Proceso Competitivo 002/2021
Proceso Competitivo 002/2021
Financiamiento de Corto Plazo hasta por la cantidad de $2,500’000,000.00 PREGUNTAS Y ACLARACIONES
Los términos que se utilicen con mayúscula inicial en el presente documento, que no se definan expresamente, tendrán el significado que se les atribuye en la Convocatoria del Proceso Competitivo 002/2021 y en el modelo de Contrato de Xxxxxxx enviado a los Participantes de la misma.
1. Scotiabank (Total de preguntas: 2)
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
1. | Quinta Disposición del Crédito | No lo indica de forma expresa pero ¿la disposición la harán a 365 días? Asimismo al ser un revolvente, no establece la mecánica sobre las posteriores disposiciones que no podrían ser por periodos iguales, ya que no pueden exceder de la vigencia de los 12 meses. | Se aclara que, en términos de la Cláusula Quinta del modelo de Contrato de Crédito, el Estado podrá disponer del Crédito en una o varias Disposiciones durante toda la vigencia del Crédito, siempre que no exceda del Plazo Máximo del Crédito. Asimismo, el Estado podrá realizar una Disposición en cualquier Día Hábil. Finalmente, de acuerdo con la Cláusula Décima Primera del modelo de Contrato de Crédito, se aclara que el saldo insoluto de las Disposiciones del Crédito se amortizará en un solo pago en la Fecha de Vencimiento. En el supuesto de que la Fecha de Vencimiento fuere día inhábil bancario, la Fecha de Vencimiento de dicho pago será el día hábil bancario inmediato anterior. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
2. | Aviso de Disposición | Asimismo sobre el aviso de disposición se deberá incluir el plazo de la disposición. | No se acepta su solicitud y al respecto, se aclara que, el saldo insoluto de las Disposiciones del Crédito se amortizará en un solo pago en la Fecha de Vencimiento. |
2. BanBajío (Total de preguntas: 13)
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
1. | Convocatoria | Favor de informar si, se tiene conocimiento de algún procedimiento, acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional, litigio o cualquier acto promovido contra la Convocatoria o este proceso competitivo, que pueda generar un impacto o efecto adverso respecto a la Licitación Pública. En caso de ser afirmativo, favor de proporcionar toda la información al respecto e informar el estado que guarda el asunto al momento y aclarar si es posible que en el Contrato de Crédito se establezca una condición suspensiva para la disposición del Crédito relativa a que se resuelva de manera definitiva el procedimiento o acción, en términos satisfactorios para el Acreditante. | No se tiene conocimiento de la existencia de cualquiera de las situaciones antes referidas. Favor de referirse al apartado de Declaraciones del modelo de Contrato de Crédito, numerales II.h), II.i); y II.k). |
2. | Convocatoria, Características del Financiamiento | Se solicita aclarar si el Estado determinará una Sobretasa mínima aceptable para considerar las Ofertas como calificadas. | Se aclara que no se considerará una Sobretasa mínima para las Ofertas de Crédito, ya que de conformidad con el apartado s. de la Convocatoria, la adjudicación del Financiamiento se hará a el/los Participantes que presenten la(s) Oferta(s) de Crédito Calificada(s) que represente(n) la(s) menor(es) Tasa(s) Efectiva(s) para el Estado, la cual se calculará de acuerdo con lo establecido en la Sección V, inciso VI, de los Lineamientos. |
3. | Convocatoria, Características del Financiamiento, Apéndice “A” de la Oferta. | Se solicita confirmar si la Institución puede establecer libremente las sobretasas correspondientes en cada uno de los rangos establecidos en el Apéndice “A” de la Oferta. | Es correcta su apreciación. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
4. | Modelo de Contrato de Crédito, Cláusula Quinta y Sexta. | Se solicita que el Aviso de Disposición, el Pagaré y de los demás documentos relativos a las condiciones suspensivas para la Disposición, sean entregados al Acreditante con por lo menos 3 días hábiles de anticipación a la fecha en que se pretenda realizar la Disposición y en consecuencia se ajuste el plazo para realizar la transferencia de recursos a 3 días hábiles siguientes a la recepción del Aviso de Disposición. | No se acepta su solicitud. |
5. | Convocatoria, punto 10. | Favor de confirmar que la Calificación del Estado para tomar como referencia para efectos de la Oferta a presentar es la de A+. Se solicita de favor nos compartan la comunicación de las agencias calificadoras que evidencien la calificación de referencia. | Es correcta su apreciación. La Sobretasa que se ofertará deberá corresponder a la calificación de mayor riesgo que actualmente tiene el Estado, y que corresponde a A+ (Xxxxx´s). Las calificaciones del Estado son publicas y puden consultarse en las paginas: • xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx_xxxxxx.xxxxx • xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxxx- estado-de-81694506#ratings • xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx_XX/xx b/guest/article/-/view/type/HTML/id/2387830 • xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx- ratings/Mexico-State-of-credit-rating- 806955537/summary Se aclara que las calificaciones y los links están activos al momento de la Junta de Aclaraciones. |
6. | Formato de Oferta | Hay alguna documentación que se deba adjuntar a la oferta, en caso de que se requiera, favor de indicar los documentos a | Se aclara que, cada Oferta que presenten los Participantes deberá cumplir con los términos del |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
integrar y si deberán ser en copia simple o certificada y si en su caso es necesario volver a integrarla aun y cuando se integró en la Manifestación de Participación. | numeral 5 y el Anexo A de la Convocatoria, así como la documentación que, en su caso, se señala en dichos apartados. Asimismo, se aclara que, en caso de haber acompañado a la Manifestación de Participación con los documentos relativos a la personalidad de los representantes del Participante, no será necesario adjuntarlos a su Oferta. | ||
7. | Formato de Oferta | En caso de presentar 2 o mas ofertas, ¿cada una deberá integrarse por separado cumpliendo con cada uno de los requisitos o pueden integrarse dos o más ofertas dentro de un mismo escrito? | Se aclara que, de acuerdo con el apartado a. de la sección “Especificaciones del Financiamiento” y el numeral 9 de la Convocatoria, cada Oferta de Crédito se analizará de forma independiente por lo que, en caso de que un Participante presente dos o más Ofertas de Crédito, cada una de dichas Ofertas de Crédito deberá cumplir, por sí misma, con todos y cada uno de los requisitos previstos en la presente Convocatoria, incluyendo el acompañamiento de la documentación que se solicita. Asimismo, en caso de que un Participante presente dos o más Ofertas de Crédito, éstas no podrán estar condicionadas a que se adjudiquen todas las Ofertas presentadas de manera conjunta, toda vez que cada Oferta de Crédito se analizará de forma independiente. |
8. | Convocatoria, Formato de Oferta y Contrato de Crédito | Se solicita que se confirme que la Contratación del Crédito por el monto total de $2,500´000,000.00 (dos mil quinientos millones de pesos) no excede del 6% de los Ingresos totales aprobados por la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2021. | Se confirma que, el monto total del Crédio no excede del 6% de los Ingresos totales aprobados por la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2021. Al respecto, favor de referirse a la Declaración número II.n) del modelo de Contrato de Crédito. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
9. | Modelo de Contrato de Crédito, Declaraciones | Favor de indicar si el Subsecretario de Tesorería firmará el Crédito en virtud de lo dispuesto en la fracción XII del artículo 8 del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas, de ser el caso, solicitamos se haga entrega del documento correspondiente donde conste que el Secretario de Finanzas ha delegado sus facultades indicadas en el artículo de 7 fracciones XX, XXI, XXII y XXIII y XXVI a favor del Subsecretario. De no ser el caso se solicita que el Crédito sea firmado por el Secretario de Finanzas. | Es intención del Estado que el Subscretario de Tesorería firme el Contrato de Crédito, en ejercicio de sus facultades conforme a lo siguiente: (i) los Artículos 4, 34, 35, 65, 77 fracciones III y XIV y 78 de la Constitución Local; (ii) los Artículos 1, 2, 3, 15, 17, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones IV, XII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; (iii) los Artículos 1, 14, 256, 257, 259 fracción I, 260, 261, 263 fracciones II, III y X del Código Financiero del Estado de México y Municipios; (iv) los Artículos 1, 2, 6, 7 fracciones XX, XXI, XXII y XXIII y XXVI y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; (v) Numeral Tercero del Acuerdo por el que se delegan atribuciones en favor de los titulares de las subsecretarías de ingresos, de planeación y presupuesto, de tesorería, y de administración publicado el 26 de febrero de 2018 en el Periódico Oficial. Finalmente se aclara que, las facultades antes referidas constan en documentos públicos que pueden ser consultados y accesados por cualquier persona. |
10. | Modelo de Contrato de Crédito, Cláusula Décima Sexta. | Solicitamos que se permita a la Institución Acreditante conservar los derechos de restricción y denuncia del Crédito, como es común en este tipo de operaciones. | No se acepta su solicitud. Se considera que mantener la restricción y denuncia hace que la naturaleza de la Oferta de Crédito deje de ser incondicional e irrevocable, lo cual es requisito de acuerdo con los Lineamientos, pues con independencia de la firma del Contrato de Crédito, la Institución Financiera podría restringir o denunciar el mismo en perjuicio del Estado. La denuncia o restricción del financiamiento comprometería la |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
capacidad del Estado de hacer frente a sus necesidades de liquidez en términos de la Ley de Disciplina Financiera y del Contrato. | |||
11. | Modelo de Contrato de Crédito. | Favor de informar si en caso de resultar ganadores, es posible negociar cambios en el contrato de Xxxxxxx y sus Anexos. | No se acepta su solicitud. Se aclara que cualquier aclaración, duda o propuesta de modificación debió ser objeto de la presente Junta de Aclaraciones. |
12. | Modelo de Contrato de Crédito, Cláusula Décima Cuarta. | Se solicita que los pagos anticipados solo se puedan efectuar en una Fecha de Pago. | No se acepta su solicitud. Establecer que los pagos anticipados únicamente pueden ser realizados en las fechas de pago mensuales pudiera impedir que el Estado tuviera recursos disponibles al amparo del Crédito para atender de forma oportuna las necesidades de liquidez de su tesorería. |
13. | Convocatoria | En que fecha se estima programar la firma del Contrato de Crédito. | Se pretende firmar el Contrato de Crédito entre el 12 y el 13 xx xxxx del 2021. Sin perjuicio de lo anterior, dichas fechas son tentativas, por lo que la firma del Contrato podría llevarse a cabo antes o después de las fechas antes mencionadas. Se informará la fecha mediante el Acta de Fallo. |
3. BBVA (Total de preguntas: 6)
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
1. | Diversos. | Derivado de la contingencia sanitaria internacional, así como otros factores que han impactado a la economía, se estimó un ajuste a la baja de los Ingresos Federales (Participaciones, Aportaciones, Convenios, Subsidios, entre otros). ¿Con base en lo anterior, cómo se está subsanando dicho ajuste? | El Gobierno del Estado busca el fortalecimiento continuo de todas sus fuentes de ingresos el cual ha sido reconocido por las Agencias Calificadoras. Durante la emergencia actual se continuará con el fortalecimiento de las finanzas públicas a través de acciones de fiscalización eficientes y contención del gasto, este esfuerzo procurando la estabilidad de las finanzas públicas. |
2. | Cláusula SÉPTIMA “OBLIGACIONES DEL ACREDITADO” | Por un tema Normativo de BBVA, solicitamos la inclusión de las siguientes OBLIGACIONES DE NO HACER: El Acreditado sin autorización de “BANCOMER” no podrá: “… 1. Otorgar préstamos y/o garantías a terceros que pudieren afectar las obligaciones de pago establecidas en el presente contrato. 2. Contratar pasivos con costo financiero, cuyos montos y garantías pudieran afectar las obligaciones de pago establecidas en el presente contrato. …” | No se acepta la solicitud. Al respecto, el artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera establece las condiciones que el Estado debe observar para la contratación de Obligaciones a corto plazo. |
3. | Cláusula SÉPTIMA “OBLIGACIONES DEL ACREDITADO” | Se solicita Agregar una obligación a cargo del Acreditado que señale el plazo en el cual, el Acreditado entregará a BBVA la Constancia de Inscripción en el Registro Público Único, ya que de conformidad con la Circular Única de Bancos (CUB), necesita obtener dicha Constancia. | Se hace constar que, el artículo 53 de la Ley de Disciplina Financiera establece la obligación a cargo del Estado, de presentar, en un periodo no mayor a 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de su contratación, la solicitud de inscripción en el Registro Público Único de las obligaciones a corto plazo que contrate. La obtención de la inscripción de la obligación en el Registro Público Único es un factor que no depende |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
del Estado. Al respecto, favor de referirse a la Cláusula Vigésima Quinta del modelo de Contrato de Crédito. | |||
4. | Cláusula DÉCIMA CUARTA “PAGOS ANTICIPADOS” | Dice: “… El Acreditado podrá pagar anticipadamente y sin pena convencional, de forma total o parcial el saldo | No se acepta la solicitud. Establecer que los pagos anticipados únicamente pueden ser realizados en las fechas de pago mensuales pudiera impedir que el Estado tuviera recursos disponibles al amparo del Crédito para atender de forma oportuna las necesidades de liquidez de su tesorería. |
insoluto del Crédito, con sus respectivos intereses, | |||
debiendo notificarlo por escrito al Acreedor al menos con | |||
5 (cinco) días naturales de anticipación a la fecha en que | |||
efectuará dicho pago anticipado. El Acreedor, el Día | |||
Hábil en que reciba la notificación de pago anticipado, | |||
deberá notificar por escrito al Acreditado el importe | |||
correspondiente a pagar por concepto de intereses y | |||
principal a la fecha de pago que le fuese notificada por | |||
éste. | |||
Los pagos parciales anticipados de las Disposiciones del | |||
importe del Crédito se aplicarán en primer lugar a los | |||
intereses ordinarios respectivos a las Disposiciones del | |||
Crédito y después al importe de estas últimas. En el | |||
entendido de que de existir cantidades adeudadas | |||
diferentes al principal, el pago anticipado se aplicará en | |||
su caso, en el siguiente orden: al pago de gastos, intereses | |||
moratorios, intereses ordinarios y posteriormente al | |||
principal, lo anterior de conformidad con el artículo 364 | |||
del Código de Comercio…” | |||
Por un tema Normativo y de Fondeo de Tasa, es | |||
conveniente precisar que los Pagos Anticipados deberán |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
coincidir con las Fechas de Pago de los intereses. | |||
5. | Cláusula DÉCIMA QUINTA “VENCIMIENTO ANTICIPADO” | Consideramos incluir en la cláusula, la siguiente redacción: “… Si el Acreditado incumple otros contratos u | No se acepta la solicitud. |
obligaciones que tenga contraídas o que contraiga en lo | |||
futuro con cualquier filial o subsidiaria del Acreedor, de | |||
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. o de | |||
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V. | |||
…” | |||
6. | Cláusula DÉCIMA SEXTA “RESTRICCIÓN Y DENUNCIA DEL CRÉDITO” | Dice: “… El Acreedor renuncia expresamente a su derecho de restringir el importe del Crédito o el plazo en que el Acreditado puede disponer del mismo, o ambos a la vez, de conformidad con el artículo 294 de la LGTOC. Asimismo, el Acreedor renuncia expresamente a su derecho de denunciar el presente Contrato de Crédito, de conformidad con el artículo 294 de la LGTOC, salvo que exista un Evento de Incumplimiento de conformidad con la Cláusula Décima Quinta del presente Contrato de Crédito...” | No se acepta su solicitud. Se considera que mantener la restricción y denuncia hace que la naturaleza de la Oferta de Crédito deje de ser incondicional e irrevocable, lo cual es requisito de acuerdo con los Lineamientos, pues con independencia de la firma del Contrato de Crédito, la Institución Financiera podría restringir o denunciar el mismo en perjuicio del Estado. La denuncia o restricción del financiamiento comprometería la capacidad del Estado de hacer frente a sus necesidades de liquidez en términos de la Ley de Disciplina Financiera y del Contrato. |
Se solicita que el texto de la cláusula de RESTRICCIÓN y DENUNCIA sea el siguiente: | |||
“… En términos del artículo 294 de la LGTOC, expresamente se conviene que el Acreedor se reserva el derecho de restringir el presente contrato, en cualquier |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
momento y mediante aviso por escrito que entregue al Acreedor. En caso de denuncia del presente contrato, el Crédito se extinguirá en la parte en que el Acreditado no hubiere dispuesto, se darán por vencidos anticipadamente los plazos pactados y el Acreditado deberá pagar al Acreedor de inmediato, el importe de las sumas de que haya dispuesto, más las que le adeude por cualquier otro concepto. …” |
4. Banregio (Total de preguntas: 1)
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
1. | VIGÉSIMA QUINTA. REGISTRO | Dice: El Acreditado se obliga a presentar la solicitud de inscripción del presente Contrato de Crédito ante el Registro Público Único y/o en el registro que lo sustituya o complemente de conformidad con la normatividad aplicable, en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de firma del presente, de conformidad con los artículos 30 fracción IV y 53 de la Ley de Disciplina Financiera; y 268, 273, 274 y 275 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que el Acreditado haya presentado la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único, deberá entregar al Acreedor copia del comprobante de ingreso que para dichos efectos le sea proporcionado. Asimismo, el Acreditado se obliga a entregar al Acreedor dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que haya quedado inscrito el Contrato de Crédito en el Registro Público Único, copia simple de la constancia de inscripción en dicho registro. Propuesta: El Acreditado se obliga a presentar la solicitud de inscripción del presente Contrato de Crédito ante el | No se acepta su solicitud. Asimismo, se aclara que, la constancia de inscripción en el Registro Público Único que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema tiene carácter de original al constar en la misma la cadena de verificación y firma electrónica del funcionario facultado para tales efectos. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
Registro Público Único y/o en el registro que lo sustituya o complemente de conformidad con la normatividad aplicable, en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de firma del presente, de conformidad con los artículos 30 fracción IV y 53 de la Ley de Disciplina Financiera; y 268, 273, 274 y 275 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que el Acreditado haya presentado la solicitud de inscripción ante el Registro Público Único, deberá entregar al Acreedor copia del comprobante de ingreso que para dichos efectos le sea proporcionado. Asimismo, el Acreditado se obliga a entregar al Acreedor dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que haya quedado inscrito el Contrato de Crédito en el Registro Público Único, copia certificada |
5. Santander (Total de preguntas: 22)
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
1. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: b) Si la ACREDITADA no cumple con cualquiera de las obligaciones a su cargo estipuladas en el presente instrumento o con las obligaciones de pago contenidas en cualquier otro instrumento en el que tenga el carácter de deudor, obligado solidario o garante. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
2. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: c) Si se diere por vencido anticipadamente cualquier otro crédito o préstamo que le hubiera otorgado el BANCO a la ACREDITADA, o en general, se dé por vencida anticipadamente cualquier obligación a plazo que tenga la ACREDITADA con el BANCO o con algún otro acreedor financiero. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
3. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: d) Si se diere por vencido anticipadamente cualquier obligación a plazo que tenga la ACREDITADA, con algún acreedor no financiero, cuyo monto sea superior a la cantidad de . | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
4. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: e) Si fuere embargada o de cualquier otro modo afectada, la Cuenta a que se refiere el presente contrato. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
5. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: f) Si la ACREDITADA afrontaren conflictos o situaciones | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
de carácter judicial, administrativo, fiscal o de cualquier naturaleza que afecten substancialmente su capacidad de pago a juicio del BANCO. | para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. | ||
6. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: h) Si la ACREDITADA celebra cualquier convenio extrajudicial con sus acreedores, que implique indisponibilidad de sus bienes o cesión total o parcial de los mismos; así como embargo o intervención administrativa o administración judicial de todos o parte de los bienes de la ACREDITADA. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
7. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: i) Si la ACREDITADA o cualquiera garantiza o permite que se garanticen deudas mediante la constitución de hipotecas, prenda o cualesquiera otras cargas, gravámenes o garantías sobre la totalidad o partes de sus bienes, derechos, activos o ingresos, tanto actuales como futuros, o ampliara o renovara las garantías ya existentes a favor de terceros, a no ser que previamente medie el consentimiento escrito del BANCO. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
8. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: j) Cuando habiendo sido requerido por el BANCO por cualquier medio, para que faciliten datos económicos o de solvencia actualizados, la ACREDITADA no los hubieran facilitado dentro de los 30 días naturales siguientes o el BANCO tuviese constancia o prueba de la falta de autenticidad de los aportados. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
9. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: k) Cuando la ACREDITADA y/o cualquiera de LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS y/o FIADORES procedan a la enajenación, gravamen, renta o afectación bajo cualquier título jurídico, de un 20% o más de sus activos existentes al momento del otorgamiento del Crédito, cuando la afectación de que se trate sea distinta a aquella que corresponda al curso ordinario de sus operaciones. Para el caso de que la enajenación se produzca en un procedimiento de ejecución o de apremio, la ACREDITADA en este acto se obliga a destinar al pago de los adeudos que mantenga con el BANCO, las cantidades que por concepto de indemnizaciones y contraprestaciones relacionadas con tales procedimientos llegue a recibir, entregando la cantidad sobrante a quien tuviese derechos a la misma. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad personal ilimitada de la ACREDITADA. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
10. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: l) Cuando con posterioridad a la fecha de firma de este documento, la realización de las operaciones, el ejercicio de los derechos o el cumplimiento de las obligaciones que el BANCO asume en términos del presente contrato, impliquen que el BANCO deje de sujetarse a las disposiciones legales que le son aplicables. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
11. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: m) En los demás casos en que conforme a la Ley se hace anticipadamente exigible el cumplimiento de las obligaciones a plazo. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. Asimismo, se aclara que los supuestos referidos por el Participante previstos en |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
Ley son aplicables al Estado. | |||
12. | Contrato de Crédito "Vencimiento anticipado" | Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: n) GARANTÍAS ADICIONALES.- El BANCO se reserva el derecho de solicitar a su entera satisfacción y por escrito a la ACREDITADA, la constitución de garantías adicionales, cuando a juicio del propio BANCO las condiciones generales xxx xxxxxxx o la capacidad financiera de la ACREDITADA, así lo requieran, quedando obligada la ACREDITADA a constituir dichas garantías en los términos generalmente utilizados por el BANCO para garantizar las obligaciones derivadas de contratos de la misma naturaleza del que se suscribe. | No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento. |
13. | Contrato de Crédito "Restricción y denuncia" | Solicitamos que el Acreditante tenga derecho de denunciar y restringir el importe del crédito o el plazo en el que el Estado pueda disponer del mismo, de conformidad con el Art. 293 de la LGTOC. | No se acepta su solicitud. Se considera que mantener la restricción y denuncia hace que la naturaleza de la Oferta de Crédito deje de ser incondicional e irrevocable, lo cual es requisito de acuerdo con los Lineamientos, pues con independencia de la firma del Contrato de Crédito, la Institución Financiera podría restringir o denunciar el mismo en perjuicio del Estado. La denuncia o restricción del financiamiento comprometería la capacidad del Estado de hacer frente a sus necesidades de liquidez en términos de la Ley de Disciplina Financiera y del Contrato. |
14. | Contrato de Crédito "Vigilancia" | Solicitamos se agregue la siguiente cláusula Vigilancia.- El BANCO tendrá en todo momento el derecho de vigilar que el importe del Crédito se destine a los fines señalados en este contrato y podrá designar una persona que cuide el exacto cumplimiento de las obligaciones de la ACREDITADA. En el aspecto contable, el BANCO queda facultado para ordenar que se practiquen auditorías con la | No se acepta su solicitud. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
periodicidad que juzgue pertinente, practicadas por auditores designados por el BANCO. La ACREDITADA se obliga a entregar al BANCO todos los datos o documentos que se le soliciten en relación con la facultad otorgada al BANCO en virtud de esta cláusula. | |||
15. | Declaraciones del estado | Se sugiere modificar la siguiente redacción de las declaraciones del Estado. p) Las obligaciones al amparo del presente Contrato, (i) son quirografarias; y (ii) su destino es cubrir necesidades de a corto plazo en términos del artículo 31, primer párrafo de la Ley de Disciplina Financiera. | No se acepta su solicitud. Se aclara que las Declaraciones del Estado se realizan en términos de la Legislación Aplicable, incluyendo, sin limitar, la Ley de Disciplina Financiera |
16. | Contrato CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES. | Se sugiere modificar la siguiente redacción. “CCP”: Significa el costo de captación de los pasivos a plazo a plazo de pasivos, denominados en Pesos. | Se acepta su solicitud y se modifica la definición referida para quedar de la siguiente manera: ““CCP”: Significa el costo de captación de los pasivos a plazo, denominados en Pesos.” |
17. | Contrato CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES. | Se sugiere modificar la siguiente redacción. “Disposición”: Significa cada uno de los desembolsos de dinero que el Acreedor realice a favor del Acreditado, al amparo del Crédito, conforme a los términos y condiciones de la cláusula Quinta este Contrato. | No se acepta su solicitud. |
18. | Contrato CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES. | Se sugiere modificar la siguiente redacción. “Fecha de Pago de Intereses”: El día primero de cada mes calendario o, en caso de que dicho día no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último pago que en caso de caer en un día inhábil se pagará el Día Hábil inmediato anterior, en el entendido que, en ningún caso, | No se acepta su solicitud. |
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
ninguna Fecha de Pago podrá exceder la Fecha de Vencimiento.1 | |||
19. | Contrato CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO Y MONTO. | Se sugiere cambiar la siguiente redacción de la cláusula segunda SEGUNDA. OBJETO Y MONTO. Por virtud del presente Contrato de Crédito, el Acreedor otorga a favor del Acreditado un crédito en cuenta corriente de corto plazo, poniendo a su disposición hasta la cantidad de $[*] ([*] pesos 00/100 M.N.) (el “Crédito”). Dentro de esta cantidad no quedan comprendidos los intereses, gastos y accesorios ni cualquier otra cantidad, distinta a la suma principal del Crédito, que el Acreditado debe pagar en favor del Acreedor conforme al presente Contrato. El Acreditado no pagará comisión alguna por concepto de apertura y/o disposición del Crédito. | No se acepta su solicitud. |
20. | Contrato. CLÁUSULA. TERCERA. CRÉDITO REVOLVENTE. | Se sugiere cambiar la siguiente redacción de la cláusula tercera TERCERA. CRÉDITO REVOLVENTE. El Crédito objeto el presente Contrato de Crédito, tendrá el carácter de revolvente, sin que cualquiera de las Disposiciones del Crédito pueda exceder de la Fecha de | No se acepta su solicitud; al respecto se aclara que el término Crédito es un término definido en términos de la Cláusula Segunda del modelo de Contrato de Crédito. |
1 Para determinar la fecha de firma del contrato, se verificará que la Fecha de Vencimiento ocurra en un Día Hábil, con el fin de que el plazo del crédito sea menor de 365 días.
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
Vencimiento, ni del monto del crédito otorgado; fecha en la que cualquier Disposición del Crédito deberá quedar totalmente pagada. | |||
21. | Contrato. CLÁUSULA. QUINTA. DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO. | Se sugiere cambiar la siguiente redacción de la cláusula quinta QUINTA. DISPOSICIÓN DEL CRÉDITO. Sujeto al cumplimiento de las Condiciones Suspensivas previstas en la Cláusula Sexta siguiente, el Acreditado podrá ejercer el importe del Crédito en una o varias Disposiciones durante el Plazo de Disposición siempre y cuando no exceda el límite del Crédito. Para dichos efectos, por cada Disposición, el Acreditado deberá presentar previamente un Aviso de Disposición sustancialmente en términos del formato que se acompaña como Anexo 1 [y un Pagaré sustancialmente en términos del modelo que se acompaña como Anexo 22] al del presente Contrato de Crédito, con por lo menos 2 (dos) Días Hábiles de anticipación a la fecha en que el Acreditado pretenda realizar una Disposición. El Acreditado podrá realizar una o varias Disposiciones dentro del límite del crédito y el plazo de vigencia del presente Contrato de Crédito. Para efectos de claridad, las Disposiciones podrán realizarse en cualquier Día Hábil siempre y cuando se hayan cumplido en forma previa las Condiciones Suspensivas, según corresponda, en la Fecha de Disposición respectiva. El Acreedor transferirá al Acreditado, dentro de los 2 (dos) | No se acepta su solicitud. |
2 Aplicable para las instituciones financieras que así lo requieran en términos de su Oferta.
No. | Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de Contrato de Crédito | Aclaración o Pregunta | Respuesta |
Días Hábiles siguientes a la recepción del Aviso de Disposición respectiva, los recursos derivados de cada Disposición mediante depósito a la cuenta que el Acreditado indique en el Aviso de Disposición correspondiente. | |||
22. | Contrato. CLÁUSULA. SEXTA. CONDICIONES SUSPENSIVAS. | Se sugiere cambiar la siguiente redacción de la cláusula sexta SEXTA.CONDICIONES SUSPENSIVAS. El Acreditado deberá cumplir con las siguientes Condiciones Suspensivas, en o antes de la primera Fecha de Disposición: 1. El Acreedor deberá haber recibido la documentación que se señala a continuación: (a) Original del presente Contrato de Crédito debidamente firmado que contenga el sello de inscripción u original de la constancia de inscripción en el Registro Público Único y en el Registro de Deuda Pública y/o en el registro que lo sustituya o complemente de conformidad con la normatividad aplicable. | No se acepta su solicitud. Al respecto se aclara que el término Registro de Deuda Pública es un término definido en términos de la Cláusula Primera del modelo de Contrato de Crédito. Aunado a lo anterior, se aclara que, en términos del artículo 53 de la Ley de Disciplina Financiera, la obligación a cargo del Estado consiste en presentar, en un periodo no mayor a 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de su contratación, la solicitud de inscripción en el Registro Público Único de las obligaciones a corto plazo que contrate. La obtención de dicha inscripción en el Registro Público Único es un factor que no depende del Estado. Finalmente, favor de referirse a la Cláusula Vigésima Quinta para las cuestiones relativas a la inscripción del Crédito en el Registro Público Único. |