Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “a tiempo o jornada” en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “a tiempo o jornada” en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales del Convenio Colectivo siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “«a tiempo o jornada” » en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales de los Convenios Colectivos de ámbito inferior, siempre que el trabajador la persona trabajadora alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Viii Convenio Colectivo General Del Sector De Derivados Del Cemento
Trabajo a “tiempo o jornada”. CVE-2019-9240 Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “«a tiempo o jornada” » en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales anexas, siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “«a tiempo o jornada” » en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales de los Convenios Colectivos de ámbito inferior, siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: V Convenio Colectivo General Del Sector De Derivados Del Cemento
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “«a tiempo o jornada” » en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales de los Convenios Colectivos de ámbito inferior, siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal nor- mal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “"a tiempo o jornada” " en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento ren- dimiento normal definido en este Convenio convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales, siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “«a tiempo o jornada” » en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales de los convenios colectivos de ámbito inferior, siempre que el trabajador la persona trabajadora alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo
Trabajo a “tiempo o jornada”. Salvo pacto en contrario, se presume que la prestación de trabajo se concierta en la modalidad denominada “a tiempo o jornada” en la que la retribución se fija atendiendo a la duración del trabajo y al rendimiento normal definido en este Convenio y cuya contrapartida la constituyen las Tablas Salariales anexas tablas salariales, siempre que el trabajador alcance, en dicho tiempo, el rendimiento normal exigible al mismo.
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Samples: Convenio Colectivo