Servicios aéreos regulares. Ningún servicio aéreo internacional regular podrá explotarse en el territorio o sobre el territorio de un Estado contratante, excepto con el permiso especial u otra autorización de dicho Estado y de conformidad con las condiciones de dicho permiso o autorización.
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Samples: Convenio De Aviación Civil Internacional, Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, Convenio Sobre Aviación Civil Internacional
Servicios aéreos regulares. Ningún No podrá explotarse ningún servicio aéreo internacional regular podrá explotarse en el territorio o sobre el territorio de un Estado contratante, excepto con contratante o hacia el interior de éste si no es mediante permiso especial u otra autorización de dicho Estado Estado, y de conformidad con las condiciones de dicho permiso o autorización.
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