BONIFICACIONES Y PROGRAMAS PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN
BONIFICACIONES Y PROGRAMAS PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN
Programas de incentivos a la contratación
El Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, desarrolla tres programas de incentivos a la contratación laboral dirigido a las empresas que contraten a personas inscritas en el SCE, como demandantes de empleo desempleadas, de acuerdo con los requisitos exigidos en la normativa reguladora del correspondiente programa, y su convocatoria respectiva:
Cada programa conlleva actuaciones dirigidas a las empresas y a las personas desempleadas, de tal forma que:
● Si eres empresario/a puedes beneficiarte de una subvención por la contratación laboral.
● Si eres una persona desempleada puedes beneficiarte de una medida para favorecer tu inserción laboral.
Estos programas se convocan en régimen de concurrencia competitiva mediante Convocatoria Abierta.
La vigencia total de las convocatorias se extiende a marzo de 2023, distribuyéndose a su vez en varios periodos temporales con su correspondiente plazo de presentación, en función del tramo temporal en el que se asuman los compromisos de contratación o se celebren los contratos, de acuerdo a las particularidades de cada programa. En consonancia con ello, para cada periodo, se adoptará la correspondiente resolución de concesión de subvención.
Las empresas interesadas podrán presentar oferta de empleo específica ante el SCE, pudiendo realizar dicho trámite de forma presencial a través de la oficina de empleo, o bien a través de la web cumplimentando el formulario disponible al efecto e indicando en el campo “Otros Datos” la referencia al programa en concreto.
Presentación on-line de oferta de empleo ante el SCE
Objeto:
1. Favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo y la inserción socio-laboral de las personas desempleadas que hayan obtenido el reconocimiento de un Certificados de Profesionalidad, conforme la legislación aplicable, al mismo tiempo que contribuirá a aumentar la productividad y la competitividad de las empresas contratantes.
2. Las subvenciones reguladas en las bases tienen por objeto promover y potenciar la contratación laboral en Canarias mediante la concesión de subvenciones para la concertación de los contratos laborales relacionados en las mismas.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas jurídicas y autónomos que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Base Segunda.
Solo serán subvencionables:
a) Los contratos laborales deberán suscribirse dentro de los márgenes temporales que se dispongan en la respectiva convocatoria abierta.
b) Los contratos laborales de carácter indefinido.
c) Los contratos laborales eventuales por circunstancias de la producción, con una duración de 6 meses. Podrán ser objeto de subvención este tipo de contratos, con una duración superior a 6 meses, y hasta 12 meses, siempre y cuando así venga permitido en el convenio colectivo de ámbito sectorial que resulte de aplicación.
d) Los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, con una duración de entre 6 y 12 meses.
En todo caso, los contratos deberán suscribirse con arreglo a la normativa laboral aplicable.
Cuantía:
La cuantía de la subvención a conceder se corresponderá con los siguientes importes:
Jornada completa:
- Por contratos indefinidos 7.000,00 euros por contrato a los que se le pueden sumar 1.000,00 más, si se concierta con alguno de los siguientes colectivos: mujeres, mayores de 45 años en el momento de la contratación, jóvenes menores de 30 años en el momento de la contratación.
- Por contratos eventuales por circunstancias de la producción y por contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, según su duración:
✔ Entre 6 e inferior a 12 meses : 3.000,00 € (mínimo exigible 6 meses)
✔ De 1 año o mayor: 4.000,00 €
En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en ningún caso no podrá ser inferior al 50 % de la considerada habitual en el sector.
Solicitud:
La solicitud para acogerse a este programa por parte de las empresas, se realizará a través de sede electrónica cuando la convocatoria este activa.
En la misma web encontrará toda la información relativa a la solicitud del servicio CERTIFICATE: objeto, requisitos, medios y plazos de presentación, normativa reguladora...
Objeto:
1. Las subvenciones reguladas en este programa tienen por objeto incentivar la contratación laboral mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que contraten, en la modalidades de contratación previstas en la presente resolución, a personas inscritas en el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx (SCE) en la condición de demandantes de empleo desempleadas de larga duración, de acuerdo a los condicionantes establecidos en las Bases reguladoras y demás normativa que resulte de aplicación, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a la reincorporación al mercado laboral de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.
2. En definitiva, tiene por objeto favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo, la reinserción socio-laboral, al mismo tiempo que se contribuye a aumentar la productividad y la competitividad de las empresas contratantes. Requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su base segunda.
Solo serán subvencionables:
a) Los contratos laborales de carácter indefinido.
b) Los contratos laborales eventuales por circunstancias de la producción, con una duración de 6 meses. Podrán ser objeto de subvención este tipo de contratos, con una duración superior a 6 meses, y hasta 12 meses, siempre y cuando así venga permitido en el Convenio Colectivo de ámbito sectorial que resulte de aplicación. En todo caso, los contratos deberán suscribirse con arreglo a la normativa laboral aplicable.
Cuantía:
La cuantía de la subvención a conceder se corresponderá con los siguientes importes:
Jornada completa:
- Por contratos indefinidos 7.000,00 euros por contrato que pueden verse incrementados en 1.000,00 más, si se concierta con alguno de los siguientes colectivos: mujeres, mayores de 45 años en el momento de la contratación.
- Por contratos eventuales por circunstancias de la producción, según su duración:
-Entre 6 e inferior a 12 meses: 3.000,00 € (mínimo exigible de 6 meses)
-De 1 año o superior: 4.000,00 €
En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual en el sector.
Solicitud:
La solicitud para acogerse a este programa por parte de las empresas, se realizará a través de sede electrónica cuando la convocatoria este activa.
En la misma web encontrará toda la información referida al procedimiento para solicitar subvención: beneficiarios, requisitos, cuantía, criterios de valoración y baremación, medios y plazos de presentación, documentación a presentar, normativa reguladora...
3. INCENTÍVATE
Este programa está orientado a aquellos jóvenes inscritos/as como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Objeto:
Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que asuman compromisos de contratación o formalicen contratos, en la modalidad de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena o contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, con personas jóvenes inscritas en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) y en el SCE en la condición de demandantes de empleo desempleados, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a reforzar su empleabilidad y competencias profesionales de las citadas personas jóvenes.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Base Segunda.
Modalidades de contratos a subvencionar:
- Para la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta xxxxx.
- Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.
Cuantía:
La cuantía de subvención a conceder, a las entidades que resulten beneficiarias, queda establecida en función de los siguientes criterios:
1. Contrataciones formalizadas por los siguientes períodos de suscripción, considerando los mínimos y máximos establecidos a continuación:
Jornada completa:
Contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta xxxxx:
- Entre 6 meses e inferior al año: 3.000,00 €
- Desde el año e inferior a 2 años: 4.000,00 €
- 2 años: 5.000,00 €
Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional:
- Entre 6 meses e inferior al año: 3.500,00 €
- 1 año: 4.000,00 €
El importe de subvención se podrá incrementar en 500,00 € más, para ambas modalidades de contratación, si la contratación es formalizada con personas, que cumpliendo el resto de los requisitos establecidos en la bases reguladoras del programa, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
-Personas con discapacidad.
-Personas jóvenes que no tengan más de 3 meses de experiencia laboral: no se tendrá en cuenta para el cálculo las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.
-Personas víctimas de violencia de género.
La acreditación de la pertenencia a alguno de los citados colectivos, se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras del programa.
2. Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa y considerando el tiempo de trabajo efectivo establecido como máximo, modulándose la cuantía de la subvención en caso contrario.
En el supuesto de celebración de contratos a tiempo parcial para la modalidad de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso, o a aquella que se establezca en la convocatoria.
Bonificaciones a la Seguridad Social por contratación
La Guía de Bonificaciones / Reducciones recoge toda la normativa vigente en materia de incentivos a la contratación.
Orientada a satisfacer la demanda de información por parte de los usuarios y por los distintos agentes que operan en nuestro mercado de trabajo, ofrece la información estructurada por modalidad de contrato, colectivo al que pertenezca el trabajador y tipo de empresa.
✔ Contratos a Trabajadores Procedentes de una ETT
✔ Víctimas y personas en riesgo de exclusión social
✔ Conciliación de Vida Personal, Laboral y Familiar
✔ Contrato Indefinido o Temporal Dirigidos a Ámbitos y Colectivos Específicos
✔ Contrato Indefinido o Temporal dirigidos a Colectivos por Edad
✔ Conversión de Contratos en Indefinidos
✔ Contratación y medidas de apoyo para investigadores
Esta información ha sido elaborada por los técnicos del Servicio Integral de Empleo de la CCE, con objeto de facilitar su lectura y comprensión a cualquier interesado/a que acceda a la misma, no constituyendo un texto sustitutivo de la normativa reguladora correspondiente. La Confederación Canaria de Empresarios ni los técnicos del proyecto, se hacen responsables del uso e interpretación que el usuario pueda hacer en su lectura.
Para cualquier duda o consulta puede contactar con nosotros: Tlf. 000000000