OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1. Responder por el pago de los impuestos nacionales y departamentales que cause el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. AMPARA EL REEMBOLSO DEL MONTO DE LAS OBLIGACIONES FINANCIERAS QUE EL ASEGURADO HAYA PAGADO COMO RESULTADO DE CUENTAS BANCARIAS ABIERTAS, TARJETAS DE CRÉDITO ADQUIRIDAS O CRÉDITOS TOMADOS A NOMBRE DEL ASEGURADO, SIN SU AUTORIZACIÓN Y, COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE LA SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. LA ARRENDATARIA deberá mantener durante la vigencia del presente Contrato, las siguientes obligaciones financieras, las cuales serán medidas en forma [semestral/trimestral] con Estados Financieros al [31 de Diciembre, 31 xx Xxxxx, 30 xx Xxxxx y 31 de Setiembre] de cada año, según corresponda, los que deberán ser presentados por LA ARRENDATARIA a LA LOCADORA acompañados del Certificado de Cumplimiento (según se define más adelante), de ser el caso:
OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1. Responder por el pago de los impuestos nacionales y distritales que cause la legalización y ejecución del contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1) Verificar, para la realización de cada pago derivado del contrato objeto de vigilancia, que el contratista se encuentra al día en pagos de aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los demás que haya lugar de acuerdo con su naturaleza jurídica.
OBLIGACIONES FINANCIERAS a. Verificar que el contrato y sus adiciones cuenten con certificado de disponibilidad presupuestal y registro presupuestal.
OBLIGACIONES FINANCIERAS a. Verificar junto con el interventor o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscri- birse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. 1. Hacer seguimiento a la gestión financiera del contrato, incluyendo la verificación de que está debidamente soportado con los recursos presupuestales requeridos, el registro presupuestal, la planeación de los pagos previstos y la disponibilidad de caja. Con ese propósito, deberá solicitar la programación en el PAC de acuerdo con las obligaciones de la Entidad en el contrato.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. Los gastos que demande la ejecución del presente Acuerdo serán analizados caso por caso y se enmarcarán en el sistema de gastos de cada Ministerio. Si acontecieren circunstancias fortuitas, imprevistas o de fuerza mayor, la responsabilidad por los gastos será determinada de común acuerdo por las Partes.
OBLIGACIONES FINANCIERAS. (a) Permitir que la Razón Consolidada de Apalancamiento sea superior a 3.50:1.00 en cualquier momento;