Contratos de servicios. Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:
Contratos de servicios. Esta garantía comprende la reclamación por incumplimiento de los siguientes contratos de arrendamiento de servicios que afecten a la actividad comercial y de los que el asegu- rado sea titular y destinatario final. – Servicios de profesionales titulados. – Servicios privados de vigilancia y seguridad. – Servicios de limpieza y jardinería. – Servicios de mantenimiento de bienes muebles o inmuebles. – Servicios de mudanzas. – Servicios de transporte y mensajería. – Servicios de viaje y hostelería.
Contratos de servicios. Esta Garantía comprende la Reclamación por incumpli- miento de los siguientes Contratos de Arrendamiento de Servicios que afecten a la vida particular del Asegurado y de los que el Tomador sea Titular y destinatario final:
Contratos de servicios. 1. Los contratos de servicios serán por regla general elaborados, negociados y celebrados por la Comisión.
Contratos de servicios. 33.1.1. En el caso de exigirse clasificación:
Contratos de servicios. I. Datos referidos a la adjudicación del contrato.
Contratos de servicios. Esta garantía comprende la reclamación por incumplimiento de los siguientes contratos de arrendamiento de servicios que afecten a la vida privada/familiar del Asegurado y de los que sea titular y destinatario final: • Servicios de profesionales titulados. • Servicios médicos y hospitalarios. • Servicios de viajes, turísticos y de hostelería. • Servicios de enseñanza y de transporte escolar. • Servicios de limpieza. • Servicios de mudanzas.
Contratos de servicios. SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales Artículo 306. Contenido y límites Artículo 307. Determinación del precio
Contratos de servicios. 3.4. Contratos mixtos.
Contratos de servicios. Artículo 158. Contratos de servicios.