DE LA COMPRAVENTA Cláusulas de Ejemplo

DE LA COMPRAVENTA. “EL VENDEDOR” vende a “EL COMPRADOR” quien adquiere el Inmueble que en lo sucesivo será denominado el Inmueble, descrito en el “Anexo A” que tendrá las características técnicas de seguridad y de los materiales, así como las características de la estructura, de las instalaciones y acabados especificadas en el citado “Anexo A”. Esta es una compraventa con la modalidad de Preventa con Xxxxxxxx, por virtud de la cual “EL VENDEDOR” se obliga a construir el referido inmueble y transferir su propiedad a “EL COMPRADOR”, quien acuerda pagar el precio mediante un anticipo y demás pagos, en los términos del presente instrumento. “LAS PARTES” convienen en que los demás elementos indicados en el “Anexo A” podrán ser entregados por “EL VENDEDOR” a “EL COMPRADOR” en los mismos términos indicados en dicho anexo o con bienes de la misma calidad y especie. Independientemente de las especificaciones descritas en el “Anexo A”, “EL VENDEDOR” se compromete a entregarle a “EL COMPRADOR”, a más tardar dentro de los días posteriores a la entrega de la vivienda, los siguientes beneficios adicionales: - - -
DE LA COMPRAVENTA. “EL VENDEDOR” vende a “EL COMPRADOR” quien adquiere el Inmueble que en lo sucesivo será denominado el Inmueble, descrito en el “Anexo A” que tiene las características técnicas de seguridad y de los materiales, así como las características de la estructura, de las instalaciones y acabados especificados en el citado “Anexo A”. “LAS PARTES” convienen en que los demás elementos indicados en el “Anexo A” podrán ser entregados por “EL VENDEDOR” a “EL COMPRADOR” en los mismos términos indicados en dicho anexo o con bienes de la misma calidad y especie. En caso de que EL INMUEBLE cuente con servicios adicionales, los cuales son opcionales a solicitud de “EL COMPRADOR”, los mismos se especificarán en el “Anexo B”, de este contrato.
DE LA COMPRAVENTA. Art. 1732.- Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio. - CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. - CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1454, 1455, 1456, 1457,
DE LA COMPRAVENTA. Artículo 1.- La Compraventa: LA VENDEDORA por medio del presente contrato vende, cede y transfiere, a favor de EL COMPRADOR quien acepta, el Inmueble que se describe a continuación (en lo adelante el “Inmueble”):
DE LA COMPRAVENTA. El Vendedor vende y el Comprador compra la mercadería identificada como [descripción de la o las mercaderías vendidas].
DE LA COMPRAVENTA. 1.1 En este acto el PROVEEDOR vende y el CLIENTE compra los materiales de construcción consistentes en los pisos y/o recubrimientos xx xxxxxx (en lo sucesivo los “materiales”) que se especifican a continuación:
DE LA COMPRAVENTA. Art. 1732.- Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio. Concordancias: CODIGO CIVIL (LIBRO II), Arts. 718 CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 1454, 1455, 1456, 1457, 1564 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, CODIFICACION, Arts. 61 Jurisprudencia: CONTRATO DE COMPRAVENTA, Gaceta Judicial 19, 1893 CONTRATO DE COMPRAVENTA, Gaceta Judicial 56, 1931 ERROR EN CONTRATO DE COMPRAVENTA, Gaceta Judicial 156, 1938
DE LA COMPRAVENTA. Arto. 341.- Serán mercantiles las compraventas a las que este Código da tal carácter y todas las que se hagan de bienes muebles con el objeto directo y preferente de traficar, esto es, de revenderlos o alquilar su uso. (Artos. 55 No. 4,161 CC.; 2561 C.; B.J. -1226, 15362)
DE LA COMPRAVENTA. Artículo 1.- La Compraventa: LA VENDEDORA por medio del presente contrato vende, cede y transfiere, a favor de EL COMPRADOR quien acepta, el Inmueble que se describe a continuación (en lo adelante el “Inmueble”): ‘’DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE “ Párrafo: Las partes reconocen que el certificado de título correspondiente al inmueble arriba descrito se encuentra en proceso de obtención por LA VENDEDORA, que a su vez se compromete a entregarlo a EL BANCO en un plazo no mayor de doce (12) meses calendario.