TRASLADO DE ACOMPAÑANTES NO BENEFICIARIOS MAYORES O MENORES POR FALLECIMIENTO. En caso de fallecimiento del Beneficiario según lo establecido en la cláusula 3.6 y si el mismo viajara acompañado por menores de 16 (dieciséis) años o mayores de 75 (setenta y cinco) años -como única compañía-, el Prestador se encargará de proporcionar la persona idónea para que los asista en el retorno a sus Domicilios o lugar de hospitalización hasta el tope determinado en las Condiciones Particulares.
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TRASLADO DE ACOMPAÑANTES NO BENEFICIARIOS MAYORES O MENORES POR FALLECIMIENTO. En caso de fallecimiento del Beneficiario según lo establecido en la cláusula 3.6 2.6 y si el mismo viajara acompañado por menores de 16 (dieciséis) años o mayores de 75 (setenta y cinco) años -como única compañía-, el Prestador se encargará de proporcionar la persona idónea para que los asista en el retorno a sus Domicilios o lugar de hospitalización hasta el tope determinado en las Condiciones Particulares.
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