REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY ADMINISTRACIÓN DE FERROCARRILES DEL ESTADO GERENCIA DE ADQUISICIONES PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
L.A 4/19 RENOVACION DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS TALLER GENERAL – PEÑAROL 2
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
ADMINISTRACIÓN DE FERROCARRILES DEL ESTADO
GERENCIA DE ADQUISICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 4/19
RENOVACION DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS TALLER GENERAL - PEÑAROL
PLAZA
APERTURA DE OFERTAS: 06/06/2019 HORA: 14.00
DEPÓSITO DE GARANTÍA: en Tesorería, Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxx 000 (Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx) lunes a viernes de 10: 30 a 14:30 horas.
RECEPCIÓN DE OFERTAS: en Gerencia de Adquisiciones, Departamento de Licitaciones, Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxx 000, hasta la hora fijada para la apertura de ofertas.
PRECIO XXX XXXXXX: $ 3.000.- (IVA INCLUIDO)
ÍNDICE
2 DEFINICIONES Y GLOSARIO……………………………………………………………………………………………….3
3 PLAZO DE CONTRATACIÓN………………………………………………………………………………………………..3
4 DISPOSICIONES GENERALES……………………………………………………………………………………………….4
5 VISITA A LA RED…………………………………………………………………………………………………………………5
6 PROPUESTA……………………………………………………………………………………………………………………….5
7 GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA……………………………………………………………………10
9 PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS 11
13 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 14
15 CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES SOBRE DISPOSICIONES LABORALES. 16
16 INCUMPLIMIENTO…………………………………………………………………………………………………………..18
17 MULTAS. 18
18 DAÑOS A PERSONAS O BIENES. 19
19 VARIACIONES EN LOS IMPUESTOS Y LEYES SOCIALES 19
21 ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS 19
1OBJETO Y ALCANCE
El objeto de contratación al que refiere la presente especificación corresponde a los servicios instalación y montaje asociados a la Renovación de las Instalaciones Eléctricas del Taller General en Peñarol.
En el Anexo I “Renovación Instalaciones Eléctricas Taller General” – Fase I- se incluye una descripción de las condiciones técnicas y operativas para la Contratación de las obras y suministros referentes a la ejecución del objeto de este llamado.
En el Anexo II se detalla la “Especificación técnica para el suministro de materiales IIEE” para realizar la obra objeto de este llamado.
2 DEFINICIONES Y GLOSARIO.
a) Reglamento de Baja Tensión de UTE (RGBT): Es la norma de obligado cumplimiento y será aplicado a modo de contralor por la OdeC.
b) Instalaciones Eléctricas (IIEE): Hace referencia a los sistemas detallados en la definición fundamental del Anexo I.
c) Circuito de Puesta a Tierra (PAT): Circuito de protección de la Instalación.
d) Oficina de Control (OdeC): Es el órgano que representará a la Administración en lo que hace la gestión del contrato.
e) Representante Técnico (RT): Es el representante del Adjudicatario en lo que hace la gestión del contrato.
f) Fuerza Motriz o Corrientes Fuertes (FEM): Refiere a las IIEE asociadas a corrientes fuertes como ser alimentación de máquinas, tomas en tableros y conductores de alimentación entre otros.
g) Corrientes Débiles o Telecomunicaciones: Refiere a las IIEE asociadas a elementos de Transmisión de Datos.
3PLAZOS
3.1 – Los plazos serán los siguientes;
a) Hasta 15 días desde la emisión de la OC o firma del contrato para la entrega del proyecto ejecutivo.
b) Hasta 30 días para finalizar los montajes.
c) Hasta 10 días para la realización de los ensayos.
Plazo total de la obra hasta 75 días
3.2 - Estando en vigencia el contrato, A.F.E. se reserva el derecho, de acuerdo a sus necesidades, de aumentar o disminuir las prestaciones objeto del contrato hasta un máximo de hasta 20% o un mínimo de hasta 10% de su valor original respectivamente - TOCAF Art. 74
4 DISPOSICIONES GENERALES
4.1 Normas vigentes.
Además de las condiciones contenidas en este Pliego, que definen aquellas disposiciones expresamente permitidas por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales y las normas nacionales en vigencia, rigen los requerimientos indicadas en el siguiente orden de prelación:
Los Anexos y sus Complementos que componen en forma integral este Pliego.
Las memorias Descriptivas, planos, dibujos, croquis, muestras y todo otro elemento que se mencione en este Pliego.
Las comunicaciones y circulares que la Administración curse informando sobre aclaraciones y modificaciones del presente Xxxxxx.
4.2 Comunicaciones
Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a la Gerencia de Adquisiciones, Departamento de Licitaciones, sita en Av. Xxxxxxx Nº 1921 Of.806, o por medio del correo electrónico: xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx , acorde con lo establecido en el Art. 1.4 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Solicitud de prórroga y/o aclaraciones sobre el llamado
Los eventuales oferentes siempre que hayan adquirido los Pliegos de Condiciones, podrán solicitar por escrito a la Gerencia de Adquisiciones, Departamento de Licitaciones de A.F.E., Xxxx. Xxxxxxx 0000 Xx. 000 o por intermedio del correo electrónico: xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx , prórroga de fecha de apertura de ofertas y/o aclaraciones sobre el llamado dentro de la primera mitad del plazo que transcurra entre la convocatoria del llamado y la fecha que establezca el Pliego para la Apertura de la Licitación, las que serán resueltas por la Administración según su exclusiva conveniencia.
Es reserva privativa de la Administración otorgar prorroga o dejar sin efecto el llamado en cualquier momento.
En los casos de prórroga de la apertura, la Administración procederá a publicar la nueva fecha en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales y en su caso se comunicara personalmente a quienes hayan adquirido pliegos.
Las consultas deberán ser específicas y serán evacuadas por A.F.E, con notificación a todos los adquirentes de Pliegos dentro del término que media a partir de la segunda mitad del plazo entre la convocatoria y hasta cuarenta y ocho horas antes de la apertura.
En los casos en que A.F.E. lo considere conveniente, de acuerdo a la naturaleza del llamado se podrá optar por convocar a una reunión en la que se evacuarán las aclaraciones que se formulen. A dicha reunión se invitará a todos los posibles oferentes que hubieren adquirido pliegos.
De lo actuado se labrará acta la que será firmada por quienes asistan al acto y la misma formará parte xxx Xxxxxx. En caso que A.F.E., por la complejidad de la consulta no pueda evacuar la misma en dicha oportunidad, la contestará por escrito en el término de 48 horas, comunicándola a los posibles oferentes.
Vencido el término indicado, no se proporcionarán más datos aclaratorios.
Sin perjuicio de lo expuesto, A.F.E. podrá evacuar consultas formuladas fuera del plazo o acceder a prórrogas solicitadas, las que serán comunicadas a todos los adquirientes de pliegos.
5VISITA A LOS TALLERES
El proponente debe visitar e inspeccionar los lugares donde se llevarán a cabo los trabajos, antes de formular su oferta, con el fin de ampliar detalles o salvar cualquier duda.
A tales efectos, se deberá coordinar con Gerencia de Comunicaciones la correspondiente visita e inspección en concurrencia con personal técnico de A.F.E. Finalizada la misma se entregará un certificado de asistencia.
Se publicará y coordinara la fecha de visita en la web de AFE o en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
No es necesaria la adquisición xxx xxxxxx a los efectos de realizar la visita.
Es motivo de rechazo de oferta que el oferente no haya asistido a la visita indicada, debiendo entregar el certificado de asistencia junto con la propuesta.
6PROPUESTA.
6.1 – Redacción y Presentación
Las propuestas se redactarán en idioma castellano. Se podrán presentar folletos, catálogos, los mismos si estuvieran en idioma extranjero, se deberá presentar traducidos al castellano. En caso de contradicción entre lo expuesto en idioma castellano y en idioma extranjero, primará lo señalado en idioma castellano.
La propuesta deberá presentarse en un único sobre.
Toda la documentación se presentará en original y dos (2) copias, con sus fojas escritas a máquina y foliadas, y será firmada por el oferente o su representante acreditado mediante poder, certificado notarial o testimonio de los mismos. Los poderes provenientes del extranjero deberán ser legalizados y protocolizados de acuerdo a las disposiciones nacionales vigentes.
Solamente, el/los oferente/s que resulten Adjudicatario/s tendrá/n la obligación de presentar la documentación notarial mencionada en el párrafo anterior, dentro del plazo establecido por la Administración al momento de la notificación del acto administrativo ad – referéndum de la intervención preventiva de legalidad.
El sobre deberá indicar en su exterior:
Nombre, domicilio, teléfono, fax del oferente y correo electrónico.
Nombre del llamado y número de Licitación.
Las ofertas deberán establecer expresamente que cumplen con los pliegos, anexo, complementos y comunicación si estas últimas existieren.
Podrán entregarse personalmente en la Gerencia de Adquisiciones, Departamento de Licitaciones de A.F.E., Xx. Xxxxxxx Xx 0000 Xx. 000, enviarse por correo a la citada dirección, por el Fax 0000 00 00 o por correo electrónico xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, no siendo válidas si no llegasen antes de la hora fijada para el acto de apertura y siempre que se haya cumplido con las exigencias establecidas para ello.
6.2. Contenido de la Propuesta.
La propuesta presentada por los oferentes deberá contener como mínimo los siguientes contenidos:
6.2.1 Formulario de cotización.
Como adjunto al presente Pliego Particular, se incluye el formulario de cotización en el complemento C2 del Anexo 1, el cual obligatoriamente deberán utilizar los oferentes para declarar los precios. En caso de no presentar este formulario la oferta no podrá ser tenida en cuenta.
Ello sin perjuicio, de la información complementaria que dese agregar el Oferente a los efectos ampliar el contenido de la Oferta.
En relación con la constitución y naturaleza jurídica de la Empresa, Consorcio o promesa de Xxxxxxxxx proponente, se debe incluir una copia de los estatutos o documentos constitutivos respectivos y de sus modificaciones. Deberá acreditarse, además, si la Empresa es filial o subsidiaria de cualquier otra.
En el caso de Consorcios deberá indicarse el nombre de cada una de las firmas integrantes, con copia del Contrato constitutivo de las Empresas consorciadas o a consorciarse y del Contrato de Consorcio o Compromiso de Consorcio otorgado donde conste que para el caso de resultar Adjudicatario se obligan especialmente a adecuar el mismo a las exigencias de los artículos 501 a 509 y concordantes de la Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989.
En caso de consorcios las empresas deberán obligarse indivisible y solidariamente entre sí y en relación con la Administración contratante por todas las obligaciones emergentes de la contratación, tanto en el compromiso de consorcio como en el contrato definitivo. Asimismo, deberán establecerse preceptivamente los porcentajes de participación de cada uno de los integrantes.
Si la sociedad o sociedades fueran extranjeras, una vez notificada la adjudicación deberán dar cumplimiento a la Ley 16.497 de 15 xx xxxxx de 1994 (Registro Nacional de Representante de Firmas Extranjeras).
Las Firmas Proponentes deberán indicar los nombres de los titulares que lo componen en caso de ser sociedades personales o de sus representantes autorizados, en caso de ser sociedades anónimas. Las sociedades anónimas deberán agregar la nómina de los integrantes de los Directorios.
Solamente, el/los oferente/s que resulten Adjudicatario/s tendrá/n la obligación de presentar la documentación notarial necesaria para acreditar los antecedentes legales descriptos en esta cláusula. Asimismo, la/s documentación/es provenientes del extranjero deberán ser legalizados y protocolizados de acuerdo a las disposiciones nacionales vigentes. La presentación de los referidos documentos deberá realizarse dentro del plazo establecido por la Administración al momento de la notificación del acto administrativo ad – referéndum de la intervención preventiva de legalidad.
Si se presentaran Sociedades Anónimas o de otra naturaleza, integradas por otras empresas o sociedades, la presentación de la documentación e información, así como la evaluación de esa información, se realizará por parte de la Administración de la misma forma que las sociedades que integran los consorcios.
6.2.3 Antecedentes Técnicos de la Empresa
La Administración evaluará los Antecedentes Técnicos de cada Oferente conforme a los requisitos establecidos en los requerimientos mínimos que se indican en el listado que se incluye a continuación.
En caso de que el Oferente proponga la ejecución de un paquete de tareas a un subcontrato, la Administración aplicará estos mismos criterios de evaluación a los sub-contratos propuestos. Para lo cual se presentarán en la oferta los antecedentes de cada uno de los subcontratos junto con una nota de compromiso de participación de estos Sub Contratistas en el llamado en cuestión.
Los Antecedentes Técnicos, de un oferente o de un sub-contrato propuesto, podrán ser validados entre empresas del mismo grupo económico siempre y cuando, la casa matriz emita una nota de compromiso solidario para la ejecución del contrato objeto del llamado en caso de adjudicación.
Todas las notas y compromisos requeridos para validar Antecedentes Técnicos a través de sub-contratos y/o o transferencia de capacidades con casa matriz, deberán estar signadas tanto por el Responsable Técnico así como por el Responsable Legal de las empresas en las que reside la capacidad.
A - El oferente deberá presentar sus antecedentes técnicos los cuales serán evaluados por la Administración en la etapa de estudio de ofertas. Como requisito excluyente de estos antecedentes;
a) Xxxx poseer una experiencia mínima de 3 años ininterrumpidos en la prestación de servicios de IIEE.
b) Debe demostrar mediante documentación fehaciente, haber celebrado contratos de ejecución de IIEE mayores a UY$ 3.000.000 al año (tres millones de pesos al año) durante los últimos tres años.
c) Xxxx presentar planilla con el personal técnico dependiente designado a los contratos de los últimos tres años indicando el nombre, número de registro ante la Seguridad Social, cargo que ocupa en la empresa y título habilitante.
Debe presentar notas de referencia por parte de clientes indicando claramente objeto del contrato ejecutado, monto, plazo y su o no conformidad con los requerimientos técnicos.
B - Representante Técnico.
El oferente, deberá designar en su oferta un Representante Técnico, cuyo perfil se especifica en el Anexo 1. El RT es el responsable máximo ante la Administración de la ejecución de los servicios y de la articulación del Equipo Técnico propuesto. Su presencia podrá ser requerida en cualquier momento por la Administración a los efectos de un desarrollo adecuado de los trabajos.
C Certificado de inscripción y calificación expedido por el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas
El oferente deberá incluir la documentación requerida, conforme a lo exigido por el Decreto No. 208/009, para ofertar con el Estado, con calificación y antecedentes en la Categoría II Ingeniería en la especialidad E) “Montajes”, un valor estimado de contratación anual (VECA) que iguale o supere la oferta adjudicada.
Esta Administración se reserva el derecho a solicitar a los oferentes, previo al dictado de resolución de adjudicación, certificado de pre adjudicación expedido por la RNOP a los efectos de verificar el VECA libre.
Otra Información Técnica de Anexo I.
Complementariamente, a lo recién indicado, el oferente deberá incluir cualquier otra información Técnica solicitada en Anexo I y Anexo II.
No contar con esta información de oferta solicitada en el ítem A hasta D habilitará a la Administración a ejercer el derecho de Rechazo de Oferta. Sin perjuicio de esto la Administración podrá realizar las consultas o aclaraciones pertinentes para comprobar cualquier de las informaciones requeridas para evaluar las ofertas.
6.2.4 Xxxxxx y cotización.
Los precios serán al firme en condición Plaza.
Los precios cotizados deben incluir todos los gastos incurridos para hacer efectivos el objeto de este llamado.
Para cada Rubro cotizado, se presentará en la oferta el precio unitario de cada Ítem, conforme se expresa en el complemento C2, declarando si los mismos incluyen o no los tributos que se refiere en el artículo 10.4 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Si no lo determina se considerará incluido.
Si en la propuesta no se manifiesta la condición de precio firme o sujeto a ajuste, se considerará que los precios están formulados al firme.
Deberá establecerse el monto por concepto de tributos. Si en la oferta hubiera discrepancia entre los precios unitarios y los totales, valdrá lo establecido en los precios unitarios, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 10.3.1 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
6.3 Documentación que debe acompañar la propuesta.
Adicionalmente a lo indicado con anterioridad, en el momento de recibir la oferta se constatará la presentación (fuera del sobre que la contenga) del depósito de garantía de mantenimiento de oferta.
6.4 Antecedentes.
La Administración podrá considerar como factor preponderante para el rechazo de la oferta, los antecedentes de los oferentes en cuanto a la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones anteriores con la misma.
6.5 Protección a la industria nacional.
No será aplicable conforme a lo previsto en el inciso final del art. 10.5 xxx Xxxxxx Único de Condiciones Generales el régimen de preferencia.
6.6 Alternativas.
Podrán presentarse alternativas, modificaciones o variantes sin necesidad de cumplir la oferta básica, estas serán evaluadas por la Administración. No obstante, obligatoriamente deberán cumplir complemento C4 (modelo de propuesta).
7GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Se regirán por lo establecido en los Arts. 11 y 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Según lo establece el Art. 64 del T.O.C.A.F. no se exigirán garantías de mantenimiento de ofertas, por aquellas inferiores al tope no ampliado de la Licitación Abreviada ($ 9.416.000).
En caso de que la oferta supere el tope mínimo indicado se exigirá la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta por la suma de $u 100.000 (pesos uruguayos cien mil).
Dicho depósito podrá ser: depósito bancario en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza, por un valor fijo en moneda nacional o extranjera. Dicho depósito se efectuará en nuestra tesorería, cuyos días y horarios de atención al público se establecen en la carátula de este Pliego De acuerdo con el Art. 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones
La garantía referida en el presente artículo será de recibo para A.F.E. si está constituida mediante depósito en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza expedida por instituciones habilitadas a operar en la República Oriental del Uruguay.
La valuación de los valores públicos o de la moneda extranjera se realizará conforme a lo previsto por el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Los oferentes deberán presentar el recibo de depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta hasta el día y hora fijada para la apertura de las ofertas en la Gerencia de Adquisiciones, Departamento de Licitaciones de A.F.E., sita en la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx 0000 Xxxxxxx 000.
El plazo mínimo de vigencia de la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser de 90 días calendario, prorrogable automáticamente por períodos de 30 días, siempre que el oferente no desista en forma expresa 10 días hábiles antes de la fecha de expiración del plazo original o de las prórrogas sucesivas.
Este depósito será devuelto a los oferentes cuyas ofertas no hubieran sido aceptadas tan pronto la Administración tome resolución sobre la Licitación, o en su defecto, cumplido el plazo de mantenimiento propuesto o el mínimo exigido en cada caso.
8APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas se realizará en forma pública, en el lugar, día y hora fijados en este Pliego, en presencia de los funcionarios que designe la Administración y de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.
En dicho acto no se podrá rechazar la presentación de ninguna propuesta sin perjuicio de su invalidación posterior y se controlará si se ha constituido la garantía cuando ello correspondiera.
La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo a su rechazo si se constataren luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos sustanciales contenidos en este Pliego. Se considerarán apartamientos sustanciales aquellos que no pueden subsanarse sin alterar materialmente la igualdad de los oferentes.
Los oferentes podrán requerir a la Administración que le facilite copia o archivo electrónico de las ofertas presentadas para su análisis. El costo será de cargo del solicitante.
Abierto el acto no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo no obstante, los oferentes o sus representantes, formular las manifestaciones, aclaraciones, o salvedades que deseen.
Finalizada la apertura se labrará acta circunstanciada de acuerdo a Artículo 65 del T.O.C.A.F., la que será firmada por los funcionarios actuantes y los oferentes que hubieran consignado constancias en la misma, así como por los demás oferentes que lo deseen hacerlo.
9PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las propuestas serán válidas y obligarán a los proponentes por el término de 90 (noventa) días calendario a contar desde el siguiente a la fecha señalada para la apertura de las mismas, a menos que antes de expirar dicho plazo se hubiere aceptado alguna de ellas.
Las propuestas que no se mantengan durante esos plazos mínimos no serán tenidas en cuenta. Transcurrido dicho plazo sin que A.F.E. hubiere tomado resolución al respecto, las propuestas se considerarán prorrogadas automáticamente por lapsos sucesivos de 30 (treinta) días, salvo que mediara comunicación escrita por parte de la firma con una antelación mínima de 10 días hábiles de la fecha de expiración del plazo original o de las prórrogas sucesivas, limitando el término de dichas prórrogas o, no accediendo explícitamente a las mismas.
A todos los proponentes cuyas ofertas no hubieran sido aceptadas o no accedieran a la prórroga de validez de las mismas, una vez vencidos los plazos les serán devueltas las garantías constituidas conforme a las disposiciones de este Pliego.
10ESTUDIO DE LAS OFERTAS.
10.1 Procedimiento de Evaluación y Selección
La falta de información suficiente para realizar la evaluación de una oferta, que no pueda ser complementada con aclaraciones posteriores solicitadas al oferente, podrá significar el rechazo de la misma.
La Administración podrá otorgar a los proponentes un plazo máximo de 2 días para salvar los defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia; este plazo podrá ampliarse para proveedores del exterior y en este caso se aplicará a todos los oferentes.
La evaluación de las ofertas se realizará considerando tanto los aspectos técnicos como los económicos.
La Administración se reserva el derecho a determinar a su exclusivo juicio y en forma definitiva si el proponente posee la capacidad técnica y financiera para realizar el objeto del llamado.
Para la comparación de ofertas que coticen en moneda extranjera, se utilizarán los arbitrajes y tipo de cambio interbancario vendedor vigente al cierre de la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay del día hábil anterior a la fecha de apertura.
Para su evaluación Técnica, las ofertas deberán contener la siguiente documentación:
-
Descripción
Cumple
Ref.
SI
NO
Antecedentes del Oferente
Tres años experiencia ininterrumpidos en IIEE
AI
Antecedentes en contratos de mantenimiento mayores UY$ 3.000.000 al año en últimos tres años.
AI
Personal
AI
Notas de Clientes
AI
Certificado de RNOP
PP
Equipo técnico
Perfil del Representante Técnico.
AI
Propuesta Económica
C2
La no presentación de la documentación señalada en este Pliego podrá ser motivo de desestimar la oferta presentada
Entre las propuestas que cumplan con la documentación y requisitos exigidos en el presente pliego y sus anexos técnicos, se optará por la de menor Precio Comparativo.
10.2 Formula para determinar el Precio Comparativo
El precio comparativo se determinará de la siguiente formula;
Pc= ∑ (Ri*Cti) i=1..12
Pc: Es el Precio Comparativo.
Ri: Precio unitario de los Rubros de complemento C2
Cti: Cantidades establecidas en C2 para cada Rubro
11NEGOCIACIÓN.
En caso de presentación de ofertas similares o manifiestamente inconvenientes, de acuerdo al Art. 66 del TOCAF, se podrán entablar negociaciones reservadas y paralelas con los oferentes, a fin de obtener mejores condiciones para la contratación.
12ADJUDICACIÓN
AFE se reserva el derecho de no adjudicar esta Licitación, o adjudicar de forma parcial algunos de los componentes o ítems objeto de la misma.
A.F.E. podrá dividir por razones fundadas la adjudicación entre varios oferentes, así como aumentar o disminuir razonablemente el objeto de contratación.
La Administración podrá considerar como factor preponderante para el rechazo de la oferta, los antecedentes de los oferentes en cuanto a la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones anteriores con A.F.E. u otras instituciones del estado.
Una vez dictada la resolución de adjudicación y producida la intervención de legalidad del Tribunal de Cuentas de la República, la Gerencia de Adquisiciones, Sección Licitaciones de A.F.E. notificará en la forma establecida en el artículo 1.4 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales al Adjudicatario y a los restantes oferentes.
En un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha de notificación, el Adjudicatario deberá comparecer, legalmente representado a los efectos de recibir la correspondiente orden de compra o suscripción del contrato si la Administración entiende conveniente, presentando:
Testimonio notarial del contrato social y sus modificaciones si las hubiera, inscripciones, publicaciones y demás documentación que acredite la representación de la empresa de acuerdo a cada tipo social.
Constituir Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Sin perjuicio de la información que surge en el XXXX, esta Administración ser reserva el derecho a solicitar documentación relativa al Adjudicatario que estime pertinente.
Si el Adjudicatario o su representante no se notificaran o no presentara la documentación que le fuera requerida en forma y en la fecha señalada, excepto que se haya autorizado una prórroga, A.F.E. podrá anular la adjudicación, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar acción por incumplimiento y/o por daños y perjuicios, pudiendo pasar a considerar las restantes ofertas.
13GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
De acuerdo con el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones se exigirá la constitución de garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando el monto adjudicado sea superior al 40% (cuarenta por ciento) xxx xxxx de $ 3.766.000, en este caso se deberá depositar la garantía por el equivalente al 7% del monto total de la adjudicación.
La garantía referida en el presente artículo será de recibo para A.F.E. si está constituida mediante:
Valores Públicos computados por su valor nominal. Los valores en títulos tendrán que ser caucionados en el Banco de la República Oriental del Uruguay a la orden de la Administración de Ferrocarriles del Estado.
Fianza o aval bancario de un Banco de Plaza o de un Banco extranjero avalado por un Banco del país, el cual será responsable directo de posibles incumplimientos de cualquier naturaleza. La garantía deberá contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.
Póliza de seguro de fianza emitida por Compañía de Seguros que cuente con la autorización del Poder Ejecutivo y que haya sido habilitada por el Banco Central del Uruguay para emitir dichas pólizas. Esta Administración se reserva el derecho de aceptar o no las pólizas, luego de analizar el contenido de sus cláusulas.
Efectivo, mediante el depósito en cuenta a nombre y orden de esta Administración.
Para cualquier modalidad de constitución la garantía estará a disposición de la Administración y está se reserva el derecho de aceptarla.
La valuación de los valores públicos o de la moneda extranjera se realizará conforme a lo previsto por el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato deberá ser presentada ante la Administración dentro de los 5 (cinco) días hábiles de recibida la notificación de adjudicación, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, sin perjuicio de las facultades de A.F.E. de conceder un plazo mayor por razones fundadas. El no cumplimiento de los plazos establecidos podrá ser causa de anulación de la adjudicación.
Esta garantía deberá contener cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
El Adjudicatario, previo a efectuar el depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en Gerencia de Finanzas (Tesorería), deberá pasar, si correspondiera, por la Sección Escribanía (Avenida General Xxxxxxx 1921 Oficina 802) a los efectos de que el Escribano Público actuante verifique los aspectos formales de la garantía así como el plazo de vigencia de la misma. Si por no cumplir con alguno de los requisitos solicitados ésta fuera rechazada, el Adjudicatario deberá presentar ante esa Sección, otra que concuerde con lo requerido.
La garantía será liberada una vez que se haya cumplido con la totalidad de las obligaciones del objeto de este llamado, pagado las multas dispuestas y/o se haya reparado los daños y perjuicios que pudieren acaecer por culpa o dolo del Adjudicatario.
14PAGOS
La empresa adjudicataria, previo al pago, deberá presentar lo requerido mensualmente en el artículo 16.2.
A.F.E. pagará mensualmente al Adjudicatario a los 45 (cuarenta y cinco) días a partir del último día del mes en que se presentó la factura. Es condición necesaria para el pago haberse cumplido de conformidad la prestación del servicio y/o suministro de materiales.
15CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES SOBRE DISPOSICIONES LABORALES.
15.1 – POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
Cumplimiento de disposiciones laborales
El Adjudicatario está obligado a cumplir con las disposiciones sobre laudos y Convenios Laborales vigentes, en materia de categorías de labor, pagos y complemento de horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general todo beneficio que mejore las condiciones establecidas por la Legislación Laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones.
El Adjudicatario quedará obligado a pagar a su personal, como mínimo los Laudos y Convenios Laborales correspondientes a la rama de actividad y en caso de no haberlos, por lo menos un salario mínimo nacional.
En el caso de que el Laudo o Convenio Colectivo para la correspondiente actividad se dictare durante la ejecución del contrato y fuera mayor que el mínimo establecido en el párrafo anterior, el Adjudicatario deberá ajustar los salarios según lo establecido en el Laudo
Personal asegurado
El Adjudicatario deberá contratar el Seguro contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, que deberá estar vigente por toda la duración del contrato, amparando al personal que interviene en esta contratación, acorde al tipo de tarea que éste va a realizar.
Condiciones de Seguridad y Protección Personal
El Adjudicatario deberá cumplir con todas las normas relativas a condiciones de salud, seguridad e higiene ocupacional de los trabajadores empleados.
15.2 – CONTROLES A EFECTUARSE POR A.F.E.
Cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario.
A.F.E. controlará el estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario.
A.F.E. podrá instrumentar mecanismos de registro y contralor de asistencia al personal a la empresa adjudicataria que cumpla servicios en sus dependencias.
A tales efectos el Adjudicatario deberá presentar a la OdeC la siguiente documentación:
Antes de empezar a trabajar
Nómina de los trabajadores asignados al contrato con los siguientes datos:
Nombre completo y número de cédula de identidad
Dirección
Cargo que va a desempeñar y carga horaria mensual
Lugar de trabajo.
Mensualmente:
Planilla de contralor de Trabajo autorizada por el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social, la cual incluye la nómina de los trabajadores afectados a la tarea contratada, la que deberá mantenerse actualizada.
Declaración mensual e Historia Laboral del BPS y fotocopia del recibo de pago al BPS, a mes vencido.
Recibos de sueldos del personal conteniendo la liquidación, firmados, correspondientes al mes inmediato anterior al que se factura, junto con la factura y documentación exigida, a efectos de que se autorice el pago de la factura del mes.
Póliza de Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales. Cada mes se verificará que el personal afectado a las tareas, se encuentre asegurado por la Póliza de Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales en la clave de riesgo que corresponda a las tareas, presentando a tales efectos: copia de dicha póliza y factura al día de la misma, y si se pagara en cuotas, los recibos de cada cuota.
Oportunamente: Condiciones de Seguridad y protección del personal. La OdeC, en coordinación con la TÉCNICO PREVENCIONISTA de A.F.E., controlará las medidas de seguridad industrial que debe seguir el Adjudicatario para con el servicio y sus dependientes, así como la provisión en tiempo y forma de los elementos de seguridad personal necesarios para cada trabajo.
15.3 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOBRE DISPOSICIONES LABORALES POR PARTE DEL ADJUDICATARIO.
El incumplimiento de algunas de las obligaciones señaladas precedentemente (normativa legal y contralor respectivo) habilitarán a A.F.E. a proceder a la retención de los pagos debidos en virtud del contrato, a fin de que los trabajadores interesados puedan obtener los salarios a que tengan derecho, sin perjuicio de proceder a la rescisión unilateral del mismo por parte de A.F.E.
Queda pactado que por cualquier adeudo de la firma adjudicataria sea por incumplimiento con su personal, (aportes, salarios de sus trabajadores, etc.), podrá retenerse de los créditos que le correspondan a la misma, ya sea, provenientes del contrato que origina dicho incumplimiento, de otros que pueda tener con A.F.E., o de cualquier otro crédito
La Administración queda facultada para ejecutar la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en caso de incumplimiento en sus obligaciones laborales del Adjudicatario y afectarla al pago de los rubros laborales adeudados, sin perjuicio de rescindir el contrato y demás afectaciones que corresponda realizar.
El extremo de que eventualmente A.F.E no ejerza en alguna o algunas oportunidades estos derechos, no implica renunciar a ejercerlos en el futuro.
16INCUMPLIMIENTO
La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o Adjudicatarios, podrá dar mérito a la aplicación de las siguientes medidas, no siendo las mismas excluyentes:
Apercibimiento.
Antecedente negativo.
Suspensión del Registro de Proveedores.
Anulación o rescisión del contrato.
Ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta.
Comunicación al Registro de Proveedores del Estado.
Publicación en prensa indicando el incumplimiento.
Acciones legales previstas por la normativa vigente.
El extremo de que eventualmente A.F.E no ejerza en alguna o algunas oportunidades estos derechos, no implica renunciar a ejercerlos en el futuro.
17MULTAS.
Cuando se constataren: a) deficiencias parciales o totales en la calidad de la prestación; b) ejecución incompleta del servicio diario, semanal, quincenal y/o mensual; c) atrasos en el cumplimiento del objeto de este contrato d) o cualquier otro incumplimiento a las obligaciones previstas en el presente pliego, previa notificación al Adjudicatario de tal circunstancia, A.F.E. podrá aplicar una multa diaria de entre U$S 50 y U$S 200. La valuación de la misma será a exclusivo criterio de A.F.E. No podrá ser superior al 12% de cada factura mensual.
Las multas se harán efectivos en primer término sobre las facturas en que corresponda aplicarlas, y luego si hubiere lugar sobre el depósito en garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de que no alcance para cubrirla multa impuesta ésta se hará efectiva sobre el precio a pagar u de otros créditos que la Administración tuviera para pagar al Adjudicatario por otras contrataciones, sin perjuicio de las garantías generales de derecho (artículo 2372 Código Civil).
En todos los casos las multas no sustituyen, las costas, costos, daños y perjuicios que pudieran generarse.
18DAÑOS A PERSONAS O BIENES.
El Adjudicatario es responsable de acuerdo con la ley, de los daños y perjuicios que se produzcan durante las obras que se ejecuten, a las personas que trabajen en ellas y a terceros, como así también a bienes públicos o privados, provengan dichos daños de las maniobras en sus instalaciones o en la vía, u otras razones que sean imputables al mismo, sus representantes, dependientes, subalternos, Contratistas y sub Contratistas, durante el plazo de contrato, hasta su total cumplimiento.
19VARIACIONES EN LOS IMPUESTOS Y LEYES SOCIALES
El Adjudicatario pagará las leyes sociales e impuestos correspondientes, de acuerdo con las Leyes de la República Oriental del Uruguay que graven directamente el servicio contratado, vigentes hasta la fecha fijada para la apertura de las ofertas, siendo no obstante, de cargo de A.F.E. los aumentos en las tasas que se establecieran con posterioridad a la fecha indicada.
En caso de reducción o exención xx xxxxx sociales e impuestos indicados en este artículo, el Adjudicatario estará obligado a presentar la liquidación de las diferencias, las que se deducirán del precio a abonar por el contrato.
20INDEMNIDAD
El Adjudicatario asume toda la responsabilidad y se obliga a mantener indemne a A.F.E, sus directores o funcionarios, respecto de cualquier daño, deuda o reclamo de naturaleza civil, comercial, administrativa, laboral, penal, tributaria o de cualquier índole de que pudiera ser sujeto pasivo A.F.E. por parte de terceros como consecuencia de la ejecución de las obligaciones que asuma el Adjudicatario bajo el presente llamado.
21ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS
La presentación de la oferta supone el conocimiento y aceptación de las condiciones contenidas en los Pliegos que rigen la presente Licitación.
22JERARQUÍA DE LOS PLIEGOS
El presente Pliego de Condiciones Particulares modifica o regula las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales en lo que éste expresamente contempla o autoriza, y en caso de existir contradicciones entre ambos pliegos, prevalecerá lo establecido en el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales".
En caso de existir contradicciones entre el Pliego de Condiciones Particulares y sus respectivos anexos primara lo que resulte ser más conveniente para la Administración.
23LEY Y JURISDICCION
Toda contienda que suscite con relación a este procedimiento Licitatorio y posterior contrato será sometido a los Tribunales de la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, aplicándose legislación nacional.
Lic. Xxxxx Xxxxxxxxxxxx p/GERENCIA DE ADQUISICIONES