Ejecución contractual
NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO
Ejecución contractual
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx
Contrato de la Administración
2 Pública
Es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar, o extinguir una relación jurídica patrimonial, en el cual por lo menos una de las partes es una Entidad de la Administración Pública
CONTRATO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ENTIDAD
PRIVADO
ENTIDAD
ENTIDAD
Características
3
Por lo menos una de las partes ejerce función administrativa
Tiene como instrumento al contrato de la administración pública
En cada caso se sigue un procedimientos de naturaleza administrativa
Se aplica el Derecho Administrativo, que forma parte del Derecho Público
Vincula intereses colectivos con intereses privados
Existencia de prerrogativas especiales a la Administración
Ejecución contractual
Garantías
Recepción y conformidad
Adelantos
Penalidades
Adicionales y Deductivos
Resolución
Ampliación de Plazo
Nulidad
Subcontratación
Culminación
Suscripción
4
Perfeccionamiento del contrato
U10
Siempre por escrito. Su vigencia comienza cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases
U8
Se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. En casos de AS (distintas de obras y consultoría de obras) se podrá perfeccionar con la recepción de la orden
En caso de proceso según relación de ítem, si éste corresponde a una AS podrá perfeccionarse con la recepción de la orden. Si un mismo proveedor gana varios ítem puede suscribir un contrato o recibir las ordenes por los ítems
Deben registrarse en el SEACE
5
Diapositiva 5
U8 Siempre que el monto del VE no supere los S/. 100 mil
Usuario, 25/08/2015
U10 Consultoría de obra y ejecución de obra siempre se perfecciona por contrato.
Usuario, 25/08/2015
Requisitos para suscribir el contrato
| Constancia de no estar inhabilitado para contratar con | el |
| Garantías, salvo excepciones |
Estado, salvo en CPr
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los consorciados
Código de cuenta interbancaria (CCI)
Documentos que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato
Estos requisitos no son exigibles cuando el contratista sea otra Entidad, salvo las empresas del Estado
6
Suscripción del contrato
PRESENTACIÓN DE LA TOTALIDAD DE DOCUMENTOS
8 días hábiles
3 días hábiles
Registro del consentimient o en el SEACE
Presentación de requisitos para perfeccionar del contrato
Suscripción del contrato
SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS
Notificación de observaciones
8 días hábiles
3 días hábiles
5 días hábiles
1 día hábil
Registro del consentimient o en el SEACE
Presentación de requisitos para perfeccionar del contrato
Subsanación de observaciones
Suscripción del contrato
No Perfeccionamiento del contrato
Cuando el responsable sea la Entidad → El postor ganador puede requerirlo otorgándole un plazo de 5 días hábiles, si no lo hace puede dejar sin efecto la buena pro
Cuando el responsable sea el postor ganador
• Pierde automáticamente la buena pro
• Consultorías → Dentro de los 3 días hábiles se requiere al postor que ocupó el 2do. lugar. Si no perfecciona el OEC declara desierto
• Bienes, servicios y obras → El OEC comunica al CS para que califique al 2do. Lugar y en caso se le otorgue la buena pro se comunica al OEC para que lo requiera. Si no perfecciona el OEC declara desierto
8
U11
Cláusulas Obligatorias
Garantías
Solución de Controversias
Resolución de Contrato
13
Diapositiva 9
U11 El contrato esta conformado por: (i) el documento llamado contrato, (ii) Bases interadas, (iii) la oferta ganadora, y (iv) documentos derivados del procedimiento que establezca obligaciones para las partes
Usuario, 25/08/2015
Garantías: Objeto y características
Ser un medio rápido de compensación ante el incumplimiento de las prestaciones contenidas en las obligaciones
Funciona básicamente como un disuasivo de cumplimiento
/ Busca compensar daños causados
Todas deben ser emitidas por entidades sujetas a la supervisión de la SBS o estar consideradas en la última lista de banco extranjeros de primera categoría
Serán solidarias, incondicionales, irrevocables y realización automática
Fiel cumplimiento, fiel cumplimiento por prestaciones accesorias y adelantos
El caso de las MYPES
14
Garantía de fiel cumplimiento
Recepción y conformidad
/Liquidación final
Suscripción del contrato
Vigencia (1 año) Renovable
10% del valor del Contrato
15
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias
Conformidad
10%
Conformidad
10%
prestación (es) accesoria (s)
prestación
principal
+
prestación accesoria
16
Garantía por adelantos
La posibilidad de otorgar adelantos debe estar prevista en las Bases y ser solicitada por el contratista
Respaldo por la entrega de adelantos
Xxxx presentarse como requisito imprescindible para la entrega del adelanto, sin excepciones
Equivalente al monto solicitado
Vigencia mínima de 3 meses / renovable / reducción progresiva
13
Excepciones a la presentación de garantías
Contratos cuyos montos sean iguales o menores a S/. 100 000
Contratos derivados de procedimientos por ítems cuando el monto del ítem o ítems no superen los S/. 100 000
Adquisición de bienes inmuebles
Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles
Contrataciones complementarias si los montos son iguales o menores a S/. 100 000
18
Ejecución de garantías
Falta de renovación oportuna
Resolución de contrato por causa imputable al contratista, siempre que haya quedado consentida o cuando el laudo determine la procedencia de la resolución
Saldo pendiente a cargo del contratista luego de conformidad o liquidación, siempre que no cumpla luego de 3 días de ser requerido
El monto corresponderá en su totalidad a la Entidad, con independencia del daño respectivo
En caso de adelantos por el saldo pendiente de amortizar, ante cualquier supuesto que impida dicha amortización
15
Motivos que justifican la no suscripción
Recorte presupuestal del objeto materia del procedimiento
Desaparición de la necesidad, debidamente acreditada
Prohibición legal expresa
La negativa a suscribir por otra razón genera responsabilidad en el Titular de la Entidad y en el responsable de la OEC
Prohibición de convocar el procedimiento en el mismo ejercicio presupuestal. Salvo que el motivo sea el recorte presupuestal
16
Plazos de ejecución contractual
Cómputo en días naturales
Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3)
Obras → hasta su culminación
Supervisión de obra → vinculado a la duración de la obra supervisada
Arrendamiento inmuebles → hasta 3 años prorrogables
Patrocinio legal: Duración del encargo
21
Adicionales y Reducciones
Para alcanzar la finalidad del contrato hasta por el 25% del monto del contrato original
Obras → 15% y hasta 50% CGR
Aprobación → Resolución previa del Titular
Puede conllevar ampliación o reducción del plazo contractual y de las garantías.
Costos (según especificaciones técnicas, precio pactado o acuerdo entre las partes)
18
Ampliaciones de plazo
Procede:
Por aprobación de adicional que afecte el plazo
Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista
→ culpa de la Entidad / caso fortuito o fuerza mayor
Trámite:
Solicitud fundamentada dentro de los 7 días hábiles de finalizado el hecho y aprobación en 10 días hábiles
Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan
Silencio positivo para bb y ss bajo responsabilidad del Titular
19
Subcontratación
U7
No aplicable para prestaciones esenciales
Aprobación previa por escrito, 5 días hábiles pedido
para resolver
U23
Salvo prohibición expresa en los documentos del procedimiento
Contratista mantiene responsabilidad
No exceder 40% de la prestación
No estar suspendido o inhabilitado
Estar inscrito en el RNP
No cabe en SCI
20
Diapositiva 20
U7 Vinculadas a los aspectos que determinaron la selección del contratista
User, 20/08/2015
U23 Silencio negativo
Usuario, 25/08/2015
Contratación complementaria
Dentro de los 3 meses de culminado el plazo de ejecución del contrato de bb. o ss. con el mismo contratista
u
De mutuo acU1erdo entre las partes
Mismo bien o servicio con iguales condiciones
Máximo del 30% del monto del contrato original
En tanto se culmine el proceso de selección, salvo que con ella se agote la necesidad
21
Diapositiva 21
U1 Con la norma actual se cuenta desde culminado el contrato, lo cual se configura con el pago.
Alumnos: ¿Cuá es el efecto práctico de este cambio?
User, 20/08/2015
Culminación del contrato
El contrato culmina con el pago al contratista
La conformidad debe otorgarse a los 10 días calendarios de recibidos y necesita el informe del funcionario del área usuaria
Plazo para el pago → 15 días
En caso de observaciones la entidad dará al contratista entre 2 y 10 días calendarios para levantarlas, si no lo hace puedo resolverlo
Entrega de constancia de prestación → como mínimo la Identificación del objeto, el monto y las penalidades
22
Controversias: conciliación y/o arbitraje
Recepción de bienes/ servicios
Conformidad (derecho al pago) Constancia
10
días
Observacion es
2 a 10 días
31
Pagos al contratista
Luego de ejecutada la prestación
Excepcionalmente antes de la prestación: pagos periódicos
Conformidad
Pago
Culmina el contrato
15 días
Cierra el expediente de contratación
Atraso: interés legal
Controversias: conciliación y/o arbitraje
32
Penalidades por incumplimiento
Por xxxx:
Retraso injustificado
Máximo a cobrar 10%
Fórmula conforme al artículo 165° RLCE vigente
Otras penalidades:
Distintas x xxxx
Objetivas, razonables, congruentes y proporcionales
Máximo a cobrar 10%
El conflicto en la contratación pública
El Régimen de Contratación Pública ha previsto al conflicto como un hecho que debe ser atendido, preferentemente, en la vía extrajudicial
Así, para la etapa formativa (Elaboración e integración de Bases) ha previsto los mecanismos de consultas, observaciones y elevación de Bases. Mientras tanto, para la etapa de selección, ha contemplado como vía de solución el recurso de apelación
Una vez suscrito el contrato, toda controversia debe solucionarse mediante conciliación o arbitraje
La vía judicial, en todos estos casos, solo tiene una participación residual
26
¿Qué tipo de controversias se producen en el contrato?
Ampliaciones de plazo
Atrasos imputables o no a alguna de las partes
Mayores o menores prestaciones
Calidad de las prestaciones, del personal o velocidad en su cumplimiento
Pagos parciales, penalidades, pago de intereses
Falta de pago o demora
Otros
27
La conciliación y el arbitraje en la LCE
Las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia ineficacia o invalidez, se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes, es decir según se haya establecido en el convenio arbitral
La conciliación siempre puede pedirse aún cuando no estuviese pactada en el convenio arbitral
Las controversias sobre nulidad solo pueden ser sometidas a arbitraje
En caso de ejecución de obras las partes pueden recurrir a la Junta de Resolución de Disputas
50
El Conciliador asiste a las partes para que ellas mismas den solución a su controversias
Materias conciliables → Todas las controversias que surjan durante la ejecución de los contratos
Obligación de las Entidades de evaluar en todo caso la decisión de conciliar → criterios costo – beneficio, equidad e interés social
Puede suspenderse hasta por 30 días hábiles en caso se requiera Resolución Autoritativa
Entidades deben registar las actas de conciliación dentro de los 10 días hábiles de suscrita.
El Conciliador asiste a las partes para que ellas mismas den solución a su controversias
Materias conciliables → Todas las controversias que surjan durante la ejecución de los contratos
Obligación de las Entidades de evaluar en todo caso la decisión de conciliar → criterios costo – beneficio, equidad e interés social
Puede suspenderse hasta por 30 días hábiles en caso se requiera Resolución Autoritativa
Entidades deben registar las actas de conciliación dentro de los 10 días hábiles de suscrita.
53
Arbitraje
Las partes acuerdan que un tercero (Tribunal Arbitral Unipersonal o Colegiado) resuelva las controversias que surjan durante la ejecución o intepretación del mismo
Arbitraje institucional, las partes deben recurrir a una institución arbitral para su administración y organización
Arbitraje ad hoc, procedimiento establecido en el Reglamento.
Las partes se obligan a cumplir lo que resuelva el tercero
ARBITRO
Las partes acuerdan que un tercero (Tribunal Arbitral Unipersonal o Colegiado) resuelva las controversias que surjan durante la ejecución o intepretación del mismo
Arbitraje institucional, las partes deben recurrir a una institución arbitral para su administración y organización
Arbitraje ad hoc, procedimiento establecido en el Reglamento.
Las partes se obligan a cumplir lo que resuelva el tercero
Laudo arbitral
El laudo es definitivo e inapelable, tiene valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia
Es obligatorio para las partes desde su notificación
La notificación es de manera personal y a través del SEACE
El laudo debe ser remitido a OSCE
Solo es posible solicitar la anulación xx xxxxx por las causales previstas en la LGA, así como en caso la composición del Tribunal o sus actuaciones no se han ajustado a lo dispuesto en la LCE y su Reglamento
56
Junta de Resolución de Disputas
TEMA | CARACTERÍSTICAS | |
FUNCIONES | Emitir decisiones vinculantes sobre controversias planteadas por las partes | |
ACTIVIDADES DE LA JRD | Absolver consultas de las partes sobre aspectos contractuales o técnicos Efectuar visitas periódicas a la obra | |
Otras que establezca el contrato o la Directiva |
Aplicable a contratos de ejecución de obra con montos superiores a S/. 20 MM
57