CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE <<PROVEEDOR1>>, (EN LO SUCESIVO EL PROVEEDOR), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR
FOLIO
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE <<PROVEEDOR1>>, (EN LO SUCESIVO EL PROVEEDOR), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR
Y, POR LA OTRA PARTE,
(EN LO SUCESIVO EL CLIENTE), CONFORME A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
1. EL PROVEEDOR declara a través de su representante que:
a) Es una sociedad constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos según consta en la escritura pública No. de fecha de de , otorgada ante la fe del Lic. ., Notario Público Nº , México, Distrito Federal.
b) Su representante legal cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Contrato, según lo acredita con la escritura pública Nº de fecha de de .
c) (En su caso) Que es una persona física con capacidad para celebrar el presente Contrato.
d) Su Registro Federal de Contribuyentes es el <<Datos de la solicitud.RFC Proveedor>>
e) Domicilio <<Domicilio de la negociacion.Direccion>>
f) Teléfono:
2. EL CLIENTE declara que:
a) Es una persona física con capacidad suficiente para la celebración de este Contrato.
b) Su número de teléfono es .
c) Con anterioridad a la celebración de este Contrato el PROVEEDOR puso a su disposición la información sobre las características de los materiales, precios, forma de pago, costos y tiempos de entrega.
d) Es su voluntad celebrar el presente Contrato.
e) Domicilio
Expuesto lo anterior, el PROVEEDOR y el CLIENTE celebran el presente Contrato de Compraventa de Materiales para la Construcción conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
1. DE LA COMPRAVENTA
1.1 En este acto el PROVEEDOR vende y el CLIENTE compra los materiales de construcción consistentes en los pisos y/o recubrimientos xx xxxxxx (en lo sucesivo los “materiales”) que se especifican a continuación:
Denominación y marca: | Precio desglosado | $ |
Tipo y/o calidad: | Precio material | $ |
Cantidad o volumen | Gastos de entrega y transporte | $ |
Dimensiones | $ | |
Color / Especie | ||
I V A | $ | |
PRECIO T O T A L | $ |
No se venden materiales usados o reconstruidos.
Asimismo el PROVEEDOR se obliga a Informar previamente al consumidor respecto de los materiales que de conformidad con la legislación aplicable se consideran potencialmente peligrosos para su salud o sean lesivas para el medio ambiente o sea previsible su peligrosidad. En estos casos el proveedor debe incluir un instructivo que advierta sobre las características nocivas y explique con claridad el uso o destino recomendado y los posibles efectos de su uso, aplicación o destino fuera de los lineamientos recomendados.
1.2 El precio de los MATERIALES es la cantidad de $ ( PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que el CLIENTE entrega al PROVEEDOR a la firma de este contrato mediante el cheque número del Banco o en efectivo ó deposito bancario a la cuenta del proveedor No. del Banco .
En caso de que la operación sea a crédito pagará un anticipo de $ M. N., a la firma del presente contrato y el saldo el día: .
Por su parte, el PROVEEDOR entrega al CLIENTE la factura correspondiente misma que describe los MATERIALES y cumple con los requisitos que establece la legislación fiscal aplicable.
1.3 El PROVEEDOR entregará al CLIENTE LOS materiales el día de de en el siguiente
horario , en la dirección que indica el cliente.
.
Contra la entrega de los MATERIALES el CLIENTE o quien designe deberá firmar la “Constancia de Conocimiento y Recepción” que se acompaña como Anexo 1 al presente Contrato.
Desde ahora el PROVEEDOR recomienda al CLIENTE que antes de firmar de conformidad la citada “Constancia de Conocimiento y Recepción”, revise los MATERIALES y se cerciore de que se trata de los MATERIALES contratados y especificados en el presente contrato y en la factura correspondiente.
1.4 El riesgo de la pérdida o menoscabo de los MATERIALES será del CLIENTE a partir de la fecha de firma de la multicitada “Constancia de Conocimiento y Recepción”.
1.5 Los gastos por concepto de entrega y transporte de los MATERIALES serán pactados de común acuerdo con el CLIENTE y cuyo costo se indicara en la cláusula 1.1 del presente contrato.
Sin embargo, si el CLIENTE no recibe los MATERIALES en la fecha señalada por causas que le sean imputables, el CLIENTE deberá pagar al PROVEEDOR la suma de $
( PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), más el
respectivo Impuesto al Valor Agregado, por concepto de gastos de entrega y transporte del reenvío de los MATERIALES.
1.6 El PROVEEDOR responderá por los defectos o vicios ocultos de los MATERIALES que los hagan impropios para los usos a que habitualmente se destinan o que disminuyan su calidad o la posibilidad de su uso.
1.7. Los bienes objeto de la compraventa tienen la garantía otorgada por los fabricantes, la cual no será inferior a 60 días, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, para lo cual el PROVEEDOR se la documentara al CLIENTE. La recepción y almacenamiento, de estos materiales deberán estar libres de humedad y polvo. Toda reclamación dentro del término de garantía deberá ser realizada directamente en el establecimiento del PROVEEDOR, presentando la factura correspondiente.
Para la atención de quejas y reclamaciones el cliente deberá acudir al domicilio del proveedor los días y con el siguiente horario .
1.8. El PROVEEDOR se hace responsable de los daños materiales que con motivo de la entrega de los MATERIALES se pudieran ocasionar en los bienes del CLIENTE, siempre que estos le sean imputables, en el entendido que los materiales se entregan a pie de camión.
2. ESTIPULACIONES GENERALES
2.1 El incumplimiento imputable a cualquiera de las partes de las obligaciones contenidas en este Contrato, dará derecho a la parte inocente de solicitar la rescisión del contrato de conformidad con los artículos 70 y 71 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que establecen lo siguiente:
ARTÍCULO 70.- En los casos de compraventa a plazos de bienes muebles o inmuebles a que se refiere esta ley, si se rescinde el contrato, vendedor y comprador deben restituirse mutuamente las prestaciones que se hubieren hecho. El vendedor que hubiera entregado la cosa tendrá derecho a exigir por el uso de ella el pago de un alquiler o renta y, en su caso, una compensación por el demérito que haya sufrido el bien.
El comprador que haya pagado parte del precio tiene derecho a recibir los intereses computados conforme a la tasa que, en su caso, se haya aplicado a su pago.
ARTICULO 71.- En los casos de operaciones en que el precio deba cubrirse en exhibiciones periódicas, cuando se haya pagado más de la tercera parte del precio o del número total de los pagos convenidos y el proveedor exija la rescisión o cumplimiento del contrato por xxxx, el consumidor tendrá derecho a optar por la rescisión en los términos del artículo anterior o por el pago del adeudo vencido más las prestaciones que legalmente procedan. Los pagos que realice el consumidor, aún en forma extemporánea y que sean aceptados por el proveedor, liberan a aquél de las obligaciones inherentes a dichos pagos.
2.2 Las partes se obligan a no ceder o transferir a terceros en forma alguna los derechos y obligaciones que se derivan de este Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra
parte, cuya respuesta deberá darse en un término de 10 días hábiles, en caso de no haber respuesta en dicho plazo se tendrá por aceptado.
2.3 Se establece como pena convencional por el incumplimiento de cualesquiera de las partes, el 10% del valor total de la presente compraventa.
2.4 Ninguna de las partes será responsable de cualquier retraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones asumidas bajo el presente Contrato, originado por caso fortuito o fuerza mayor.
2.5. El presente contrato se encuentra de conformidad con lo establecido por los artículos 85, 86 y 87 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y cumple con la Norma Oficial Mexicana NOM-135- SCFI-2006, “PRACTICAS COMERCIALES –REQUISITOS DE INFORMACIÓN EN LA VENTA DE MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN”, publicada en le Diario Oficial de la Federación con fecha 28 xx Xxxxx del 2006, la cual se tiene aquí por reproducida como si a la letra se insertara”.
2.6 Para todo lo relacionado con el presente Contrato las partes señalan como sus domicilios convencionales los siguientes:
EL CLIENTE
EL PROVEEDOR
Todos los avisos, reportes y notificaciones que las partes se deban dar con motivo de este Contrato se entregarán personalmente o se harán por correo certificado con acuse de recibo a los domicilios arriba mencionados, o a cualquier otro domicilio que las partes señalen con posterioridad en forma fehaciente.
2.7 La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de , renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
El modelo del presente contrato de adhesión fue registrado en el Registro Público de Contrato de Adhesión de la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el Número <<Asignacion numero de registro.Numero de registro>> de fecha <<Asignacion numero de registro.Fecha del registro_F3>>.
Cualquier variación del presente contrato en perjuicio del cliente, frente al contrato de adhesión registrado se tendrá por no puesta.
El presente contrato se firma por duplicado en el de del
EL CLIENTE | EL PROVEEDOR |