Common use of Transporte de Pasajeros Enfermos Clause in Contracts

Transporte de Pasajeros Enfermos. La salud del Pasajero es responsabilidad del Pasajero. Cuando algún pasajero tenga algún tipo de enfermedad, EL TRANSPORTADOR podrá transportarlo siempre y cuando el pasajero asuma la responsabilidad de cualquier efecto que el vuelo pueda producir en su estado de salud. Existen determinadas condiciones o enfermedades que requieren de una autorización escrita para volar por parte del médico tratante, para garantizar que no se afectará la salud del pasajero durante el desarrollo del vuelo. EL TRANSPORTADOR podrá exigir la presentación de dicha autorización médica. 5.4.1. Política Para el Transporte de Pasajeros Enfermos. La presente política se presenta a manera de guía y no es taxativa. Es indispensable que el Pasajero enfermo consulte con EL TRANSPORTADOR antes del viaje y al momento de hacer su reserva, el procedimiento y los requisitos exigidos por la misma para poder prestarle el servicio de transporte. En términos generales, una vez el Pasajero consulte con EL TRANSPORTADOR, identifique los requisitos exigidos por ella y cumpla con los mismos, debe presentarse al mostrador el día de su viaje según las condiciones de su boleto. En caso de existir una discrepancia entre el criterio de EL TRANSPORTADOR y el criterio del Pasajero o su médico tratante, en relación con su capacidad para llevar a cabo el viaje de manera segura, EL TRANSPORTADOR podrá consultar a Sanidad Aeroportuaria o a un médico idóneo, para determinar si procede o no a embarcar al Pasajero. Si a juicio de EL TRANSPORTADOR y / o Sanidad Aeroportuaria y/o el médico idóneo, el Pasajero no puede ser transportada en forma segura, o si representa un peligro para la seguridad, o salud de él, o de los demás Pasajeros y de la tripulación, el transporte será denegado.

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