TERRITORIAL DEL PANZENU Cláusulas de Ejemplo

TERRITORIAL DEL PANZENU. Esta región limita territorialmente con el área de jurisdicción de la Corporación del sur xx Xxxxxxx (CSB) en la parte oriental y con el área de la jurisdicción de la corporación de los Xxxxxx xxx Xxxx y San Xxxxx (CVS). La mayor parte del área que comprende esta territorial, se encuentra en alturas menores de 1.000 m.s.n.m., sobre colinas terciarias y terrazas angostas con suelos superficiales o profundos de baja fertilidad, con planicies formadas a lo largo de los Xxxx Cauca y Nechí, mal drenados e inundables periódicamente. De acuerdo con la clasificación xx Xxxxxxxxx, en la zona se encuentran las formaciones vegetales Bosque húmedo tropical (bh-T), Bosque muy húmedo tropical (bmh-T), Bosque muy húmedo premontano (bmh-PM), Bosque pluvial premontano (bp-PM), Bosque muy húmedo xxxxxxx bajo (bmh-MB). Los municipios que conforman esta oficina territorial son : Cáceres, Caucasia, El Bagre, Nechí, Tarazá, Valdivia y Zaragoza (mapa 2) La dinámica física del territorio se estructura por el curso del río Cauca, recorriendo la región desde el sur, en límites con el municipio de Ituango, hasta la parte nororiental, un poco más abajo de la desembocadura del río Nechí, en límites con el departamento xx Xxxxxxx. Los ecosistemas acuáticos superficiales del Panzenú están estructurados por las planicies aluviales de los xxxx Cauca y Nechí y las subcuencas tributarias de ambos xxxx. De acuerdo con Corantioquia, 1999, el primer renglón de importancia económica es la minería, ocupando en el departamento el primer lugar en la producción de oro (48.7%), en segundo renglón esta la ganadería con un área en pastos equivalente al 14 % del total departamental. De acuerdo al plan de gestión ambiental 1998 – 2006 de Corantioquia, el área en bosques de Panzenú es de unas 346.039 has, distribuidas en los diferentes municipios así: Cáceres con 74.805 has, Caucasia con 3.500 has, El Bagre con 103.935 has, Nechí con 15.230 has, Tarazá con 78.000 has, Valdivia con 13.500 has, Zaragoza con 57.069 has. Es la segunda región con más área en bosques del departamento, lo que la convierte en un importante refugio de especies y subespecies de flora y fauna, que se caracteriza por su gran diversidad biológica exclusiva de la zona. Con respecto a los aprovechamientos forestales, la zona se caracteriza por no poseer grandes empresas extractoras xx xxxxxx sino que la explotación la realizan en general los campesinos propietarios de las tierras o los aserradores contratistas quienes continuamente ext...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.