Tipo de plan Cláusulas de Ejemplo

Tipo de plan. Deberá indicar en forma preimpresa en el formato, si se trata de un plan individual o grupal. Indicar el número de folio del FUN mediante el cual se notifica la suscripción del plan que se firma.
Tipo de plan. E. Llamada sin impuestos/IVA incluido ▇▇▇▇▇▇/segundo Adicional sin impuestos/IVA incluido
Tipo de plan. Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los al- cances del contrato.
Tipo de plan. El Plan se define como un plan de beneficios de pensión que otorga beneficios de retiro, determinados beneficios por fallecimiento y una Cuenta Individual.
Tipo de plan. Se refiere al tipo de nivel hospitalario contratado por el asegurado y que se señala en la carátula de la póliza, pueden ser hospitales de nivel alto, de nivel medio o de nivel bajo, de acuerdo a la clasificación mencionada en el anexo de estas condiciones generales.
Tipo de plan. Deberá indicar en forma preimpresa en el formato, si se trata de un plan individual o grupal. Indicar el número de folio del FUN mediante el cual se notifica la suscripción del plan que se firma. 12 Numeral modificado por Circular IF/285, de 2017

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  • Plan de Igualdad Como establece la Ley Orgánica 3/2007 los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. A tal efecto, las partes firmantes de este Convenio Colectivo entienden que es necesario adaptar el marco normativo legal para garantizar que el derecho fundamental a la igualdad de trato y oportunidades en la Empresa sea real y efectivo. Por ello, acuerdan los siguientes objetivos generales: a. Establecer directrices en cuanto a la elaboración, estructura y procedimiento de los planes de igualdad con el fin de alcanzar una gestión óptima de los recursos humanos que evite discriminaciones y pueda ofrecer igualdad de oportunidades reales, apoyándose en un permanente recurso al diálogo. b. Atribuir a la Comisión Paritaria del presente Convenio las competencias que se indican a continuación a efectos de que pueda desarrollar un trabajo efectivo en materia de igualdad de trato y oportunidades en el trabajo: a) ▇▇▇▇▇▇▇▇ en términos de consulta sobre las dudas de interpretación y/o aplicación que puedan surgir en la empresa en relación con las disposiciones sobre planes de igualdad establecidas en el presente artículo. b) Seguimiento de la evolución del plan de igualdad acordado en la empresa. c) Posibilidad de elaborar dictámenes técnicos sobre aspectos relacionados con la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo. cve: BOE-A-2018-3155 Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ d) Elaborar un estudio específico en relación con la Igualdad de Oportunidades en la Empresa. e) En base a las conclusiones obtenidas, se elaborará un código de buenas prácticas en materia de igualdad de trato y oportunidades en la Empresa.