CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES
COLEGIO CAMPVS COLLEGE
En Santiago de Chile, a / / de 2022, entre Sociedad Educacional Campvs SpA. Sostenedora del Colegio Campvs College, representada por xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Cédula de Identidad N° 00.000.000-X, todos domiciliados en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx0000, Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx de esta ciudad, en adelante “El Colegio” por una parte y la otra, Don(ña)
, Cédula de Identidad N° ,
domiciliado(a) en
, comuna de
, en adelante "el(la) apoderado(a) económico", correo electrónico
, han convenido celebrar el siguiente "Contrato de Prestación de Servicios Educacionales", que es del siguiente tenor:
PRIMERO: RECONOCIMIENTO OFICIAL
Campvs College, es un Colegio particular pagado ubicado en Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xx0000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, que se encuentra reconocido oficialmente por el Estado según Resolución Exenta Nº 39.940, de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.
SEGUNDO: ESTUDIANTE A MATRICULAR
Nombre Alumno:
Run Alumno:
Curso Alumno:
Don(ña)
por el
presente acto matrícula a su hijo, o pupilo ya individualizado, para que durante el año escolar 2023 curse en el colegio, el nivel o grado que se especifica en cada caso.
TERCERO: MISIÓN DEL COLEGIO
Somos una institución educativa cuya misión es formar personas íntegras, conscientes del otro y de su entorno, desde los ámbitos formativo, académico y social.
Nuestra visión es ser un colegio reconocido por el desarrollo integral de nuestros estudiantes, destacando en ellos su formación valórica, académica y sentido de pertenencia, a través de funcionarios calificados y comprometidos, infraestructura de calidad e innovación tecnológica.
Somos personas formando personas, lo que implica que la formación que entregamos se sustenta en la calidad de la relación pedagógica para la internalización de los valores y actitudes del Proyecto Educativo Institucional.
En nuestra comunidad educativa, aspiramos a tener padres, madres y apoderados participativos con sus hijos e hijas, involucrados activamente en los espacios entregados y solicitados. También a contar con funcionarios comprometidos con el presente proyecto, a través de la participación y empoderamiento del rol asignado.
Buscamos que nuestros estudiantes disfruten del proceso de enseñanza aprendizaje y la experiencia que ello implica, sintiendo a la institución como una familia que los apoya y vela por su bienestar, siendo parte importante de su identidad.
Nuestro Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno Escolar, regulaciones internas y protocolos de actuación, reflejan los valores, principios y sellos educativos de nuestro proyecto educativo, todos los cuales dan un énfasis importante al valor de la convivencia escolar no solo entre los niños, niñas y jóvenes, sino también entre los adultos de la comunidad escolar; docentes, asistentes, padres y apoderados.
Los valores que guían el desarrollo pedagógico y formativo de Campvs College son la confianza, en el sentido de creer en sí y en el otro; respeto , como el reconocimiento de la dignidad del otro más allá de nuestras legítimas diferencias ; honestidad , de nuestras actuaciones que deberán ser rectas y honestas; solidaridad , como el sentido de justicia y el compromiso social; y responsabilidad , en el sentido de asumir sus decisiones, responder frente a sus actos, haciéndose cargo de sus consecuencias.
CUARTO: REGULACIÓN APLICABLE AL CONTRATO
El presente contrato se regirá por las normas de la Ley General de Educación, las Circulares N°s 482 y 860 del año 2018 y las N°s 587 y 559 del año 2020, de la Superintendencia de Educación y demás normativas que emanen del Ministerio de Educación o de la Superintendencia de Educación. Asimismo, forman parte del presente contrato; el Reglamento Interno Escolar y sus protocolos, así como el Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción vigentes, los que se entienden forman parte de este contrato y que los firmantes declaran conocer, adherir y aceptar, y que se encuentran publicados en el sitio web del colegio.
QUINTO: OBLIGACIONES DEL COLEGIO
1. Establecer y desarrollar su proyecto educativo con la autonomía que le garantiza el ordenamiento jurídico, difundir su contenido, dictar los reglamentos, regulaciones, protocolos, cumplirlos y hacerlos cumplir de conformidad con la normativa vigente.
2. Impartir el proceso de enseñanza-aprendizaje conforme a los planes y programas vigentes del Ministerio de Educación para el nivel indicado y por profesionales que posean Idoneidad Docente. No obstante, lo anterior, el servicio educacional podrá prestarse en la modalidad presencial, mixta o virtual, dependiendo de las indicaciones que entregue la autoridad sanitaria o educacional por razones de carácter sanitarias u otras similares.
3. Exigir de los docentes, el cumplimiento adecuado y oportuno de los planes y programas de estudio en aplicación y el Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción vigentes.
4. Difundir los protocolos, velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional, difundir normas de Convivencia, y demás reglamentos y regulaciones pertinentes para el buen funcionamiento de la institución.
5. Contar con la infraestructura adecuada que se requiera para el desarrollo del programa curricular, ya sea en aula, biblioteca y otros.
6. En la medida que las condiciones sanitarias lo permitan y según autoricen las autoridades de salud y educacionales y con las restricciones que se establezcan, impartir actividades extraprogramáticas deportivas, artísticas y de formación general, que sean coherentes con el Proyecto Educativo Institucional, así como talleres de reforzamiento o nivelación en casos determinados por la Dirección y de acuerdo con las necesidades presentadas por los estudiantes.
7. Apoyar y cuidar el desarrollo armónico de los estudiantes a través del Programa de Desarrollo Integral, Filosofía para niños y Orientación, todo lo anterior de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional y Planificación Estratégica Institucional del colegio.
8. Poner en conocimiento de las autoridades tanto administrativas como judiciales, de aquellos hechos que pudieran ser constitutivos de delitos o de vulneraciones a los derechos de nuestros estudiantes, de conformidad con lo que establecen nuestros protocolos de actuación y la normativa del organismo fiscalizador; la Superintendencia de Educación.
9. Informar periódicamente al apoderado sobre el estado del proceso educativo, rendimiento académico, así como del funcionamiento del colegio, todo lo anterior a través de los mecanismos establecidos por el colegio, de conformidad con se establece en el Capítulo sobre Regulaciones Técnico-Administrativas de Organización y Funcionamiento, del Reglamento Interno Escolar.
10. Recibir solicitudes de los padres, madres o apoderados, sugerencias, peticiones o denuncias, todo lo anterior utilizando siempre el conducto regular establecido en el capítulo indicado en el numeral anterior, siempre en una actitud de respeto mutuo y recíproco, consagrando el diálogo como la forma de resolver situaciones complejas.
SEXTO: OBLIGACIONES DE LOS APODERADOS
1. Conocer y Adherir al Proyecto Educativo Institucional de Campvs College, así como respetar su Reglamento Interno Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción, Normas de Convivencia y protocolos de actuación, políticas y directrices que el colegio publica en su sitio web xxx.xxxxxx.xx. Lo anterior se entiende así, por la firma del presente documento, aceptando desde ya los ajustes que el colegio deba incorporar a dichos documentos, si corresponden a una disposición o normativa entregada por la autoridad educacional o de salud respectiva, en cualquier momento del año escolar.
2. Apoyar y propiciar la participación de sus hijos e hijas en las asignaturas de Orientación, Filosofía para niños, Orientación Vocacional, así como en las Jornadas y/o salidas pedagógicas organizadas por el Departamento de Desarrollo Integral.
3. Asistir y participar activamente en reuniones, actividades/talleres padres e hijos, capacitaciones y charlas, entre otros, organizados por el Colegio, la Dirección o cualquier otro estamento de éste. En el caso de no poder asistir, se deberá enviar justificativo vía correo electrónico institucional, el día hábil siguiente a la cita y/o evento.
4. Asistir, participar y acatar los acuerdos planteados ya sea en reuniones generales o individuales convocadas por la Dirección del colegio, profesores y/o miembros del Departamento de Desarrollo Integral.
5. Favorecer las tareas educativas y formativas que, en beneficio del estudiante, conciba y desarrolle el colegio. Además, observar y ejecutar las indicaciones que con este objetivo emita el establecimiento, tanto por vía correo electrónico institucional, por comunicación a través de plataforma educativa y página web.
6. Completar la Ficha de Información del Estudiante que el colegio ha dispuesto para la adecuada atención de los niños, niñas y jóvenes, ante un accidente escolar o situación imprevista de salud, y mantenerla debidamente actualizada, muy particularmente en cuanto a las condiciones de salud de los estudiantes, los teléfonos y correos electrónicos de contacto para situaciones de emergencia.
7. Cumplir íntegra y oportunamente con los pagos de matrícula y escolaridad mensual en la forma y plazos fijados por el Colegio para el curso que corresponda a cada estudiante, de acuerdo con el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. De existir obligaciones financieras impagas con el colegio, éste se reserva el derecho de no renovar la matrícula para el año siguiente, salvo disposición legal en contrario.
8. Completar datos en anexo al presente contrato, sobre autorización para el uso de imágenes con fines educativos y formativos, consignando por escrito en el caso de rechazar esta autorización.
9. Asistir regularmente a entrevistas personales con profesores jefes (mínimo una vez por semestre), para tomar conocimiento de situación escolar del estudiante/hijo, asumir los compromisos y acuerdos que se generen en dichas instancias.
10. Mantenerse informado del rendimiento académico de los estudiantes, accediendo de manera sistemática a la página web, xxx.xxxxxx.xx, link SchoolNet, del colegio para mantenerse informado de las actividades institucionales programadas según Calendario Escolar Campvs College.
11. Xxxxxxx un trato respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa. En caso de que un apoderado vulnere gravemente lo anterior, la Dirección del colegio se reserva el derecho de solicitar
un cambio de apoderado, previa realización del procedimiento establecido en el Capítulo Normas sobre Convivencia Escolar, del Reglamento Interno Escolar, con pleno respeto al debido proceso.
12. Respetar rigurosamente la normativa de seguridad, salud e higiene que señalen las autoridades educacionales y de salud del país o que disponga el propio establecimiento educacional, para proteger la salud de nuestros estudiantes y del resto de la comunidad escolar, muy particularmente para prevenir la propagación de enfermedades infectocontagiosas.
13. Adquirir para sus hijos los elementos de protección personal, tales como mascarillas, protectores faciales u otros que se determinen e informen oportunamente.
SÉPTIMO: DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE
Todos los niños, niñas y adolescentes, gozan de los mismos derechos y deberes. Lo anterior, teniendo en particular consideración, el principio de autonomía progresiva del niño o de la niña o adolescente, según su edad y etapa de desarrollo:
Los estudiantes tienen derecho a:
1. Recibir una educación de calidad, que asegure el pleno desarrollo de sus capacidades intelectuales y a una formación valórica, concordante con los valores expresados en nuestro Proyecto Educativo Institucional.
2. Recibir un trato digno, respetuoso y no discriminatorio en el proceso de admisión y durante su trayectoria educativa, cualquiera sea la causa de dicho trato diferenciado: origen familiar; raza; identidad de género u orientación sexual; nivel socioeconómico o cultural; opiniones políticas; opciones religiosas, discapacidad física o mental, cualquiera sea su naturaleza u origen, necesidades educativas especiales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, transitoria o permanente.
3. Ser respetado en su derecho a expresar sus convicciones religiosas, xxxxxxx, ideológicas o políticas, con pleno respeto a los otros miembros de la comunidad.
4. Que sea respetada su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.
5. Recibir orientación y apoyo académico para conseguir el máximo desarrollo personal, según sus capacidades, necesidades, aspiraciones e intereses y necesidades educativas transitorias.
6. Recibir una clase debidamente preparada por parte de sus profesores de asignatura. Contar con una jornada de trabajo acorde a su edad y planificada de manera de potenciar sus aprendizajes.
7. Los estudiantes tienen derecho a que su rendimiento académico sea evaluado de manera justa y objetiva, debiendo conocer previamente cuáles serán los criterios con los que se evaluarán los objetivos de aprendizaje, ya sean evaluaciones escritas, orales, trabajos de investigación u otros.
8. Estudiar y desarrollar sus actividades en un ambiente seguro e higiénico, de acuerdo con lo que se establece en el Capítulo sobre Regulaciones en el ámbito de la Seguridad del Reglamento Interno Escolar.
9. Participar, elegir y ser elegido, en el Centro de Alumnos del colegio, mediante sufragio directo y secreto, a sus representantes y delegados de curso, en los términos establecidos en los correspondientes reglamentos de los centros, así como en otras actividades, o iniciativas de las que quiera ser parte el estudiante, siempre que se ajusten a los valores del PEI del colegio.
10. Contar con un apoderado, mayor de 18 años que lo represente ante situaciones que ameriten acuerdos o toma de decisiones relacionadas con el quehacer del estudiante dentro del contexto escolar.
Son deberes del estudiante:
1. Respetar, comprometerse y adherir el PEI y al Reglamento Interno Escolar del establecimiento, conocer y respetar sus protocolos.
2. Tener un comportamiento de acuerdo a los valores del Proyecto Educativo Institucional, dentro y fuera del establecimiento.
3. Xxxxxxx un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa para crear un clima de sana convivencia y solidaridad, que favorezca la integración y el trabajo escolar.
4. Demostrar compromiso frente a las tareas, trabajo y otras asignaciones que le indiquen sus profesores, manteniendo un comportamiento respetuoso que favorezca el desarrollo de clases y otras actividades escolares dentro y fuera del colegio. Los valores del respeto por sus compañeros, docentes y asistentes deben plasmarse en la conducta cotidiana, ya sea en la modalidad presencial, virtual o mixta.
5. Actuar con honestidad frente a los trabajos y tareas que sus profesores les asignen.
6. Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; en la formación académica, valórica y espiritual.
7. Asistir a clases; cumplir el horario lectivo; seguir las orientaciones internas del colegio y asistir responsablemente a las citaciones emanadas de los diversos servicios que ofrece el colegio Psicopedagogía, Psicología, Orientación u otros. En caso de que las orientaciones sanitarias del país o las necesidades del establecimiento así lo dispongan, el servicio educacional se entregará en
modalidad en línea o híbrida y es obligación conectarse puntualmente a las clases que correspondan a su nivel.
8. Respetar y conservar la ubicación o puesto de trabajo dentro del aula que ha dispuesto el profesor a cargo, particularmente cuando existen razones de tipo formativo y/o de déficit atencional o dificultades auditivas y/o visuales.
9. Xxxxxx y mantener el orden y la limpieza de la sala de clases y de su puesto de trabajo durante toda la jornada escolar, procurando siempre trabajar en un ambiente limpio lo que genera condiciones para el aprendizaje.
10. Cuidar y mantener la limpieza y conservación del mobiliario escolar e infraestructura en general, como: luminarias, vidrios, ventanales, cortinas, y material didáctico asignado para el proceso de enseñanza aprendizaje. Todo daño que se cause, deberá ser reparado por los padres de los responsables.
11. Participar responsablemente, según la planificación que realice cada profesor jefe y las tutorías, para apoyar el quehacer pedagógico y reforzar la convivencia en el aula.
12. El cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes como destinatarios principales de los servicios que en virtud del presente contrato se convienen, se encuentran estipuladas en el Reglamento Interno Escolar, en cuanto a los apoyos para ellos, las normas, procedimientos, faltas y medidas.
13. Respetar rigurosamente la normativa de seguridad, salud e higiene que señalen las autoridades educacionales y de salud del país o que disponga el propio establecimiento educacional, para proteger su propia salud, la del resto de los estudiantes y de la comunidad escolar, muy particularmente para prevenir la propagación de enfermedades infectocontagiosas.
14. Usar los elementos de protección personal, tales como mascarillas, escudos faciales u otros que se disponga e informe oportunamente.
OCTAVO: OBLIGACIONES FINANCIERAS
1. El valor de la matrícula para el año escolar 2023, es de $ y la mensualidad del año escolar es de $ , estos valores no aplican descuentos.
Para los Apoderados de estudiantes que actualmente son alumnos regulares del colegio, la matrícula del año escolar 2023 que deben pagar, hasta el 1 de noviembre del año 2022, es de $ [ ].- y la mensualidad del año escolar 2023 es de $ [ ]. Estos descuentos para los apoderados antiguos, son aplicables hasta el 1 de noviembre, siempre que se encuentren al día en los pagos correspondientes al mes de noviembre del año 2022.
En caso de incurrir en xxxx o simple retardo, el descuento se perderá, procediendo a pagar las diferencias de matrícula y colegiatura a través de una forma a convenir con el Colegio.
2. Las sumas indicadas en el numeral anterior, no comprenden otros servicios que el colegio pueda entregar con acuerdo de los padres o apoderados, como son determinadas actividades extracurriculares, talleres, jornada extendida, transporte, servicios de alimentación, útiles o materiales escolares, etc., los que deberán ser pactados expresamente.
3. El Apoderado se obliga a pagar la colegiatura anual al contado o en 10 cuotas, garantizándolas con la entrega de 10 cheques, con fecha de vencimiento para los días 5, 15 o 30 de cada mes, a contar del mes xx xxxxx de cada año. Asimismo, la colegiatura podrá ser reajustada anualmente, reajuste que comenzará a regir desde el mes xx xxxxx del año escolar respectivo. El arancel anual, corresponde a una obligación del apoderado económico de pago de carácter indivisible, causada por el compromiso del Colegio de prestar el servicio educacional durante toda la extensión del contrato. Solo como mera liberalidad, la Institución permite además del pago en mensualidades, hasta en 10 (diez) cuotas iguales, mensuales y sucesivas a partir del mes xx xxxxx de cada año.
4. En caso xx xxxx o simple retardo en el pago de las cuotas señaladas, el apoderado, incurrirá en una multa de 3% por mes o fracción, la que será exigible desde que se incurra en ella.
5. Si la demora supera los 30 días, sin justificación previa comunicada al colegio, el apoderado autoriza expresa e irrevocablemente al establecimiento educacional para que en caso de simple retardo, xxxx o incumplimiento de las obligaciones de pago contraídas con el colegio, su nombre y antecedentes sean remitidos, informados, tratados y comunicados a terceros sin restricciones y a los servicios de información comercial, que se estimen procedentes de acuerdo a las normativa legal vigentes, para efecto, de realizar el proceso de cobranza respectivo.
6. El apoderado que posea cheques protestados tendrá como plazo de 5 días hábiles para aclarar y pagar el cheque protestado.
7. El apoderado que solicite prórroga de alguna colegiatura mensual, deberá realizarla con 5 días hábiles de anticipación, avisando a administración al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx y no podrán exceder del mes pactado.
8. Si iniciadas las clases, el estudiante es retirado sin motivo justificado, deberán ser canceladas las sumas correspondientes al año completo, reservándose el colegio su derecho a efectuar el cobro de la totalidad de los documentos aceptados.
9. Responder y cancelar los costos de reparación o reposición ocasionados por la pérdida y/o deterioro de libros, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario, ornamentación interna o externa y demás implementos de propiedad del colegio, ocasionados individualmente o por participación de su pupilo, así como cualquier otro daño causado por su hijo(a).
10. Toma conocimiento y acepta que cualquier eventual descuento o beneficio que se le hubiera concedido sobre el pago de matrícula o colegiatura, sólo será aplicable si el Apoderado cumple las fechas de pago estipuladas y en caso contrario no tendrá derecho a dicho descuento o beneficio.
NOVENO: DEL TÉRMINO DE CONTRATO
El presente contrato tendrá una vigencia anual, y podrá ser renovado al finalizar cada año lectivo, en las fechas y condiciones que el establecimiento determine:
Este contrato terminará por las siguientes causales:
1. Por retiro voluntario del estudiante, realizada por su apoderado.
2. Por acuerdo de las partes.
3. Si el apoderado no hubiere dado cumplimiento a sus compromisos económicos, el colegio podrá no renovar la matrícula para el año inmediatamente siguiente, salvo que una disposición legal establezca lo contrario para el respectivo año académico.
4. Si conforme al procedimiento contemplado en el Reglamento Interno Escolar del colegio, el estudiante ha sido sujeto de medidas disciplinarias que han provocado la marginación del establecimiento educacional para el año siguiente (no renovación de matrícula) o durante el año escolar en curso (expulsión).
5. Si el apoderado comunica su voluntad de poner término anticipado al contrato. La comunicación deberá efectuarse por carta certificada, y en este caso, el contrato se extinguirá el último día hábil del mes subsiguiente al del envío. Hasta que no ocurra el término o extinción del contrato, la obligación de pagar la mensualidad se encontrará vigente.
DÉCIMO: PROCEDENCIA DE LA DEVOLUCIÓN DE DINERO POR TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
1. Si el apoderado expresa su voluntad de dar término al presente contrato antes de iniciado el año escolar, deberá cancelar las mensualidades correspondientes a marzo y abril.
2. Si alguna de las partes expresa su voluntad de dar término al presente contrato durante el primer semestre, se debe informar con 60 días de anticipación al término del semestre correspondiente al 30 de julio, el apoderado deberá pagar hasta septiembre del año en curso y sólo se devolverá la colegiatura del segundo semestre de octubre a diciembre. El colegio tendrá un plazo de 30 días hábiles para realizar la devolución.
3. Si alguna de las partes expresa su voluntad de dar término al presente contrato durante el segundo semestre, no se devolverá suma alguna.
4. La matrícula no se devolverá en ninguna circunstancia.
5. En caso de viaje al extranjero por intercambio de estudios, el colegio no devolverá la colegiatura correspondiente. Igual criterio se aplicará por cierre anticipado del año escolar, por cualquier circunstancia, o en caso de que el estudiante esté autorizado a asistir solo a rendir pruebas, según Reglamento Interno Escolar.
DÉCIMO PRIMERO: SUSPENSIONES DE CLASES.
Conforme establece el Decreto Supremo N° 289 de Educación del Año 2010, que fija normas sobre calendario escolar, en situaciones excepcionales tales como catástrofes naturales, cortes de energía eléctrica, de agua u otras de fuerza mayor, los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación podrán autorizar la suspensión de clases.
Asimismo, frente a la suspensión de clases decretada por autoridad sanitaria, educacional u otra competente, por cualquier causa grave calificada por la misma autoridad, o ante la imposibilidad de realizarlas de manera presencial por grave alteración al orden público, razones sanitarias o de seguridad, así calificadas por la dirección del establecimiento que sea constitutiva de fuerza mayor, no se realizarán descuentos del arancel escolar, en ninguna circunstancia cualquiera sea la duración de dicha suspensión.
DÉCIMO SEGUNDO: TRANSPORTE ESCOLAR
Las partes declaran que es responsabilidad exclusiva del apoderado económico, el transporte desde el domicilio de origen al colegio y viceversa, declarando que el colegio aconseja la suscripción de un contrato de servicios de transporte , que el prestador se encuentre debidamente acreditado e inscrito en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares y que sean conducidos por personas certificadas, en virtud de la Xxx xxx Xxxxxxxx, Decreto N° 38, del 14 xx xxxxx de 1992, del Ministerio de Transportes, que reglamenta a los transportistas escolares y la Ley N° 19.831 del 9 de noviembre de 2002, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
DÉCIMO TERCERO: ALIMENTACIÓN DEL ESTUDIANTE
La alimentación de los estudiantes será provista directamente por los padres y apoderados, por lo que los estudiantes podrán llevar sus alimentos debidamente preparados en su casa y ser calentados en el casino del colegio, que ha sido dispuesto para que ellos puedan almorzar con comodidad. Se solicita a los padres priorizar una dieta saludable, evitando alimentos con sellos que indiquen altos niveles de calorías, grasas o azúcares.
En el colegio no se dispondrá de servicios de alimentación.
El colegio dispone de un quiosco que está regulado por el colegio en cuanto al tipo de alimentación y productos que expende.
Por razones de carácter sanitarias o de duración de la jornada escolar, el colegio podrá suspender la posibilidad que los estudiantes se alimenten al interior del colegio, lo que será informado de manera oportuna a la comunidad.
DÉCIMO CUARTO: DECLARACIONES
El apoderado económico que financiará la colegiatura, manifiesta que él o ella será también quien ejerza como apoderado académico del estudiante; es decir, quien asista a las reuniones; entrevistas; talleres, etc.
De no ser así; quien ejercerá como apoderado académico del estudiante será:
Nombre | |
Relación con el estudiante | |
Dirección | |
Teléfono(s | |
Correo electrónico |
DÉCIMO QUINTO: DURACIÓN CONTRATO
Se deja expresa constancia que el compromiso asumido por el apoderado económico es anual. Por lo tanto, en caso de retiro del o los estudiantes antes de finalizar el año escolar 2023, el apoderado se compromete al pago de la colegiatura en los casos y condiciones indicadas en las cláusulas respectivas.
DÉCIMO SEXTO: DOMICILIO
Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes señalan como domicilio convencional la comuna y ciudad de Santiago.
DÉCIMO SÉPTIMO: SUSCRIPCIÓN Y COPIAS
El presente contrato se firma en señal de aceptación, quedando la copia en poder del Colegio. El apoderado podrá solicitar una copia que le será enviada a través de correo electrónico, en un plazo de 5 días hábiles.
Santiago de Chile, ……………………..
APODERADO NOMBRE: RUT:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX DIRECTORA
CAMPVS COLLEGE