CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. La conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a EL CONTRATISTA un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad de la prestación. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los [INDICAR SI SE REFIERE A BIENES O SERVICIOS] manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. 6.3.1 Área que recepcionará y brindará la conformidad
6.3.2 Pruebas o ensayos para la conformidad del servicio
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. Cada tarea se considerará cumplimentada una vez que se cumpla con lo solicitado por el ORGANISMO en tiempo y forma y el área de Informática del ORGANISMO otorgue el certificado de conformidad de tarea cumplimentada. Asimismo, la ADJUDICATARIA deberá proveer reportes mensuales sobre los siguientes puntos:
a) Las tareas realizadas (Por ej. Actualización de Licencias, correcciones de errores.).
b) Incidentes generados (Por ej. Corrección de cualquier error que afecte la normal utilización del sistema.)
c) Reporte estadístico con indicadores, como ser Cantidad de tareas, incidentes y solicitudes de soporte ocurridos en el mes o periodo de relevamiento, Cantidad de tareas, incidentes y solicitudes de soporte filtrados según su estado (categorizadas por ej. en Abierto, Cerrado, En curso), Cantidad de tareas, incidentes y solicitudes de soporte abiertos en el último mes, de acuerdo a su severidad (por ej: Alta – Media – Baja), Tiempo de antigüedad promedio de la tarea a realizar, incidente y solicitud de soporte, Tiempo de resolución promedio de las tareas, incidentes y solicitudes de soporte, etc.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. Controversias: conciliación y/o arbitraje Controversias: conciliación y/o arbitraje Retraso injustificado Máximo a cobrar 10% Fórmula conforme al artículo 165° RLCE vigente Distintas x xxxx Objetivas, razonables, congruentes y proporcionales Máximo a cobrar 10% El Régimen de Contratación Pública ha previsto al conflicto como un hecho que debe ser atendido, preferentemente, en la vía extrajudicial Así, para la etapa formativa (Elaboración e integración de Bases) ha previsto los mecanismos de consultas, observaciones y elevación de Bases. Mientras tanto, para la etapa de selección, ha contemplado como vía de solución el recurso de apelación Una vez suscrito el contrato, toda controversia debe solucionarse mediante conciliación o arbitraje La vía judicial, en todos estos casos, solo tiene una participación residual Ampliaciones de plazo Atrasos imputables o no a alguna de las partes Mayores o menores prestaciones Calidad de las prestaciones, del personal o velocidad en su cumplimiento Pagos parciales, penalidades, pago de intereses Falta de pago o demora Otros Las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia ineficacia o invalidez, se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes, es decir según se haya establecido en el convenio arbitral La conciliación siempre puede pedirse aún cuando no estuviese pactada en el convenio arbitral Las controversias sobre nulidad solo pueden ser sometidas a arbitraje En caso de ejecución de obras las partes pueden recurrir a la Junta de Resolución de Disputas
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. De acuerdo con el artículo 233º del Reglamento, la recepción y conformidad de las prestaciones a cargo de los proveedores es responsabilidad del órgano de administración o de los funcionarios designados por la Entidad. En ese sentido, debe corregirse el numeral 3.4 de las Bases que señala que la conformidad de las prestaciones a cargo del proveedor estará a cargo del “Residente de obra”, puesto que, de acuerdo con el numeral 4.0 del Capítulo IV de las Bases, la conformidad de las prestaciones será otorgada por la Gerencia de Infraestructura Pública de la Entidad.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. Indicar el área que otorga la conformidad, así como si existen pruebas, ensayos o áreas adicionales necesarias para otorgar la conformidad.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. La conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la Gerencia de Tecnologías de Información de LA SUPERINTENDENCIA. De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, 7 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. La conformidad de la prestación se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. La conformidad del servicio será otorgada por el Área de Estudios, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 168° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, reiterando contar con la aprobación del expediente técnico.
CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN. La conformidad estará a cargo ……………………. Para el otorgamiento de la conformidad, …………………. deberá brindar la prestación según lo previsto en los numerales precedentes y además adjuntar la ficha técnica correspondiente. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a un plazo prudencial para su subsanación. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si después del plazo otorgado a ………………, EL CONGRESO considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el presente contrato, sin perjuicio de las penalidades a que hubiera lugar. Este procedimiento no será aplicable cuando la ejecución de la prestación manifiestamente no cumpla las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso no se efectuará la recepción debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.