SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA COOPERANTES 2018
ENPLEGU ETA GIZARTE POLITIKETAKO SAILA
Zerbitzu Zuzendaritza
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
Dirección de Servicios
CARÁTULA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº: 4/2018-J
SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA COOPERANTES 2018
Tipo de contrato: Contrato de Servicios Procedimiento: Abierto
Tramitación: Ordinaria
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. - Definición: la contratación de los medios personales y materiales para organizar y gestionar los desplazamientos previstos por la Dirección de Juventud del Departamento de Empleo y Políticas Sociales dentro del programa Juventud Vasca Cooperante 2018.
El servicio comprenderá todos los cometidos propios de una agencia de viajes relativos a la planificación, reserva, expedición de billetes, anulación, seguro, visado, etc. de viajes, buscando siempre las tarifas más beneficiosas.
1.2.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato:
cumplir el programa Juventud Xxxxx Xxxxxxxxxx para el año 2018.
1.3.- División por lotes: : NO, el contrato no puede dividirse en lotes, ya que la realización independiente de las diversas prestaciones podría dificultar la correcta ejecución del mismo al estar la relación de destinos sujeta a posibles variaciones que podrían alterar significativamente la composición de los lotes.
1.4.- Código CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV):
- 63500000-4 “Servicios de agencia de viajes, operadores turísticos y asistencia al turista”
- 63515000-2 “Servicios de viajes”
Donostia - San Xxxxxxxxx, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ
Tef. 000 00 00 00 – Fax 000 00 00 00 – e-mail: xxxxxxxxx-xxxxxx@xx-xx.xx
- 63510000-7 “Servicios de agencias de viajes y servicios similares”.
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
- La Carátula y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- El Pliego de Bases Técnicas.
- La propuesta técnica y económica presentada por el adjudicatario.
- El documento de formalización del contrato.
3.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto de licitación asciende a 155.000 euros, IVA incluido, que es el límite máximo de gasto del presente contrato.
El régimen de IVA aplicable será el régimen especial de IVA correspondiente a las agencias de viaje en función del domicilio fiscal (xxxxx o común) del licitador, es por ello que el presupuesto de licitación no especifica una partida independiente con IVA.
4.- PRECIO Y PAGOS.
4.1.- Sistema de determinación del precio: a tanto alzado siendo el límite el presupuesto máximo de licitación. En total se realizarán 100 viajes, que estarán previstos en el anexo al pliego de bases técnicas.
Sin embargo, el número o el destino de algunos viajes pueden cambiar por bajas y altas de última hora, lo que puede dar a ciertas variaciones en el número total. Ver cláusula 18 del presente pliego.
4.2.- Modalidad de pago del precio:
- Pago total: NO.
- Pagos parciales: Se realizarán dos pagos:
- Primer pago: por importe del 75% del importe de adjudicación, al inicio de los viajes tras la entrega de los billetes de transporte y previa presentación de la correspondiente factura.
- Segundo pago: por el importe restante. Se pagará a la finalización de la prestación, previa presentación de la correspondiente factura, a la que se deberá adjuntar, además, el desglose de los importes de todos los servicios realizados dentro de la contratación.
En ningún caso se abonarán billetes de viaje, visados y reservas de alojamiento no entregados a la Dirección de Juventud.
La empresa adjudicataria facturará por los viajes efectivamente contratados, emitiendo la factura conforme al régimen establecido en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor añadido, en relación a las agencias de viaje.
Junto con la primera factura deberán remitir a la Dirección de Juventud un informe donde aparecerán desglosadas las actividades efectivamente contratadas exentas de IVA y las sujetas a IVA. Es decir, se indicará el coste de cada uno de los viajes desde el punto xx xxxxxxx hasta el destino, indicándose el margen bruto aplicado en cada uno y, en su caso, la cuota repercutida por la agencia en concepto de IVA.
El precio total de la prestación no podrá exceder del precio ofertado por la adjudicataria.
4.3.- Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: NO.
4.4.- Revisión de precios: NO.
4.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO.
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Plazo total o fecha límite: Hasta que el regreso de todas y cada una de las personas participantes en el programa, que está previsto sea a finales de octubre de 2018.
5.2.- Fecha de inicio: Desde la formalización del contrato.
5.3.- Plazos parciales de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación: SÍ.
• Prestación y plazo: La empresa adjudicataria deberá proporcionar los billetes de viaje, visados y reservas de alojamiento con una semana de antelación al viaje como mínimo.
5.4.- Prórroga del contrato: No.
6.- GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP:
- Los correspondientes a la publicación en el Boletín Oficial del País Xxxxx (BOPV) 473,1297 euros.
7.- GARANTÍAS.
7.1.- Garantía provisional: NO.
7.2.- Garantía definitiva: SI, 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
Las garantías se constituirán a favor de:
EUSKO JAURLARITZA / GOBIERNO XXXXX NIF: S4833001C
8.- SEGUROS. La empresa deberá tener los seguros:
A) Seguro de responsabilidad civil: Será de cuenta y cargo de la contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se cause a terceros como consecuencia de la ejecución del servicio adjudicado, ya sean daños personales o materiales.
A estos efectos, el contratista vendrá obligado a constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil para el servicio solicitado, por un importe mínimo de 1.000.000 € (un millón de euros), para cubrir las posibles contingencias que se pudieran derivar para el tercero, la persona usuaria del servicio.
Además, en la póliza de seguro contratada, deberá figurar como asegurado adicional la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sin que la persona usuaria pierda la condición xx xxxxxxx.
B) Seguro colectivo de accidentes, equipajes y hoteles. La agencia de viajes debe gestionar y facilitar un seguro colectivo de accidentes, así como un seguro de equipajes para todos los viajes que se realicen y cuyos títulos sean facturados por la agencia de viajes. En todo caso, deberán asegurar las siguientes coberturas mínimas:
▪ Seguro de accidentes, tanto en medios de transporte como en alojamiento, con cobertura mínima de 200.000 € (doscientos mil euros) por muerte o incapacidad permanente, por asegurado.
▪ Seguro de asistencia médica y farmacéutica con cobertura ilimitada.
▪ Seguro de equipajes (pérdida, robo, daños) y de asistencia en viaje de cobertura mínima de 1.200 euros.
▪ Traslado sanitario de enfermos o heridos.
▪ Transporte de restos mortales, excluido el pago de gastos de inhumación, cremación o ceremonia funeraria.
▪ Desplazamiento urgente del asegurado por fallecimiento de un familiar.
▪ Cobertura por demoras.
▪ Asistencia legal en desplazamiento.
9.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: no procede.
10.- LUGAR DE EJECUCIÓN: la empresa realizará las prestaciones objeto del contrato en los locales de la entidad adjudicataria, y entregará los billetes y visados solicitados en la Dirección de Juventud del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
11.- CONDICIONES LINGÚÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria
y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12.- OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1.- De tipo social: la empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución previstas en la cláusula 33 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
12.2.- De tipo medioambiental: NO.
12.3.- Otras: la adscripción a la ejecución del contrato de los medios indicados, en su caso, de conformidad con las cláusulas 29.7 de esta carátula y así como todas las relativas a la subcontratación.
13.- CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: NO.
14.- PENALIDADES. Las previstas en la normativa correspondiente y en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
15.- SUBCONTRATACIÓN:
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato, de acuerdo con el régimen establecido para la subcontratación por el artículo 227 del TRLCSP.
No es necesario que las empresas licitadoras indiquen en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, ni que señalen importes ni nombres de subcontratistas.
El porcentaje máximo de subcontratación: 60 % del importe de adjudicación.
16.- PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1.-Plazos para la recepción: un mes a contar desde la fecha de llegada de la última persona cooperante en el programa de Juventud Xxxxx Xxxxxxxxxx.
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1.- A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, las siguientes:
- El cumplimiento del compromiso de adscripción de medios humanos y materiales.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en las cláusulas
33.1.1 y 33.1.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
- Las condiciones especiales de ejecución recogidas en la cláusula 33.6 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
17.2.- Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO:
Cuando durante la vigencia del contrato, se constate la existencia de necesidades reales superiores a las inicialmente estimadas (aumento en el nº de viajes/destino), previo informe de la persona responsable del contrato, se podrá modificar el contrato, que consistirá en el incremento del número de viajes o en la variación de destino de alguno de ellos a fin de cubrir las necesidades reales de transporte. Dicha modificación podrá afectar hasta un máximo del 10% del presupuesto de licitación.
19.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS.
TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las
medidas especiales a que se refiere la cláusula 34 xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos.
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS.
20.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, IDENTIFICACIÓN DE OTROS ÓRGANOS Y DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS.
20.1.- Entidad adjudicadora: Administración General de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx a través del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
20.2.- Identificación de órganos:
20.2.1.-Órgano de contratación: La Dirección de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
20.2.2.-Órgano destinatario del contrato y gestor de las certificaciones y facturas: La Dirección de Juventud del Departamento de Empleo y Seguridad Social.
20.2.3.-Responsable del contrato: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx.
20.2.4.-Órgano administrativo competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía.
20.3.- Dependencia que tramita el expediente: El Servicio de contratación de la Dirección de Servicios del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
Domicilio:
GOBIERNO XXXXX
Departamento de Empleo y Políticas Sociales Dirección de Servicios
c/ Donostia-San Xxxxxxxxx 1 Edificio Lakua I, planta 1º, xxxx X 00000 XXXXXXX-XXXXXXX
(Xxxxx-Xxxxx)
20.4.- Número de expediente: 1/2018-J
20.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: NO.
20.6.- Mesa de Contratación:
Miembros de la Mesa de Contratación: Presidencia:
Titular: Suplente:
Xxxxxxxx
Portugal
Xxxxxxxx
Xx.
X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx
Vocal asesor técnico:
Titular: Suplente:
Xxxxxxxx
Xxxxxxxxx
Xxxx
X.
Xxxxxxxxxx
Xxxxx
Xxxxxx
Xx.
Vocal en representación de la Oficina de Control Económico: Titular: Suplente:
Secretario-asesor jurídico:
Titular: Suplente:
Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
20.7.- Contacto personal:
Consultas técnicas:
Persona de contacto: Xxxxxx Xxxxx
Correo electrónico: x-xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx Teléfono: 000 000000
Consultas jurídico-administrativas:
Persona de contacto: Xxxx Xxxxxxx
Correo electrónico: xxxxxxx-xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx. Teléfono: 000 000000
20.8.- Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
20.9.-Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula 4 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas del que forma parte esta carátula.
20.10.-Fecha límite de obtención información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: Dos días antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
21.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
(artículo 88 del TRLCSP):
- 170.000,00 EUROS.
22.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO.
Categoría del servicio: 20
23.- CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): SI
- Servicios de agencias de viaje y organización de viajes en grupo
24.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA:
- 18.0.1.04.12.0001.4.453.01.32220.001/S
24.1.- El gasto está cofinanciado: NO.
24.2.- Tramitación anticipada: No
25.- TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1.- Tramitación: Ordinaria.
25.2.- Procedimiento: Abierto.
25.3.- Forma: existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas.
26.- SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: NO se
autoriza su utilización.
27.- CONTRATO RESERVADO: NO.
28.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
28.1.- Fecha y hora límite de presentación: 12 xx xxxxx de 2018, antes de las 12:00 horas.
28.2.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobres A, B y C con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3.- Lugar de presentación:
-Entidad: Registro General del Departamento de Empleo y Políticas Sociales
- Domicilio: c/ Donostia-San Xxxxxxxxx, 1, Lakua I, 1ª planta
- Localidad y código postal: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
En caso de presentar la solicitud en un Registro distinto al señalado, se considerará que la fecha y hora de entrega será aquella que corresponda a su efectiva entrada en el Registro del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
28.4.- No cabe que la empresa licitadora o candidata opte por presentar su oferta o solicitud electrónicamente.
28.5.- Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000- 000 00 00 00
- Correo electrónico: xxxxxxx-xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
28.6.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: dos meses a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP (valores anormales o desproporcionados).
28.7.- Admisión de variantes: NO.
28.8.- Apertura pública de las ofertas: SI.
La apertura de sobres C se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: 10:00 horas
La apertura de sobres B se realizará:
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: 12:00 horas.
Las aperturas se realizarán en la sala sita en:
Xxxxxxxx Xxxxx XX, Xxxx xx Xxxxxxxxx xx 0, Xxxxxx Xxxx.
Domicilio: C/ Donostia-X. Xxxxxxxxx, 1.
Localidad y código postal: 01010-Vitoria-Gasteiz (Xxxxx).
29.- SOBRE A- «DECLARACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS PREVIOS» .Véase la cláusula 13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
29.1.- Forma de acreditación provisional: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) (ver Anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares) junto con la documentación que proceda de la cláusula 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Dicho formulario está disponible en el página web: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx.
(Ver las instrucciones para la descarga del archivo xml y la cumplimentación del DEUC publicadas en el perfil del contratante en un archivo con extensión zip denominado DEUC que se encuentra junto con el resto de documentación relativa a la presente licitación).
Las empresas deberán cumplimentar las partes II, III, IV y VI del formulario. La parte IV se limitarán a cumplimentar la sección α de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
Además del DEUC se presentará la siguiente documentación (cláusula 13 del PCAP)
a) Anexo III con Indicación a efectos de notificaciones:
- Dirección completa a efectos postales.
- Número de fax.
Las notificaciones realizadas por dichos medios tendrán plena eficacia jurídica.
b) Xxxxxxx deseen participar en Unión Temporal de empresarios deberán presentar, así mismo, un escrito de proposición de constituirse formalmente en Unión Temporal de empresarios en caso de resultar adjudicatarias de conformidad con el modelo del Anexo VII de este pliego. En el escrito de proposición se indicarán los nombres y circunstancias de las empresas que lo suscriben, la participación de cada una de ellas y el nombramiento de la persona física representante.
Este documento deberá estar firmado por la persona que, con el poder suficiente, represente a cada una de las empresas componentes de la unión.
Solo en caso de que el contrato sea adjudicado a la unión temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública.
29.2.- Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que deberá acreditar la licitadora que resultare adjudicataria.
29.2.1.- Obligación de acreditar solvencia: El licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá presentar, antes de la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos que acrediten la solvencia exigida en la cláusula 29.2.3 de esta carátula.
29.2.2.- Clasificación obligatoria: No. Sin embargo se puede acreditar la solvencia a través de la siguiente clasificación:
- Grupo U, Subgrupo 4, Categoría B.
Si el licitador ostenta dicha clasificación o superior, no será necesario acreditar la solvencia por los medios previstos en la cláusula 37.1.
29.2.3.- Solvencia: Las empresas deberán disponer de la siguiente solvencia:
Económica y financiera:
El volumen global de negocios en el conjunto de los tres últimos ejercicios concluidos deberá ser superior 232.000 euros.
Técnica o profesional:
Haber realizado en los últimos cinco ejercicios cerrados, haber realizado servicios de igual o similar naturaleza por un importe anual acumulado igual o superior a 108.500 euros, en el año de mayor ejecución.
29.3.- En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipamientos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto 1644/2008, de
10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4.-Habilitación empresarial o profesional exigible en el momento de presentar oferta: NO.
29.5.-Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas cuyos certificados son admitidos:
• Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
• Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado.
• Otros: certificado comunitario de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecida por un Estado miembro de la Unión Europea siempre que sea accesible de modo gratuito para la Mesa de contratación.
La indicación de alguno de estos certificados en la sección A de la parte II del formulario DEUC conlleva la autorización de la incorporación de oficio de dicho certificado por parte de la Administración en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del contrato, siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita a la Administración hacerlo.
29.6.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: No.
29.7.- La empresa licitadora se debe comprometer a adscribir a la ejecución del contrato determinados medios materiales y humanos: No.
30.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO.
30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI.
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye.
Puntuación total: 100 puntos
30.2.1 Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
Fórmula: La oferta económica más baja se valorará con la máxima puntuación, valorándose el resto de forma inversamente proporcional
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica; el resto, se valorará de forma inversamente proporcional.
R x Min.
P=
Ofer.
P= Puntuación R= Porcentaje (90)
Min. = oferta económica más baja Ofer.= oferta que se valora
Ponderación total de este grupo: 90 puntos.
30.2.2 Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor:
El licitador presentará una propuesta técnica para la adecuada prestación del servicio de atención al marco de lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. La referida propuesta desarrollará los siguientes aspectos:
Se valorará en su conjunto el nivel de concreción de la propuesta. Dada la importancia de tener localizados a los jóvenes y tener que proceder a su evacuación en caso necesario, se tendrán en cuenta criterios tales como:
- Descripción detallada del plan de viajes, con especificación pormenorizada de la ruta a seguir, conexiones, traslados y posible alojamiento desde el punto xx xxxxxxx hasta destino. Valoración máxima 4 puntos.
- Idoneidad del sistema de localización de los jóvenes, de forma que se posibilite el acceso a esa información en cualquier momento. Valoración máxima 3 puntos.
- Existencia de protocolo en caso de incidencias, con detalle de la forma de actuación en caso necesario. Valoración máxima 3 puntos.
La valoración de dichos criterios se realizará aplicando un criterio de proporcionalidad, dando a la mejor propuesta la máxima puntuación y al resto proporcionalmente.
Ponderación total de este grupo: 10 puntos.
31.- OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS:
- SOBRE B «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS».
En este sobre debe presentarse la oferta económica con arreglo al modelo que figura en el Anexo IX xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
- SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR».
El licitador presentará en este sobre la propuesta técnica que desarrollará los aspectos contenidos en la cláusula 30.2.2 referente a los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor.
La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
32.- ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: NO.
33.- VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: Los previstos en los
artículos 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP.
34.- SUBASTA ELECTRÓNICA. No.
35.- PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36.- PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: NO.
37.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA CUYA OFERTA HA RESULTADO LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA. (Véase las
cláusulas 24.3 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
a) Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el Anexo II
xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
b) El Anexo VIII referido a la declaración sobre los compromisos que la empresa asume respecto de las personas trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato.
c) Y los Anexos que se requieran según las características propias del adjudicatario (UTE, etc…).
37.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional:
• Solvencia económica y financiera:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3:
- El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- En caso de que la entidad licitadora no tuvieran la obligación de inscribir sus cuentas en ningún Registro oficial, se admitirá su acreditación mediante cualquier modelo oficial presentado ante la correspondiente Hacienda Xxxxx o Agencia Tributaria, donde quede reflejado el volumen anual de negocios, como por ejemplo, las declaraciones anuales del IVA o el impuesto de Sociedades.
• Solvencia técnica o profesional:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos exigidos en la cláusula 29.2.3:
- Mediante certificados de buena ejecución expedidos por un organismo público, o mediante la correspondiente declaración si fuera entidad privada, en que se especifiquen: el objeto de los trabajos, la fecha de su realización, su importe, el destinatario y que dicho trabajo fue ejecutado a plena satisfacción.
37.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos, en su caso, en la cláusula
29.7 de esta carátula (artículo 151.2 TRLCSP):
- Justificante de haber suscrito la póliza de seguros prevista en la cláusula octava.
38.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo
previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
39.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
39.1.-Habilitación empresarial o profesional exigible a la empresa adjudicataria para ejecutar el contrato, distinta a la habilitación empresarial o profesional exigible, en su caso, en el momento de presentar oferta: NO.
39.2.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización: en su caso, las previstas cláusula 27.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
39.3.- Salvo que se realicen por vía electrónica (de conformidad con lo dispuesto en el Anexo xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares relativo a las “Instrucciones para la utilización del sistema de licitación y notificación y comunicación electrónicas”), las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2 b) TRLCSP o en el primer párrafo del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se comunicaran a los interesados a través de correo electrónico.
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO: NINGUNA.
42.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | Condicion es laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | |||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | |||||
Especificaciones técnicas | |||||
Criterios de valoración de las ofertas | |||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI | SI |