CONTRATO PRIVADO DE TRANSFERENCIA
CONTRATO XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX
XX XXXXXXXX XX XXXX XX XXXXXXX
Xxxxxx por el presente documento privado de CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE POSESIÓN DE LOTE DE TERRENO, que celebran de una parte xxx XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, identificado con DNI. Nº 00000000 de nacionalidad peruano, de ocupación Policía, con domicilio real en la Xxxxx Xxxxxxx 000 X xxx xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Arequipa, a quien en adelante se le denominará EL TRANSFERENTE; y de la otra parte xxxx XXXX PAJA XXXXXXX, identificado con DNI. Nº 00000000, de nacionalidad peruana, de ocupación comerciante, domiciliada en Xxxxxx Xxxxxx E-14 Zona A Pampas xx Xxxxxxx del distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, a quien en adelante se le denominará LA ADQUIRENTE, según los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
PRIMERA: EL TRANSFERENTE, es posesionario del Lote de Terreno ubicado en la ASOCIACIÓN URBANIZADORA PERUANO – ARGENTINO - BOLIVIANO
(PERUARBO), XXXX X Xxxx Xxx. 00 XX X0, xxx xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Arequipa, el cual tiene un área aproximado de 200 m2 (DOSCIENTOS METROS CUADRADOS), cuyos linderos y medidas perimétricas son: Por el frente con la Avenida Nro. 5 con 10 m.l.
Por el costado derecho entrando con el Lote Nro. 5 con 20 m.l. Por el costado izquierdo entrando con el Lote Nro. 3 con 20 m.l. Por el fondo con el Lote Nro. 06 con 10 m.l.
SEGUNDA: EL TRANSFERENTE, ha adquirido la posesión en mérito a la sucesión intestada otorgado por Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx conforme consta en la Partida Registral Nro. 11296691 del Registro de Testamentos y Sucesiones Intestadas de la SUNARP Arequipa.
TERCERA: EL TRANSFERENTE otorga la posesión del lote de terreno descrito en la cláusula primera a favor de LA ADQUIRENTE; comprendiendo además del área señalada, todos los derechos inherentes a la propiedad como son: usos y costumbres, suelos, subsuelos, aires, servidumbres, entradas, salidas, mejoras; y todo cuanto de hecho y por derecho le corresponda, sin reserva ni limitación alguna.
CUARTA: El precio de venta pactado por las partes de común acuerdo es de S/. 30,000.00 (TREINTA MIL con 00/100 NUEVOS SOLES) los que han sido cancelados en 02 depósitos en la Cuenta Nro. 000-00000000-0-00 del Banco de Crédito del ¨Perú conforme a los Xxxxxxx adjuntos con Nro. de Operación 0904354 por S/. 10,000.00 y Nro.0540686 por S/.20,000.00 respectivamente, los mismos que son de pleno
conocimiento y conformidad de EL TRANSFERENTE a la suscripción del presente contrato, sin más constancia de su entrega que las firmas puestas por las partes al final del presente acto jurídico, por cuanto EL TRANSFERENTE no tienen nada que reclamar al respecto.
QUINTA: Ambas partes declaran que sobre el lote de terreno que se transfiere y el precio de venta existe la más justa y perfecta equivalencia y que de existir alguna diferencia que al momento no advierten se hacen de ella mutua gracia y recíproca donación, renunciando desde ya a toda acción que pretenda invalidar los efectos del presente contrato, así como los plazos legales para interponerlas.
SEXTA: EL TRANSFERENTE declara que sobre el lote de terreno que se transfiere no pesa ninguna hipoteca, carga, gravamen, medida judicial o extrajudicial que afecte o limita su derecho de libre disposición, obligándose en todo caso a la evicción y saneamiento de acuerdo x xxx.
SÉTIMA: Los otorgantes declaran su conformidad con el contenido de todas las cláusulas del presente contrato, declarando que no existe error, dolo, violencia, intimidación ni ningún vicio de la voluntad que haga nulo o anulable el presente contrato.
OCTAVA: EL ADQUIRENTE tomará posesión del lote de terreno materia de transferencia a la firma del presente documento, lo que EL TRANSFERENTE acepta y hace entrega del bien materia de transferencia.
NOVENA: En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás normas del sistema jurídico que resulten aplicables, así como del estatuto de la asociación.
En señal de conformidad en pleno uso de sus derechos civiles ambas partes firman e imprimen sus huellas digitales, para darle mayor veracidad y fuerza legal; a los doce días del mes xx xxxx del dos mil quince.
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XXXXXXX XXXXXXX VALENCIA XXXX PAJA XXXXXXX
DNI. Nº 00000000 DNI. Nº 00000000
PARA NO TENER PROBLEMAS ES NECESARIO AGREGAR LO SIGUIENTE:
1. Que, dice el Estatuto respecto al cambio de posesionarío, debe o no comunicarse a la directiva.
2. Debe precisarse en un considerando que el terreno ha sido partido en 2 de una ficha registral, y el lote denominado N° 1 le corresponde a,,,,,,,,,,, y el lote denominado N° 2 corresponde a ,,,,,,,,,,; cuya formalización oportuna de independización será a cargo del comprador, (resumir lo que dice el documento)