Common use of TÍTULO DE PROPIEDAD Clause in Contracts

TÍTULO DE PROPIEDAD. El Contratista asegura y manifiesta que los productos entregados bajo el Contrato no son materia de títulos de propiedad o de cualesquiera otros derechos de propiedad de terceros, incluso, sin carácter limitativo, cualquier gravamen o garantía real. A menos que se disponga expresamente lo contrario en el Contrato, el título de propiedad de los productos pasará del Contratista a la OPS o a su representante en el momento de la entrega de los productos y de su aceptación por la OPS o su representante de conformidad con los requisitos del Contrato.

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