RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. Durante el plazo de vigencia del presente contrato, LA ENTIDAD se compromete a pagar a EL CONTRATADO por los servicios brindados, la suma de Cuatro mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4,600.00) de acuerdo al siguiente cronograma de pagos: Diciembre S/. 4,600.00
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El costo total del objeto del contrato es de S/. 35,175.00 (TREINTICINCO MIL CIENTO SETENTICINCO Y 00/100 Nuevos Soles), monto que incluye el Impuesto General a las Ventas, el mismo que será facturado por EL CONTRATISTA previa liquidación de los vales de crédito correspondientes y cancelado por EL CONTRATANTE, dentro de los diez días de presentada la factura correspondiente, previa suscripción de conformidad de la orden de compra.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El contrato no genera gasto alguno para el Ayuntamiento, ya que la empresa adjudicataria será retribuida, de acuerdo con la normativa vigente y prácticas habituales xxx xxxxxxx asegurador, por la Entidad o Entidades aseguradoras con las que el Ayuntamiento de Fuenlabrada contraten sus pólizas de seguro, mediante el pago de los porcentajes de comisión reflejados en su oferta, con cargo a las primas netas que resulten de los distintos procedimientos de adjudicación, entendiéndose por prima neta la prima total menos los impuestos, recargos y tasas del consorcio de Compensación de Seguros. El corredor tendrá derecho a cobrar de las Compañías Aseguradoras el porcentaje de comisión finalmente adjudicado hasta el vencimiento del contrato de seguro mediado por el mismo. Fuenlabrada, a 28 de Enero de 2013 Director Técnico de Coordinación Administrativa
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El adeudo de los servicios se hará según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas y contrato, de acuerdo con los diferentes precios unitarios que refleja el contrato. Al final de cada suministro y/o intervención, el Adjudicatario procederá a la realización de un Certificado de actuación donde consten: - Nº de pedido/solicitud del servicio y nº de contrato. - Fecha de finalización del servicio. - Concepto, deberá indicar el nº de expediente. - Alcance realizado junto con su valor económico. La Certificación de realización de los servicios deberá ser revisada y aprobada por TERSA. Una vez aprobada la certificación, el Adjudicatario emitirá una factura con los cargos o adeudos que procedan en concepto de trabajos realizados.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. EL SENASA se obliga a retribuir a EL CONTRATISTA el monto referencial de S/. 5,500.00 (Cinco Mil Quinientos y 00 / 100 Nuevos Soles), por los servicios que preste durante el plazo de vigencia del presente contrato, monto que incluye los tributos xx xxx.
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. El adeudo de los servicios se hará según se indica en el Pliego de Cláusulas Administrativas y de acuerdo con los diferentes precios unitarios que refleja el contrato. Al final de cada mes y una vez finalizados todos los alcances relativos a la parada/obra en cuestión y aprobados por TERSA, el Adjudicatario procederá a la realización de un albarán con detalles de los servicios efectuados, empresa, y el tiempo que se ha dedicado. No se incluyen desplazamientos, dietas, u otros conceptos que deberán estar incluidos en el precio hora ofertado. Las horas que se facturarán serán efectivas en planta, o de trabajo de oficina debidamente justificado. Aparte de la información específica, en el albarán debe constar: - Nº de pedido/solicitud del servicio. - Fecha de finalización del servicio. - Concepto. - Empresa (TERSA, SIRESA, SEMESA, TERSA Fotovoltáicas) - Alcance realizado junto con su valor económico. La Certificación de fin de actuación de los servicios deberá ser revisada y aprobada por el responsable de prevención de TERSA previamente a la emisión de las facturas mediante un albarán valorado. Los servicios deberán facturarse a la empresa del grupo ( TERSA, TERSA FV, SIRESA I SEMESA) para la cual se ha realizado el trabajo. Se emitirá una factura mensual por los servicios efectuados y por Empresa, especificando las horas de dedicación de cada proyecto/paro de planta. CENTRO DE TRABAJO: CENTRO DE TRABAJO: CENTROS DE TRABAJO:
RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO. Las operaciones derivadas de la ejecución de las órdenes cursadas a través del Servicio generaran los gastos y comisiones establecidos para cada una de ellas según la Tarifa de Comisiones del Banco vigente en cada momento, los cuales serán adeudados en la cuenta de personal del usuario asociada a la cuenta de valores en la que se asiente la operación correspondiente. La Tarifa de Comisiones del Banco vigente en cada momento esta a disposición del cliente a través de las páginas del propio Servicio mediante una opción habilitada al efecto. Conforme la Tarifa si la compra o venta de valores xx xxxxx variable en mercados secundarios españoles (Mercado Continuo) se realiza a través del Servicio, serán de aplicación a dichas operaciones unas condiciones específicas disponibles a través de las páginas del Servicio (Condiciones Especificas). Sin perjuicio de lo anterior el Banco podrá ofertar al usuario una tarifa especial para las operaciones en el Mercado Continuo que se realicen a través del Servicio con condiciones más ventajosas que la Tarifa (Condiciones Especiales), que el usuario podrá activar a través del Servicio. El cliente a través del Servicio podrá determinar las cuentas asociadas al mismo y a las que se aplicarán las Condiciones Especificas, así como aquellas cuentas de entre las asociadas al Servicio a las que desea que se apliquen las Condiciones Especiales, en su caso. Lo previsto en los dos párrafos anteriores sólo será de aplicación cuando se trate de usuarios titulares de cuentas de valores.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.