REQUISITOS Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS. El potencial proponente deberá presentar el recurso por escrito, con el siguiente contenido: Las generales xx Xxx del recurrente y el señalamiento expreso que interpone recurso de impugnación Argumentos claramente planteados Domicilio. Deberá adjuntar: Original del poder del representante legal, cuando corresponda, debidamente registrado en FUNDEMPRESA Documento que acredita la compra xxx xxxxxx específico de condiciones Boleta de Garantía (Fianza Bancaria) irrevocable, renovable y de ejecución inmediata equivalente al 1% (uno por ciento) de su propuesta económica, con una validez de 60 días calendario computables a partir de la presentación del recurso de impugnación. Documentación que en calidad de prueba estime conveniente o señalar la que cursa en el expediente, que, a su criterio, sea necesaria para fundamentar su recurso. Actividades de la CSBP: Comunicará por escrito a todos los demás proponentes que presentaron propuestas, que se interpuso recurso a la resolución de adjudicación y que el proceso de contratación queda suspendido. Evaluará si corresponde la aceptación del recurso Si cumple con los requisitos acepta el recurso Si no cumple con los requisitos, desestima el recurso y comunica por escrito al interesado. Si acepta el recurso, se pronunciará en forma expresa en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, computables a partir de la recepción del recurso, emitiendo resolución que confirme o revoque la resolución de adjudicación y que contemple los nuevos plazos del proceso de contratación. Notificará con los resultados del recurso interpuesto, en un plazo de dos días hábiles de emitida la resolución que confirme o revoque el recurso presentado, en secretaría administrativa de la CSBP. A solicitud expresa y bajo exclusiva responsabilidad de los recurrentes y/o potenciales proponentes serán considerados como forma válida de notificación y comunicación, las efectuadas vía correo electrónico y fax, previa confirmación expresa de recepción del recurrente, dentro de un (1) día hábil de recibida la notificación o comunicación. La resolución que resuelve el recurso de impugnación no admite recurso administrativo ulterior, por tanto quedará ejecutoriada. Si pasados los diez (10) días hábiles la CSBP no emite resolución que resuelve el recurso de impugnación, implicará la aceptación del recurso interpuesto y en consecuencia la revocación de la resolución impugnada, en aplicación al silencio administrativo positivo. De esta manera, una vez vencido este ...
REQUISITOS. A) DE LA LICITACIÓN, NOMBRE Y NÚMERO.
REQUISITOS. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), San Xxxxxxxx, convoca a los proveedores y prestadores de servicios cualificados a realizar una propuesta en firme para la celebración de un contrato marco para la prestación de servicio de agencia de aduanas En el anexo A del presente documento se detallan los Términos de Referencia. El ACNUR puede adjudicar un contrato marco con una duración inicial de dos (2) años, con la posibilidad de ampliarlo durante un período de dos (2) años adicionales (2+1+1). Los adjudicatarios deberán mantener en vigor el modelo de precios ofrecido todo el tiempo que dure el contrato. Los requisitos anuales estimados del ACNUR son de cuarenta y cinco (45) embarques o bien, los requisitos anuales estimados del ACNUR se especifican en el anexo A, Términos de Referencia. Tenga en cuenta que las cifras han sido incluidas con el fin de que los postores sepan cuáles son losrequisitos previstos. No constituyen ningún tipo de compromiso por parte del ACNUR de adquirir unacantidad mínima de bienes o servicios. Las cantidades pueden variar y dependerán de los requisitos reales y de los fondos disponibles que se rigen por la emisión de cada una de las órdenes de compraen virtud de un contrato marco. Los demás organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas tendrán derecho a que se les apliquen los mismos precios y condiciones que los que se incluyen en las propuestas de los adjudicatarios, los cuales pueden sentar las bases para un contrato marco con otros organismos de las Naciones Unidas. Tras la adjudicación de un contrato marco, las partes solamente podrán rescindir el contrato previa notificación por escrito a la otra parte con treinta (30) días de antelación. El inicio de los procesos arbitrales o de conciliación de contrato con la cláusula 18, “Arreglo de Controversias”, de las Condiciones Generales de los Contratos del ACNUR para la prestación de bienes y servicios no se considerará una “causa” de extinción ni constituirá en sí mismo ningún tipo de disposición en materia de extinción. Se recomienda encarecidamente leer con atención el presente llamado a licitación de propuestas y sus respectivos anexos. Las candidaturas que no respeten los procedimientos que se presentan en dicha convocatoria podrán excluirse del proceso de evaluación. Subcontratación: tome buena nota de la cláusula 5 de las condiciones generales que se adjuntan (anexo E).
REQUISITOS. 2.1 El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes (proponentes / postulantes), consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
REQUISITOS. 2.1 El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de prácticas fraudulentas y corruptas.
REQUISITOS. El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), licitantes (postulantes / proponentes) , consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de prácticas fraudulentas y corruptas. Con ese fin, el Banco: Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación: Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte. Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación. Por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte. Por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar. Por “práctica obstructiva” se entiende: la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e, que figura a continuación. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, direct...
REQUISITOS. Para poder adquirir o renovar un plan de asistencia vial con SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. su vehículo debe cumplir con los siguientes requisitos: antigüedad del vehículo desde el año 1990* en adelante, peso de máximo dos (02) toneladas, uso particular (carros, camionetas, motos), sin cabina de furgón y totalmente operativo (no debe estar previamente accidentado). En caso de ser necesario, se realizarán inspecciones mecánicas obligatorias y/o solicitar evidencias audiovisuales de los vehículos para verificar sus condiciones interiores y exteriores. *Las tarifas de contratación podrán variar de acuerdo a la antigüedad del vehículo. Además, vehículos menores al año 2000 (1990 - 1999) sólo podrán optar por un plan Classic o plan Plus, este último será posible luego de superar una evaluación obligatoria de evidencia audiovisual para corroborar el estado mecánico en que se encuentra. De conformidad con la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre en sus artículos 29, 35, 36, 40, 49 y 50 referentes a las condiciones técnicas, mecánicas y físicas de los vehículos, a la adquisición y mantenimiento en vigencia de un Seguro de Responsabilidad Civil, y a las obligaciones de todo propietario y/o conductor de un vehículo automotor, así como también el artículo 28 del Reglamento de la Xxx xx Xxxxxxxx y Transporte Terrestre el cual señala específicamente las condiciones y aditamentos que necesita un vehículo para poder circular, así como cualquier otra normativa vigente en la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en relación a los requisitos para poder circular y/o conducir un vehículo automotor, SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. se reserva el derecho de suscribir, renovar y/o desafiliar o anular planes en cualquier momento a personas y/o vehículos que identifique que no cumplen con la mencionada normativa. El cliente entiende y acepta que SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. no guarda relación comercial con él más allá de la prestación del servicio. De tal forma que, cualquier infracción, incumplimiento o falta a la normativa legal vigente en materia de tránsito o cualquier otra materia que haya sido ocasionada con ocasión o motivo o guarde relación con el siniestro para el cual solicita nuestros servicios no será atribuible en responsabilidad a SOLUCIONES TU GRUERO, C.A. y no deberá LA EMPRESA pagar ningún tipo de multa, daño y/o perjuicio, indemnización ni ningún otro pago o sanción que pudiera ocasionarse.
REQUISITOS. El servicio, el soporte y los compromisos de garantía de HP no cubren reclamaciones derivadas de:
REQUISITOS. Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los Anexos de esta Convocatoria. En todo caso deberán poseer la nacionalidad española, ser nacionales de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero/a residente en España en el momento de solicitar el contrato.
REQUISITOS. Las entidades que proyecten ser homologadas por la Fundación Laboral de la Construcción para impartir la formación en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Libro II del presente Convenio, deberán reunir los siguientes requisitos: