Contrato de Crédito Cláusulas de Ejemplo

Contrato de Crédito. Clausula Quinta Se sugiere incluir dentro de las obligaciones de hacer del Acreditado las siguientes: (i) obligación de proporcionar al Acreditante información adicional cuando así se lo solicite por escrito, en un término no mayor a 30 (treinta) días posteriores a la fecha de solicitud, la información y/o documentación que le sea solicitada asociada al Crédito, incluida aquella relacionada No se acepta la solicitud respecto del: Primer párrafo: 1. Incisos (i) y (ii) toda vez que es información pública disponible en la página del Gobierno del Estado 2. Incisos (iii), (iv) y (vi) son obligaciones en 1. El 100% (cien por ciento) de las Participaciones (según dicho término se define en el Segundo Convenio de Re-expresión) ya se encuentra (y permanecerá) afecto al Patrimonio del Fideicomiso, por lo que no habrá, para efectos de este refinanciamiento, desafectación de Participaciones (ver definición de Participaciones y de Participaciones Fideicomitidas en el Segundo Convenio de Re-expresión). 2. El Fideicomiso Maestro será modificado en términos del Segundo Convenio de Re- expresión pero las Participaciones seguirán siendo transferidas por la Tesorería de la Federación a la misma cuenta bancaria que actualmente es utilizada para recibir los recursos (la Cuenta Concentradora de Participaciones del Fideicomiso Maestro). 3. Considerando lo señalado en los numerales 1 y 2 anteriores, no será necesario substituir ni modificar la Notificación Irrevocable (según dicho término se define en el Segundo No Documento, Sección y párrafo de las Bases Aclaración o Pregunta Respuesta (Banamex) Disposición, se hubiere presentado a la SHCP (a través de la UCEF o de la unidad, dependencia u órgano facultado para ello) y entregado al Acreditante el acuse de presentación respectivo de una notificación e instrucción irrevocable mediante la cual se notifique e instruya a dicha autoridad, por lo menos: (i) la afectación de por lo menos el [*]% ([*] por ciento) de las Participaciones al Fideicomiso para beneficio del presente Contrato de Crédito, (ii) que los montos que le correspondan al Estado por concepto de los derechos sobre las Participaciones deben ser entregados de manera directa al Fideicomiso a través del abono a la Cuenta Concentradora de Participaciones que corresponda, y (iii) que la notificación irrevocable no puede ser revocada ni modificada sin el previo consentimiento por escrito del Acreditante. El Poder Ejecutivo del Estado deberá incluir en su iniciativa de Presupu...
Contrato de Crédito. Cláusula Primera Se sugiere que la definición de Agencias Calificadoras se limite a las calificadoras Fitch, S&P y Moody’s. No se acepta su solicitud.
Contrato de Crédito. Se sugiere incluir una cláusula de Compensación y Cargo a Cuentas, con la siguiente redacción: Compensación y cargo a cuentas. Para el caso de que el Acreditado incumpla cualquier obligación de pago bajo este Contrato, ocurra una Causa de Aceleración o una Causa de Vencimiento Anticipado, el Acreditado autoriza e instruye irrevocablemente al Acreditante, a cargar el monto no pagado contra cualquier cuenta que el Acreditado mantenga con el Acreditante, siempre y cuando lo anterior no esté prohibido de conformidad con la legislación aplicable. Esta autorización e instrucción no libera al Acreditado de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato hasta que el saldo del Crédito sea íntegramente pagado por el Acreditado y tiene el carácter de irrevocable mientras existan saldos insolutos respecto del Crédito. No se acepta su solicitud.
Contrato de Crédito. Es el acuerdo de voluntades que regula las condiciones generales de un crédito en moneda nacional o extranjera, el cual se rige, aunque no circunscrito solo a ello, por los principios y normas que regulan los contratos de adhesión.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: b) Si la ACREDITADA no cumple con cualquiera de las obligaciones a su cargo estipuladas en el presente instrumento o con las obligaciones de pago contenidas en cualquier otro instrumento en el que tenga el carácter de deudor, obligado solidario o garante. No se acepta su solicitud.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: d) Si se diere por vencido anticipadamente cualquier obligación a plazo que tenga la ACREDITADA, con algún acreedor no financiero, cuyo monto sea superior a la cantidad de . No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: e) Si fuere embargada o de cualquier otro modo afectada, la Cuenta a que se refiere el presente contrato. No se acepta su solicitud.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: f) Si la ACREDITADA afrontaren conflictos o situaciones de carácter judicial, administrativo, fiscal o de cualquier naturaleza que afecten substancialmente su capacidad de pago a juicio del BANCO. No se acepta su solicitud.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: h) Si la ACREDITADA celebra cualquier convenio extrajudicial con sus acreedores, que implique indisponibilidad de sus bienes o cesión total o parcial de los mismos; así como embargo o intervención administrativa o administración judicial de todos o parte de los bienes de la ACREDITADA. No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento.
Contrato de Crédito. Vencimiento anticipado" Solicitamos agregar la siguiente causa de vencimiento anticipado: i) Si la ACREDITADA o cualquiera garantiza o permite que se garanticen deudas mediante la constitución de hipotecas, prenda o cualesquiera otras cargas, gravámenes o garantías sobre la totalidad o partes de sus bienes, derechos, activos o ingresos, tanto actuales como futuros, o ampliara o renovara las garantías ya existentes a favor de terceros, a no ser que previamente medie el consentimiento escrito del BANCO. No se acepta su solicitud. Las causales de vencimiento anticipado aceptables para el Estado se encuentran previstas en el modelo de Contrato de Crédito como Evento de Incumplimiento.