas al servicio telefónico móvil (tales como suspensión transitoria del servicio a requerimiento de él mismo) de acuerdo a los valores que se encuentran en el referido anexo “Listado de Servicios y Cobros”.

  • DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El servicio “LÍNEA TARIFA PLANA”, ofrece la posibilidad de disponer de una línea telefónica fija que, mediante el pago de un importe fijo mensual, da derecho a una serie de servicios relacionados con la misma. A saber: 1. Línea Individual RTB 2. Tarifa Plana de llamadas de voz que ampara, por un lado las llamadas interpersonales de ámbito nacional desde las 0 horas del lunes hasta las 24 horas xxx xxxxxxx, y por otro las llamadas Fijo-Móvil dirigidas a destinos móviles de la redes de cualquier operador móvil nacional con un límite mensual de 500 minutos fijo- móvil entre las 0 horas xxx xxxxxx y hasta las 24 horas xxx xxxxxxx. El Usuario se compromete a utilizar el Servicio de conformidad con la legislación vigente, las presentes Condiciones Particulares y, en general, a hacer un uso adecuado del mismo de conformidad con la finalidad para la que ha sido puesto a su disposición. El usuario se compromete a no utilizar el Servicio para fines ilícitos o que puedan lesionar derechos de terceros o que, de cualquier forma, puedan causar un perjuicio a MOVISTAR, dañar o deteriorar el Servicio, los equipos informáticos, la propiedad, así como la imagen de MOVISTAR o de terceras personas. El Usuario no podrá revender el Servicio. Por lo tanto, el Usuario no podrá explotar comercialmente el Servicio ni obtener un rendimiento económico, directo o indirecto, por la reventa del Servicio, de alguna de sus capacidades o funcionalidades o mediante el tráfico que se beneficia de la Tarifa Plana contratada. El uso del Servicio no puede ser excesivo o no razonable (aquél que excede de forma significativa el consumo realizado de manera normal por un usuario de telefonía). En caso de considerar que el usuario de la línea asociada a esta tarifa está realizando un uso excesivo o no razonable, o en el supuesto de existir fraude o circunstancias que objetivamente hagan presumir el uso abusivo o ilícito del servicio, MOVISTAR podrá suspender inmediatamente la prestación del Servicio.

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.